El financiamiento del régimen previsional público en Argentina después de la reforma

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El financiamiento del régimen previsional público en Argentina después de la reforma

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Resumen La reforma del sistema previsional argentino de 1993-1994 instituyó un sistema mixto, denominado 'sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones' (SIJP), basado en la coexistencia de un régimen de reparto administrado por el Estado y uno de capitalización a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), y otro de capitalización individual, administrado por sociedades de capital privado o público, denominadas Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP).La transición del antiguo sistema de reparto administrado por el Estado a uno que direcciona parte de los aportes previsionales a cuentas individuales genera 'Costos de transición' en la medida en que parte de los recursos deja de orientarse al Estado.Diversas proyecciones realizadas antes de la aprobación de la ley 24.241 mostraban una tendencia a aumentar el déficit previsional público en los primeros años posteriores a la reforma, situación que se revertía posteriormente en forma gradual hasta la total desaparición del déficit en un período de aproximadamente quince años. Para efectuar estas proyecciones fue necesario adoptar hipótesis respecto al comportamiento de algunas variables del sistema que resultaban aún desconocidas. En el presente trabajo se analiza la vigencia de las conclusiones de los análisis previos en base a la experiencia obtenida luego de un año y medio de vigencia del SIJP. Además de los ajustes que se derivan de la experiencia adquirida, las proyecciones financieras resultaron afectadas por un conjunto de hechos y decisiones políticas adoptadas con posterioridad a la reforma previsional. Entre ellos cabe destacar los siguientes: a) la rebaja en la tasa de contribución patronal; b) el abandono del esquema de financiamiento de los desequilibrios mediante la colocación de un bono y la adopción, en su lugar, de un conjunto de medidas destinadas a frenar el crecimiento del gasto previsional público más allá de sus posibilidades reales; y c) la adhesión de algunos regímenes provinciales al SIJP. Se concluye que, aún cuando los valores proyectados presentan diferencias, las tendencias cualitativas se mantienen. En estado de régimen, el sistema podrá autofinanciarse a largo plazo, pero deberá resolver la presión de la transición mediante un conjunto de medidas que limiten los gastos del sistema previsional, o bien generen una redistribución de los recursos públicos del sector no previsional al previsional, si se mantiene la determinación de no hacer uso del acceso al crédito público.

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Resumen La reforma del sistema previsional argentino de 1993-1994 instituyó un sistema mixto, denominado 'sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones' (SIJP), basado en la coexistencia de un régimen de reparto administrado por el Estado y uno de capitalización a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), y otro de capitalización individual, administrado por sociedades de capital privado o público, denominadas Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP).La transición del antiguo sistema de reparto administrado por el Estado a uno que direcciona parte de los aportes previsionales a cuentas individuales genera 'Costos de transición' en la medida en que parte de los recursos deja de orientarse al Estado.Diversas proyecciones realizadas antes de la aprobación de la ley 24.241 mostraban una tendencia a aumentar el déficit previsional público en los primeros años posteriores a la reforma, situación que se revertía posteriormente en forma gradual hasta la total desaparición del déficit en un período de aproximadamente quince años. Para efectuar estas proyecciones fue necesario adoptar hipótesis respecto al comportamiento de algunas variables del sistema que resultaban aún desconocidas. En el presente trabajo se analiza la vigencia de las conclusiones de los análisis previos en base a la experiencia obtenida luego de un año y medio de vigencia del SIJP. Además de los ajustes que se derivan de la experiencia adquirida, las proyecciones financieras resultaron afectadas por un conjunto de hechos y decisiones políticas adoptadas con posterioridad a la reforma previsional. Entre ellos cabe destacar los siguientes: a) la rebaja en la tasa de contribución patronal; b) el abandono del esquema de financiamiento de los desequilibrios mediante la colocación de un bono y la adopción, en su lugar, de un conjunto de medidas destinadas a frenar el crecimiento del gasto previsional público más allá de sus posibilidades reales; y c) la adhesión de algunos regímenes provinciales al SIJP. Se concluye que, aún cuando los valores proyectados presentan diferencias, las tendencias cualitativas se mantienen. En estado de régimen, el sistema podrá autofinanciarse a largo plazo, pero deberá resolver la presión de la transición mediante un conjunto de medidas que limiten los gastos del sistema previsional, o bien generen una redistribución de los recursos públicos del sector no previsional al previsional, si se mantiene la determinación de no hacer uso del acceso al crédito público.
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