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<dcvalue element="description" qualifier="null" language="es_ES">Incluye Bibliografía</dcvalue>
<dcvalue element="relation" qualifier="ispartof" language="es_ES">En: La liberalización del comercio en el Hemisferio Occidental - Washington, DC : BID/CEPAL, 1995 - p. 13-40</dcvalue>
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<dcvalue element="date" qualifier="accessioned" language="">2014-01-02T14:51:16Z</dcvalue>
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La libre concurrencia 
en la economía digital:
   las micro, pequeñas y medianas 
     empresas (mipymes) 
  en América Latina y el impacto 
  del COVID-19 
Filipe Da Silva
Julia De Furquim
Georgina Núñez
Publicaciones 
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La libre concurrencia en  
la economía digital: las micro, pequeñas 
y medianas empresas (mipymes) en 
América Latina y el impacto del COVID-19
Filipe Da Silva
Julia De Furquim
Georgina Núñez
Esta publicación fue preparada por Georgina Núñez, Oficial d e A suntos E conómicos d e l a D ivisión d e D esarrollo 
Productivo y Empresarial de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), y Filipe Da Silva y Julia 
de Furquim, Consultores de la misma División. El documento se elaboró en el marco del proyecto “Mejores políticas 
para las micro, pequeñas y medianas empresas de América Latina” (EUROMIPYME), financiado por la Unión Europea.
Los autores agradecen los comentarios de Pierre Horna, Oficial de Asuntos Legales de Políticas de Competencia y Consumo 
de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), y de Juan Luis Crucelegui, Jefe de 
Fortalecimiento de Capacidades y Servicios Consultivos del Departamento de Políticas de Competencia y Protección al 
Consumidor, de la UNCTAD, a cargo del programa COMPAL. Se agradecen, asimismo, los aportes de de Fernando Rojas, de 
la División de Desarrollo Productivo y Empresarial de la CEPAL. 
Las opiniones expresadas en este documento, que no ha sido sometido a revisión editorial, son de exclusiva 
responsabilidad de los autores y pueden no coincidir con las de la Organización.
Publicación de las Naciones Unidas
LC/TS.2020/142
Distribución: L
Copyright © Naciones Unidas, 2020
Todos los derechos reservados
Impreso en Naciones Unidas, Santiago
S.20-00803
Esta publicación debe citarse como: F. Da Silva, J. De Furquim y G. Núñez, “La libre concurrencia en la economía 
digital: las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en América Latina y el impacto del COVID-19”, 
Documentos de Proyectos (LC/TS.2020/142), Santiago, Comisión Económica para América Latina y el Caribe 
(CEPAL), 2020.
La autorización para reproducir total o parcialmente esta obra debe solicitarse a la Comisión Económica para 
América Latina y el Caribe (CEPAL), División de Documentos y Publicaciones, publicaciones.cepal@un.org.  
Los Estados Miembros de las Naciones Unidas y sus instituciones gubernamentales pueden reproducir esta obra 
sin autorización previa. Solo se les solicita que mencionen la fuente e informen a la CEPAL de tal reproducción.
La libre concurrencia en la economía digital: las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en América Latina y el impacto del COVID-19
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ÍNDICE
Introducción ................................................................................................................ 5
I. Marco teórico de competencia y el impacto de la economía digital
y de la pandemia del Covid-19 .................................................................................. 7
A. Políticas de competencia y su papel en el desarrollo de los países ................... 10
B. La concentración de mercados y la política competencia ................................ ..11
II. El papel de los datos en las innovaciones disruptivas y la concentración
de mercado desde las Big Tech ............................................................................ ..21
A. El modelo de negocios de las Big Tech y la transformación
de las empresas no tecnológicas en la economía digital ............................... 23
1. Dinámica de mercados y estrategia de adquisiciones ............................... 26
B. Innovaciones disruptivas y la concentración de mercado .............................. 36
1. Incorporación de las innovaciones en los análisis de competencia ................ 40
III.  Garantizando el bienestar de los consumidores y la supervivencia de las Mipymes ... 43
A. La no neutralidad y las prácticas que impactan directamente a las Mipymes .... 45
B. La propiedad intelectual como un intangible ................................................... ..48
IV. El papel de los algoritmos y la colusión en la economía digital ................................. 51
A. Algoritmos para la colusión .............................................................................. 52
B. Colusión explícita ............................................................................................ 52
C. Colusión tácita................................................................................................. 53
D. Solución para el problema de algoritmos .......................................................... 54
E. Estudios de caso ............................................................................................. 55
1. Caso Topkins - ejemplo de “el mensajero” ............................................... 55
2. Caso Eturas - Un ejemplo de Hub-and-Spoke ............................................ 55
3. Caso Trod Ltd - ejemplo de “el mensajero” .............................................. 56
4. Casos de Google-Brasil .............................................................................. 56
V. Conclusión ........................................................................................................... 59
Bibliografía ............................................................................................................... 61
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)
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Gráficos
Gráfico 1 Líderes mundiales en adquisiciones ................................................................30
Gráfico 2 Adquisiciones y gastos con la estrategia de adquisiciones ..............................33
Gráfico 3 Líderes en Adquisiciones LATAM ....................................................................33
Cuadros
Cuadro 1 Las cinco empresas más grandes de E.E.U.U. ................................................22
Cuadro 2 Las empresas con mayor valor de mercado de América Latina .......................22
Cuadro 3 Sistema de avisos de países de la región en miles de dólares ........................29
Cuadro 4 Expansión a mercado vecinos en la región .........................................................35
Cuadro 5 Participación de Google en búsquedas en el mercado brasileño .........................57
Diagramas
Diagrama 1 Un “Mind Map” que ayude en la generación 
de ideas y el mapeo de la dinámica en la Economía Digital ............................. 15
Diagrama 2 Adquisiciones de Google del 2001 al 2020 ......................................................31
Recuadros
Recuadro 1 Los distintos mercados digitales ........................................................................9
Recuadro 2 Los datos y la importancia de su acceso ..........................................................17
Recuadro 3 Retos durante la crisis COVID-19 - Defensa de la empresa 
fallida (Failing firm defense) .............................................................................25
Recuadro 4 Facebook Pay - Intento de Facebook de ingresar al mercado 
financiero de LATAM a través de Brasil ..............................................................32
Recuadro 5 Tesla una empresa data-driven y la monetización 
de los datos de autos y de la innovación ..........................................................37
Recuadro 6 Adquisición de Cornershop ..............................................................................39
Recuadro 7 Fintechs, los datos y la política de competencia ..............................................40
Recuadro 8 Autoridades de competencia y su digitalización ...............................................43
Recuadro 9 Cooperación, libre circulación y movilidad transfronteriza de datos ......................45
Recuadro 10 COFECE vs Mercado Libre ..............................................................................47
Recuadro 11 UE vs Google ....................................................................................................48
Recuadro 12 La propiedad intelectual en la industria farmacéutica y tecnológica ................50
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Desde la tercera revolución industrial —en los años 1980— la economía ha cambiado 
radicalmente. El surgimiento de tecnologías e innovaciones disruptivas producto de la 
revolución microelectrónica (computadoras, internet y robots) ha alcanzado un consenso 
en cuanto a una denominación la “era de la economía digital”. Esta incluye los grandes 
datos “Big Data”, las plataformas digitales, los algoritmos, las grandes tecnológicas “Big 
Tech”, la revolución en medios de pago, el comercio electrónico, entre otras. Durante los 
últimos años, los desarrollos tecnológicos han rebasado los límites y revolucionado la 
comunicación, la estrategia de negocios y principalmente la forma como las empresas 
compiten entre ellas. Además, la crisis actual producto de la pandemia del Covid-19 
sin duda marca un antes y un después y destaca la urgencia de enfrentar una nueva 
conformación de los mercados. Las experiencias recientes muestran como el debate 
Arrow vs Schumpeter II1, ya ha sido rebasado.
La competencia en la economía digital ha ido evolucionando principalmente, por la 
incorporación de innovaciones en los modelos de negocio y estrategias de competencia 
de las empresas, una muestra de ello es el uso masivo de algoritmos, las tecnologías de 
información, la inteligencia artificial, machine learning y los grandes datos. En el centro 
de las disrupciones se encuentra la estrategia de las grandes empresas tecnológicas, 
también llamadas Big Tech, debido a sus polémicas estrategias y al emergente poder 
de mercado que han ido adquiriendo a lo largo del tiempo. Los procesos acelerados 
de fusiones y adquisiciones (FA) de estas empresas preocupan a las autoridades de 
competencia, de un número cada vez mayor de países; la combinación innovaciones - 
poder de mercado se ha llevado a un nivel nunca antes visto. En la literatura, es posible 
observar las limitaciones de los métodos adoptados por las instituciones regulatorias, 
como por ejemplo, el incremento de precio pequeño pero significativo y no transitorio, 
(conocido por sus siglas en inglés SSNIP) para lidiar con el modelo de competencia en 
la economía digital. Es necesario incluir en el análisis otros aspectos no-precio de la 
competencia como la calidad, variedad e innovación. La vasta literatura sobre política 
de competencia enfatiza el analisis de los impactos que las innovaciones disruptivas 
de la economía digital tienen sobre la concentración de mercado.
La política de competencia es una parte integral, permanente y consistente de la 
política industrial2 que incluye, el desarrollo de capacidades tecnológicas, el acceso a 
los mercados, el mantenimiento del empleo, y el reposicionamiento de la capacidad 
competitiva de las empresas en los mercados. Una política industrial requiere de una 
estructura de mercado y de una política de competencia. Según la UNCTAD (2009), 
en teoría, el derecho de la competencia debería aplicarse a todas las operaciones 
comerciales por igual, sin embargo, existen exenciones (por motivos sociales, económicos 
y políticos); algunas de estas exenciones3 pueden facilitar y fomentar actividades de 
I + D y propiedad intelectual, que son objetivos de la política industrial. Es importante 
considerar la actividad industrial y tecnológica en la definición y ámbito de la política 
1  Las evidencias sobre el debate Arrow vs Schumpeter son inconclusas y por lo tanto se llegó a la conclusión que la creación 
de innovaciones no depende del tamaño de las empresas sino que de muchas otras variables, por ejemplo, la industria.
2  De acuerdo a la UNCTAD (2009), la política industrial “es concebida como un esfuerzo concertado, focalizado y consciente del 
gobierno por promover una industria o un sector mediante un conjunto de instrumentos de política”.
3  Las exenciones otorgadas a la I+D contribuyen a la reestructuración de la economía en torno a industrias que hacen uso más 
intensivo de la tecnología y los conocimientos. Las exenciones sobre los derechos de propiedad intelectual otorgan a una empresa 
el derecho jurídico monopólico sobre un producto protegido por éstos y limitan la aplicación del derecho de la competencia en 
lo referente a precios, concesión de licencias y acuerdos de exclusividad.
INTRODUCCIÓN
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de competencia. Ello implica contar con marcos claramente delimitados y de una 
institucionalidad fuerte que acompañe los distintos procesos de mercado. La política de 
competencia de la que hablamos es activa y alineada con la política industrial4, que va 
más allá de la teoría clásica de la competencia enfocada en el bienestar del consumidor 
y en la contestabilidad de los mercados.
Dentro de las propuestas para enfrentar los desafíos que la economía digital plantea, 
está la perspectiva del conjunto de las empresas de menor tamaño (Mipyme) en la 
discusión sobre mantener la defensa de la competencia —reflejada en la política de 
competencia— y que garantice la supervivencia, la inserción y la evolución de estas 
empresas dentro de las cadenas de valor. El derecho y la política de la competencia 
es un área compleja que requiere un conocimiento tanto del derecho como de la 
economía. Además de las dificultades para promover leyes para un grupo de empresas 
de menor tamaño, muchas veces, su complejidad da lugar a riesgos reales de que 
las Mipymes no comprendan adecuadamente su aplicación, incluso cuando existe un 
conocimiento básico de la ley. La falta de conciencia y/o comprensión se ve confirmada 
por el número de cárteles “inocentes” de los que, muchas veces, las PYME forman 
parte, en su asociación comercial. La mayor difusión de los principios de competencia 
se vuelve un factor cada vez más crítico.
En este documento se intenta analizar los cambios de los modelos de competencia, 
a la luz de una definición más amplia que incluya, además del bienestar del consumidor, 
la política industrial y el nuevo rol del estado en el actual contexto digital. En relación a 
este último, se destaca el papel social de la política de competencia, por ejemplo, en 
el combate de los cárteles que afectan negativamente a los más pobres. Igualmente, 
se analiza el papel de las innovaciones tecnológicas en la incorporación de las MIPYME 
a la economía digital. Además de esta introducción, en el primer apartado se presenta 
un marco analítico —metodológico en el que se recogen elementos que definen 
el contexto actual de la política de competencia en la economía digital, la forma de 
inserción de las distintas empresas que forman parte del tejido productivo— empresarial 
y la importancia que han adquirido los datos en esta economía. El segundo capítulo 
analiza el impacto de las innovaciones disruptivas y la concentración de mercado en el 
desempeño de las grandes tecnológicas. Así mismo, la redefinición de conceptos clave 
como posición dominante y mercado relevante, entre otros. En el tercer apartado, se 
presentan algunas prácticas anticompetitivas que afectan a los consumidores y a las 
Mipymes. Se detallan algunas acciones para contrarrestar los impactos en el mercado. 
En la cuarta sección se presenta el debate entre algoritmos versus la competencia en 
la economía digital. En la última sección, se incluye algunas conclusiones.
4 La política industrial y la de competencia deben actuar en consonancia ya que no solo la actividad de los cárteles, el abuso de 
posición dominante y las fusiones anticompetitivas se contraponen al derecho de la competencia. Hay otras medidas de política 
industrial, por ejemplo, las relacionadas con el comercio y las adquisiciones internacionales, que pueden permitir excepciones 
pero que atentan igualmente contra la competencia (UNCTAD, 2009).
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En este capítulo, se analiza la perspectiva de la política de competencia en el marco de 
la economía digital y se comparan los enfoques estático y dinámico de la competencia 
en el contexto actual. Se enfatiza la integración de la competencia y la política industrial; 
se identifican los datos como eje central y como activo intangible muy valorado; y la 
importancia del vínculo entre protección de datos y política de competencia. 
La teoría de competencia y sus instrumentos legales han enfrentado importantes 
desafíos en cuanto a su eficiencia en garantizar la libre competencia en los mercados 
digitales, situación exacerbada por la actual crisis sanitaria y la creciente digitalización. 
Los marcos legales, decretos y leyes ya no se muestran eficaces al enfrentar los retos 
que la economía digital se ha planteado. En el contexto mundial y particularmente en 
el de la región, el desafío al que se enfrentan las normativas es aún mayor, ya que la 
competencia5 adquiere un rol más preponderante en la promoción y en el bienestar de 
los consumidores, del desarrollo a través de la apropiación de capacidades tecnológicas. 
Los pilares de la competencia tradicionales han sufrido cambios importantes. Los 
conceptos de mercado relevante, umbrales de notificación, precios como la señal más 
importante, la distinción entre las integraciones verticales y horizontales, el SSNIP, la 
medición de la concentración de mercado, a través del Índice Herfindahl e Hirschman 
(IHH) y el factor geográfico, presentan limitaciones al momento de integrar y analizar la 
política de competencia. En otras palabras, la economía digital ha hecho más complejo 
evaluar la capacidad de respuesta de los mercados a los nuevos desafíos que se plantean.
La característica de precio como centro de la práctica de competencia, adquirida 
tras la influencia de la escuela de Chicago, dice que si los precios no son afectados, 
no existe un espacio de acción de la política de competencia6, circunscribiendo esta 
a una perspectiva enfocada en el beneficio del consumidor. Desde las fusiones y 
adquisiciones (FA) y la concentración de mercado, los efectos negativos sólo son 
aquellos que impactan los precios, por lo tanto, si una fusión resulta en una mayor 
eficiencia de mercado —menores precios y mayor eficiencia productiva— no existen 
motivos para la intervención de la autoridad de competencia. Incluso si una fusión no 
genera reducción de precios, no hay motivo para que ésta no sea aprobada, ya que la 
mayor eficiencia productiva no hará una presión de costos sobre los precios en el futuro, 
lo que maximiza el bienestar de los consumidores. De acuerdo con esta perspectiva, 
cualquier concentración que genere economías de escalas o que garantice mecanismos 
free-of-charge (libre de pago), lo que es normal en el contexto de la economía digital, 
es eficiente desde el punto de vista de los consumidores; en otras palabras, cualquier 
integración entre plataformas digitales se permitiría en esta economía. 
5 Según la UNCTAD (2009), el término “competencia” se refiere a la rivalidad entre empresas en el mercado y se aplica también a 
la rivalidad prevista y potencial. Política de la competencia se refiere a las políticas públicas destinadas a preservar e impulsar 
la competencia entre los agentes del mercado y a propiciar otras políticas y procesos públicos que posibilitan el desarrollo 
de un entorno competitivo. La política de la competencia dispone fundamentalmente de dos instrumentos. El derecho de la 
competencia contiene normas destinadas a restringir las prácticas anticompetitivas en el mercado y un mecanismo de control 
de su cumplimiento, que puede ser una institución. El derecho de la competencia se centra en las prácticas anticompetitivas 
de negocios o empresas. La defensa de la competencia adquiere particular importancia en relación con la política industrial. 
Otras políticas que influyen considerablemente en la competencia son las relativas a la protección del consumidor, los derechos 
de propiedad intelectual, el comercio internacional, las inversiones y la concesión de licencias.
6 Según la UNCTAD (2004) el objetivo de una ley de Defensa de la Competencia es “controlar o eliminar los convenios o acuerdos 
restrictivos entre empresas, las fusiones y adquisiciones o el abuso de posición dominante en el mercado, que limiten el acceso 
a los mercados o restrinjan indebidamente de algún otro modo la competencia y tengan efectos perjudiciales para el comercio 
nacional o internacional o el desarrollo económico”. 
MARCO TEÓRICO DE COMPETENCIA Y EL 
IMPACTO DE LA ECONOMÍA DIGITAL Y DE LA 
PANDEMIA DEL COVID-19
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Según la Comisión Europea (2019), el rol de los datos, las economías de escala, los 
efectos de red, y las gigantescas economías de alcance, responsables del crecimiento 
y surgimiento de los ecosistemas digitales, son las principales características de la 
economía digital. Desde la perspectiva de las plataformas digitales, los efectos de red, 
por sí solos, no son suficientes para el buen desarrollo de sus negocios, es necesaria la 
interacción entre usuarios generando contenidos; cualquier herramienta que produzca 
una mayor interacción entre usuarios, que la generada por los incumbentes, puede 
ser considerada una amenaza. Por otra parte, mayor interacción genera más datos, lo 
que fortalece sus posiciones en los mercados a través de la construcción más precisa 
de las preferencias. Este es uno de los incentivos a la creación de conglomerados 
digitales que permita obtener datos de diferentes fuentes como el internet de las 
cosas, teléfonos inteligentes, televisores, aplicaciones de seguimiento (contact tracing) 
entre otras posibilidades. 
El enfoque centrado en el bienestar de los consumidores permite la concentración de 
mercados y acumulación de datos en el contexto de la economía digital, y no es capaz de 
identificar los grandes incentivos y peligros de los monopolios de datos o “data-opolies”. 
Esta situación, ha llevado a las autoridades de competencia alrededor del mundo a 
definiciones de mercado relevante que no consideran que los datos son el objetivo real 
de las empresas. La Comisión Europea (2019) ha reconocido haber subestimado el papel 
de los datos. “El problema parece ser que siempre es el volumen de negocios lo que 
convierte a una empresa en un socio atractivo para una fusión; a veces, lo que importa 
son sus activos, podría ser una base de clientes o incluso un conjunto de datos”.7 La idea 
de limitar el mercado relevante al máximo (siguiendo el método SSNIP de entre 5% y 
10% en el precio), al analizar una FA, ha generado problemas a los mercados vecinos, 
aquellos definidos como tal por las instituciones de competencia.
La diferencia entre la integración vertical y la horizontal se complejiza en la economía 
digital, y particularmente en la actual coyuntura de pandemia, debido a la dificultad en 
identificar qué tipo de integración (forward o downward en las cadenas de valor) se 
produce en el mercado, dado el carácter global de las empresas, el rol de los datos 
y el modelo de expansión hacia mercados vecinos (o conglomerados digitales). Sin 
embargo, esto es solamente uno de los impactos de la nueva economía, la “data-rización” 
(inundación de datos) ha desencadenado enormes complejidades en estos análisis de 
integración.
En la teoría clásica, las integraciones horizontales no tendrían como consecuencia 
la imposición de barreras de entrada y el abuso de posición dominante, ya que las 
empresas actúan en mercados relevantes totalmente distintos. Sin embargo, los 
datos cambiaron esta perspectiva, debido a que detrás de muchas integraciones hay 
el objetivo de acumulación de bases de datos (data-driven mergers) que generan poder 
de mercado y una expansión exponencial de los mercados relevantes. La consecuente 
posición de monopolio de datos (data-opolies) representa enormes ventajas a los 
incumbentes y posibilita la creación de barreras de entrada, mejora de algoritmos y la 
discriminación de precios entre muchas otras ventajas. No obstante, las integraciones 
en la economía digital resultan en incertidumbres que van más allá de los problemas 
típicos que la teoría tradicional plantea. Las barreras de entrada y las integraciones 
contemporáneas, resultan en una transcendencia del marco original hacia una teoría 
donde la privacidad y la protección de datos son tan importantes como las barreras de 
entrada y los precios para la teoría clásica.
7 Commissioner Vestager, “Refining EU Merger control system”, 10 March 2016,  https://ec.europa.eu/commission/2014-2019/
vestager/announcements/refining-eu-merger-control-system_en. The Commission and NCAs are thus considering revising 
their notification thresholds to capture such mergers even if the entities involved generate low turnovers at the time.
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De acuerdo con Sillanpää (2019), las definiciones de mercado, limitadas a casos de 
compañías de tecnología basadas en datos, pueden contribuir a que un regulador no 
considere ampliamente los efectos de una fusión, entre empresas tecnológicas y sobre 
otros agentes en el mercado de datos, lo que garantiza a las compañías tecnológicas 
la propiedad sobre una mayor cantidad de datos. Esta situación no permite a los 
reguladores mirar cómo la acumulación de datos puede crear poder de mercado y 
barreras de entrada, subestimando así los impactos de los efectos de red y reduciendo 
las opciones de los consumidores en el mercado actual de las plataformas, así como 
en los mercados potencialmente innovadores en el futuro. 
Recuadro 1 
Los distintos mercados digitales
Los mercados digitales pueden ser segmentados entre los mercados de e-commerce y 
las plataformas digitales. A pesar de guardar similitudes, los niveles de análisis levantados 
sobre cada uno de estos es distinto. 
Las principales características del e-commerce son un amplio número de vendedores, 
precios bajos (incluso bajo costo marginal) y una competencia grande. A diferencia del 
mercado de las plataformas, se trata de un mercado digital donde los precios siguen siendo 
importantes, bajo el esquema tradicional. Por lo tanto, las autoridades de competencia 
deben monitorear principalmente las posibles barreras de entrada, restricciones verticales, la 
colusión mejorada por la tecnología y colusión entre algoritmos en los “marketplaces”. Desde 
la perspectiva de las Pymes, estas empresas que no tienen escala y tienen que competir en 
los “marketplaces” por precios, no tienen poder para negociarlos. Además, estas empresas 
sin escala pagan tasas mayores a las plataformas, lo que se traduce en una reducción de 
sus márgenes en la economía digital.
Las plataformas digitales, por su parte, están caracterizadas por costos fijos altos y 
costos variables bajos (economías de escala), los datos y los efectos de red tienen un rol 
determinante, la propiedad intelectual y la innovación son parte del modelo de competencia y 
los precios solo impactan a los consumidores de manera indirecta8. Las principales amenazas 
a la competencia son las restricciones al multihoming, la no neutralidad, el control de tráfico 
de datos, las búsquedas sesgadas, las cláusulas de exclusividad, adquisiciones predatorias, 
el gigantesco poder de sus algoritmos (amplificados por el estatus de monopolistas de 
datos). Desde la perspectiva de las Pymes, los mayores impactos provienen de los márgenes 
cobrados y la falta de transparencia en sus modelos de negocios. 
Fuente: https://competitionlore.com/.
Desde el lado de la demanda, los monopolios generan cambios que pueden 
transformarse en daños potenciales a los consumidores. Según la teoría tradicional de 
competencia, los daños sufridos por los consumidores tras prácticas monopólicas se 
refieren a precios altos, reducción de productos, poca diversidad o disminución de la calidad. 
Por otro lado, en un modelo digital, donde no hay precios (o estos son competitivos), 
los algoritmos reducen el tiempo de búsqueda y ofrecen productos de acuerdo con 
las preferencias y valores que los consumidores están dispuestos a pagar; además, la 
escala y los efectos de red generan mayor calidad para los usuarios, los modelos de 
pérdida llamados de “peso muerto” (deadweight), en el contexto de monopolios de 
datos, no son capaces de identificar los perjuicios reales a los consumidores. 
8 A pesar de no pagar por los servicios, los consumidores pagan indirectamente por los costos de las propagandas en la plataformas 
digitales cuando adquieren los productos. 
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A. Políticas de competencia y su papel
en el desarrollo de los países
Una política de competencia moderna que considere los aspectos digitales, tiene un 
papel que va más allá del que determina la teoría tradicional. En el actual escenario de 
crisis sanitaria, los impactos sobre el sector productivo requieren del acompañamiento 
de una política de competencia, con un rol más amplio que aquel determinado por la 
teoría clásica. Como ejemplo, en la actual coyuntura autoridades alrededor del mundo 
han permitido la cooperación entre empresas para acelerar la recuperación de los 
países9. La política de competencia es una parte integral, permanente y consistente 
de la política industrial (CEPAL, 2020). Por su parte, la UNCTAD (2020) considera que 
“las políticas de competencia y de protección al consumidor son complementarias de 
las políticas comerciales e industriales. Desempeñan un papel importante en el logro 
de los Objetivos de Desarrollo Sostenible”. El proceso de recuperación post pandemia 
de algunos sectores mayormente afectados acelera una tendencia ya en curso y 
anterior a la crisis. En este proceso ya se plantea la necesidad de la recomposición 
del sector productivo, tecnológico y de las cadenas de valor, en particular en el sector 
de Mipymes, con menores oportunidades de integración. El ámbito de acción de la 
política de competencia debería, al menos teóricamente, contribuir a la mejora de la 
productividad, sin dejar de lado la defensa del consumidor. Cuando la competencia se 
aleja de las directrices clásicas, contribuye de manera importante en el desarrollo de 
capacidades tecnológicas, el acceso a los mercados, el mantenimiento del empleo y 
el reposicionamiento de la capacidad competitiva de las empresas (Possas y Borges, 
2008). El contexto y las proyecciones levantadas por la CEPAL, durante el actual periodo 
de pandemia en su repositorio, muestra que la adopción de esta perspectiva en la 
región adquiere un carácter de urgencia10.
De acuerdo con Cimoli et al (2008), el aprendizaje tecnológico, a lo largo del proceso 
de catching-up (emparejamiento) y especialmente en su fase inicial, incorpora mucha 
imitación, ingeniería inversa, modificaciones marginales de productos y procesos 
y copia explícita. La capacidad de absorción y apropiación tecnológica, la cual es 
impactada por los regímenes de propiedad intelectual, de acuerdo con Cimoli, Ferraz 
y Primi (2016) ha sido utilizada como barreras de entrada a los mercados. Estos son 
aspectos cruciales del desarrollo que son impactados directamente por el manejo de 
una política de competencia. Según los mismos autores, la política de competencia, 
como parte integral de la política industrial, requiere de un conjunto amplio y focalizado 
de políticas compatibles: macro, cambiarias, tributarias, fiscales, de inversión pública, 
de gobernanza del mercado laboral y de distribución del ingreso. Según Erber (2011), 
para desempeñar este rol, las políticas macro e industrial deben actuar en consonancia. 
Cimoli (2020) plantea que, la política de competencia delimita los mercados 
relevantes, sin dejar de reconocer la capacidad de las autoridades para lidiar con los 
mercados relevantes amplios, tomando en cuenta que los impactos indirectos, debido 
principalmente a los datos y su complementariedad, son más determinantes en la 
economía digital. “Existe la posibilidad de utilizar los marcos existentes y mantener 
una preocupación razonable por el bienestar del consumidor, sin embargo, su ejecución 
9 Sin embargo, la UNCTAD (2009) ya alertaba sobre tener cuidado con tales medidas debido a que “los gobiernos pueden autorizar 
o fomentar cárteles de recesión en industrias en crisis. Con ellos se puede limitar la producción o la capacidad y, dependiendo 
de la reacción de las empresas rivales, se puede mantener los precios a un nivel alto (cártel de precios)”.
10 El actual escenario latinoamericano muestra un rezago importante en la tasa de crecimiento de un - 9%, y un retroceso de 
aproximadamente 10 años del ingreso per cápita de la región. Un aumento del desempleo del 13,5 % y de la pobreza del 37,3% 
según cifras de CEPAL. En la región, aproximadamente 44 millones de personas pasarán a ser pobres. Se estima que el cierre 
de 2.7 millones de empresas formales generará la pérdida de 8.5 millones de puestos de trabajo formales.
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debe coincidir con las características expansivas de los modelos de negocio de las 
compañías tecnológicas basadas en datos (Data-Driven Technology Companies - DDTC) 
y del alcance del mercado. Esto significa que los reguladores no deberían apuntar a 
definiciones de mercado tan estrictas” (Sillanpää, 2019). 
Si se quiere mantener una economía que al menos sea competitiva y relativamente 
abierta, con un sector industrial consistente, la política de competencia tiene que permitir 
la creación y definición de mercados, que de algún modo proteja a las empresas de menor 
tamaño (PYME), que dé protección y garantías a una industria nacional y regional, que 
proteja al consumidor, y que en definitiva impulse el desarrollo industrial y tecnológico. 
(CEPAL, 2020) En este sentido, Motta (2004) plantea que, mientras la política de Estados 
Unidos parece favorecer a las grandes empresas, la política de la Unión Europea parece 
incentivar a las PYME, el mayor incentivo para ellas depende del tejido económico de los 
países en los distintos continentes11. La pregunta es, de acuerdo con el tejido productivo 
de la región, cuál debería ser el enfoque a adoptar por América Latina. 
Ante la necesidad de renovar los marcos regulatorios e institucionales de competencia, 
que demanda la actual coyuntura, se ve la oportunidad de incorporar la perspectiva más 
amplia que aquí se plantea por varios autores y por la CEPAL. Existen, sin embargo, 
modalidades propias de la economía digital permeada por los datos, como las secuencias 
de algoritmos, que dificultan el logro de los objetivos planteados en esta visión amplia 
de la política de competencia.12 El arsenal (regulatorio e institucional) con el que cuenta 
las autoridades de competencia para conducir la política, a pesar de los avances en 
materia normativa de los últimos años, limita sus alcances pero también el logro del 
principal objetivo que es la protección del consumidor (Ezrachi y Stucke, 2015). 
En las políticas de competencia se pone de relieve su ámbito de acción interno y 
externo. La mirada estática considera solo la competencia interna (relacionada con el 
comportamiento de las empresas nacionales/regionales y entre ellas). La mirada dinámica 
considera ambas, la competencia interna y externa (el comportamiento de las empresas del 
exterior que influye a las empresas nacionales/regionales). En el contexto de la economía 
digital, con la presencia de empresas globales y plataformas, es complejo hacer una política 
de competencia que solo tome en cuenta la perspectiva interna. Es decir, que la política 
de competencia debe ser diseñada tomando en cuenta ambos niveles. Para lidiar con los 
desafíos de la economía digital y para promover la integración de mercado y el desarrollo 
de las economías, se requiere de una política que abarque los dos niveles. Es tal vez 
este contexto, y los riesgos cada vez más eminentes de cárteles transfronterizos en una 
economía data-rizada, que según Horna y Papa (2018) ha acelerado la necesidad de una 
mayor interacción y cooperación entre autoridades de competencia a nivel internacional. 
B. La concentración de mercados
y la política competencia
Un aspecto importante de la política de competencia se refiere a la concentración 
de mercados. En la región, las métricas de concentración de las notificaciones de 
fusiones y adquisiciones (FA) están basadas en las ventas anuales de las empresas 
11 Chile 60% del empleo, en Perú, las MIPYME representan, según el Instituto Nacional de Estadística, alrededor del 95% del 
total de unidades empresariales y aproximadamente un 20% del producto interno bruto.
12 Actualmente, la discriminación de precios, hecha por los algoritmos, suele indicar los productos y precios que el consumidor 
esta dispuesto a pagar y esto es basado en sus preferencias. Sin embargo, la cantidad de datos recolectados es tan grande 
que, la economía que opera por algoritmos también lo hace, aprovechando las debilidades de los consumidores, es decir vender 
a precios más altos u ofrecer productos que en realidad ellos no desean. Los algoritmos no son pasivos, cuando se hace una 
búsqueda por producto, los algoritmos asocian dicha búsqueda con la de otras personas con perfil similar y automáticamente 
se empieza a ofrecer productos en los que no había interés.
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y el uso del Índice Herfindahl e Hirschman (HHI). La dinámica de la economía digital 
ha puesto en tela de juicio la viabilidad de este índice para medir la concentración en 
muchos países, ya que ha mostrado ser ineficaz al enfrentar por ejemplo las llamadas 
adquisiciones predatorias. 
La caída en las ventas durante el periodo de pandemia han evidenciado la ineficacia 
del IHH en la medición de la concentración13. La economía digital (que refuerza la actual 
crisis sanitaria) ya demandaban a las autoridades de competencia una actualización de 
las herramientas de medición, que incluya un criterio de notificaciones múltiple. Según 
McLean (2020), la teoría de competencia actual ha fallado en materia de umbrales de 
notificación y de evaluación de competencia futura. Es decir, que no solo las ventas 
deben ser evaluadas, sino también el valor de la transacción, la rotación de las empresas, 
el mercado relevante y sus acciones; y además la reducción de los umbrales ya que, 
en el contexto de la economía digital, la amenaza de concentraciones puede emerger 
de empresas aún incipientes. Se plantea que la utilización de criterios múltiples puede 
ser suficiente para lidiar con la caída en las ventas y también con la estrategia de 
adquisiciones, donde empresas que ni siquiera tienen rotación han sido involucradas 
en transacciones realmente dañinas a los mercados. Una vez capturada la transacción, 
la Comisión Europea (2019) hace la abogacía de la reversión de la “carga de la prueba” 
(burden of proofing) en mercados digitales con efectos de red, es decir, que la adquiriente 
ahora debe demostrar que su conducta es pro-competitiva. Otro elemento utilizado es 
el uso de la actualización de leyes, decretos, acuerdos entre competidores, además de 
reflejarse en una mayor complejidad para los agentes, muestra costos más elevados. 
Ante la imposibilidad de modificaciones a los marcos normativos los decretos se han 
convertido en la herramienta cada vez más utilizada. 
Una política de competencia tradicional basada en precios para la identificación 
de los perjuicios a los consumidores (principios de la escuela de Chicago) ya no es 
suficiente en sectores dinámicos, como ocurre en los nuevos negocios de internet 
donde la innovación rige la competencia. (UNCTAD, 2020). Dada la nueva modalidad 
de las prácticas anticompetitivas y de una estrategia de adquisiciones más agresiva, 
la generación de innovaciones se transforma en el principal proxy del bienestar de los 
consumidores y del funcionamiento del mercado (Monopolkommission, 2015). En otras 
palabras. lo que se plantea es un cambio de paradigma hacia un modelo Schumpeteriano 
de competencia dinámica. (CADE 2019)
La tendencia actual es a un análisis de las innovaciones alineado con una política 
de competencia integrada que además, tome en cuenta y proporcione soluciones a las 
necesidades de los países, particularmente en desarrollo, en este escenario América 
Latina no es la excepción. Cuando uno se da cuenta que el modelo de competencia 
tradicional no es capaz de identificar el eje central de la economía, es fácil observar 
que la política industrial y de competencia tienen las mismas bases (Possas y Borges, 
2008). Una política de competencia debería garantizar la libre concurrencia de los 
innovadores al mercado, muchos de ellos Mipymes, que no tienen poder para demandar 
la propiedad intelectual y quedan sin alternativa, sino que solo ser adquirida por aquellas 
empresas con mejor posición de mercado; hecho que ocurre cuando los verdaderos 
innovadores entran en la llamada “killzone” de las incumbentes. La desaparición de un 
“verdadero” innovador puede representar un gran perjuicio al bienestar, pues impacta 
aspectos que Freeman (2008) destaca como la generación de conocimiento, adopción 
de nuevos métodos tecnológicos, la máquina económica y el flujo de informaciones. 
Las adquisiciones que buscan interrumpir la trayectoria de las innovaciones bajo el 
concepto de economía dinámica deben ser consideradas perjudiciales a los agentes 
13 Países de la región, como Chile, han mostrado preocupación respecto a una concentración mayor de sus mercados post pandemia 
ya que muchas adquisiciones que, en un contexto normal hubiesen sido notificadas no lo ha sido, debido a la caída en las ventas.
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económicos. También, el proceso de autorización de una FA debe hacerse bajo la 
perspectiva de una economía dinámica, cuando se observa la incapacidad de una de las 
partes de llevar la innovación al mercado; por ejemplo, por falta de recursos financieros, 
el potencial de tal innovación no se pone en marcha en el mercado.
En el contexto latinoamericano, la política de competencia que tiene integrada la 
perspectiva dinámica es aún más relevante cuando se habla de desarrollo económico 
y apropiación tecnológica; la estrategia de adquisiciones y de expansión a mercados 
vecinos puede incluso amenazar estos logros. Según Possas y Borges (2008), en los 
países de industrialización tardía se debería diseñar una política de competencia para 
hacer frente, específicamente, a los efectos perjudiciales locales de las FA promovidas 
por las grandes corporaciones multinacionales, que a menudo aumentan su dominio del 
mercado y amenazan a las empresas nacionales que están desarrollando capacidades 
tecnológicas. En otras palabras, los objetivos de promoción de una competencia libre 
de adquisiciones predatorias14 están alineados con los objetivos de desarrollo en 
varios sentidos. Tales conductas, sean generadas localmente o cuando provienen de 
fuera por parte de un gigante tecnológico, pueden mitigar los logros tecnológicos y la 
creación de conocimiento.
De acuerdo con Sillanpää (2019), la conexión entre innovaciones, datos, adquisiciones 
y poder de mercado es clara en la economía digital. La nueva política de competencia debe 
tener como incentivo “evitar que empresas tecnológicas adquieran datos y plataformas, 
considerados críticos, que les permita acelerar la recopilación de datos patentados, lo 
que establece un poder de mercado indebido y crea barreras de entrada. Si bien algunos 
pueden argumentar que este enfoque ralentizará la innovación, también garantiza que 
dicha innovación y los mercados impulsados por datos derivados de la innovación no estén 
dominados por pocas grandes empresas tecnológicas en detrimento del consumidor”. 
Compartir la mayor cantidad de datos puede generar efectos pro-competitivos; en este 
sentido, la Comisión Europea (2020) considera que la no rivalidad de los datos hace 
que los mismos datos apoyen la creación de varios productos, servicios, o métodos 
de producción nuevos. En este escenario, cualquier empresa podría interactuar con los 
mismos datos en diferentes acuerdos de intercambio transfronterizo con otras grandes 
empresas, pymes y nuevas empresas, o incluso con el sector público. Esto hace parte 
del debate actual sobre el uso y no la cantidad y control de los datos. 
Las innovaciones disruptivas, por su parte, deben ser consideradas como un 
mecanismo de “sanación del mercado” dada su capacidad para combatir a los monopolios. 
No obstante, muchas veces la complejidad de dichas innovaciones también puede 
convertirse en fuente de creación de monopolios, los efectos de red pueden mitigar 
los impactos de la competencia dinámica en los mercados donde estos efectos son 
importantes. Es decir, que en estos mercados, el incentivo de innovar es más bajo y la 
competencia y el mercado no son fácilmente contestables15. Motta (2004) postula que 
estos mercados están naturalmente asociados con la existencia y dominancia de los 
monopolios. Lo cierto es que, el modelo de competencia tradicional ha demostrado no 
ser suficiente para lidiar con toda la complejidad que plantea la economía data-driven. 
14 La Comisión Europea (2019) postula que la estrategia de adquisiciones demanda la adaptación de la teoría del perjuicio de 
los conglomerados. Además, plantea que las siguientes preguntas deben ser consideradas en los juicios sobre adquisiciones 
sospechosas: ¿Se beneficia el adquirente de las barreras de entrada vinculadas a los efectos de red o al uso de datos? ¿Es el 
objetivo una restricción competitiva potencial o real dentro del espacio tecnológico / usuarios o ecosistema? ¿Su eliminación 
aumenta el poder de mercado dentro de este espacio, especialmente a través del aumento de las barreras de entrada? En caso 
afirmativo, ¿se justifica la fusión por eficiencias?
15 https://stats.oecd.org/glossary/detail.asp?ID=3178. 
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En la economía digital, los acuerdos de colusión también muestran modalidades 
distintas (horizontales o verticales16), no obstante, mantienen su objetivo de maximizar el 
beneficio de las partes involucradas a través de algún tipo de restricción a la competencia. 
Desde la perspectiva del daño al consumidor, los acuerdos de colusión suelen ser de 
sobreprecios; o sea, los precios son determinados artificialmente. Pero estos acuerdos 
no solo se restringen a precios, también pueden estar relacionados con los acuerdos 
de cooperación y de intercambio de recursos o con la segmentación del mercado. En 
la teoría económica clásica, el concepto de la pérdida de eficiencia social es conocido 
como la principal consecuencia de los monopolios. Los actos colusorios, en conjunto 
con un alza en los precios, generan una reducción de las cantidades demandadas. 
Configurándose dos situaciones, una, que los consumidores estén dispuestos a pagar 
valores por debajo del precio de monopolio y por encima del coste marginal de fuera del 
mercado. Es decir, una disminución en los precios resultaría en una mayor demanda, 
incluso con precios más altos que el coste marginal; y dos, que los precios más altos 
causen una pérdida de excedente de los consumidores.
Por otro lado, desde la perspectiva de las empresas, la organización y elaboración de 
cárteles está dotada de algún tipo de comunicación previa entre las partes involucradas. 
Ella, a su vez, es la característica principal de una articulación colusoria y sin la cual 
es imposible condenar a las partes. Sin embargo, existe un tipo de colusión que no 
implica necesariamente un acuerdo previo entre las partes, llamado colusión tácita o 
paralelismo de precios. 
La colusión en la economía digital ha sido facilitada y quizás, de acuerdo con 
los estándares tradicionales, se ha vuelto indetectable. Actualmente, los datos y los 
algoritmos han cambiado, de la colusión tradicional hacia la colusión tácita. Detrás 
de las rutinas de los algoritmos se esconden acuerdos colusorios y estrategias de 
negocios dudosas. Desde otra perspectiva, el machine learning, la IA y los grandes datos 
generan algoritmos inteligentes capaces de producir una colusión tácita que exculpa 
a los humanos, aun cuando exista la intención de coludirse. Al respecto, Blair y Sokol 
(2014) destacan que “las dos armas principales de las autoridades antimonopolio en 
la lucha contra los cárteles son los programas de lenidad y las inspecciones sorpresa”. 
Entretanto, estas armas ya no son suficientes para cumplir la tarea. De acuerdo con 
Calvano et al (2018), los algoritmos inteligentes desarrollan sus estrategias de precios 
desde cero, participando en la experimentación activa y adaptándose al entorno en 
evolución. Desde las autoridades de competencia, se demanda una estrategia más 
agresiva hacia la apertura a los algoritmos de las empresas para averiguar qué tipo 
de prácticas anticompetitivas se producen. Sin embargo, desde la perspectiva de las 
empresas hacerlo pondría las estrategias de negocios de las empresas al descubierto 
y en riesgo, ya que significa inmiscuirse directamente en la estrategia de la empresa. 
En síntesis, para Lianos (2019) es necesaria una reinvención del marco teórico de la 
literatura antimonopolio para abordar situaciones y desarrollos competitivos en torno de 
la economía digital17. Con el fin de garantizar una competencia más justa las autoridades 
deben utilizar las mismas herramientas a las que han recurrido las empresas; en otras 
palabras, las tecnologías deben revolucionar ambos lados (la manera de competir y de 
regular el mercado). La teoría más tradicional de la política de competencia hace de la 
abogacía una postura considerada por muchos pasiva, es decir intervenir en caso de 
que ocurra una falla de mercado (Possas y Borges, 2008). Una prueba de esta posición 
pasiva es la dependencia que se construyó en la lenidad de los procesos de detección 
de cárteles. En el contexto de la economía digital, seguir la misma tendencia pasiva 
16 Según la UNCTAD (2009) “los acuerdos horizontales son aquellos suscritos entre empresas independientes que se encuentran 
en el mismo nivel de la cadena productiva o que compiten o podrían competir en el mismo mercado. Los acuerdos verticales 
son los concertados entre empresas que se encuentran en distintos niveles de la cadena productiva o de distribución”.
17 Las fuentes de conocimiento de la ley de competencia deben ampliarse más allá de la teoría neoclásica de la economía de los precios”.
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genera pérdidas graves a la sociedad. Por lo tanto, lo que actualmente se demanda, es 
una política capaz de prever y adelantarse a las consecuencias de conductas reñidas 
con la competencia. En este sentido, la Comisión Europea (2019) recomienda incluso 
el uso de regulaciones sectoriales específicas para lidiar con los  distintos retos. La era 
digital demanda más de las autoridades de competencia, además de agregar otras áreas 
al análisis, como la ciencia de los datos y una infraestructura adecuada, es necesario 
reconocer que el principio basado en la utilización de las medidas horizontales por sí 
solas, ya no es efectivo para lidiar con las complejidades actuales. En resumen, se 
demanda un análisis case-by-case y el reconocimiento de la importancia de los temas 
presupuestarios para enfrentar los desafíos que impone la digitalización de la economía.
El siguiente diagrama intenta sintetizar los distintos aspectos que mueven a la 
economía digital y recoge los principales puntos de la política de competencia planteados 
en el análisis desarrollado a lo largo de este apartado.
Diagrama 1 
Un “Mind Map” que ayude en la generación de ideas y el mapeo de la dinámica en la Economía Digital
Fuente: Elaboración propia. 
C. El monopolio de los datos y su protección
Los datos son el principal insumo en la economía digital, lo que hace importante 
discutir su protección y las prácticas ilícitas de adquisición de datos. Es decir, que 
existe un gran incentivo al mal uso y por consiguiente a la extracción irregular de datos 
sensibles de los consumidores y empresas. Por ejemplo, en la crisis generada por el 
COVID-19, algunos gobiernos de la región han aprobado medidas (decretos, normas 
etc) para enfrentarla a través de aplicaciones (apps) de seguimiento desarrolladas para 
contener la expansión de la pandemia y que, a su vez, han levantado una alarma por 
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la cantidad de datos sensibles recolectados18 y la necesidad de proteger la privacidad 
de las personas a través de una mayor coordinación de política19. 
En el marco del la Regulacion General de Proteccion de Datos (GDPR por sus 
siglas en inglés) se desarrolló el sistema opt-in y opt-out para manejar los requisitos 
de consentimiento de los usuarios, sistema que es una solución para aquellos que no 
desean el rastreo a través de la red. En términos generales, se recolecta mucho más 
de lo que se debería de los usuarios, ya que no se sabe con exactitud cuáles son los 
datos relevantes o cuáles lo serán en el futuro. Según Costa-Cabral y Lynskey (2017) la 
retención excesiva de datos, seguridad de datos inadecuada o control reducido sobre 
los datos personales puede equivaler a cobrar un precio excesivo. Es importante decir 
que gran parte de estos datos son obtenidos sin el consentimiento de los usuarios pues 
muchos usuarios ni siquiera saben cuáles datos han sido recolectados. De acuerdo 
con el GDPR, los procesos de recopilación, almacenamiento y procesamiento de datos 
sólo deben llevarse a cabo tras obtener el consentimiento de los usuarios; y que ellos 
puedan revocar dichos consentimiento en cualquier momento del tiempo.
Los datos permean toda la economía digital y la disrupción de los modelos de 
competencia tradicionales. A través de los datos la economía digital plantea la colusión, la 
discriminación de precios, la personalización, la innovación, los algoritmos, la estrategias 
de negocios y determina conductas. En medio de la competencia por los datos que 
caracteriza la economía digital, los reguladores enfrentan el gran desafío de encontrar 
el equilibrio entre las innovaciones, respaldadas por datos, la transferencia fronteriza de 
datos y garantizar la privacidad del consumidor al mismo tiempo. En el centro de este 
reto está el debate de si los datos deberían ser vistos como una estructura, commodity 
(petróleo) o un activo intangible infinito. De acuerdo con la primera interpretación, los 
datos son un bien público donde la limitación a su acceso está generando perjuicios al 
estado de bienestar de la economía. Temas como el open-science, open-data, propiedad 
intelectual, privacidad y protección de datos han sido introducidos en el cotidiano de 
las autoridades alrededor del mundo. 
La necesidad de replantear la teoría clássica de la competencia proviene del hecho 
de que, siguiendo dicha teoría, los monopolios de datos no generan perjuicios a los 
consumidores. No obstante, en la economía digital, la tipificación de los daños a los 
consumidores puede ser muy distinta y con un comportamiento indirecto. La teoría 
tradicional determina como en las dimensiones del estado de bienestar, (la mejora 
de precios, la elección y calidad), la innovación, desde un aporte más dinámico de la 
competencia, se considera la tercera dimensión. Sin embargo, de acuerdo con Costa-
Cabral y Lynskey (2017), existe una presión para que la economía digital considere la 
protección de datos como la cuarta dimensión del estado de bienestar20.
18 https://www.zerofox.com/blog/covid-19-mobile-apps/.
19 Por ejemplo, el gobierno brasileño ha creado un órgano especializado en la reglamentación de datos, el National Data Protection 
Authority (ANPD), ver CADE (2019) página 23.
20 Sin embargo, esto siempre ha sido resistido con el argumento de que el estándar de bienestar del consumidor se rige por 
principios económicos y que las autoridades de competencia carecen de la competencia legal y la experiencia técnica para 
incorporar preocupaciones no económicas dentro de sus competencias. Costa-Cabral y Lynskey (2017).
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Recuadro 2 
Los datos y la importancia de su acceso
Los datos como el factor motivador de las FA y justificador de gran parte de las posiciones monopólicas, se convierten 
en un activo estratégico riesgoso en términos de competencia. A pesar de tratarse de activos no rivales, las dificultades 
de acceso a bases de datos es grande, pero aún más compleja es la posibilidad de construirlas; como consecuencia de 
los efectos de red. Aunque haya un reconocimiento de que los datos son relevantes y valiosos, es muy difícil medirlos 
y asignarles precios. Según el CADE (2019), “precisamente porque la recopilación y el procesamiento de datos son 
determinantes para que las empresas puedan competir y prosperar en los mercados digitales, las restricciones en el 
acceso a los datos pueden evitar que las empresas ofrezcan bienes y servicios a niveles competitivos, lo que los hace 
menos propensos a sobrevivir en mercados basados en datos, llevando así a una disminución de la competencia”. Por 
ejemplo, en el caso de la fusión de21 ATT y Time Warner, el CADE comprendió que los servicios de transmisión como 
Netflix ocupan algoritmos y grandes datos para la determinación de las preferencias de los consumidores, lo que les 
proporciona una ventaja competitiva significativa contra los concurrentes.
Por la parte estratégica, los datos pueden convertirse en una barrera de entrada (cuando la posesión de datos de 
consumidores es esencial para competir por la participación de mercado)22, ya que pueden facilitar acuerdos de colusión 
(los datos pueden usarse para construir algoritmos que automaticen acuerdos de precios), y también pueden afectar 
a terceros mercados (los datos recopilados por la empresa del sector X pueden servir para conocer y satisfacer a los 
consumidores del sector Y). Desde la perspectiva de muchas Mipymes, el acceso a los datos configura un gran desafío a 
su sobrevivencia. El GDPR, por ejemplo, adoptó una estrategia donde los usuarios pueden extraer, si así lo desean, todos 
sus datos23 de las plataformas y llevarlos adonde quieran. Sin embargo, la dificultad de manejar estos datos (en formato 
word) es enorme y demasiado altos los costos de transacción para obtener un monto de datos relevante. 
Es claro que un gobierno que está en la búsqueda por mejorar la competencia de las Mipymes debe ocupar las 
herramientas necesarias para facilitar el libre flujo de datos, al mismo tiempo que garantizar un nivel adecuado de protección. 
Las restricciones innecesarias en el flujo de datos gratuito y seguro, incluida la localización de los datos, aumentan los 
costos y limitan la elección del consumidor. En este sentido, los reguladores podrían construir un mercado para los datos, 
donde los datos masivos anónimos serían puestos a disposición a cambio de una tarifa, parecida a la licencia obligatoria 
de una patente. Por otro lado, el cruce de base de datos hace relativamente fácil identificar a los dueños; por lo que las 
soluciones de competencia deben ir en paralelo con las soluciones de privacidad en la economía digital.
Otra alternativa es que los gobiernos promuevan la centralización de los datos. Un ejemplo de datos recolectados 
por los gobiernos y, a disposición anonimizada de estos podría representar un gran insumo para las innovaciones, son los 
datos médicos para aplicaciones de diagnóstico, rayos X entre otras del área. Otra alternativa es apoyar a las “cooperativas 
de datos”24, así muchas Mipymes podrían sumar bases de datos y llegar a un monto significativo para grandes datos. Un 
número importante de empresa alrededor del mundo se han enfocado en lidiar con la desigualdad de los datos25. Se 
requiere de la comprensión de los formuladores de políticas sobre la importancia de los datos como insumos para las 
tecnologías en el comercio electrónico, las aplicaciones de transporte (ride hailing apps), las billeteras en línea (online 
wallets), los servicios de búsqueda, entre otros. Por lo tanto, garantizar un acceso a datos (con los debidos resguardos) 
puede generar un camino para la apropiación tecnológica que tanto se necesita en la región.
En este sentido, el gobierno de la India ha propuesto un nuevo proyecto de ley con el objetivo de regular el uso y 
tratamiento de la información anónima26. En el proyecto, que ha molestado a las gigante tecnológicas, se plantea que 
empresas digitales operando en el mercado de India compartan sus datos no personales, es decir, que se cree una base 
de datos universal para que incluso competidores puedan acceder y a partir de estos datos generar innovaciones. 
Fuente: Elaboración propia.
21 Ver https://www.oecd.org/officialdocuments/publicdisplaydocumentpdf/?cote=DAF/COMP/WD(2019)26docLanguage=En.
22 El caso HeadHunter.ru investigado por el servicio federal antimonopolio de Rusia (FAS) también es un caso donde el acceso a los datos representó una barrera de entrada.  
La empresa incumbente dejó de permitir a las empresas de robot recruiter acceder a los curriculums en su base de datos. FAS consideró el caso como una barrera 
de entrada de datos, el caso todavía está en proceso.
23 https://gdpr-info.eu/art-20-gdpr/.
24 https://www.midata.coop/en/home/.
25 https://www.economist.com/special-report/2020/02/20/are-data-more-like-oil-or-sunlight.
26 https://www.reuters.com/article/us-india-data-exclusive/exclusive-india-data-curb-plan-anathema-u-s-tech-giants-plan-pushback-idUSKCN2550KA.
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Maurice Stucke (2018) destaca algunos tipos de perjuicios que genera el monopolio 
de datos o data-opolies al estado de bienestar y a la economía en general:
i) Productos de menor calidad con menos privacidad garantizada. El que tiene el
monopolio de los datos no compite en términos de privacidad y protección de datos.
ii) Riesgos de surveillance y seguridad. Los gobiernos que pueden demandar acceso
a datos personales y a la concentración de datos se convierten en blancos de
ataques cibernéticos.
iii) Transferencia de riqueza a los monopolios de datos. Se obtienen ganancias
debido a distintas situaciones: por los efectos de red, pues los monopolios
acumulan datos sin pagar por ellos, del contenido generado por usuarios; por
tomar contenido de distintas fuentes (noticieros, música, etc), y por hacer
discriminación conductual (behavioral discrimination) que es una discriminación
de precios a través del histórico de los usuarios.
iv) Pérdida de confianza producto de la falta de competencia en términos de
protección de datos, los consumidores desconfían de los monopolios de datos
y dan datos personales incorrectos. Esto genera pérdida de bienestar (peso
muerto en la economía digital), ya que desde la perspectiva de la economía
digital, los datos son utilizados para mejorar la situación de varios consumidores.
v) Costos significativos a terceros, con la posibilidad de actuar reduciendo el tráfico
de datos o sesgando búsquedas a través de algoritmos.
vi) Menos innovación en mercados dominados por monopolios. Los monopolistas
de datos pueden monitorear disruptores y consumidores, afectando el mercado
y adelantándose a la apropiación de una innovación.
vii) Ámbitos sociales y morales afectados debido a que los productos de los
monopolistas de datos son adictivos, influyendo la decisiones de las personas.
viii) Ámbito político con la manipulación y capacidad de afectar el debate público y
la percepción del bien y del mal.
En cuanto a la importancia de los datos en la economía digital, Sadowski (2019) nos 
muestra algunas razones por las cuales los datos son tan apreciados por las compañías 
tecnológicas y no tecnológicas, aunque para muchos de los datos recolectados en la 
economía no ha sido asignado un valor monetario. Es decir, existen muchos datos que 
esperan las innovaciones para tener una utilidad, lo que consecuentemente generará valor 
monetario. A continuación se destaca el uso de datos que ya tienen un valor monetario.
a) Datos utilizados para perfilar y señalar a las personas (hiper personalización).
Las empresas que utilizan Internet para comercializar sus productos o servicios
generalmente obtienen sus ingresos mediante anuncios personalizados. Los
llamados “brokers” de datos recopilan datos para crear carpetas de individuos
y clasificarlos en segmentos de mercado. Los minoristas pueden cobrar precios
diferentes según las características del cliente, otros pueden analizar los datos
para tomar decisiones sobre quién es susceptible a cierto tipo de mensajes.
b) Datos utilizados para optimizar los sistemas. Los procesos pueden ser más
eficientes al analizar datos que revelen cómo eliminar el residuo, mejorar
la productividad y hacer más con menos. Los gobiernos utilizan el análisis
algorítmico para evaluar cómo deben administrarse los servicios públicos, el
tráfico, simulaciones de catástrofes, movilidad urbana etc.
c) Datos utilizados para administrar y controlar situaciones. El uso de cámaras y
drones equipados con reconocimiento facial y software de lectura de matrículas
por parte de la policía.
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d) Datos utilizados para modelar probabilidades de que sucedan situaciones.
e) Datos utilizados para construir cosas. A medida que los servicios se convierten en
plataformas y los dispositivos se vuelven “inteligentes”, también son impulsados
por los datos y conectados a Internet para facilitar el flujo.
f) Datos utilizados para aumentar el valor de los activos. La actualización de los
activos con tecnologías inteligentes que recopilan datos sobre su uso, ayuda a
combatir el ciclo normal de depreciación.
En la economía digital los datos son la principal fuente de innovaciones, ya sea 
de procesos, de producto o bien administrativos. Es decir que los datos son insumos 
tanto para las innovaciones por el efecto demand-pull como para el impulso tecnológico 
(technology-push). Además, en una economía donde las plataformas digitales son las 
grandes empresas en valor de rotación, la no circulación de los datos puede incluso 
impedir la creación de nuevas plataformas e innovaciones. Por otro lado, las FA 
cuyo objetivo es la obtención de datos (data-driven mergers) han proporcionado a 
muchas empresas un acceso a datos innecesario y peligroso para la privacidad de los 
consumidores; estas adquisiciones han generado poder de predicción y captura de 
preferencias aún cuando los consumidores no lo deseen, ello sumado a la venta de 
preferencias (target advertising), creando preocupaciones que mezclan competencia, 
protección de datos y privacidad. Basta con imaginar lo que se puede capturar con la 
combinación redes sociales, internet de las cosas, aplicaciones de mensajería y motor 
de búsqueda.
En este sentido, la protección de datos en general (personales, gubernamentales, 
industriales etc.) y la capacidad del sistema de gestionarlos y asegurarlos adecuadamente 
de un uso y mal uso, robos o ataques, etc. se convierte en un tema crítico en el centro 
de cualquier política de competencia a nivel, nacional, regional, o de los distintos 
sectores empresariales, y de la sociedad, en general. Las distintas situaciones demandan 
marcos regulatorios y estructuras institucionales capaces de adelantarse y, en el peor 
de los casos, responder de la manera más eficiente las distintas investigaciones de 
prácticas anticompetitivas.
EL PAPEL DE LOS DATOS EN LAS INNOVACIONES 
DISRUPTIVAS Y LA CONCENTRACIÓN 
DE MERCADO DESDE LAS BIG TECH
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El objetivo de este capítulo es mostrar cómo las estrategias de las grandes tecnológicas 
pueden determinar el rumbo y expansión de los mercados digitales hacia modelos 
más concentrados, donde muchas veces los pequeños o grandes emprendimientos 
no logran insertarse en cadenas productivas frente al dominio de los conglomerados 
digitales, lo que pudiera traducirse en acumulación de capacidades tecnológicas, con 
efectos en la competitividad y productividad.
Los actuales marcos normativos que regulan las prácticas de competencia de las 
Big Tech han generado algunas dudas sobre sus límites para garantizar a cabalidad 
la defensa de la competencia. Estas empresas también conocidas como GAFAM 
(Google, Amazon, Facebook, Apple y Microsoft) o data-opolies27 monopolizan datos a 
distinto nivel: Facebook controla los medios sociales, Amazon controla el mercadeo 
de bienes, Google y Apple controlan los dos principales sistemas operativos (que 
también son plataformas) de teléfonos y Microsoft domina los sistemas operativos 
de las computadoras.
El modelo de la economía digital, (data-driven) ha impulsado un fuerte debate entre 
los académicos, respecto a las estrategias de negocios de las grandes tecnológicas 
y la concentración de gran cantidad de datos. Ello ha abierto la discusión sobre si 
las FA y la capacidad de generar innovaciones disruptivas e incrementales están 
excediendo los límites de la teoría Schumpeteriana de la innovación. La pregunta que 
surge es si estas estrategias realmente son una forma de generar bienestar social, a 
través de las innovaciones, o si se trata de conductas predatorias, que responden a la 
lógica de su estrategia de negocios. Lo cierto es que, la evidencia no es suficiente para 
confirmar si estas innovaciones son de beneficio social, o un impedimento para que 
innovaciones disruptivas lleguen al mercado28. Según la UNCTAD (2020), el objetivo de 
estas empresas no es la creación de nuevos productos sino la protección de productos 
existentes dificultando el acceso de competidores a través de la interoperabilidad, 
aunque es innegable las mejoras constantes en servicios, productos y precios. 
El segmento de mercado digital donde estas empresas actúan, a pesar de operar 
en el mercado de competencia dinámica o por innovaciones, ha demostrado un 
comportamiento muy distinto del que plantea la teoría Schumpeteriana. Esto es, en 
los mercados Schumpeterianos las empresas suelen no perpetuarse en posiciones 
dominantes, debido a la dinámica que impone las innovaciones. Sin embargo, en 
los últimos años y particularmente durante la pandemia, el mundo ha sido testigo 
de tendencias contrarias de las empresas que tienen como modelo de negocio las 
adquisiciones. (Competition Lore 201829) En los últimos veinte años, el poder de mercado 
de estas empresas y su notorio alcance global han aumentado, esto revela el cambio 
hacia lo digital y principalmente hacia el modelo de plataformas de las Big Tech. Según 
la UNCTAD (2019), el poder de mercado y la posición de dominio de las principales 
plataformas en ciertos mercados afectan a las pequeñas empresas innovadoras, así 
como el acceso y la supervivencia de estas en esos mercados. El cuadro 1 muestra 
claramente la trayectoria de adquisiciones de estas empresas, el poder desplegado y 
27 Son empresas que controlan una plataforma clave que atrae a su ecosistema a usuarios, vendedores, anunciantes, desarrolladores 
de software, aplicaciones y fabricantes de accesorios. https://hbr.org/2018/03/here-are-all-the-reasons-its-a-bad-idea-to-let-
a-few-tech-companies-monopolize-our-data?mod=article_inline.
28 https://globalcompetitionreview.com/killer-acquisitions-are-recurring-issue-says-vestager.
29 https://competitionlore.com/.
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DISRUPTIVAS Y LA CONCENTRACIÓN 
DE MERCADO DESDE LAS BIG TECH
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la transformación del mercado hacia lo digital de las Big Tech mostrando un crecimiento 
sostenido, incluso durante la crisis de la pandemia.
Cuadro 1 
Las cinco empresas más grandes de E.E.U.U.
1990 2000 2010 2020 Valor de 
mercado 
B.Tech 
Pan demia
Ingresos 
pandemiaa
IBM Corp. General Electric Co. Exxon Mobil Corp. Microsoft Corp. 37,19% 14%
Exxon Mobil Corp. Exxon Mobil Corp. Apple Inc. Apple Inc. 55,15% 6%
General Electric Co. Cisco Systems Microsoft Corp. Amazon Inc. 74,53% 34%
Bristol-Myers Squibb Co. Wal-Mart Stores Inc. Berkshire Hathaway Inc. Alphabet Inc. 12,36% 6%
Merck  Co. Microsoft Corp. General Electric Co. Facebook Inc. 29,25% 14%
Fuente: Bloomberg, https://disfold.com/top-us-companies-sp500/ y www.marketwatch.com y Statista.
a Crecimiento de los ingresos en relación al mismo período en 2019. Fuente: https://www.statista.com/chart/21584/gafam-reve-
nue-growth/. 
Esta realidad no es exclusiva del mercado estadounidense. El cuadro 2 muestra 
que incluso las plataformas digitales de origen latinoamericano, ya tienen una fuerte 
representación que las ubica entre las diez principales empresas con mayor valor 
de mercado de la región. Por ejemplo, debido al crecimiento de las ventas en línea, 
impulsado por la pandemia, la plataforma digital argentina Mercado Libre logró el primer 
puesto entre las empresas de la región, y su acelerado crecimiento revela una posible 
escalada en el valor de mercado. La segunda plataforma digital XP investimentos de 
Brasil ocupa la novena posición en valor de mercado en la región. Esto debido a una 
estrategia agresiva de expansión mediante la extracción de datos de usuarios que 
acceden a las plataformas.
Cuadro 2 
Las empresas con mayor valor de mercado de América Latina
Empresa País Sector Valor USDa Crecimiento 
pandemiab
Mercado Libre Argentina E-commerce 60 644 157 112,89%
Vale S/A Brasil Minería 59 362 991 19,12%
Petrobras S/A Brasil Petróleo 57 537 031 -28,03%
ItauUnibanco Brasil Bancario 46 151 918 -34,82%
Wal Mart Mexico México Comércio 42 183 135 29,65%
America Movil México Telecomunicaciones 42 128 135 -1,96%
Ambev S/A Brasil Bebidas 39 044 842 -30,85%
Bradesco Brasil Bancario 35 045 842 -37,05%
Xp Inc. Brasil Plataforma financiera 27 590 016 15,03%
Weg S/A Brasil Motores 27 415 241 92,99%
Fuente: Bloomberg, https://disfold.com/top-us-companies-sp500/ y www.marketwatch.com y Statista.
a  Valores en miles de dólares, fecha 19/08/2020.
b Fecha 06/08/2020.
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A. El modelo de negocios de las Big Tech
y la transformación de las empresas no
tecnológicas en la economía digital
Las empresas no tecnológicas también han sufrido importantes transformaciones 
en sus modelos de negocio. Según The Economist (2017)30 las gigantes industriales 
como General Electric y Siemens actualmente se venden como firmas de datos. 
Según Sadowski (2019)31 “los datos se han vuelto centrales y esenciales cada 
vez más para sectores del capitalismo contemporáneo. Industrias enfocadas en 
tecnología, infraestructura, finanzas, manufactura, seguros y energía están tratando 
los datos como una forma de capital”. Furman et al. (2019) sostienen que los datos 
ya no deben ser considerados sólo como commodities, sino también como capital 
de las empresas, así como lo es el capital financiero y el físico. Industrias enteras, 
como la atención médica, la agricultura y los bienes de consumo, se están moviendo 
rápidamente hacia la recolección de cantidades, cada vez mayores, de datos sobre 
sus clientes y productos. Según Atkinson (2019), IBM está integrando datos de 
registros médicos electrónicos, imágenes médicas y genética para mejorar su servicio 
de análisis Watson Health. Las automotrices utilizan datos de vehículos conectados 
para mejorar sus vehículos32. Las cadenas de supermercados han utilizado datos de 
esquemas de tarjetas de fidelización para ofrecer descuentos personalizados. De 
esta manera, un cambio metodológico puede generar efectos benéficos no solo a 
las grandes empresas, sino también a las de menor tamaño que necesitan de estos 
datos para innovar y para acceder al mercado. 
Las prácticas de las Big Tech han generado una alarma en las instituciones 
regulatorias de competencia. Debido, no solo a su gran poder de mercado, sino también 
a las dificultades para entender las reglas de competencia, el uso de los datos (y su 
protección) y los procesos de FA. Analizar y crear herramientas (tales como “Cerebro” 
en Brasil, “Sabueso” en Colombia, el Laboratorio Forense Digital de INDECOPI, Perú, 
o la Dirección General de Inteligencia de COFECE, México, detalladas en el recuadro 8)
para investigar acuciosamente las prácticas y las innovaciones incorporadas a los
procesos de estas empresas, podría contribuir a esclarecer sus acciones de los últimos
años. En esta carrera, las autoridades han estado un paso atrás en el seguimiento de
los casos, debido a la velocidad en que se producen los hechos y se desarrollan las
conductas anticompetitivas en la economía digital. Incluso en los casos más sonados
como los de Google en Europa o en Brasil, por ejemplo, han mostrado un proceso de
investigación lento (hasta siete años toma una investigación) en comparación con el
ritmo y la dinámica de la economía digital.
Las plataformas digitales conocidas por el término two-sided actúan haciendo la 
intermediación entre agentes económicos. Así, el concepto de plataforma digital que 
une bienes, servicios y contenido de diferentes proveedores en el mismo espacio 
digital, adquiere mayor relevancia. Son mediadores entre usuarios (consumidores) y 
proveedores (vendedores) y se pueden dividir básicamente en tres tipos de negocios 
(OECD, 2018): modelo de suscripción (los usuarios finales pagan por un servicio, como 
Netflix); modelo de publicidad (los usuarios finales proporcionan ingresos indirectamente 
cuando se exponen a anuncios, como YouTube); y modelo abierto (los desarrolladores de 
aplicaciones pagan para llegar a los usuarios finales, como una tienda de aplicaciones). 
30 https://www.economist.com/leaders/2017/05/06/the-worlds-most-valuable-resource-is-no-longer-oil-but-data.
31 https://journals.sagepub.com/doi/full/10.1177/2053951718820549.
32 Según The Economist (2017), ocupando el ejemplo de Uber, si la empresa tiene un valor de mercado alto, es en parte porque 
posee el mayor conjunto de datos sobre la oferta (conductores) y la demanda (pasajeros) de transporte personal. https://www.
economist.com/briefing/2017/05/06/data-is-giving-rise-to-a-new-economy. 
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Estas tres categorías de la economía digital juegan un papel importante en la organización 
industrial de los mercados, es decir, influyen positiva o negativamente en la competencia 
entre empresas y en la aparición de nuevas empresas en los mercados. Por su parte, 
la expansión geográfica de los mercados estimula la productividad y la búsqueda de 
eficiencia, especialmente por parte de empresas más pequeñas, que se ven afectadas 
por acciones de grandes multinacionales que antes no operaban localmente. Situación 
que los reguladores deben considerar para garantizar una competencia leal y mantener 
la tasa de innovación, en coordinación con autoridades de distintos países.
El modelo two-sided plantea grandes desafíos a las autoridades de competencia 
en el mundo, uno de ellos es la definición del mercado relevante33 y el uso del llamado 
método SSNIP. Generalmente, ambas situaciones se producen en un solo lado del 
modelo two-sided de las plataformas digitales pues en el otro lado no existen precios 
por servicios, o las ganancias son negativas. Es decir, que en su modelo más común, 
las plataformas buscan ganancias financieras, por ejemplo cobran por espacio para 
anuncios y por la utilización de datos de los usuarios.
El concepto “efectos de red” (directo e indirecto) es el que explica la situación 
de atracción de usuarios en ambos lados de las plataformas. En este sentido, CADE 
(2019) señala que las autoridades de competencia en todo el mundo han estado 
preocupadas y consideran que la fuerte presencia de los efectos de red, dan como 
resultado mercados que son más propensos a generar problemas anticompetitivos 
en sus prácticas habituales, a través del abuso de la posición dominante, la imposición 
de una ejecución hipotecaria a los participantes o la disminución de la competencia 
tras una fusión.
En un mundo digitalizado, es más fácil recopilar información sobre el comportamiento 
del consumidor a través de sus actividades en Internet, identificando características 
personales (género, nacionalidad, ocupación, preferencias, disposición y necesidad de 
pago, etc.), ubicación, dirección IP, entre otros datos. Como ya se ha mencionado, la 
provisión de datos del usuario es a menudo el pago requerido para acceder libremente 
a una plataforma o servicio digital “gratuito”. Teniendo en cuenta todos los servicios 
utilizados por los consumidores a través de Internet (correo electrónico, computación en 
la nube, redes sociales, compras, búsqueda web, servicios financieros, etc.), es posible 
desarrollar perfiles muy detallados sobre estos usuarios. Cuando la misma compañía 
reúne varios de estos servicios, o cuando se hace el cruce de base de datos a través 
de FA, ocurre un salto en su poder de mercado. A partir de estos datos, los servicios 
para los usuarios finales se optimizan de forma personalizada, los productos ofrecidos 
y los anuncios dirigidos a cada uno de ellos tendrán en cuenta todas las tendencias 
del consumidor identificadas en su perfil, aumentando sus posibilidades de compra y 
la satisfacción del cliente, al mismo tiempo que permite la discriminación de precios. 
Los modelos de negocio basados en plataformas digitales, fuertemente influenciados 
por el llamado efecto de red como ya mencionamos, es el resultado del número de 
usuarios (directa o indirectamente) sobre el valor de un bien o servicio. En las plataformas, 
tener un número mayor de consumidores hace que el bien o servicio ofrecido sea más 
útil tanto para los usuarios como para los desarrolladores de redes. Una plataforma 
de ventas, por ejemplo, será más valiosa desde el punto de vista del consumidor, si 
tiene múltiples vendedores registrados (una gama más amplia de productos) y desde 
el punto de vista del vendedor (con mayor potencial de venta), dando origen a un ciclo 
virtuoso de usuarios en las plataformas. Para los desarrolladores de plataformas, cuanto 
mayor sea el número de usuarios (tanto vendedores como consumidores), mayor 
será el potencial de ingresos, ya sea cobrando un valor al usuario para registrarse, o 
33 En este sentido, por ejemplo, CADE revela que para establecer la definición de mercado en el caso de plataformas digitales se 
evalúa “la existencia de grupos de clientes interdependientes en la plataforma y los efectos de red, tanto directos como indirectos”.
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aumentando la exposición de su audiencia a los anuncios (cuanto mayor el número 
de usuarios de la plataforma, mayor es el interés de terceros en hacer publicidad en 
este medio).
Así mismo se destacan las dificultades en la definición de los mercados relevantes 
en período de crisis como el actual producto de la pandemia. Las empresas han 
diversificado sus productos para sobrevivir a la crisis, esto plantea un reto a la política 
de competencia pues los cambios de productos son determinantes en la evaluación 
del mercado relevante. Debido a esto, este análisis (mercado relevante) se complejiza, 
ya que el mercado relevante está en constante cambio. Farrell y Shapiro (2010) en el 
abordaje de precios para calcular mercados relevantes, desarrollaron el método upward 
pricing pressure (UPP) que sirve como una alternativa de análisis. Tomando los efectos 
de la pandemia en materia de competencia la caída de las ventas ha sido una de ellas. 
Además del impacto en los umbrales de notificaciones, la caída de las ventas genera 
dificultades en el análisis de concentración de mercado, debido a que los índices de 
concentración son basados en ventas. Es decir que es casi imposible determinar si un 
mercado está concentrado o no, en la coyuntura actual. 
Recuadro 3 
Retos durante la crisis COVID-19 - Defensa de la empresa fallida (Failing firm defense)
El análisis económico y principalmente la defensa de la competencia, depende de factores 
y datos históricos, es decir que se necesita de una línea temporal para hacer previsiones o 
construir análisis de posibles consecuencias negativas o positivas para el bienestar social. La 
crisis sanitaria ha dejado un reto importante sobre el análisis en medio de la incertidumbre. 
Se han cambiado los principales parámetros de análisis de la competencia, es decir, los 
niveles de precios, costos, demanda, economías de escala, alcance e innovación; y aún no 
se logra determinar si los cambios en estos parámetros son de corto plazo o no. Se trata de 
la complejidad del análisis sobre FA, que no permite determinar ex ante el comportamiento 
de la nueva empresa en el periodo post crisis. Al mismo tiempo, tampoco se conocen las 
estructuras de mercado post COVID 19. Esto ha complejizado los análisis que utilizan el 
argumento de “defensa de empresa fallida”. Para juzgar estas concentraciones de mercado 
es necesario comprender qué impactos serán a corto plazo y cuales harán parte de la nueva 
realidad. En este argumento, la empresa (target) será menos competitiva para sobrevivir 
durante la pandemia. Este es otro desafío al que se enfrentan las autoridades de competencia 
en tiempos de pandemia.
Fuente: https://www.lexology.com/library/detail.aspx?g=de3a62a8-d5c4-4c87-93b3-27ea4f56a12d.
Otra estrategia de las Big Tech, que ya hemos mencionado es una tendencia creciente 
del uso de algoritmos, de acuerdo con UNCTAD (2019) “las plataformas digitales cuentan 
con nuevos modelos de negocio y funcionan con algoritmos concebidos para recopilar 
y procesar datos, en los que se basarán las decisiones”. Se destacan los algoritmos 
de gestión y de precios, los primeros son muy utilizados en plataformas digitales de 
“ride-hailing service” (servicios de transporte) como Uber y son responsables de 
coordinar la oferta de autos y los precios, es decir, son capaces de reaccionar a señales 
de oferta y demanda. Los de precios son utilizados principalmente en la función de 
discriminación de precios, pues pueden determinar precios distintos según rastreo 
del histórico de los usuarios de internet a través del proceso de segmentación. Este 
tipo de mecanismo de competencia puede incluso determinar, como estrategia de 
maximización, precios bajo costo marginal para un segmento de personas, pero al final, 
debido a la capacidad de discriminación de estos algoritmos, las grandes empresas 
terminan generando ganancias positivas. A pesar de la eficiencia económica de este 
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tipo de estrategia existe un fuerte debate en torno al uso de algoritmos en usuarios 
que no desean ser segmentados, por ejemplo, la colusión por algoritmos, barreras de 
entrada de precios, entre otras formas.
La discordancia entre la efectividad de los marcos regulatorios y el éxito de las Big Tech 
en la economía digital levanta la interrogante, si, en realidad, las leyes de competencia 
actuales lo que hacen es ayudar a los incumbentes e impedir que las entrantes lleguen 
al mercado. Según la Monopolkommission (2015), en los métodos convencionales, las 
consideraciones y correlaciones no son suficientes para los análisis de plataformas 
digitales. Para las autoridades de competencia es importante monitorear los procesos 
de uso y transferencia de datos entre empresas y dentro de cada una de ellas. Los 
reguladores deben, por tanto, saber qué informaciones requieren que las empresas 
generen, recopilen y procesen, definiendo claramente las condiciones de propiedad y 
portabilidad de datos. La información, insumo importante en la investigación de prácticas 
anticompetitivas, obliga a las autoridades reguladoras a digitalizarse lo suficiente como 
para enfrentar la modernización de las empresas y la evolución de los métodos con los 
cuales se llevan a cabo prácticas anticompetitivas (Núñez y Furquim, 2018).
En el debate actual sobre la economía digital, el papel de la regulación es clave, 
esta debe ser tan expedita y amplia en escala, como para acompañar la difusión de las 
innovaciones, la evolución de los modelos de negocios y los objetivos de las estrategias 
empresariales particularmente respecto a los datos. Actualmente muchas leyes no logran 
la velocidad para alcanzar los cambios vertiginosos que se producen en los mercados 
digitales, con brechas que, muchas veces, favorecen las prácticas anticompetitivas. 
Las autoridades han defendido la utilización de medidas provisorias o interinas (interim 
measures) para lidiar con las conductas anticompetitivas. Sin medidas eficaces, dichas 
conductas pueden permanecer por años, lo que causa daños, no sólo al bienestar de 
los consumidores, sino también a la supervivencia de los concurrentes más frágiles 
como son las Mipyme.
1. Dinámica de mercados y estrategia de adquisiciones
El modelo de competencia de las Big Tech plantea la siguiente premisa: las estrategias 
de mercado de las grandes tecnológicas responden a una conducta schumpeteriana; 
un modelo basado en innovaciones y destrucción creativa de innovaciones y mercados. 
Estas empresas han seguido un patrón de innovación continuo, sin embargo, la 
pregunta que surge es si ellas han llevado al mercado solamente innovaciones 
complementarias, inhibiendo así las innovaciones disruptivas dirigidas al mercado. En 
la literatura especializada, la innovación disruptiva es la gran enemiga de los monopolios 
y actualmente lo que se percibe es que las empresas entrantes son la fuente de las 
innovaciones disruptivas. Si una Big Tech compra e innova en su mercado, éste se 
amplía, pero no necesariamente se está creando un nuevo mercado (solo se agregan 
servicios). Por otro lado, si una empresa entrante llega al mercado con una innovación 
disruptiva, esta puede causar una revolución tal que deje a las Big Tech obsoletas, debido 
al riesgo de que se creen nuevos mercados. La actuación de estas empresas genera 
innovaciones incrementales, pero no disruptivas. En un contexto de precios bajos e 
innovaciones incrementales, se cuestiona el verdadero beneficio que representa para 
el consumidor una innovación disruptiva.
Se parte del supuesto que la innovación así como su libre circulación son factores 
determinantes del buen funcionamiento de la economía. Por este motivo, la estrategia 
de FA de estas empresas puede no permitir que la trayectoria de las innovaciones 
fluya según el mercado, es decir que no están permitiendo ni siquiera que dichas 
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innovaciones incrementales puedan llegar a otros mercados (spill-overs) para volverse 
innovaciones disruptivas, debido a los derechos de propiedad y adquisiciones. 
Intentando responder los cuestionamientos que surgen sobre el impacto de las 
FA y su impacto sobre las innovaciones, Monopolkomission (2015) considera que 
el marco legal existente no es lo suficientemente efectivo en el ámbito del control 
de fusiones. Contextualizando dicha aseveración, actualmente la principal duda de 
las autoridades es saber si estas empresas mantienen sus posiciones de mercado, 
producto de innovaciones, o si esto ocurre debido a barreras de entrada y prácticas 
predatorias. Por otro lado, autores como De Streel y Larouche (2015) sostienen que las 
adquisiciones, por parte de empresas incumbentes o de startups no es un problema, 
ya que ello genera innovaciones. Además se sostiene que debido a los activos de la 
empresa adquiriente, esto puede incluso aumentar la oportunidad de ocurrencia de 
innovaciones en el mercado. 
Otra característica de la economía digital es el cambio de perspectiva en cuanto 
al tema de propiedad de una empresa. Es sabido que la tasa de innovación de estas 
empresas está correlacionada con la cantidad de adquisiciones, esto conlleva a dos 
ideas que derivan de este cambio de perspectiva. Primero, se introduce la idea de que 
las empresas adquiridas tienen como objetivo actuar como si fueran extensiones de los 
laboratorios de investigación de las Big Tech; segundo, se sostiene que tal estrategia 
disminuye la incertidumbre inherente a la I + D. Actualmente, se considera un caso 
exitoso una empresa que fue adquirida graficando el cambio de perspectiva que se 
crea debido al mercado de adquisiciones de la economía digital. 
Sobre la reducción de la incertidumbre, muchos de los proyectos e inversiones 
en I + D en la economía digital son considerados atípicos cuando arrancan, lo que no 
suena bien a los inversores aversos al riesgo o a los propietarios de acciones de las 
empresas. Por esta razón, la estrategia de adquisiciones se ve menos riesgosa. Como 
ejemplo de la competencia por innovaciones se puede citar el caso de la automotriz 
Ford. Según The Economist (2018), en 2017 Ford despidió a su CEO, Mark Fields, a 
pesar de las ganancias récord alcanzadas. Su junta de administración concluyó que era 
complaciente con el cambio tecnológico. 
Para los fines de una colusión, muchas veces es más fácil una adquisición que 
combinar los precios. Entretanto, se refuerza la idea de que detrás de esta práctica 
hay una estrategia anticompetitiva predatoria. Detrás de la creación de conglomerados 
digitales están: la generación indirecta de poder de mercado, datos de los consumidores, 
las economías de escala; y alcance en los productos, los algoritmos. Por ejemplo, un 
algoritmo de una empresa puede en realidad ser ocupado en otra industria para producir 
poder de mercado y ventas. Encontrar varias funcionalidades en el mismo producto 
puede generar sinergias para los consumidores, esto también es una motivación para 
la estrategia de adquisiciones.
a) Notificaciones de FA
Desde la perspectiva de las notificaciones, las autoridades enfrentan dificultades con 
la herramienta vigente para combatir las prácticas anticompetitivas de FA. El actual 
sistema de avisos de FA, a pesar de ser adoptado por muchas autoridades para la 
identificación de posibles consecuencias negativas al bienestar social, no se condice 
con las necesidades de la economía digital. El modelo de aviso de adquisiciones vigente, 
lanzado de la mano de las autoridades alrededor del mundo, está basado en la rotación 
o en las ventas de empresas, es decir que si una empresa tuvo el año anterior volumen
suficiente, la adquisición genera la obligatoriedad de aviso. Sin embargo, reforzando
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Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)
la fragilidad del sistema, de acuerdo con Furman et al. (2019), en los últimos 10 años, 
las 5 empresas tecnológicas más grandes realizaron varias adquisiciones alrededor del 
mundo y ninguna o casi ninguna de estas fue bloqueada y solo en algunos de estos 
procesos ha sido condicionada su aprobación. 
El replanteamiento del sistema podría haber evitado adquisiciones predatorias 
sinónimo de concentración de la economía digital como las de Facebook a Instagram 
o de Google a Waze. En Brasil, en el caso Naspers/Delivery Hero34, CADE mostró
estrategias, como por ejemplo la de la plataforma digital Ifood35 (empresa brasileña de
delivery) que deben ser monitoreadas permanentemente por su estrategia agresiva
de adquisiciones. La empresa ha hecho adquisiciones de varias pequeñas startups lo
que puede estar configurando una práctica predatoria que la actual legislación no es
capaz de identificar. En realidad, cuando se trata de mercados digitales, muchos de
los innovadores, (empresas digitales) ni siquiera tienen ingresos, pero el modelo de
competencia digital hace que estos deban ser considerados potenciales competidores36.
La adquisición de una empresa con baja rotación no puede capturar los efectos 
anticompetitivos bajo los actuales requisitos de notificación de la legislación de muchos 
países, incluso en los casos en que la empresa adquirida posea datos comercialmente 
valiosos, o tenga un mercado potencial considerable para competir con los incumbentes. 
La COFECE (2020) sostiene que los datos y la capacidad de procesarlos para el beneficio 
de una empresa, podrían generar un obstáculo para la entrada de nuevas empresas. 
Según la Monopolkomission (2015) el precio de compra es un mejor parámetro que 
la rotación. McLean (2020) sugiere el uso de su método “the economic goodwill” 
basado en el valor de la transacción y los activos netos de las empresas. El mismo 
autor postula que existen dos tipos de adquisiciones riesgosas en la economía digital, 
las de conglomerado y las killer-acquisitions. Según el autor, las primeras constituyen 
un gran reto en relación a FA debido a la formación de los conglomerados digitales 
que son amplificados por los efectos de red, economía de escala y alcance en los 
datos, entre otros factores ya mencionados. El segundo tipo de FA son aquellas con 
un objetivo de discontinuidad de la empresa adquirida o del producto de las empresas. 
No obstante, Cunningham, Ederer and Ma (2020) con una muestra de 35 mil proyectos 
farmacéuticos presentan que un 6.4% de las transacciones fueron killer-acquisitions. 
La actuación de algunas autoridades de competencia es un ejemplo para describir la 
seriedad del problema. En la India por ejemplo, la división de la Comisión de Competencia 
de ese país lleva a cabo escaneos regulares de los medios de comunicación para 
monitorear adquisiciones que no generan necesidad de notificación a la autoridad 
de competencia. En EEUU el volumen de adquisiciones por parte de las Big Tech ha 
generado un decreto de revisión de todas las adquisiciones de estas empresas desde 
el 1 de enero de 2010 hasta 31 de diciembre de 201937. La Comisión de Competencia 
de Sudáfrica (CCSA, siglas en inglés) manifestó un creciente interés en el área de 
adquisiciones de pequeñas empresas por parte de grandes empresas, señalando una 
posible revisión de la posición actual38. Por otro lado, otras instituciones argumentan 
simplemente que la determinación de que todas las transacciones deben ser notificadas 
a los órganos de competencia causaría ineficiencias y sobrecarga. En Brasil, la Ley de 
Competencia otorga a CADE la prerrogativa de revisar cualquier FA, incluso cuando 
no se activen los requisitos obligatorios de presentación (limitado a un año a partir de 
la fecha de la transacción). 
34 Caso número: 08700.007262/2017-76.
35 https://one.oecd.org/document/DAF/COMP/LACF(2019)21/en/pdf.
36 Según Margrethe Vestager “cuando alguien compra a un innovador, con muchas buenas ideas pero aún sin muchas ventas, es 
posible que ni siquiera tengamos la oportunidad de ver si esa fusión será mala para la innovación”.
37 https://www.cnbc.com/2020/02/11/ftc-will-examine-prior-acquisitions-by-big-tech-companies.html.
38 CADE (2019 p.17).
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Consideramos que muchas de estas medidas están aún lejanas de lo que realmente 
se requiere. En el cuadro 3 se busca demostrar la fragilidad de los esquemas de 
notificación de FA en la región para lidiar con las prácticas predatorias de la economía 
digital. En primer lugar, es posible observar que no existe un estándar con respecto a 
las normativas de los distintos países y que los valores utilizados suelen ser altos en 
relación al que se observa en la economía digital (muchas adquisiciones son hechas aún 
cuando las empresas no tienen rotación significativa). Se observa poco uso del valor 
de las transacciones y del uso del mercado relevante, lo que es complejo en la nueva 
economía. La realidad es que se requiere de un criterio múltiple de notificaciones para 
enfrentar los retos que plantean los modelos de negocio de las grandes empresas. 
Desde la perspectiva de la protección de datos, parámetros como el nivel de seguridad 
de los datos proporcionado, el alcance y los fines para los que se procesarán los datos 
personales, y la información y el control que se brindan sobre los datos personales 
deben también hacer parte de los análisis de FA.
Cuadro 3 
Sistema de avisos de países de la región en miles de dólares
País Operación Activos 
conjuntos
Ventas 
conjuntas
Ventas 
Separado
Mercado 
relevante
Ingresos Acciones Negocios Fecha
Argentina 11 000 x 55 000 x x x x x 2018
Bolivia x x x x x x x x x
Brasil x x x x x 149 133,6 x x 2011
Chile x x 107 600 19 400 30% x 10% x 2019
Colombia x 13 918,2 x x 20% 13 918,2 x x 2019
Costa Rica x 13 573,5 13 573,5 678 675 x x x x 2019
Ecuador x x 80 000 x 30% x x x 2011
El Salvador x 180 000 x x x 216 000 x x 2018
Honduras x 19 529 148,71 601 322,4 x 25% x x x 2014
Jamaica x x x x x x x x 1993
México 151 488 403 968 403 968 403 968 x x 35% 55 000 2014
Nicaragua x x x x 25% 119 623,473 x x 2016
Panamá x x x x x x x x 2007
Paraguay x x x x 45% 346 000 x x 2016
Peru x x 141 600 21 600 x x x x 2016
Fuente: Elaboración propia basado en normativas de competencia de los países de la región, Los valores son aproximados por variaciones 
de monedas en relación al dólar.
Respecto a las ventas, como parámetro de identificación, esto levanta inquietudes 
principalmente en el periodo de recuperación de la pandemia. Actualmente muchas 
empresas de sectores fuertemente impactados por el COVID-19 han presentado un 
bajo volumen de ventas, sin embargo, en condiciones normales, estas empresas tienen 
posiciones relevantes en el mercado. Lo que se plantea es que muchas FA pueden 
ocurrir sin ser obligatoria su notificación, debido a los montos establecidos por la ley o 
bien producto de medidas extraordinarias generadas por la pandemia. Esto representa 
un mayor riesgo de concentraciones en varios países de la región en que los umbrales 
se determinan por ventas, de empresas nacionales y de multinacionales, cuyos modelos 
de negocio permean el conjunto de sus operaciones en los distintos países donde 
tienen presencia. Dado este contexto de riesgo de concentración en mercados digitales 
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y no digitales y la acumulación de datos y construcción de conglomerados digitales, 
se refuerza la necesidad de utilizar criterios múltiples como herramienta principal para 
combatir dichas prácticas. 
b) Estrategia basada en adquisiciones
La estrategia de adquisiciones ha sido, en los últimos 20 años, muy relevante para la 
construcción de importantes conglomerados y ecosistemas digitales en el mundo; así 
lo demuestran las conductas y estrategias de las empresas en términos de incremento 
de su valor de mercado y, en algunos casos, la consolidación de posiciones dominantes 
de mercado. En el gráfico 1 se observa que entre las 20 mayores adquirentes mundiales 
más del 50% son de origen estadounidense y ocupan los primeros 7 lugares. 
Gráfico 1 
Líderes mundiales en adquisiciones
Fuente: Crunchbase, datos extraídos 20/05/2020.
En el diagrama 2, se observa la estrategia de adquisiciones agresiva de una de las 
principales Big Tech. En este diagrama se observa el número de adquisiciones realizadas 
por Google en los últimos 20 años. Esta compañía ha desplegado esfuerzos importantes 
de adquisiciones con el fin de conseguir una posición dominante de mercado, que 
le ha permitido competir, no solo en su segmento original (motor de búsqueda) sino 
que expandirse horizontal o verticalmente hacia otros segmentos, lo que dificulta la 
definición de su mercado relevante. Este es un claro ejemplo de las dificultades que 
las autoridades de competencia tienen que enfrentar para evaluar las operaciones de 
estas empresas en los distintos países donde tienen presencia. Un ejemplo ha sido 
los distintos procesos abiertos contra esta compañía en países de la Unión Europea39.
39  https://www.cnbc.com/2019/03/20/eu-vestager-hits-google-with-fine-for.html.
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Diagrama 2 
Adquisiciones de Google del 2001 al 2020
Fuente: Crunchbase, datos extraídos 20/05/2020.
Google ha estado incluyendo en sus negocios áreas relacionadas como navegadores 
(Chrome), sistemas operativos (Android) y hardware (Nexus). Sin embargo, la empresa 
también se ha ampliado a industrias no tan relacionadas con su línea de negocios 
inicial como home automation (Nest), infraestructura de telecomunicaciones (Fiber), 
sistemas de movilidad autónomos (Google Car), Jetpac (viagens), Xively (energía limpia) 
y muchas otras. Esta no es una acción aislada de las Big Tech, de hecho se trata de 
una estrategia de negocios que, en la actualidad se ha expandido y que tiene como 
objetivo la adquisición de datos, potenciales concurrentes, disruptores, para innovar y 
disminuir costos y riesgos de la I + D entre otros aspectos. 
Desde otro ángulo, este mercado incentiva que muchas startups, desde su 
nacimiento, tengan como objetivo ser vendidas a estas grandes empresas. Por otro 
lado, las grandes empresas incumbentes están constantemente amenazadas, por la 
posibilidad de ser reemplazadas por un nuevo disruptor tecnológico, lo que las obliga 
a mantener altos niveles de inversión en innovación e incluso adoptar medidas de 
adquisiciones predatorias como parte de su estrategia de I + D.
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Recuadro 4 
Facebook Pay - Intento de Facebook de ingresar al mercado financiero de LATAM a través de Brasil 
Tras la expansión a diversas áreas, Facebook eligió como puerta de entrada al mercado financiero 
mundial un mercado de América Latina40. Para acceder a los mercados financieros, sin la necesidad 
de enfrentar las obligaciones que el Banco Central brasileño determina a instituciones financieras. 
Facebook se asoció a las empresas Visa, Mastercard y Cielo para viabilizar su nueva estrategia de 
inversión. Según Reuters Brasil, el servicios de pagos de Facebook, cuyo funcionamiento sería a 
través de Whatsapp, iba a permitir que millones de usuarios envíen dinero tan fácil como enviar 
mensajes de texto. El lanzamiento en junio pasado, planeado hace años, debería ser el proyecto 
piloto de una posible iniciativa global, sin embargo tras ocho días de iniciada la operación en Brasil, 
el Banco Central brasileño vetó la entrada de Facebook en este nuevo mercado. El presidente 
del Banco Central brasileño, ha planteado que el Banco aún sigue analizando el modelo de 
pago propuesto, lo cual constituye una novedad en Brasil y en el mundo.
Según Mark Zuckerberg, la propuesta apunta a que “enviar y recibir dinero sea tan 
fácil como compartir fotos. También permite que las pequeñas empresas realicen ventas 
directamente desde WhatsApp”. El veto a la iniciativa es producto de la preocupación sobre 
el nivel de concurrencia dentro de dicho sistema y la protección de los datos de los usuarios. 
Una de las inquietudes levantadas fue que el procesamiento de pagos iba a ser hecho a 
través de la empresa Cielo, que ya tiene 40% de participación en este mercado dentro de 
Brasil. Además, Facebook hizo el lanzamiento del sistema, mientras el Banco Central llevaba a 
cabo la investigación del nuevo sistema. Respecto a la criptomoneda de Facebook (Libra), el 
presidente del Banco Central ha dicho que no es la primera vez que Facebook intenta entrar 
en un mercado financiero, rico en datos, sin las debidas autorizaciones para operar en ello. 
En las primeras etapas de su servicio, WhatsApp se aprovechó de una regulación pro 
competencia de Brasil donde es permitido a compañías financieras comenzar servicios sin 
licencia hasta alcanzar 500 millones de reales o 25 millones de transacciones en un período de 12 
meses. Sin embargo, esta reglamentación fue desarrollada para que pequeñas empresas tengan 
acceso al mercado. De acuerdo con Campos Neto, presidente de la institución, la estrategia de 
Facebook era de establecerse en el mercado para que después fuera muy costoso sacarlo. 
Fuente: https://br.reuters.com/article/topNews/idBRKCN24H1JW-OBRTP.
Según el gráfico 2, en el primer semestre de 2020 (en el médio de la pandemia), el 
total de adquisiciones de las cinco firmas tecnológicas más grandes de la economía digital 
(Amazon 86, Apple 114, Facebook 85, Google 240 y Microsoft 229) ya sumaban 754.  El 
objetivo de las adquisiciones y la expansión a nuevas áreas es la acumulación de volúmenes 
adicionales de datos. Los datos son activos intangibles y, como tales, tienen la capacidad de 
aprovechar el capital de la organización para lograr eficiencias y crear un valor que excede 
por mucho la capacidad de creación de valor de los activos físicos (Lev, 2000). Entretanto, 
es muy difícil medirlos e incluso asignarles precios. Según The Economist (2017), la dificultad 
de la fijación de precios es una razón importante por la cual una empresa puede encontrar 
más simple comprar otra, incluso si está interesada principalmente en los datos.
Debido a que el flujo de datos entre compañías es muy difícil de medir, graficar el número 
de transacciones de FA, durante un período de tiempo determinado, ayuda a visualizar una 
pequeña muestra de transacciones que necesariamente involucra algún tipo de transferencia 
de datos. Cuando las empresas se fusionan o son adquiridas, inevitablemente se comercia 
información y datos sobre clientes, proveedores y los diferentes mercados involucrados. Si 
una de las partes de la operación es una empresa tecnológica, que generalmente recoge y 
procesa altos volúmenes de datos, el flujo considerado debería ser aún mayor y podría tener 
un impacto en las estrategias comerciales de cada sector involucrado directa o indirectamente.
40  https://www.milenio.com/negocios/facebook-pay-lanzan-brasil-transferencias-dinero-via-whatsapp.
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Gráfico 2 
Adquisiciones y gastos con la estrategia de adquisiciones
Fuente: Elaboracion propia.
En la economía basada en datos (data-driven economy) los datos son determinantes 
en el éxito de las ventas, la personalización de servicios y la publicidad dirigida (targeted 
advertising). Según Herreros (2019), la obtención de información diaria de millones de 
usuarios es agregada, procesada con algoritmos especializados utilizando la analítica 
de grandes datos y finalmente monetizada por las plataformas mediante la venta de 
publicidad enfocada en el perfil de cada usuario. Esta tendencia de hiper personalización 
hace que sea muy costoso cambiar de proveedor. En el período actual, la estrategia 
de adquisiciones se ha intensificado particularmente, así como la compatibilidad entre 
las estrategias de empresas de la región y la estrategia desarrollada por las grandes 
empresas de la economía digital. Según el gráfico 2, en el primer semestre de 2020 
(en el medio de la pandemia), el total de adquisiciones de las cinco firmas tecnológicas 
más grandes de la economía digital (Amazon 86, Apple 114, Facebook 85, Google 240 
y Microsoft 229) ya sumaban 754.  
Gráfico 3 
Líderes en Adquisiciones LATAM
Fuente: Elaboracion propia.
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Sobre la compatibilidad entre las estrategias mencionadas, se destaca el caso de 
Magazine Luiza que, durante la pandemia, ha construido un ecosistema de negocios 
digitales y físicos similar al de Amazon. Según la revista brasileña Exame41, la empresa 
busca el tercer puesto en el comercio mundial; así la empresa quedaría solo atrás 
de Amazon y Alibaba. Adquiriendo empresas42 del segmento de marketing digital y 
tecnología, la empresa está siguiendo el modelo de negocio de las Big Tech al crear 
toda una cadena bajo sus negocios. Además, según la revista Infomoney43, a través 
de las adquisiciones hechas, la empresa está comprando importantes base de datos 
para desarrollar sus algoritmos y por lo tanto ampliar sus mercados.
En el cuadro 4, las FA en América Latina permiten hacer la comparación entre 
la industria original de la empresa adquiriente y la industria de la empresa adquirida, 
en los últimos 20 años. Llama la atención los casos de la empresa brasileña JBS que 
originalmente actuaba en la rama de alimentos, bebidas y procesamiento de alimentos, 
pero que ha ampliado sus mercados para internet, electrónica y “animación”. Mercado 
Libre, por su parte, ha ampliado sus mercados a áreas vecinas y otras no tanto, como: 
móvil, outsourcing, software, análisis, Big Data, minería de datos, visualización de 
datos, software, aprendizaje automático y publicidad. En el caso de Mercado Libre, sus 
adquisiciones revelan una estrategia de compilación y uso inteligente de los datos que 
maneja en su plataforma, y quizás una formación de conglomerado digital.
La estrategia de las Big Tech ya no es una propiedad exclusiva de ellas, como se 
observa en los cuadros anteriores esta ha sido ampliamente utilizada por empresas 
de América Latina. La expansión a mercados vecinos y la creación de ecosistemas 
digitales es motivada por las ventajas que se adquiere de la combinación de distintas 
bases de datos, ya sea para la programación de algoritmos inteligentes o para garantizar 
posiciones de mercado; en este sentido, los datos pueden ser utilizados de manera 
anticompetitiva y su uso fomenta adquisiciones predatorias.
Debido a la actual coyuntura y para enfocarse en el bienestar de los consumidores, 
el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR, 2016) de la Unión Europea 
y la Ley General de Protección de Datos de Brasil (LGPD44) incluyen medidas de 
portabilidad de datos para evitar la monopolización de ellos y la creación de barreras 
de entrada. Sin embargo, la estrategia agresiva de las empresas tecnológicas 
desarrollada en la economía digital hace que las medidas mencionadas no sean 
suficientes para generar efectos procompetitivos. La Comisión Europea (2019) postula 
que a menudo la compartición de datos mejora la competencia en los mercados, 
dado este contexto, la peligrosa estrategia de adquisiciones y los motivos que la 
generan han demandado la vinculación de la perspectiva basada en el bienestar de 
consumidores con la de las empresas, de manera de garantizar las innovaciones y 
la supervivencia de las Pymes.
41 https://exame.com/negocios/com-aquisicoes-magalu-monta-ecossistema-estilo-alibaba-e-amazon/.
42 Netshoes, Canaltech, Hubsales, Inloco Media y Unilogic Media. Hubsales: https://www.bnamericas.com/en/news/brazils-
magazine-luiza-buys-hubsales .
43 https://www.infomoney.com.br/negocios/magazine-luiza-mira-amazon-com-aquisicoes/.
44 http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2015-2018/2018/Lei/L13709.htm.
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Cuadro 4 
Expansión a mercado vecinos en la región
N. 
FA Adquiriente Adquirido
Industria original 
Adquiriente Industria adquirido
17 JBS Scott Safety Alimentos 
y Bebidas, 
Procesamiento 
de Alimentos
Electrónica, Manufactura, Petróleo y Gas
Pilgrims Pride Procesamiento de alimentos
Plumrose USA Impresión 3D, bienes de consumo, alimentos y bebidas, fabricación, venta minorista
Adelle Foods Alimentos y Bebidas, Procesamiento de Alimentos
Grupo Bertin Alimentos y bebidas
Seara Alimentos Procesamiento de alimentos
Smithfield Beef Alimentos y bebidas
Swift Pork Co. Procesamiento de alimentos
Primo Smallgoods Procesamiento de alimentos, fabricación
Andrews Meat Industries Alimentos y bebidas
Cargill Pork Alimentos y bebidas
Fresh  Easy Internet
Swift Australia (Southern) Alimentos y bebidas
Moy Park Alimentos y Bebidas, Procesamiento de Alimentos, Industria de Servicios
Zendaleather Animación
XL Foods Alimentos y bebidas
Five Rivers Cattle LLC Alimentos y bebidas
11 Linzor
Capital
Partners
Pagnifique Finanzas, 
Servicios 
financieros, 
Capital de riesgo
Alimentos y Bebidas, Procesamiento de Alimentos
Farmashop Cuidado de la salud, médico, farmacéutico
Colfondos Cuidado de la salud, médico, farmacéutico
Originar Soluciones Finanzas, Servicios financieros
Universidad Insurgentes Educación, Educación Secundaria, Entrenamiento
Grupo Efe Venta al por menor, hogar inteligente
Engenium Capital Finanzas, Servicios financieros
R2 Energy Solutions Energía, Eficiencia Energética
Opticas Devlyn Consumidor, bienes de consumo, venta minorista
TIP México Leasing
General Electric Préstamo Comercial, Servicios Financieros, Arrendamiento, Préstamo
9 MercadoLibre Lagash Comercio 
electrónico
Servicios de información, tecnología de la información, gestión de la innovación, software
VMK Tecnología de la información, Internet, Software
Machinalis Análisis, Big Data, Minería de datos, Visualización de 
datos, Software, Aprendizaje automático
AXADO Informação e Tec. Comercio electrónico, servicio de carga, Internet, logística, SaaS, envío, software
Classified Media Group Publicidad, Internet, Real Estate
DeRemate.com Comercio electrónico, Internet, subastas en línea, software, plataforma de negociación
Mango Tarjetas de crédito, comercio electrónico, Internet, móvil, pagos, software
Dabee Comercio electrónico, Internet, investigación de mercado, 
diseño, búsqueda, compras, plataforma
Monits Móvil, Outsourcing, Software
9 Buscapé Brandsclub Comparación 
de precios
Comercio electrónico, venta minorista, compras
Shopcliq Comercio electrónico, descubrimiento, moda, venta minorista
E-Bit Comercio electrónico
DineroMail Comercio electrónico, finanzas, pagos
Lomadee Publicidad, Plataformas publicitarias, Publicación, Redes sociales
Navegg Orientación de anuncios, análisis, Big Data
saveme Comercio electrónico, moda, compras
Bondfaro Reseñas de consumidores, tecnología de la información, Internet, investigación de productos
F-Control Inteligencia Artificial, Comercio Electrónico, Tecnología de la Información, Internet
8 iFood Domicilios.com Entrega de 
Alimentos
Comercio electrónico, entrega de comida, hospitalidad, restaurantes
Devorando Comercio electrónico, alimentos y bebidas, reparto de 
alimentos, restaurantes, industria de servicios
RestauranteWeb Alimentos y Bebidas, Entrega de Alimentos, Mercado, Restaurantes
Hellofood Brasil Alimentos y Bebidas, Entrega de Alimentos, Industria de Servicios
Papa Rango Servicio de entrega, Entrega de comida
Netcook Entrega
Central do Delivery Comercio Electrónico, Internet
SpoonRocket Entrega, comida y bebida, hospitalidad
Fuente: Crunchbase 17/06/2020.
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B .  Innovaciones disruptivas y la 
concentración de mercado
En este apartado se busca relacionar la concentración de mercado con innovaciones, 
donde los datos y la estrategia de adquisiciones desempeñan un papel central en la 
mantenimiento de posiciones de mercado. Se plantea dos interrogantes:¿estaría la 
ampliación de compras de las Big Tech, en distintas áreas y sectores, alineada con la 
noción de que los datos son insumo necesario para la innovación?; ¿se ha seguido 
esta estrategia para garantizar sus posiciones de mercado no permitiendo que los 
competidores (potenciales o no) las ocupen y por lo tanto las amenacen? 
La teoría de competencia en materia de innovaciones se divide principalmente en tres 
perspectivas: Schumpeter (1942) donde la concentración fomenta la innovación; Arrow 
(1972) donde la concentración no hace bien a la innovación; y Aghion et al. (2005) donde 
poca o mucha concentración no hace bien a la competencia (curva en forma de U). La 
perspectiva Schumpeteriana no quiere decir que la regulación inhiba innovaciones. La 
interpretación podría enfocarse en la idea de que la regulación debe actuar para que las 
empresas incumbentes no impidan que las entrantes generen el proceso de destrucción 
creativa; data-opolies y consecuentes barreras de datos pueden causar restricciones a las 
innovaciones; como hemos dicho a lo largo del análisis, los datos son el principal insumo 
para la economía digital y para las innovaciones. En este sentido, para CADE (2019) “el 
uso de big data por parte de las empresas para el desarrollo de productos y procesos 
tiene el potencial de generar ganancias sustanciales de eficiencia y productividad, ya que 
la información recogida por las compañías de Internet contribuye a la reducción de los 
costos de producción y a la mejora de la calidad en dichos mercados”.
Aún no se ha desarrollado un buen modelo de competencia dinámica, ni siquiera 
un modelo donde los datos sean el determinante en la competencia, no obstante en 
el contexto actual de los nuevos modelos de negocios nunca se ha demandado tanto 
la creación de un modelo dinámico capaz de determinar el rol de la innovación y los 
perjuicios al bienestar de su ausencia. La realidad es que aún no se puede determinar 
empíricamente si las conductas de FA son realmente anticompetitivas . Por otro lado, 
instituciones de competencia de la región ya han adoptado una postura más activa con 
relación a las innovaciones. El CADE es una entidad que ha recurrido al incentivo post 
FA de la producción de innovaciones en ciertos mercados como determinante para 
la aprobación de transacciones. Según CADE (2019) “A medida que las empresas y las 
tecnologías evolucionan, hay una discusión continua sobre cómo se debe incorporar 
la competencia dinámica al análisis de la competencia, ya sea en investigaciones en 
el comportamiento anticompetitivo o en el control de fusiones.”
Como punto de partida del análisis es necesario comprender que la innovación debe 
ser considerada generadora de bienestar social. Conforme De Streel y Larouche (2015), 
a menudo se considera que las innovaciones, no importan si son complementarias o 
disruptivas, son buenas para el bienestar de la economía en general. Por lo tanto, FA 
que amenazan el nivel de innovación o reducen el ritmo con que las innovaciones ocurren, 
se consideran un problema para el consumidor y para la economía en general. Esto se 
hace aún más inminente en el contexto de la economía digital, en ello, las empresas 
con la mayor cantidad de datos e innovaciones, -actuales y de futuro-, que alimentan 
la creciente economía digital, tendrán una mayor ventaja. Según la Comisión Federal 
de Competencia Económica de México (COFECE, 2018), en la economía tradicional las 
compañías compiten por precio y calidad, y las empresas que compiten en el mismo 
mercado utilizan modelos de negocio muy similares; en este caso, la innovación 
juega un papel meramente incremental. Por otra parte, en la economía digital se 
busca cambiar la estructura de mercado a través de la disrupción; lo que es una gran 
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amenaza para los incumbentes. A pesar de ser aconsejable proteger la innovación de 
los efectos anticompetitivos de las fusiones, los acuerdos horizontales y las estrategias 
comerciales complicadas; es inherente a las innovaciones la incertidumbre, por lo que 
no son convenientes las conclusiones deterministas.
Recuadro 5 
Tesla una empresa data-driven y la monetización de los datos de autos y de la innovación
Tesla, una empresa reconocida por sus autos eléctricos y de lujo, ha logrado aumentar su valor 
de mercado de manera significativa debido a las innovaciones que la empresa ha traído al 
mercado. En 2019 alcanzó la marca de 368 mil autos vendidos y un ingreso de 24,6 mil millones 
de dólares según la base de datos statista. Se destaca el valor de mercado alcanzado por Tesla, 
el cual representa un alza de 256.08%, durante la pandemia. El éxito de Tesla en los mercados 
financieros ocurre en gran medida debido al sistema de piloto automático de sus autos. Los 
avances en estos sistemas en los últimos años vienen reflejando su estrategia de recolección 
de datos, y en su estrategia basada en innovación de los autos, el cual es un perfecto ejemplo 
de innovaciones data-driven. No obstante, el modelo de recolección de datos de Tesla abre la 
discusión sobre la propiedad de los datos, si estos pertenecen a la empresa o a los usuarios 
de los autos. Para avanzar en la inteligencia artificial de sus autos, la empresa no sólo hace 
pruebas internas, sino que también recolecta datos de los autos de los usuarios. Los autos de 
Tesla en realidad pueden ser considerados computadoras y debido a esto la empresa puede 
extraer y enviar datos de los autos para construir su piloto automático. 
A finales del 2016, la empresa había reunido 1.300 millones de millas de datos de manejo, 
órdenes de magnitud más que Waymo, la división de autos sin conductor de Alphabet. En 
el año de 2018, los usuarios de Tesla recogieron 1 mil millón  de millas ocupando el sistema 
de piloto automático, a comienzos de 2020 estos números ya habían alcanzado los 3 mil 
millones de millas . Sin embargo, las distancias en piloto automático no son las únicas donde 
existe la recolección de datos, en realidad, los datos de piloto automático representan un 10% 
de las distancias totales recorridas por los autos Tesla. Estos números no representan sólo 
distancias, sino también la recolección de datos para alimentar la innovación y desarrollo 
del sistema de inteligencia artificial de la empresa. Según las predicciones de la consultora 
McKinsey, el mercado de datos de autos puede generar 730 mil millones de dólares hasta 2030. 
Fuente: https://www.mckinsey.com/industries/automotive-and-assembly/our-insights/monetizing-car-data y https://www.mckinsey.
com/industries/automotive-and-assembly/our-insights/accelerating-the-car-data-monetization-journey.
De acuerdo con Christensen (1997) la dinámica del llamado “destronamiento” 
ocurre en dos fases: (i) en una primera fase, la innovación funciona peor a lo largo de 
algunas dimensiones que son importantes para los clientes tradicionales y con precios 
más bajos, por lo tanto, se dirige y es utilizado por los nuevos clientes en un nuevo 
mercado; (ii) en una segunda fase cuando la innovación disruptiva se establece en su 
nuevo mercado, progresa rápidamente para satisfacer las necesidades de los clientes 
principales y destrona a las empresas líderes en el mercado principal.
Según De Streel y Larouche (2015) si el objetivo de los incumbentes está en un 
mercado relevante separado, el objetivo no es socavar o sabotear (undermine) su 
posición en el mercado, aumentar sus costos o excluirlo de su mercado, sino más 
bien evitar que se involucre en una redefinición del mercado relevante al cambiar 
la red de valor que ya fue construida. Por lo tanto, la innovación disruptiva es una 
estrategia de entrada ocupada frecuentemente y que conquista a los consumidores y 
se adueña progresivamente del mercado establecido, desplazando así la red de valor 
existente. La firmas Airbnb (hotel Hilton) y Uber (taxis) son ejemplos de innovaciones 
de la economía digital desarrolladas por startups que terminaron respondiendo a 
posiciones de monopolio. El objetivo de la innovación disruptiva es destruir el mercado 
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relevante que había sido determinado en el inicio del análisis de mercado. Debido a esto 
la definición de mercado relevante no funciona para innovaciones disruptivas, al mismo 
tiempo esta es la razón por la cual los incumbentes tienen miedo de las innovaciones 
disruptivas. Por otro lado, la innovación complementaria es la que está en la red (en el 
mismo segmento), es decir que se trata de un mejoramiento del producto. La principal 
amenaza en este caso es que las empresas de otras industrias, incumbentes, de 
tecnologías similares logren hacer mejoramientos y terminen apropiándose del mercado. 
En la economía digital la escala importa, tanto en el tamaño de los mercados internos, 
como en el volumen de datos que se genera en este mercado. Los mercados digitales 
tienen características que los diferencian de los mercados tradicionales e influyen en la 
forma en que las empresas compiten por las preferencias de los consumidores. Debido 
al uso de datos y algoritmos, la economía digital está permitiendo la unión de dos polos 
que en la economía tradicional se relacionaban como opuestos, la personalización y 
la venta de servicios masiva. Por ello y otros, la innovación en la economía digital es 
una gran fuente de concentración. En los mercados digitales, los esfuerzos de los 
empresarios se centran en generar valor agregado donde no existía, en base a nuevos 
modelos de negocio. Además, existen incentivos para que los competidores potenciales 
busquen constantemente cambiar la estructura del mercado a través de innovaciones 
disruptivas (que desplazan a otras tecnologías o modelos de negocios existentes).
Las autoridades tienen la difícil tarea de no aplicar marcos regulatorios o medidas 
legales obsoletas que no inhiban las innovaciones, pero al mismo tiempo, deben 
controlar las prácticas anticompetitivas. Actualmente se plantea que en ciertos 
mercados los marcos regulatorios no fomentan e incluso limitan las innovaciones 
en el mercado. La regulación de plataformas digitales es un tema delicado, ya que 
aun actuando supuestamente de manera anticompetitiva, ellas también han elevado 
la tasa de innovación en el mercado. Un marco regulatorio adaptado a la economía 
digital puede, incluso, generar incentivos al surgimiento de innovaciones disruptivas y 
la sobrevivencia de las Mipymes.
En la región, la COFECE (2018) considera que el desarrollo de startups genera 
beneficios para los consumidores; además, postula que cuando una empresa grande 
adquiere una startup, la empresa resultante de esa concentración puede obtener una 
ventaja que reduzca la competencia y los beneficios que la innovación genera. Esto 
significa que existen en la región evidencias de que las autoridades de competencia y 
la regulación están avanzando en la consideración de los retos que señala este trabajo 
para lidiar con la competencia en la economía digital; las adquisiciones de startups y la 
generación de innovaciones son un ejemplo de ello. En esta perspectiva se enmarca la 
decisión de la COFECE en 2019 en el caso Walmart - Cornershop, en donde resolvió no 
autorizar la fusión45, porque el agente económico resultante de la operación planteada 
podría provocar la salida de competidores de Walmart de la plataforma de Cornershop.
45 https://www.cofece.mx/cofece-resolvio-no-autorizar-la-concentracion-entre-walmart-y-cornershop/.
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Recuadro 6 
Adquisición de Cornershop
Tras el intento de Walmart y consecuente rechazo por parte de la COFECE, Uber Technologies 
manifestó su intención de comprar la plataforma digital chilena Cornershop. El 29/05/2020, 
la Fiscalía Nacional Económica (FNE) de Chile autorizó46 la compra de la aplicación chilena 
de “última milla“ y destacó que la generación de innovaciones y el monopolio de datos 
fueron puntos del análisis preliminar a la aprobación. 
Primeramente, la FNE evaluó si la adquisición podría generar la eliminación de 
competidores potenciales en el comercio electrónico de supermercados, esto fue descartado 
pues los supermercados han potenciado fuertemente el desarrollo del comercio electrónico. 
Adicionalmente, se planteó que una venta conjunta (Uber Eats y Cornershop) podría generar 
efectos anticompetitivos, entretanto se concluyó que esta no sería una estrategia rentable, 
y si lo fuera, podría ser replicada por los demás competidores.
Este caso llama la atención, debido al uso de puntos que se ha destacado en este análisis, 
como la generación de innovaciones y la interpretación de los datos como una barrera de 
entrada. Tras la evaluación, la FNE declaró “que existen otros actores que tienen incentivos 
suficientes para innovar en el mercado de comercio electrónico de supermercado y que la 
información recabada por estas plataformas no resulta esencial para competir y, además, 
se puede obtener por otros medios. Es decir que los datos no fueron considerados una 
barrera de entrada o un insumo necesario al desarrollo de innovaciones en este mercado. 
En la etapa final de la investigación se decretó en Chile Estado de Excepción Constitucional 
debido al brote del COVID-19, consecuentemente esto impactó positivamente a los 
competidores de Cornershop lo que demostró a la FNE que la adquisición no generaría 
impactos anticompetitivos en el mercado.
Fuente: https://www.fne.gob.cl/fne-aprobo-sin-condiciones-la-adquisicion-de-cornershop-por-parte-de-uber/.
Considerando que las innovaciones son el combustible de la economía digital, se 
plantea si es que las innovaciones contribuyen a una mayor concentración de mercado. 
Es cierto que este debate no es nuevo en la literatura y la perspectiva Schumpeteriana 
es muy importante describiendo la relación de fomento y combate que las innovaciones 
tienen con la concentración de mercado. En 2001, el Comisionado Europeo, adoptando 
una perspectiva Schumpeteriana, ya decía que el riesgo no era sostener una posición 
de poder de mercado debido a la ausencia de una acción anticompetitiva, sino que el 
riesgo es la acción anticompetitiva de la empresa con poder de mercado, pues esto 
haría que su posición de dominancia fuera permanente”. 
Los competidores que hacen innovaciones disruptivas suelen introducir sus productos 
en el mercado a través de la red de productos ya establecidos, es decir que es necesario 
aprovechar lo que ya fue construido para eliminar a los incumbentes. De esta manera, para 
fortalecer la competencia e impedir prácticas anticompetitivas es necesario que estas 
redes sean accesibles a empresas disruptivas. En el caso de las plataformas digitales, 
muchas empresas ocupan el espacio para convertirse en un proveedor de servicios 
incrementales en estas plataformas. Las empresas tecnológicas financieras o Fintechs 
por ejemplo, ocupan este espacio para disfrutar de los efectos de red de las plataformas. 
En la región la base de datos Statista apunta a un crecimiento47 de estas empresas.
46  https://www.fne.gob.cl/fne-aprobo-sin-condiciones-la-adquisicion-de-cornershop-por-parte-de-uber/.
47  https://www.statista.com/statistics/1101451/latin-america-unique-fintech-startups/.
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Recuadro 7 
Fintechs, los datos y la política de competencia
En 2016, la autoridad antimonopolio brasileña analizó un caso en el que los principales 
bancos de Brasil formaron una empresa conjunta para la calificación crediticia (joint venture 
for credit scoring). Las compañías de calificación crediticia son plataformas de dos lados 
con fuertes efectos de red. Las instituciones financieras son las principales proveedores 
de insumos (información sobre las transacciones financieras de los usuarios) al buró de 
crédito, al mismo tiempo que son los principales consumidores de los productos del buró 
(puntajes de crédito). Por consiguiente, se generó en CADE la preocupación de que la 
transacción llevaría a una integración vertical y por esta razón a un control de los datos que 
se constituirá en una barrera de entrada. En consecuencia, uno de los remedios acordados 
por las partes para liquidar la transacción fue el compromiso de que los bancos continuarían 
proporcionando datos a todos los buró de crédito, sin discriminación ni provisión de un trato 
favorable a su propio buró.
Las Fintechs son empresas que han tenido que enfrentar prácticas anticompetitivas al 
entrar a los mercados en todo el mundo, incluso en la región existen casos sobre abuso de 
poder y barreras de acceso a datos. En Brasil, según CADE, Braspag negó los intentos de 
Stone de agregar servicios a su plataforma digital. “El rechazo se basó en que Stone tenía 
un “volumen mínimo de transacciones” y un “número mínimo de clientes”, criterios que no 
se habrían aplicado a otros competidores de Stone en el mercado de pagos” . Debido a esto, 
Stone no tenía acceso a una infraestructura esencial para acceder a las pequeñas y medianas 
empresas de comercio electrónico que operan a través de la plataforma digital de Braspag. 
El CADE también abrió el caso del banco digital Nubank contra los bancos tradicionales 
Banco do Brasil, Banco Bradesco, Caixa Econômica Federal y Banco Santander. Los bancos 
fueron acusados de conductas discriminatorias y de impedir a los clientes Nubank acceder 
a los servicios de débito automático.
Fuente: http://www.cade.gov.br/noticias/cade-instaura-processo-contra-quatro-bancos-por-suposta-discriminacao-ao-nubank y 
caso 08700.001800/2017-19.
1. Incorporación de las innovaciones
en los análisis de competencia
Según De Streel y Larouche (2015) se debe cambiar la perspectiva del tema de precios 
y el mercado relevante a los incentivos a innovación y la teoría del perjuicio. Para evaluar 
si la adquisición debe ocurrir o no, Shelanski (2013) hace la sugerencia del uso de su 
método llamado “downward innovation pressure (DIP)” (LEER) que tiene el objetivo de 
predecir la probabilidad de introducir la innovación en el mercado tras una adquisición. 
Shapiro (2012) por otro lado, propone que el análisis de la fusión debe basarse 
en el examen de tres factores: (i) la capacidad de respuesta (contestability) que se 
relaciona con la naturaleza de la competencia ex post en el mercado de productos; 
(ii) apropiabilidad que se relaciona con las posibilidades para el inventor exitoso de
capturar los beneficios sociales de su invención; y (iii) sinergias que se relacionan
con las capacidades de mejorar la innovación mediante la combinación de activos
complementarios. Comprendiendo la economía digital como una economía dinámica
los puntos dos y tres se muestran aún más relevantes pues si el innovador no tiene
la capacidad de llevar la innovación al mercado, el bienestar puede verse perjudicado.
Así mismo, como se plantea en el punto 3 la idea es capturar realmente la empresa
adquirente que llevará la innovación al mercado. Por otro lado, De Streel y Larouche
(2015) destacan que si el objetivo, de la empresa que se está adquiriendo, no está en
el mismo mercado relevante que la empresa establecida, de acuerdo con el análisis
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de mercado relevante estándar, entonces el objetivo podría ser un disruptor potencial 
lo que podría, en realidad, configurar una práctica predatoria.
Por otra parte, Kerber (2017) plantea la importancia de evaluar los activos 
específicos48 de las empresas. De existir superposición de recursos o activos entonces 
estas empresas están en el mismo mercado relevante de innovaciones y el objetivo 
probablemente sea una adquisición predatoria. Cassiman et al. (2005) quienes han 
demostrado en su estudio empírico que los efectos de la innovación dependen de 
la relación tecnológica de las empresas fusionadas, porque la I + D es mayor si las 
empresas fusionadas tienen tecnologías complementarias que sí tienen tecnologías 
sustitutivas. Cunningham, Ederer y Ma (2020) hablan sobre adquisiciones predatorias 
en la industria farmacéutica ejemplos de este punto serían: recursos y activos como 
laboratorios, derechos de propiedad intelectual, patentes y marcas registradas, recursos 
de conocimiento, experiencia, aprendizaje práctico, personal de I + D calificado entre 
otros. Observando la economía digital y las empresas de tecnología también se puede 
apuntar como recursos y activos especializados, las capacidades de análisis de datos 
(ciencias de datos) y las bases de datos.
Por otro lado, Motta and Peitz (2020) plantean que existen condiciones donde la 
prohibición de la fusión puede no ser procompetitiva y prohibirla puede en realidad 
quedarse en el nivel de bienestar de la economía. Esto pasaría en el caso de que la 
empresa adquirida no tuviera capacidad para continuar su proyecto fuera de la fusión 
y si el titular tenía un incentivo para continuar el proyecto de innovación de la empresa 
adquirida, en lugar de abandonarlo.
48 Un caso importante que puede ser considerado un caso sobre activos específicos es el caso donde la Comisión Europea aprobó 
la fusión entre Dow y DuPont en el 2017. La aprobación ocurrió con la condición de que DuPont tuviese que deshacerse de 
activos específicos importantes de su negocio global de pesticidas, en este caso su organización global de I + D.

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La libre concurrencia en la economía digital: las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en América Latina y el impacto del COVID-19
GARANTIZANDO EL BIENESTAR 
DE LOS CONSUMIDORES Y LA 
SUPERVIVENCIA DE LAS MIPYMES
III
El objetivo de este apartado es identificar prácticas anticompetitivas en la economía digital 
que impactan la supervivencia de las Mipymes y el bienestar de los consumidores. Se 
proponen algunas acciones para mejorar la posición de estas empresas en el mercado. 
Los gobiernos tienen un gran desafío, el de fomentar la digitalización de sus 
procesos y de los procesos de las Mipymes, en un contexto de posiciones dominantes, 
competencia predatoria, modelos de negocios innovadores, herramientas de competencia 
desactualizadas y nuevas conductas anticompetitivas. La simplificación de trámites 
burocráticos49 y el acceso a financiamiento que hemos visto en algunos países producto 
de la pandemia, son vitales para la sobrevivencia de estas empresas, incluso superada 
la crisis sanitaria es probable que se convierta en una tendencia en la gestión pública. 
Desde la perspectiva de las autoridades de competencia, las demandas de modernización 
se muestran aún más urgentes. En el Recuadro 8 se destacan algunas de las iniciativas 
de digitalización lanzadas por autoridades de competencia en el mundo frente a los 
desafíos que plantea la economía digital. 
Recuadro 8 
Autoridades de competencia y su digitalización
Algunas propuestas de digitalización de los modelos de regulación, en América Latina y 
en el mundo:
El sistema coreano de análisis de indicadores de manipulación de licitaciones (BRIAS, por 
sus siglas en inglés) fue una de las primeras herramientas desarrolladas por una autoridad 
de competencia y ha sido utilizado en la identificación de manipulación de licitaciones.
• La agencia brasileña CADE ha desarrollado un interfaz llamada “Cerebro”a que proporciona 
herramientas de minería de datos y automatiza el análisis a través de algoritmos creados 
anteriormente por investigadores y gestionadores de casos. 
• La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia, con Machine Learning, ha 
desarrollado su herramienta “Sabueso” para recolección de datos, monitoreo de precios 
y detección de conductas anormales en los mercados digitales.
• El Servicio Federal Antimonopolio (FAS, según las siglas en inglés) de Rusia ha utilizado 
algoritmos para combatir prácticas de colusión, donde se aplica un sistema de parámetros 
múltiples para identificar y probar la manipulación de ofertas “Sistema”. FAS ha detectado 
80 cárteles en la contratación electrónica desde 2017.
• La Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM) y la Superintendencia de 
Telecomunicaciones (SUTEL) de Costa Rica han desarrollado una hoja de ruta y como 
objetivo la compra de hardware y software para análisis forenses digitales que debe ser 
ejecutado en 2023.
• La Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) de Ecuador está en el 
proceso de implementación de una herramienta digital que utiliza los grandes datos y 
la inteligencia artificial como principales insumos en la detección de cárteles digitales. 
La SCPM refuerza la necesidad de cooperación entre agencias debido a las dificultades 
presupuestarias que suelen ser una limitante de tales iniciativas. 
49 La falta de digitalización y poca escala de las Mipymes hace que gasten mucho tiempo en trámites que la tecnología podría 
manejar de manera más eficientes.
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• La COFECE creó en 2014 el Dirección General de Inteligencia de Mercadosb c que después 
evolucionó en su unidad responsable de la recolección de evidencias digitales. La unidad 
ha utilizado herramientas como el Apache Spark (para big data), web scraping (minería de 
datos), parallel computing; computación en la nube, y algoritmos de inteligencia artificial 
(machine learning). La COFECE ha reforzado la necesidad de continuar la cooperación 
entre autoridades de la región; Argentina, Brasil, Chile, Perú, El Salvador y Ecuador han 
sido socios de la Comisión. 
• La Autoridad de Competencia y Mercados del Reino Unido (siglas en inglés CMA) ha 
desarrollado un programa de monitoreo de precios de reventa, a través de un software, 
de la unidad interna de datos, tecnología y análisisd.  
Estrategias como estas son bienvenidas para evitar las prácticas de colusión digitales y 
barreras de entrada de precio que los algoritmos pueden proporcionar. Adicionalmente, estas 
herramientas, incluso las que están en  fase inicial en muchos países, ya han demostrado 
ser muy importantes en la detección de cárteles en licitaciones. Las iniciativas destacadas 
en este recuadro relacionadas a la colusión en el comercio y en la contratación pública son 
de especial importancia para el bienestar de los consumidores. De acuerdo con la UNCTAD 
(2013), “los altos precios, particularmente los bienes y servicios esenciales, obligan a los pobres 
a reducir el consumo de esos bienes, o a renunciar a ellos. Así como pequeños empresarios, 
los pobres pueden no acceder a los mercados o ser objeto de explotación por parte de los 
cárteles”. En resumen, la aplicación de la política de competencia es capaz de aliviar la carga 
económica que soportan los pobres, y de este modo complementar a las medidas dirigidas 
a reducir la pobreza. Por otro lado, combatir estas prácticas es clave, pues muchas mipymese 
ya tienen que enfrentar las barreras naturales de entrada de la economía digital (efectos 
de red y requisitos de datos), estas se profundizan con el uso de cláusulas de exclusividad, 
control de tráfico, y la reducción de las posibilidades de multi-homing.
Fuente: OECD, 2020 y UNCTAD, 2013.
a  Esta nueva herramienta ayuda a identificar evidencia de cárteles en las ofertas públicas y proporciona un filtro económico basado 
en grandes datos relacionados con precios, costos, márgenes de beneficio, participación de mercado y econometría espacial”.
b https://www.cofece.mx/wp-content/uploads/2020/03/EstrategiaDigital_V10.pdf p.10.
c  EEUU (Technology Enforcement Division), Francia y Reino Unido (DaTA Unit), Australia y Canadá son países que también desar-
rollaron o están desarrollando iniciativas del mismo tipo.
d https://competitionandmarkets.blog.gov.uk/2020/06/29/restricting-resale-prices-how-were-using-data-to-protect-customers/.
e  Según la UNCTAD (2013), “las pymes pueden también verse indirectamente afectadas por los cárteles cuando venden insumos 
a los miembros de estos. Los cárteles aumentan los precios y disminuyen la producción, y con esa conducta anticompetitiva 
reducen las ventas de las pymes a sus miembros”.
La digitalización al mismo tiempo puede ser una dificultad (barrera) y también una 
oportunidad para el desarrollo y fortalecimiento de la posición de las Mipymes, pues esta 
guarda un gran potencial para que empresas de menor tamaño sean más eficientes en 
sus procesos internos y generen escala. La digitalización también facilita la inserción 
de las Mipymes en las cadenas globales de valor (CGV) creando vías de acceso a los 
mercados extranjeros; ademas de impulsar la competitividad y proporciona nuevas 
herramientas para solucionar los problemas sociales y de desarrollo persistentes (UNCTAD, 
2020). Sin embargo, estas empresas han enfrentado dificultades para digitalizarse y 
así facilitar su acceso a los mercados. En el centro de este debate, se ubica el desafío 
de encontrar el equilibrio entre leyes que regulan la recolección de datos y su uso sin 
limitar las innovaciones, lo cual se convierte en un gran reto. Iniciativas como las de los 
gobiernos de Chile, Singapur y Nueva Zelanda van en este sentido. La reciente firma del 
acuerdo de Asociación de Economía Digital, cuyos aspectos generales se describe en el 
Recuadro 9, tiene su enfoque en las Pymes y busca, entre otras cosas, facilitar el libre 
tránsito de datos entre los tres países firmantes. Sin duda, la implementación de este 
acuerdo requerirá de la coordinación entre distintas instancias de gobierno, entre ellas 
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La libre concurrencia en la economía digital: las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en América Latina y el impacto del COVID-19
la autoridad de competencia. Si un tipo específico de datos50 es esencial para ciertas 
innovaciones, el control de estos datos y que estos puedan usarse estratégicamente 
para impedir la competencia por innovaciones. En este sentido, Kerber (2017) nos 
alerta sobre la emergencia de los cárteles de datos. Por otro lado, las restricciones 
transfronterizas en el flujo de datos también puede desplegar un papel restrictivo sobre 
los verdaderos innovadores, en especial cuando estos son Pymes. 
Recuadro 9 
Cooperación, libre circulación y movilidad transfronteriza de datos
El libre flujo de datos, la no discriminación de productos digitales y la no imposición de 
localización forzada para equipos informáticos, fueron los puntos del acuerdo pionero firmado 
por Chile, Singapur y Nueva Zelanda en junio 2020. El Acuerdo de Asociación de Economía 
Digital (DEPA, por su sigla en inglés) busca proporcionar oportunidades para incluir a más 
personas y pymes en la economía global. Por medio de este acuerdo, se intenta crear reglas 
internacionales más sólidas, transparentes e interoperables, además de plantear el respaldo 
y promoción de un comercio digital inclusivo y sostenible. 
El enfoque del acuerdo son las pymes y según la Subsecretaría de Relaciones Económicas 
Internacionales de Chile los datos de 2019 apuntan a que las exportaciones chilenas de servicios 
digitales sumaron 430 millones de dólares y dónde 211 empresas chilenas exportaron servicios 
TICs, de ellas 114 son Pymes. La idea detrás del acuerdo es garantizar que una empresa de Chile, 
Singapur o Nueva Zelanda no necesita estar localizada en el país donde se presta el servicio, es 
decir, que no es necesaria la instalación de un servidor u oficinas en cada país donde la empresa 
opera. Esto se traduce en reducción de costos y mejora de la competitividad para las pymes. La 
libre movilidad de datos puede representar un gran incentivo a la innovación en la economía digital. 
Se plantea construir un ecosistema de flujo confiable de datos, asegurar que los datos públicos 
sean abiertos y facilitar el flujo transfronterizo. Países como Reino Unido, Canadá, Emiratos Árabes 
y Uruguay ya se mostraron interesados en adherir al acuerdo . El DEPA apoya la existencia de 
Internet abierto, global y no discriminatorio que actúa como un catalizador para la creatividad y la 
innovación. De acuerdo con los formuladores del DEPA, las leyes nacionales sobre estos temas 
restringen en gran medida el movimiento transfronterizo y el almacenamiento de distinto tipo de 
datos, los cuales son necesarios para el comercio digital y para que funcione la economía digital. 
Adicionalmente, Chile propuso nuevos temas, como la cooperación en inteligencia artificial, 
identidad digital, datos abiertos y protección de datos. El acuerdo todavía no está vigente, pues 
necesita de la aprobación de los congresos. Sin duda este tipo de instrumentos plantea nuevos 
e importantes desafíos a las autoridades de competencia de los países firmantes.
Fuente: https://www.subrei.gob.cl/minisitio/depa/.
A .  La no neutralidad51 y las prácticas que 
impactan directamente a las Mipymes
Las empresas entrantes suelen tener menos poder para competir por patentes, 
derechos y prácticas enviando así una señal. Al respecto, las Big Tech sostienen que 
están mejorando sus productos ocupando muchas innovaciones que estuvieron a punto 
de llegar al mercado, a través de empresas más pequeñas. Muchas de las innovaciones 
50 En ese sentido, también es necesario desarrollar métodos para distinguir claramente entre diferentes tipos de datos, que toman 
la forma de activos especializados.
51 La no neutralidad a la que se hace referencia en este capítulo, se refiere a la aplicada por las plataformas digitales a los 
contenidos que gestionan y es diferente al concepto de neutralidad de red aplicado a las redes de telecomunicaciones.
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llegan al mercado, a través de plataformas digitales, convirtiéndose en oportunidades 
para las Mipymes; por ejemplo añadiendo productos y servicios a las plataformas y 
disfrutando de los efectos de red sobre ellas. No obstante que los datos y los efectos 
de red generan gran poder de monitoreo de conductas, principalmente las relacionadas 
a innovaciones, éstas despiertan el interés de los incumbentes. En este sentido, se 
puede hacer uso de estrategias buscando evitar el acceso de potenciales competidores 
a estos servicios, o si existe algún acuerdo con otras empresas, para impedir la entrada 
de un concurrente al mercado. De esta forma, una o más empresas establecidas pueden 
tratar de evitar que se produzca una interrupción al privar al disruptor de la capacidad 
de crear un interfaz o una superposición entre su producto innovador y la cadena de 
valor existente. Otra estrategia puede ser reduciendo el tráfico de datos y desviando 
consumidores hacia sus productos, a través de algoritmos; tales conductas adquieren 
mayor valor debido a las ganancias generadas por la no neutralidad.
Según The Economist52 (2018), cuando las empresas entran en la killzone de las 
grandes tecnológicas, las que se rehúsan a la venta sufren copia de servicios y acaban 
perdiendo sus mercados debido a la posición de dichas empresas53. En resumen, las 
Big Tech actúan como guardianes en diversos sectores, en detrimento de las demás 
empresas y en especial el caso de Mipymes que no tienen poder para soportar la 
presión de las grandes empresas. De esta manera, el éxito de sus estrategias alimenta 
su impulso constante de crecer en nuevas ramas mediante la adquisición de empresas 
innovadoras. Por esta razón, las empresas que utilizan plataformas para llegar a sus 
clientes con innovaciones se enfrentan, cada vez más, a la competencia de las mismas 
plataformas, que por su giro utilizan su poder para favorecer sus propios productos 
y distorsionar la dinámica del mercado54. La no neutralidad de estas tiene fuertes 
consecuencias anticompetitivas. A pesar de ser considerada una buena estrategia 
de inserción de productos, a través de las plataformas, las prácticas anticompetitivas 
amenazan y generan muchas ventajas a los incumbentes, como por ejemplo, mayor 
volumen de datos, sobre valoración de intangibles, innovaciones sujetas a copias, entre 
otras. La no neutralidad en la economía digital impacta los precios, las plataformas 
digitales están obteniendo una doble ganancia ya que al mismo tiempo que ofrecen 
los productos, cobran por las ventas de sus concurrentes. La competencia por precios 
tiene un límite y los consumidores probablemente están pagando precios más altos 
que los precios competitivos.
Los servicios incrementales son también la creación de aplicaciones (apps) en 
las plataformas de empresas como Apple y Google. Debido a la no neutralidad, estas 
empresas actúan también como proveedores de servicios en sus plataformas, las 
empresas más chicas terminan compitiendo directamente con las Big Tech. Por ejemplo, 
si una aplicación es muy descargada en las tiendas de estas empresas, suena una 
alarma indicando que la aplicación puede ser un concurrente potencial, el rechazo de 
venta puede generar control de tráfico de datos. La no neutralidad también genera 
un gran incentivo a la creación de barreras de entrada a las tiendas de las Big Tech. 
Un ejemplo es el Servicio Federal Antimonopolio (FAS del inglés) de la Federación de 
Rusia, el cual determinó la culpabilidad de Apple55 de abuso de posición dominante 
justamente por no permitir a desarrolladores de aplicaciones acceder a su tienda incluso 
52 https://www.economist.com/business/2018/06/02/american-tech-giants-are-making-life-tough-for-startups.
53 “Snap es el ejemplo más destacado; después de que Snap rechazara los intentos de Facebook de comprar la empresa en 2013, por 
$3 mil millones, Facebook copió muchas de sus características exitosas frenando así su crecimiento. Un ejemplo menos conocido es 
Life on Air, que lanzó Meerkat, una aplicación de transmisión de video en vivo, en 2015. Se borró cuando Twitter adquirió y promovió 
una aplicación competitiva, Periscope. Life on Air cerró Meerkat y lanzó una aplicación diferente, llamada Houseparty, que ofrecía chats 
grupales de video. Esto ganó una breve importancia, pero luego fue copiado por Facebook, capturando a los usuarios y la atención 
lejos del inicio”. https://www.economist.com/business/2018/06/02/american-tech-giants-are-making-life-tough-for-startups.
54 https://www.digitalsme.eu/we-do-not-need-artificial-industrial-giants-we-need-a-level-playing-field-that-unleashes-r-innovative-
sme-economy-%E2%80%AF/.
55 http://en.fas.gov.ru/press-center/news/detail.html?id=54965. 
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La libre concurrencia en la economía digital: las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en América Latina y el impacto del COVID-19
cuando todos los requerimientos de Apple eran atendidos. Otro punto importante es 
que la posibilidad de copia y una consecuente quiebra de la empresa entrante es mucho 
mayor en estos casos. Las plataformas pueden mirar características interesantes de 
aplicaciones y crear sus propias apps y dejarlas fijas en sus equipos.
Recuadro 10 
COFECE vs Mercado Libre
En el 2018, la COFECE abrióa su primer casob relacionado con plataformas digitales e hizo un 
llamado de colaboración público para que cualquier persona que cuente con información 
que contribuya con el procedimiento la entregue. La COFECE investigó las sospechas 
de prácticas anticompetitivas por parte de la plataforma digital Mercado Libre. Por su 
parte, la autoridad investigadora analizó si la prestación de los servicios de Mercado Libre 
estaba condicionada al uso de su mecanismo de pago en línea, es decir, se condiciona la 
compraventa de productos dentro de su plataforma de servicios electrónicos, al uso de 
su propia plataforma de pago. Habiendo evidencia, esto podría constituirse en un acto de 
“venta atada” conforme a la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), algo que podría 
representar precios de monopolio para las Pymes en el marketplace de Mercado Libre. Según 
la COFECE “cada plataforma transaccional requiere, para prestar sus servicios, incorporar una 
solución tecnológica que le permita aceptar transferencias con diversos medios de pago 
(ej. tarjetas de crédito o débito), lo cual puede hacerse mediante una solución tecnológica 
propia, o por medio de un tercero contratado por la plataforma”. La COFECE consideró que 
no había suficiente evidencia para determinar la realización de una práctica monopólica 
relativa a venta atada y de esta forma cerró la investigación.
Fuente: https://www.cofece.mx/CFCResoluciones/docs/INVESTIGACIONES/V3908/1/5132847.pdf.
a  https://www.cofece.mx/wp-content/uploads/2018/02/COFECE-06-2018-COFECE.pdf.
b Caso IO-002-2017.
En resumen, la no neutralidad representa aumento de precios a los rivales. Este 
es el caso de Spotify56 vs Apple, la última hace un cobro de 30% por cada venta de 
spotify pero también tiene su propio servicio de música. Como resultado, el servicio de 
música de Apple no paga el 30% que deja la competencia para Spotify que no alcanza 
a proveer servicios al mismo nivel de precios que Apple. La UE también ha abierto 
un caso57 de investigación de prácticas de exclusividad en la tienda virtual de Apple 
(AT.40716 - App Store Practices). La investigación se ha centrado en el requisito de 
que dichos desarrolladores tengan que usar el mecanismo de compra de aplicaciones 
de Apple (o “IAP”) para la distribución de aplicaciones pagas. Según The Wall Street 
Journal58, la UE también abrirá una investigación por irregularidades relacionadas a la 
forma cómo Apple permite que sólo su propio servicio “Apple Pay” sea ocupado por 
el sistema de pago sin contacto integrado en los dispositivos Apple. La no neutralidad 
es clave para comprender los impactos anticompetitivos de las grandes empresas en 
las Mipymes digitales59, ya que, entre otras cosas puede limitar su acceso a cadenas 
globales de valor. En el recuadro 11 se detallan otras prácticas anticompetitivas con 
fuerte impacto en las Mipymes.
56 https://www.theverge.com/2019/3/16/18268811/spotify-apple-european-commission-antitrust-statement-war-of-words.
57 https://ec.europa.eu/competition/antitrust/cases/dec_docs/40716/40716_13_3.pdf.
58 https://www.wsj.com/articles/apple-faces-two-eu-antitrust-probes-over-apps-11592302148.
59 De acuerdo a Crunchbase, existen 1026 empresas de aplicaciones digitales en la región.
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Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)
Recuadro 11 
UE vs Googlea
En el caso Androidb, la Unión Europea consideró que Google a través de Android estaba 
generando competencia desleal debido a los siguientes puntos:
1    Google establece como condición para que las empresas fabricantes de teléfonos 
pudiesen acceder a su tienda “Play Store” que las aplicaciones Google Search y Google 
Chrome sean instaladas desde la fábrica en los dispositivos.
2     Google establece como condición necesaria para hacer los pagos a los fabricantes de 
teléfonos que Google Search sea instalado en los equipos desde la fábrica.
Los puntos 1 y 2 son una muestra de los problemas de la no neutralidad de las plataformas 
digitales. Para las empresas que compiten en estos servicios existe una desventaja importante 
pues muchos clientes tendrían que quedarse con las apps de Google y no buscarían otras 
apps para reemplazarlas, una vez que estas ya estén en los dispositivos. 
3    Google también actúa impidiendo que los fabricantes de teléfonos ocupasen otras 
versiones del sistema Android, conocidos como “Android forks”, en sus dispositivos. 
Muchas de estas prácticas, en realidad, tienen el objetivo de sostener la posición de 
monopolio en la recolección de datos de estas empresas. 
Los casos llevaron a un fallo contra Google, pues las prácticas fueron consideradas 
anticompetitivas. La propuesta del sistema operativo Android era que este fuera una fuente 
abierta, pero en realidad las apps de Google vienen instaladas en muchos dispositivos 
desde la fábrica. Si bien Google ha prometido desvincular la tienda Google Play con el 
navegador Chrome y la aplicación de búsqueda, los fabricantes aún deberán pre instalar 
Google Maps, YouTube y Google+ en sus dispositivos. Según la European SMS Alliance esta 
práctica representa un riesgo para la libre competencia.
Fuente: https://www.digitalsme.eu/eu-android-lawsuit-will-google-learn-its-lesson-or-continue-being-a-bad-student/.
a  https://www.digitalsme.eu/eu-android-lawsuit-will-google-learn-its-lesson-or-continue-being-a-bad-student/.
b https://ec.europa.eu/competition/antitrust/cases/dec_docs/40099/40099_1830_3.pdf.
B. La propiedad intelectual como un intangible
De acuerdo con Lev (2001), el capital intangible toma distintas formas; aquellas 
respaldadas por derechos legales de propiedad intelectual, como patentes y marcas 
comerciales y las de los datos que, frecuentemente, están desprotegidos legalmente. 
Los derechos de propiedad de la mayoría de los intangibles son difusos y ejercen 
efectos significativos sobre la divulgación de las inversiones de las empresas en 
activos intangibles. El reconocimiento de un activo intangible en el reporte financiero 
de las empresas, donde se registran todos los valores, requiere de un mayor control 
efectivo por parte de los reguladores de mercado. Sobre todo, tratándose de datos 
que, debido a su contenido novedoso, todavía no tienen valor monetario determinado 
por un mercado.
El riesgo juega un papel importante en el tratamiento de los activos intangibles 
de una empresa, ya sea en una inversión en patentes o en una base de datos. La 
evaluación del riesgo de las empresas con uso intensivo de intangibles está en el 
centro del análisis de la inversión, fundamentalmente porque la información pública 
es limitada. El nivel de riesgo asociado a intangibles es, en general, más alto que el 
asociado a otros activos (físicos o financieros), esto se traduce en un riesgo para las 
empresas que siguen una tendencia de acumulación ciega de datos como intangibles 
y para los inversionistas que tienen parte de su bienestar respaldado en acciones de 
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La libre concurrencia en la economía digital: las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en América Latina y el impacto del COVID-19
esas empresas. En la era digital, la comercialización se realiza en las plataformas las 
que pueden verse afectadas por la falta de mercados de intangibles. La ausencia de 
estos mercados también puede aumentar los riesgos, lo cual plantea un doble desafío, 
para la valoración de este tipo de activos y para la implementación de la regulación. 
Por un lado, la falta de liquidez y las oportunidades restringidas de compartir riesgos, 
limita su crecimiento y aumenta el riesgo asociado a las inversiones en dichos activos. 
Por otro lado, los reguladores pueden generar mejoras en la asignación de recursos y 
en transparentar las inversiones en estos activos. 
Las grandes empresas digitales logran innovar muy rápidamente y patentan a 
un menor costo debido a la escala de sus emprendimientos; por ello, la importancia 
de contar con una ley de derechos de propiedad y patentes, acorde con las nuevas 
condiciones de la economía digital y más amigable con las necesidades y alcance 
de las empresas de menor tamaño. Hacerlo, evita que estos costos de transacción, 
provenientes del patentamiento, se vuelvan una barrera de entrada a ser explotada 
por las incumbentes. Asimismo, incentivar iniciativas como la Digital SME Alliance60 
ayuda a dejar la competencia más pareja para las Mipymes. El significado de barreras 
planteado aquí, se sustenta en la combinación de copia y derechos de propiedad que 
puede generar la quiebra de muchas Pymes.
Muchas industrias que sostienen sus posiciones de mercado a través de derechos 
de propiedad y no de innovaciones, en el contexto de la economía dinámica, están en 
realidad inhibiendo la competencia, la apropiación y el desarrollo. En este caso podemos 
utilizar como ejemplo los data-opolies, la industria de tecnología y la farmacéutica donde 
muchas innovaciones desarrolladas para la misma industria u otras ramas industriales 
dependen de derechos de propiedad en la industria original. Al disruptor le resultará 
más difícil establecer un punto de apoyo y convencer a los clientes existentes de que 
migren a una oferta de productos innovadores, si tiene tan poca superposición con los 
elementos de la red de valor existente. 
La propiedad intelectual, en particular el uso de patentes, son herramientas que 
hacen que la interfaz con redes de valor de empresas incumbentes sea más difícil; lo 
que hace que la segunda fase, donde un disruptor lleva su invención al mercado enfrente 
dificultades e incluso le sea imposible acceder. Entre los problemas de las industrias 
basadas en derechos de propiedad está el sesgo de las investigaciones e inversiones 
y las dificultades de hacer avances sobre tecnologías patentadas. Las empresas de 
estas industrias están más interesadas en las inversiones que pueden generar mayores 
ganancias. La “data-rización” (inundación de datos) también ha levantado importantes 
cuestionamientos con respecto a la propiedad intelectual de los datos, esto sumado a 
patrones de protección de datos muy distintos puede representar barreras de integración 
digitales. En el siguiente recuadro se plantea el caso de la industria farmacéutica, una 
de las más concentradas, y su accionar durante el período de pandemia del COVID-19.
60  https://www.digitalsme.eu/.
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Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)
Recuadro 12 
La propiedad intelectual en la industria farmacéutica y tecnológica
Instituciones de competencia como el Servicio Federal Antimonopolio de Rusia, consideran 
que los derechos de propiedad muy amplios son una barrera al desarrollo de innovaciones 
y consecuentemente a la apropiación tecnológica. 
Debido al impacto del brote del Covid-19, la industria farmacéutica en todo el mundo 
ha estado en la mira. Hay una creciente preocupación por parte de gobiernos, la comunidad 
científica y la sociedad respecto a los monopolios propios del sector y el consecuente escenario 
de precios supra competitivos en medio de la pandemia. Por ejemplo, la acción de la empresa 
Gilead, creadora del controversial medicamento “remdesivir”, es un ejemplo de este tipo de 
conductas cuestionables. Ella reaccionó a los rumores de que su medicamento podría ser 
efectivo contra el coronavirus solicitando a la Administración de Alimentos y Medicamentos 
de EE.UU. el estatus de “droga huérfana”, era adquirir una posición preferencial tendiente 
a un monopolio aún más fuerte de la sustancia. Para combatir tales prácticas, los países 
alrededor del mundo hicieron uso de “licencias obligatoriasa”.
Algunas de las alternativas a los problemas de propiedad intelectual en estos sectores son: 
• Introducción del llamado mecanismo premios - en este modelo, los gobiernos 
disponen de un fondo para soluciones o avances para determinadas enfermedades 
que se le otorgaría al competidor para alcanzar el objetivo. 
• Recaudación de fondos o “crowdfunding” - estos programas son una herramienta útil en 
el combate de investigaciones sesgadas, la idea es que se creen fondos para una gran 
variedad de enfermedades. Con esto se evita el llamado fenómeno 90-10 donde un 
90% del mercado está interesado en crear soluciones para las mismas enfermedades. 
• Pruebas clínicas - actuación del gobierno en la construcción de un mecanismo para 
la reducción del costo. Las pruebas representan un 50% de los costos totales de 
desarrollar un nuevo medicamento. 
• La creación de laboratorios y tecnologías de uso común - creación y mantenimiento 
de tecnología que pueda ser utilizada por todos. Según Stiglitzb muchos de los 
monopolios de esta industria se benefician del conocimiento producido en gran 
medida por las instituciones públicasc.
• “Patent pools” que lleva a la cooperación de conocimiento y división de derechos de autor. 
• La ciencia abierta (el open science). 
En resumen, para aumentar la competencia en el sector y mejorar la posición de mercado 
de las Mipymes es necesario crear leyes de derechos de propiedad que no sostengan 
monopolios pero que sí fomenten las innovaciones y por ello la mayor competencia. Trabajar 
sobre los derechos de propiedad es fundamental para que la política de competencia 
desempeñe su papel y sea parte integral de la política industrial.
Fuente: Stiglitz et al (2010).
a  Chile:https://www.keionline.org/wp-content/uploads/resolucioncoronavirus.pdf, Israel:https://www.keionline.org/wp-content/
uploads/A-Permit-to-the-State-to-Exploit-an-Invention-Pursuant-to-Chapter-Six-Article-Three-of-the-Patents-Law-5727-1967.pdf, 
Canadá: https://www.law360.com/articles/1255079/israel-defies-abbvie-ip-to-import-generic-drugs-for-covid-19 ,https://www.
statnews.com/pharmalot/2020/03/25/canada-compulsory-license-coronavirus-covid19/, Ecuador:http://www.mondaq.com/ope-
rational-impacts-and-strategy/914438/asamblea-nacional-requiere-al-ejecutivo-establecer-licencias-obligatorias-y-acceso-a-da-
tos-de-prueba-y-tecnologa-para-enfrentar-el-covid-19 y Alemania:http://patentblog.kluweriplaw.com/2020/03/24/german-gover-
nment-plans-possibilities-to-limit-patents-in-view-of-corona-pandemic/?doing_wp_cron=1588271851.453094959259033203125. 
b https://www.project-syndicate.org/commentary/covid19-drugs-and-vaccine-demand-patent-reform-by-joseph-e-stiglit-
z-et-al-2020-04?fbclid=IwAR1jUHfLJ1zxCI7O6mvRZuLFIQhwLqVMeKGOhqgsfPQZOfWAPs2123PTheI.
c https://www8.gsb.columbia.edu/faculty/jstiglitz/sites/jstiglitz/files/2010_Medicine_For_Tomorrow_pub.pdf.  
EL PAPEL DE LOS ALGORITMOS 
Y LA COLUSIÓN EN LA ECONOMÍA DIGITAL
La libre concurrencia en la economía digital: las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en América Latina y el impacto del COVID-19
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En este capítulo se analizan distintos tipos de colusión y la importancia del papel de los 
algoritmos en la economía digital, los retos que estos plantean a los marcos regulatorios 
y a la institucionalidad de la competencia.
La actual revolución tecnológica o industria 4.0 requiere que las instituciones 
reguladoras se reinventen para lidiar con los distintos desarrollos en el mercado61. 
Algunos autores se han referido a la nueva etapa de la competencia en la economía digital 
como la “competencia de próxima generación” o “competencia turbocargada”62. En la 
economía digital, las tecnologías como la inteligencia artificial, el aprendizaje automático 
y los grandes datos ampliaron la capacidad de mecanismos de precio, utilizando los 
algoritmos. Chen (2016), analizando la lista de los más vendidos en Amazon identificó, 
en una muestra de 1600 compañías, que más de un tercio de las compañías listadas 
ya usaban algoritmos de precios. Estas herramientas son responsables de la revolución 
en los fenómenos de colusión explícita y tácita. 
Lie y Xie (2018) plantean dos preguntas sobre la consecuencia de estos desarrollos 
tecnológicos y su vinculación que, dicho sea de paso, son las preguntas que la literatura 
ha venido levantando de forma constante en la economía digital. Primero, se pregunta 
si el uso masivo de algoritmos como herramienta de precios hará necesario el desarrollo 
de nuevas herramientas para juzgar los casos de colusión. Segundo, si los desarrollos 
en las últimas décadas serán suficientes para operar en este nuevo entorno. Desde la 
perspectiva social de la política de competencia, según la UNCTAD (2013) los cárteles 
“tienen consecuencias negativas para todos los consumidores, pero los pobres sufren 
de manera desproporcionada los efectos de la colusión en el comercio y la contratación 
pública”. En el contexto actual de pandemia, la CEPAL (2020) ha pronosticado un 
retroceso de una década en términos sociales (pobreza, renta per cápita, entre otros), 
la respuesta a estos temas y el posterior combate a las formas modernas de colusión 
se vuelven aún más relevantes.
Al mismo tiempo, la tecnología ha aumentado la competencia entre los agentes 
económicos, ha ampliado la recurrencia de prácticas anticompetitivas. Lianos (2019) 
destaca que las plataformas digitales y el uso del Big Data se han convertido en el 
enfoque de las instituciones reguladoras en casi todo el mundo. En la formulación 
de prácticas de colusión, que antes se llevaban a cabo a través de reuniones que 
resultaban en evidencia física de los acuerdos realizados, el uso de datos no era un 
activo relevante para definir dichas prácticas. En 2016, el caso Eturas63 demostró que 
las “salas de humo” ahora se producen digitalmente. 
Los datos son el activo y factor determinante del éxito de las empresas y del 
bienestar social, por otro lado, lo que hace que los algoritmos sean una gran amenaza 
para el entorno competitivo es la llegada de los grandes datos64, de hecho, algunos 
61 Lianos (2019).
62 La incorporación de herramientas digitales y la actualización de las normativas de competencia hacia el digital son aspectos 
que hacen parte de esta definición.
63 https://www.lvat.lt/en/news/sacl-has-rendered-a-decision-in-the-travel-agencies-case/390 y https://www.freshfields.com/globalassets/
our-thinking/campaigns/digital/mediainternet/pdf/freshfields-digital---pricing-algorithms---the-digital-collusion-scenarios.pdf.
64 Ver Gal (2017).
EL PAPEL DE LOS ALGORITMOS 
Y LA COLUSIÓN EN LA ECONOMÍA DIGITAL IV
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)
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autores los consideran como el principal aporte a la economía digital65. Quizás uno de 
los primeros casos en la literatura sobre algoritmos fue el libro “The Making of a Fly” en 
el marketplace, que en abril de 2011 alcanzó un precio exorbitante de 23.7 millones de 
dólares. Este resultado derivó de la interacción de dos algoritmos que poseían rutinas 
fijas de fijación de precios (no eran del tipo inteligente), pues el primero tenía como 
factor multiplicador de 1.27059 el precio de su concurrente y el segundo tenía un factor 
multiplicador de 0.9983 del precio del primero, el resultado fue un espiral de precios. 
A. Algoritmos para la colusión
Actualmente, en la literatura sobre algoritmos se levantan dos enfoques: el primero 
relacionado con la creación de un algoritmo con la intención de realizar una colusión 
tácita (collusion by code), en otras palabras, se trata de una colusión explícita facilitada 
por la tecnología; el segundo, es una colusión estrictamente tácita donde los algoritmos 
terminan ajustándose unos a otros debido al aprendizaje automático (algorithmic collusion), 
este último siendo el principal cuestionamiento de las instituciones reguladoras.
B .  Colusión explícita
La simple percepción de que los precios están por encima de los precios competitivos 
no necesariamente constituye una situación de colusión, se necesita más que eso 
para comprobar que una fijación de precios artificial está ocurriendo. La tecnología ha 
dificultado la detección de colusión, sin embargo, algunas reglas han cambiado para 
evitar el uso de algoritmos como un método colusorio. Por ejemplo: según palabras 
de Freshfields (2017), “Los usuarios de algoritmos de fijación de precios deben estar 
conscientes de que compartir información sobre el algoritmo en sí (su estructura, 
funcionamiento, etc.) públicamente o con los competidores podría considerarse ilegal, 
ya que permitiría a otros sacar conclusiones sobre el cálculo de los precios”66.
CMA (2018) destaca que el uso de algoritmos facilita la colusión de tres maneras: 
primero, por la facilidad para detectar desviaciones en la conducta; segundo, por reducir 
la posibilidad de desviaciones accidentales tales como errores estratégicos; tercero, por 
reducción de la holgura de agencia (agency slack). La literatura sobre colusión postula 
que debe haber una conducta estricta de las partes como un requisito previo para que 
los acuerdos firmados tengan éxito. Por lo tanto, la tecnología facilita la identificación 
de cambios de precio o conducta de manera casi simultánea y esto termina elevando 
la complejidad y la fidelidad de los acuerdos a niveles no vistos anteriormente. El uso 
de algoritmos aumenta la probabilidad de colusión también debido a la gran cantidad 
de datos de competidores generados (los cambios de precios son monitoreados) y 
analizados en tiempo real en la economía. Ivaldi et al (2003) afirma que el aumento de 
informaciones sobre competidores no solo aumenta la probabilidad de colusión sino 
también la estabilidad de los acuerdos.
65 Según la OCDE, la definición del Big Data se refiere a: “(1) la gran dimensión de los conjuntos de datos, y (2) la necesidad de 
utilizar potencia informática a gran escala, software y métodos no estándar para extraer valor a los datos en un período de 
tiempo razonable”. En relación a los algoritmos, se entiende como secuencias de instrucciones lógicas que buscan solucionar 
un determinado problema o ejecutar una tarea, tal como la maximización de ganancias, a través del aporte de los datos. 
Sobre todo, los algoritmos pueden ser caracterizados como estáticos o dinámicos. Sobre los primeros, es decir que los datos 
no cambian la manera de cumplir la tarea, no se tratan de algoritmos inteligentes. A diferencia del primero, mientras que el 
segundo hace uso de los datos para ajustarse para alcanzar los objetivos debido a la capacidad de aprendizaje, estos son los 
llamados algoritmos inteligentes.
66 https://www.freshfields.com/globalassets/our-thinking/campaigns/digital/mediainternet/pdf/freshfields-digital---pricing-
algorithms---the-digital-collusion-scenarios.pdf.
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En relación a la estabilidad de los acuerdos, las desviaciones de conducta en la 
economía digital generan castigo inmediato pues la información sobre las conductas 
es transferida en tiempo real. En la literatura, la velocidad con que se detecta la 
desviación e implementa el castigo determina el incentivo para llevar a cabo dicha 
desviación, en la economía digital, la ganancia momentánea de la desviación se 
reduciría significativamente. Además, se aumenta la transparencia67, lo que impacta 
la efectividad de las estrategias. Finalmente, la reducción en el número de personas 
involucradas en la toma de decisiones garantiza la reducción del riesgo de acusaciones 
o el comportamiento oportunista. En general, las rutinas de los algoritmos llevan a una 
mayor fiabilidad de los acuerdos.
Lie y Xie (2018) establecen tres escenarios sobre el rendimiento de los algoritmos: 
primero, donde los algoritmos implementan una colusión explícita entre agentes; segundo, 
cuando los algoritmos son la tercera parte del sistema de colusión; y tercero, cuando 
a través del autoaprendizaje se conduce a precios altos o colusión tácita. Los autores 
dicen que los dos primeros escenarios “son esencialmente los acuerdos de sala llena de 
humo de la era digital”. En resumen, la rutina de los algoritmos ha facilitado la colusión, 
haciendo que con la detección de tales acuerdos se refleje en muchos falsos-positivos, 
pues al mismo tiempo la probabilidad de colusión tácita también ha aumentado.
C. Colusión tácita
De acuerdo con Calvano et al. (2018), actualmente con la tecnología y la capacidad 
de que disponen los reguladores, la capacidad de detección de una colusión tácita 
es meramente ilusoria. Bajo esta realidad, si las instituciones utilizan mecanismos 
de regulación más estrictos estos pueden generar muchos falsos-positivos y pocos 
falsos-negativos. Sin embargo, hay otros autores que destacan la posibilidad de una 
colusión tácita con la tecnología que actualmente existe en el mercado. Esto se debe 
a factores tecnológicos que facilitan los parámetros de éxito para la colusión tácita. 
Motta (2004) consideran la situación propiciada por los algoritmos como:
“Si la detección de desviaciones es rápida, y si los castigos de desviación 
(del mercado) son probables y creíbles, entonces puede surgir una colusión 
tácita: las empresas no necesariamente tienen que hablar entre sí, y 
mucho menos acordar esquemas complicados, para que un resultado 
colusorio sea sostenible. Todo lo que se necesita es la conciencia de que 
se identificará una desviación y que seguirá un castigo”. 
El debate actual se refiere a si los algoritmos destinados a maximizar las ganancias 
podrían realmente llegar a implementar precios por encima de los niveles competitivos. 
Los investigadores han estado ejecutando modelos de simulación para verificar si los 
resultados representan colusión o no. Calvano et al. (2018) investigando la interacción 
entre algoritmos Q-learning en un contexto de oligopolios workhorse, encontraron que 
“los algoritmos aprenden constantemente a cobrar precios supra competitivos, sin 
comunicarse entre sí. Los altos precios son sostenidos por las estrategias colusorias 
clásicas con una fase de castigo finito seguido de un retorno gradual a la cooperación”. 
Lie y Xie (2018) también encontraron una respuesta positiva sobre la relación colusoria 
entre algoritmos. Para ellos incluso sin acuerdos explícitos entre competidores, los 
67 Sin embargo, podría decirse que cualquier intento de prohibir el paralelismo consciente o la transparencia (excesiva) del mercado 
puede generar más preguntas de las que se responden. ¿Cómo se debe definir el umbral de intervención? Existe un acuerdo general 
de que la transparencia es, en principio, procompetitiva, ya que permite a los consumidores comparar fácilmente las ofertas de 
la competencia, a menos que el mercado se vuelva tan transparente que se convierta en una colusión tácita. Sería muy difícil, o 
incluso imposible, para cualquier regulador predecir de manera confiable este “punto de inflexión”. Freshfields (2017).
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algoritmos pueden generar precios supra competitivos a través de paralelismo consciente 
o colusión tácita.
En cierto modo, es intuitivo pensar que un algoritmo, que tiene la función de maximizar 
las ganancias, termina estableciendo precios por encima del precio competitivo. El 
supuesto de colusión tácita es quizás más creíble cuando se observa el mundo de los 
automóviles de aplicación donde los algoritmos ajustan sus precios de acuerdo con la 
demanda y la oferta de automóviles. Es decir, los algoritmos ya tienen autonomía para 
cambiar automática e instantáneamente los precios de los servicios. Klein (2019) señala 
que es realmente intuitivo pensar que con el advenimiento de la inteligencia artificial los 
algoritmos se volverán más sofisticados y, de esta manera, inevitablemente aprenderán 
cómo evitar presiones competitivas, alcanzando mayores niveles de ganancias.
Ezrachi y Stucke (2015) describen cuatro posibilidades de usar algoritmos para 
la colusión: el mensajero, hub-and-spoke, agente predecible, y máquina autónoma 
(Digital Eye). Sobre el primero, los humanos utilizan su computadora para ayudarse a 
implementar, monitorear y vigilar un cártel. En el segundo escenario, el uso del mismo 
algoritmo por distintas partes (configurándose un hub), haría que la parte operadora del 
algoritmo haga la coordinación del cártel. El agente predecible, donde las partes utilizan 
el mismo algoritmo, hipotéticamente, podría generar una sincronización de estrategias 
pues los algoritmos comparten el mismo concepto de aprendizaje. Sin embargo, 
los autores enfatizan que en este caso, aunque sea tácitamente, debe haber una 
voluntad de, por ejemplo, usar el mismo algoritmo68 para que esto suceda. La máquina 
autónoma, se refiere a la capacidad de aprendizaje, condicionada a la complejidad de 
los algoritmos para mejorar su producción de resultados finales. Por lo tanto, esto 
facilita significativamente la colusión a medida que los algoritmos se van sofisticando. 
Los autores señalan que la probabilidad de encontrar evidencias de los acuerdos, en 
las rutinas de los algoritmos, y consecuentemente generar la condena, es alta en los 
dos primeros casos. En cambio, los dos últimos casos son los más peligrosos pues no 
necesariamente generan evidencias de los acuerdos colusivos y demandan una gran 
evolución de las autoridades de competencia. Según Horna y Papa (2018), es necesario 
cerrar la brecha entre las perspectivas económicas y judiciales, para los economistas 
lo que importa son los efectos anticompetitivos en los mercados (la cuestión de si la 
colusión es tácita o explícita no es relevante, por otro lado, el incentivo de las partes 
es el mismo independiente del caso). En este sentido, es necesario una evolución de 
las normativas para condenar tales efectos y cerrar la brecha entre las perspectivas. 
Para cerrar esta brecha es necesario contestar la siguiente pregunta: ¿hasta qué punto 
los humanos deberían ser responsables de las acciones del algoritmo?
D. Solución para el problema de algoritmos
Una de las propuestas levantadas en la literatura, es la implementación de auditorías 
de algoritmos (Horna y Papa, 2018). Bajo esta medida, la autoridad de competencia 
podrá evaluar si los algoritmos fueron diseñados con el objetivo de coludirse. A pesar de 
tratarse de una medida muy prometedora, su implementación demandará habilidades que 
actualmente no pertenecen al ámbito de las autoridades de competencia, principalmente 
las más jóvenes69. Desde la perspectiva de las empresas, la apertura de los algoritmos 
puede resultar un riesgo de filtración de las estrategias de las empresas. 
68 https://www.freshfields.com/globalassets/our-thinking/campaigns/digital/mediainternet/pdf/freshfields-digital---pricing-
algorithms---the-digital-collusion-scenarios.pdf.
69 Entre las dificultades destacamos que puede resultar difícil establecer si el algoritmo presentado para auditoría es el que se 
utiliza en el mercado. Adicionalmente, simular el ambiente en el cual los algoritmos se desarrollaron y evolucionaron (a través del 
aprendizaje automático, el ensayo y error y los cambios del mercado) hasta coludirse puede traducirse en una tarea casi imposible.
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55
La incubadora de colusión es una estrategia levantada por Ezrachi y Stucke (2017) 
que tiene el objetivo de realizar internamente experimentos con algoritmos de precios. 
En este sentido, la agencia examina los algoritmos disponibles en el mercado y luego, 
utilizando los datos y los algoritmos, ejecuta simulaciones en una incubadora de 
colusión. Tras construirse la simulación del ambiente en que los algoritmos evolucionan, 
es posible, descubrir los factores que desestabilizan la colusión tácita, comprender 
cómo responden los algoritmos de precios cuando una empresa con un algoritmo 
similar ingresa al mercado y averiguar lo que sucede cuando los cambios de precios 
se desaceleran. A través del complejo desarrollo de esta herramienta, será posible 
identificar qué factores ayudan a promover, estabilizar y desestabilizar la colusión tácita 
entre algoritmos. No obstante, este esfuerzo debe venir acompañado de la renovación 
de los marcos normativos sobre colusión ya que la culpabilidad, en estos casos, no es 
fácilmente determinada con los marcos vigentes. 
E. Estudios de caso
1. Caso Topkins - ejemplo de “el mensajero”
El 6 de abril de 2015, en los Estados Unidos se abrió el caso David Topkins vs Departamento 
de Justicia de San Francisco debido a la fijación horizontal de precios dentro del 
marketplace de Amazon. El acto colusorio pasó dentro del sector del comercio electrónico 
y el campo de acción de los acusados tuvo lugar en la industria de la decoración de 
paredes. Topkins y sus compañeros estaban realizando control de precios de pósters 
desde septiembre de 2013 hasta enero de 2014. El caso se conoció como el primer caso 
de condena de comercio electrónico, en este se puede ver claramente los cambios de 
comportamiento en la formulación de acuerdos competitivos. “Para implementar este 
acuerdo, Topkins y sus cómplices acordaron adoptar algoritmos de precios específicos 
para los cárteles acordados con el objetivo de coordinar los cambios a sus respectivos 
precios”70. El uso del mismo algoritmo es algo que facilita la colusión tácita o explícita 
entre las partes. El caso alcanzó un acuerdo entre acusador y acusado. Según Bill Baer 
encargado de antimonopolios del departamento de justicia antimonopolio de Estados 
Unidos (2015) “no toleraremos conductas anticompetitivas, ya sea que ocurran en un 
cuarto lleno de humo o en Internet usando algoritmos de precios complejos”.
2. Caso Eturas - Un ejemplo de Hub-and-Spoke71
En un caso de Hub-and-Spoke72 (Ezrachi y Stucke, 2015), el 2 de mayo de 2016, el 
Tribunal Administrativo Supremo de Lituania impuso una multa a empresas por práctica 
anticompetitiva. En una investigacion, iniciada en 2010, la compañía Eturas UAB, tenía un 
sitio web donde actuaba como intermediario de las agencias para los servicios turísticos. 
En este caso las compañías usaban la misma plataforma digital, pero administrada 
por un tercero, dentro de este sistema común la tercera parte podría proporcionar 
información para fomentar actividades anticompetitivas. El órgano de competencia y 
mercados del Reino Unido (CMA) consideró a este tipo de coordinación la amenaza 
más probable e inmediata a la libre competencia. 
70 https://www.justice.gov/atr/case-document/file/513586/download.
71 Horna y Papa (2018) apuntan que la conducta de la tecnológica Uber, tras adquirir poder de mercado, también puede ser 
considerada un caso de hub-and-spoke, ya que su software coordina los precios cobrados por los conductores de auto.
72 Según Bernhardt y Dewenter (2020) este no puede ser considerado un caso Hub-and-spoke.
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El administrador de la empresa Eturas estableció que hasta un 3 por ciento de 
descuento era lo que las empresas podrían ofrecer a través del sitio web, según el 
TFEU (2015). El 27 de agosto de 2009, a las 12.20 horas, se estableció una restricción 
técnica en el sistema E-TURAS, que limitaba los descuentos disponibles para reservas. 
La forma en que los agentes fueron informados sobre el descuento máximo fue a 
través del sistema proporcionado por la compañía, a través de un mensaje secreto. 
El tribunal de Lituania señaló que los agentes revelaron cómo se comportarían dentro 
del mercado relevante y facilitaron la colusión al reflejar su comportamiento en los 
precios y el consejo de competencia consideró la actuación una violación a la Ley 
de Competencia.
3. Caso Trod Ltd - ejemplo de “el mensajero”
En 2016 el CMA, órgano de competencia y mercados del Reino Unido, investigó el 
caso Trod Ltd (Trod)73 y la GB eye Ltd (GBE). Este caso ratifica la capacidad de los 
algoritmos en la transparencia y mantenimiento de los acuerdos. Entre los años 2011 y 
el 2015, las partes acordaron no competir entre ellas. Las dos empresas hacían ventas 
de pósters de deporte y entretenimiento en el marketplace de Amazon UK. GBE y 
Trod tenían una relación de socios comerciales y también de competencia. GBE era 
proveedor de Trod en ventas al por mayor pero un competidor en muchos mercados 
de ventas al por menor. Para pacificar la relación entre proveedor y consumidor, las 
partes establecieron un acuerdo. En principio, se intentó hacerlo de manera manual 
pero no fue posible. En el caso Trod no existía confianza entre las partes hasta que se 
implementó un software de precios. GBE llegó a la conclusión que “logísticamente 
sería muy difícil hacer seguimiento efectivo de precios, por lo que se buscó un software 
de revaloración diaria de precios”. La calidad del software ocupado por GBE permitía 
a la empresa vender a menores precios que los demás anunciantes en Amazon, en 
caso que el menor precio no fuera el de Trod. Un segundo aspecto, es que el software 
automáticamente hacía el pareo de precios, pues la empresa Trod estaba ubicada en 
la lista ignorada “ignored list”. Por su parte, Trod también comenzó a hacer uso de un 
software de precios que estaba encargado de la misma rutina que el de GBE, lo que 
significó que no se cortaran los precios entre ellos. De acuerdo con la CMA, durante 
el periodo, Trod alcanzó entre 200,000 y 400,000 libras de ganancia. El CMA decretó 
una multa de 163,371 libras para Trod y GBE y debido al acuerdo de lenidad obtuvo 
inmunidad en el caso.
4. Casos de Google-Brasil
Aunque los casos a continuación no tratan colusiones entre empresas, ellos son 
relevantes por el uso que se hace de los algoritmos. Estos casos son un cambio de 
perspectiva pues retratan de manera directa los daños a la libre competencia y a los 
competidores, y de forma indirecta las pérdidas sufridas por los consumidores. La 
herramienta de búsqueda de Google tiene mayoría absoluta en la participación del 
mercado de búsquedas online y sus algoritmos determinan los resultados de las 
búsquedas. La reversión de la carga de la prueba nuevamente se señala como una 
de las soluciones, además, imponer sobre las empresas el deber de cumplir con un 
conjunto de pautas y principios de cumplimiento por el diseño de algoritmos. 
73 https://assets.publishing.service.gov.uk/media/57ee7c2740f0b606dc000018/case-50223-final-non-confidential-infringement-decision.pdf.
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Cuadro 5 
Participación de Google en búsquedas en el mercado brasileño
Mes/Año Plataformas Computadora 
de escritorio
Teléfono 
móvil
Tableta Consolas
Nov/2011 99,08% 99,12% 97,06% N/A N/A
Nov/2012 95,84% 95,68% 98,33% 99,35% 99,70%
Nov/2013 93,59% 93,24% 96,03% 97,53% 99,53%
Nov/2014 94,35% 93,79% 96,30% 97,34% 75,67%
Nov/2015 96,25% 95,46% 98,33% 97,54% 66,76%
Nov/2016 97,07% 95,95% 99,07% 97,94% 73,26%
Nov/2017 97,22% 95,15% 99,44% 98,26% 68,41%
Ago/2018 96,37% 94,06% 99,28% 97,75% 52,02%
Fuente: GAB-6/CADE, con base en los datos de StatCounter.
Desde el año 2011, CADE ha estado investigando quejas de abuso de posición 
dominante de Google. Han sido 5 casos y 3 de ellos ya fueron juzgados, pero estos no 
tuvieron una condena. El primer caso abierto en 2011 (“Google Search”) está relacionado 
con las actividades de Google como motor de búsqueda74. La investigación contra 
Google Inc. y Google Brasil Internet Ltda comenzó después de la presentación de quejas 
ante la autoridad antimonopolio por la empresa E-Commerce Media Group Informação 
e Tecnologia Ltda. (comercio electrónico), propietaria de los sitios web Buscapé y 
Bondfaro. Los cuales son sitios web especializados en la comparación de productos 
y precios. Google, en los últimos años, han ido innovando y agregando herramientas 
a su portfolio, por ejemplo servicios como: Google Images, Google Books, Google 
News y Google Shopping, siendo este último un concurrente directo de los sitios web 
Buscapé y Bondfaro. Según los concurrentes de Google, el algoritmo Google estaba 
favoreciendo sus herramientas de búsqueda en los resultados y consecuentemente 
causando menores ventas para sus competidores. Se argumentó que el Google Shopping, 
pocos días después de su lanzamiento ya era el primero en la lista de búsquedas. Se 
presentó una queja de que los anuncios Google tenían fotos y la empresa no permitía 
que los anuncios de los competidores tuvieran fotos75. Según datos del propio Google, 
los anuncios con fotos tienen dos veces más visibilidad. 
En este caso, la autoridad no encontró pruebas que corroboraran el uso de los 
algoritmos para sesgar las búsquedas. Lo que es interesante, es que la misma conducta 
llevó a la apertura de casos similares en Estados Unidos y en la Unión Europea, sin 
embargo los resultados de los juicios fueron muy distintos en cada jurisdicción. En 
EEUU, el caso fue cerrado en 2013 debido a la falta de evidencias, entretanto, fue 
acordado que la empresa dejaría de realizar las conductas que originaron las quejas. A 
diferencia de las decisiones tomadas en Brasil y EEUU, la Unión Europea sancionó a 
Google con una multa récord de 2.7 mil millones de dólares76 por prácticas similares. 
74 Caso número 08012.010483/2011-94 https://sei.cade.gov.br/sei/modulos/pesquisa/md_pesq_processo_exibir.php?2pXoYgv29q86Rn-
fAe4ZUaXIR3v7-gVxEWL1JeB-RtUgqOwvr6Zlwydl0IhRNSr2Q22lByVKByYDYwsa13_JxqldakEIsAfM40O_nlair2nlnoNzF4h6tAzo-cc8tTVt.
75 https://g1.globo.com/tecnologia/noticia/buscape-vai-usar-decisao-da-uniao-europeia-contra-google-para-tentar-ganhar-
processo-contra-empresa-no-brasil.ghtml.
76 https://www.cnbc.com/2017/06/27/eu-hits-google-with-a-record-antitrust-fine-of-2-point-7-billion.html.
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En 2013 se abrió un caso contra Google77 para responder a quejas contra prácticas 
de scraping78 de parte de Google. Según las acusaciones de E-commerce, Google se 
estaba apropiando de las opiniones de los consumidores sobre productos suministrados 
por Buscapé y Bondfaro para aumentar sus ventas. La opinión de consumidores es 
determinante para las ventas, a través de los reviews, que son una información relevante 
para el éxito de los anuncios. Además, Google no permitía a los concurrentes realizar 
las mismas prácticas, en otras palabras, Google podía extraer datos de los rivales para 
beneficiarse de las informaciones pero a los competidores no les permitía hacer lo 
mismo. En este caso, E-commerce presentó anuncios encontrados en el Google Product 
Search, (versión de búsquedas de Estados Unidos), que contenían las mismas opiniones 
que los consumidores habían hecho para los otros sitios de E-commerce. Según CADE, 
Google reconoció que se había apropiado de las opiniones, pero argumentó que se 
trataba de algo aislado y que trataría de no repetirlo. El CADE decidió que no había 
forma de comprobar que Google tenía como objetivo generar daño a la competencia.
En 2013, debido a nuevas acusaciones, se hizo la apertura del tercer caso contra 
Google79. En este caso, la empresa Microsoft propietaria del Bing Ads alegó que Google 
estaba realizando prácticas anticompetitivas en su plataforma de anuncios AdWords. En 
esta plataforma, las empresas pueden administrar sus campañas publicitarias y definir 
palabras clave para optimizar ventas. De acuerdo con Microsoft, Google no estaba 
permitiendo el multihoming80 (multiconexión) pues habían términos en el contrato de 
servicios de Google que no lo permitía. Es decir, Google impedía que los anunciantes 
transfirieran datos desde AdWords a otras plataformas de búsquedas patrocinadas 
por los competidores, como la plataforma de anuncios de Microsoft Bing Ads. Como 
consecuencia, tal práctica obstaculizaba la multiconexión y no permitía a las empresas 
optimizar y elegir, a través de la comparación, el mejor sitio para sus anuncios. Además 
de afectar la disminución de costos de administración y de cambio de estrategia de las 
empresas. Las empresas terminaban quedándose con los servicios de las empresas 
con posición dominante en el mercado. Aunque el CADE concluyó que la conducta de 
Google no tuvo ningún efecto negativo, si había un efecto potencial81.
77 https://sei.cade.gov.br/sei/modulos/pesquisa/md_pesq_processo_exibir.php?2pXoYgv29q86Rn-fAe4ZUaXIR3v7-gVxEWL1JeB-Rt
UgqOwvr6Zlwydl0IhRNSr2Q22lByVKByYDYwsa13_JxuPKafcwvOhoHGvTOhF6VN9yQ1Q84rME0Sb3aYKzWyP2.
78 Web scraping es un método de extracción de datos de fuentes no tradicionales, por ejemplo, anuncios de ventas. Sin embargo, 
muchos sitios web no permiten la extracción de estos datos debido porque hacen la venta de estos datos o la extracción de 
estos puede generar violación de los derechos de privacidad y propiedad. 
79 https://sei.cade.gov.br/sei/modulos/pesquisa/md_pesq_processo_exibir.php?2pXoYgv29q86Rn-fAe4ZUaXIR3v7-gVxEWL1JeB-R 
 UgqOwvr6Zlwydl0IhRNSr2Q22lByVKByYDYwsa13_Jxjwy0jsF2VUK9nLLMn4AapgzHPEyXU3WqUFUJvQc-tbB.
80 Según la COFECE (2018) Multi-homing se refiere a la capacidad de un usuario para acceder al mismo tipo de servicio desde 
diferentes plataformas de la competencia, con el objetivo de maximizar los beneficios de las ofertas de red.
81 http://www.cade.gov.br/noticias/superintendencia-geral-recomenda-arquivamento-de-dois-processos-contra-o-google.
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CONCLUSIÓN
Los cambios que introduce la nueva economía digital plantean un desafío a las autoridades 
de competencia alrededor del mundo, las cuales enfrentan el gran reto de la renovación 
y adaptación de los marcos regulatorios e institucionales que promueven la defensa 
de la competencia en los distintos mercados de la economía digital. 
En ese contexto, es especialmente importante contar con un marco regulatorio 
e institucional de competencia que esté en consonancia con el modelo de desarrollo 
de los países, especialmente los de menor desarrollo relativo. Se requiere de una 
política de competencia integrada a una política industrial, que incluya reglas claras de 
propiedad intelectual para garantizar la apropiación tecnológica por parte de las micro, 
pequenas y medianas empresas.
En esta nueva economía, el papel relevante de los datos y su valor constituye el 
eje central; la valoración de estos activos intangibles presenta un gran desafío para las 
empresas y también para las autoridades. La conformación de los distintos tipos de 
mercados de datos demanda métricas que ayuden a determinar su valor. 
Sin embargo, lo planteado en este análisis es solo un anticipo de un proceso más 
profundo en curso, de digitalización y datarización (a través del Internet de las Cosas) 
de la economia: nuevas tecnologías como blockchain, Inteligencia Artificial (IA), machine 
learning, entre otras, son ejemplos de este proceso que se ha visto acelerado con la 
actual crisis sanitaria y la digitalización creciente de los mercados. 
La combinación de factores que hasta hace poco constituían la base de la política 
de competencia se ve superada por los efectos de los cambios tecnológicos disruptivos 
en la dinámica de los mercados. La presencia de conceptos como la colusión facilitada 
y tácita entre algoritmos, la relevancia de las innovaciones y su papel en la dinámica 
del mercado, la importancia de las fusiones y adquisiciones como parte del modelo de 
negocio, las innovaciones predatorias (a través de la interoperabilidad), los abusos de 
posición dominante, la amplitud de los efectos de red, la no neutralidad y la creación de 
plataformas como parte de los nuevos modelos de negocios, los mercados relevantes 
expansivos, entre otros factores, interactúan de forma no lineal, constituyendo la 
complejidad del nuevo escenario de la economía digital. 
Este escenario hace aun más urgente la revisión y actualización de la política de 
competencia y su papel en el contexto de la recuperación. La creciente importancia de 
los datos en la economía digitalizada crea nuevas oportunidades de crecimiento para las 
Mipymes, pero las hace tambien vulnerables a las malas prácticas para la apropiación 
de sus datos. La nueva realidad industrial llama a una mayor coordinación entre las 
instancias a cargo de la protección de datos y de la implementación de políticas de 
competencias, así como a un mayor esfuerzo de cooperación inter e intra regional e 
internacional.sa línea que incentiven a las instituciones a ofrecer programas dedicados. 
 
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United States v. David Topkins. (2015). Plea agreement. https://www.justice.gov/atr/casedocument/
file/513586/download.

En este documento se analiza el papel de la política de 
competencia en la economia digital. Se hace hincapié en la 
relación entre las estrategias de negocios, las tecnologías, las 
innovaciones y la concentración de mercado, y se analiza la 
viabilidad de los marcos legales y regulatorios e institucionales 
en materia de competencia para enfrentar los nuevos desafíos 
de la economia digital. Por un lado, se describen algunas de 
las prácticas utilizadas por las grandes empresas tecnológicas, 
sus estrategias basadas en datos (uso de algoritmos, 
adquisiciones, innovaciones, contratos anticompetitivos y 
prácticas predatorias) y en el uso intensivo de plataformas 
digitales, y cómo estas estrategias condicionan el acceso 
de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) a 
la economía digital. Por otro lado, se subraya el papel de las 
innovaciones tecnológicas disruptivas como motor de cambios 
y fuente de concentración de los mercados. Se incluye la 
perspectiva del consumidor y de las mipymes respecto al 
uso de herramientas y procesos, los efectos negativos en el 
bienestar social generados por barreras e innovaciones, y la 
necesaria consonancia entre la política industrial y la política de 
competencia. Por último, se plantea la necesidad de una mayor 
coordinación entre las distintas instancias gubernamentales. 
LC/TS.2020/142

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