Fundamento y anteproyecto de la ley para promover la eficiencia energética en Venezuela

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Fundamento y anteproyecto de la ley para promover la eficiencia energética en Venezuela

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Resumen El anteproyecto de ley es producto de la cooperación entre el Proyecto CEPAL/Comisión Europea sobre Promoción del uso eficiente de la energía en América Latina", a cargo de la División de Recursos Naturales e Infraestructura de la CEPAL, y la Dirección de Planificación y Economía de la Energía del Ministerio de Energía y Minas de Venezuela. En 1999, con el apoyo del Proyecto CEPAL/Comisión Europea se realizó un estudio del marco jurídico venezolano partiendo de la Constitución de 1961 y de las leyes relacionadas con el tema. Posteriormente, se actualizó ese estudio a la luz de la nueva Constitución, de la Ley del Servicio Eléctrico, de la Ley de Hidrocarburos Gaseosos, de la reforma de la Ley de Administración Central y de otros dispositivos legales vigentes. Con ese antecedente se fundamentó y redactó el anteproyecto de Ley de Promoción de la Eficiencia Energética, como una Ley Marco, con la intención de que sea revisado y presentado por el Ministerio de Energía y Minas a la Asamblea Nacional. En él se declara materia de interés nacional al fomento de la eficiencia energética; se consagra el derecho de los consumidores a disponer de servicios energéticos eficientes; se reafirma al Ministerio de Energía y Minas como la autoridad competente para la eficiencia energética; se propone la creación de un Consejo Consultivo para su fomento, coordinación y promoción, constituido por varios Ministerios. El anteproyecto establece obligaciones a las empresas que suministran energía o servicios energéticos en cuanto a la eficiencia de esos servicios. Consagra el etiquetado del consumo de energía en equipos y artefactos como orientación al usuario. Se instruye a los ministerios y entes públicos para que los edificios y oficinas bajo su dependencia sean operados bajo las mejores practicas disponibles en cuanto al uso eficiente de la energía. Tanto el Ente Nacional del Gas, como la Comisión Nacional de Energía Eléctrica son requeridos a establecer programas de eficiencia energética en el ámbito de su competencia. El anteproyecto recomienda a gobernadores y a alcaldes emprender programas, proyectos y normas de eficiencia energética en sus regiones, incluyendo el alumbrado y el transporte público, así como el mantenimiento de sus edificaciones. Las industrias energointensivas, públicas y privadas, (68% del consumo de la industria) deben adoptar prácticas gerenciales que mejoren el desempeño energético de sus operaciones. Finalmente, se propone la creación de un fondo autónomo destinado a financiar los proyectos de eficiencia energética."

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Resumen El anteproyecto de ley es producto de la cooperación entre el Proyecto CEPAL/Comisión Europea sobre Promoción del uso eficiente de la energía en América Latina", a cargo de la División de Recursos Naturales e Infraestructura de la CEPAL, y la Dirección de Planificación y Economía de la Energía del Ministerio de Energía y Minas de Venezuela. En 1999, con el apoyo del Proyecto CEPAL/Comisión Europea se realizó un estudio del marco jurídico venezolano partiendo de la Constitución de 1961 y de las leyes relacionadas con el tema. Posteriormente, se actualizó ese estudio a la luz de la nueva Constitución, de la Ley del Servicio Eléctrico, de la Ley de Hidrocarburos Gaseosos, de la reforma de la Ley de Administración Central y de otros dispositivos legales vigentes. Con ese antecedente se fundamentó y redactó el anteproyecto de Ley de Promoción de la Eficiencia Energética, como una Ley Marco, con la intención de que sea revisado y presentado por el Ministerio de Energía y Minas a la Asamblea Nacional. En él se declara materia de interés nacional al fomento de la eficiencia energética; se consagra el derecho de los consumidores a disponer de servicios energéticos eficientes; se reafirma al Ministerio de Energía y Minas como la autoridad competente para la eficiencia energética; se propone la creación de un Consejo Consultivo para su fomento, coordinación y promoción, constituido por varios Ministerios. El anteproyecto establece obligaciones a las empresas que suministran energía o servicios energéticos en cuanto a la eficiencia de esos servicios. Consagra el etiquetado del consumo de energía en equipos y artefactos como orientación al usuario. Se instruye a los ministerios y entes públicos para que los edificios y oficinas bajo su dependencia sean operados bajo las mejores practicas disponibles en cuanto al uso eficiente de la energía. Tanto el Ente Nacional del Gas, como la Comisión Nacional de Energía Eléctrica son requeridos a establecer programas de eficiencia energética en el ámbito de su competencia. El anteproyecto recomienda a gobernadores y a alcaldes emprender programas, proyectos y normas de eficiencia energética en sus regiones, incluyendo el alumbrado y el transporte público, así como el mantenimiento de sus edificaciones. Las industrias energointensivas, públicas y privadas, (68% del consumo de la industria) deben adoptar prácticas gerenciales que mejoren el desempeño energético de sus operaciones. Finalmente, se propone la creación de un fondo autónomo destinado a financiar los proyectos de eficiencia energética."
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