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Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios
del área metropolitana de Rosario en
materia de suelo y vivienda

Hilda Herzer

Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)

Este documento fue elaborado por Hilda Herzer, consultora, en el marco del proyecto
”Pobreza urbana: estrategia orientada a la acción para los gobiernos e instituciones
municipales en América Latina y el Caribe” desarrollado por la División de Desarrollo
Sostenible y Asentamientos Humanos de CEPAL y financiado por el Fondo de
Desarrollo de las Naciones Unidas.
Las opiniones expresadas en este documento, que no ha sido sometido a revisión
editorial, son de exclusiva responsabilidad de la autora y pueden no coincidir con las
de la Organización.

Publicación de las Naciones Unidas
LC/W39
Copyright © Naciones Unidas, noviembre del 2005. Todos los derechos reservados
Impreso en Naciones Unidas, Santiago de Chile
La autorización para reproducir total o parcialmente esta obra debe solicitarse al
Secretario de la Junta de Publicaciones, Sede de las Naciones Unidas, Nueva York,
N. Y. 10017, Estados Unidos. Los Estados miembros y sus instituciones
gubernamentales pueden reproducir esta obra sin autorización previa. Sólo se les
solicita que mencionen la fuente e informen a las Naciones Unidas de tal
reproducción.

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Índice

I.

Introducción: ............................................................................................................................
1. La definición del área metropolitana ................................................................................
2. Hacia una construcción metropolitana ............................................................................
II. Algunos elementos para la ubicación en el contexto del área metropolitana de
Rosario.....................................................................................................................................
1. Ubicación del área metropolitana de Rosario ..................................................................
2. Algunos rasgos dominantes del AM Rosario ...................................................................
2.1 Población ..................................................................................................................
2.2 Evolución reciente del mercado de trabajo (1998–2004).........................................
2.3 El empleo ..................................................................................................................
2.4 Los ingresos laborales..............................................................................................
2.5 Pobreza e indigencia ................................................................................................
2.6 La segregación .........................................................................................................
2.7 Los asentamientos irregulares..................................................................................
III. Políticas de vivienda en el AMR ..............................................................................................
1. Los actores de la producción pública, sus políticas y programas....................................
2. Cuerpo de leyes y normativas urbanas. ..........................................................................
3. Algunas consideraciones sobre el rol de los gobiernos locales en la política
habitacional y las posibilidades de actuación coordinada en el AMR. ...........................
4. Algunas conclusiones ......................................................................................................
IV. Transformaciones en el área metropolitana ............................................................................
1. El área metropolitana de Rosario: caracterización territorial ...........................................
2. El surgimiento de nuevas formas de urbanización y los procesos de
suburbanización ...............................................................................................................
3. La organización territorial metropolitana..........................................................................
4
Deterioros progresivos de la calidad ambiental ...............................................................
4.1 La contaminación ambiental .....................................................................................
4.2 Transporte e infraestructura ....................................................................................
V. Institucionalidad supra–municipal y desarrollo local................................................................
VI. Algunas reflexiones finales .....................................................................................................
Anexos .........................................................................................................................................
Bibliografía.......................................................................................................................................

3

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Índice de cuadros
Cuadro 1
Cuadro 2
Cuadro 3
Cuadro 4
Cuadro 5
Cuadro 6

Cuadro 7

Población por localidad del área metropolitana de Rosario ........................................
Población del área metropolitana de Rosario. Año 2004 ............................................
Gran Rosario– hogares y población: total y con necesidades básicas
insatisfechas (NBI) por localidades año 2001 .............................................................
Ciudad de Rosario, Gran Rosario y Provincia de Santa Fe, Hogares según
hacinamiento del hogar. Año 2001 ..............................................................................
Ciudad de Rosario, Gran Rosario y Provincia de Santa Fe. Hogares por
calidad de los materiales de la vivienda (CALMAT). Año 2001...................................
Resumen de viviendas FONAVI terminadas anualmente entre 1990 y 2001.
Departamento de Rosario, Provincia de Santa Fe y República
Argentina .....................................................................................................................
Síntesis de la oferta formativa .....................................................................................

Índice de gráficos
Gráfico 1
Gráfico 2

Gráfico 3

Empleo, evolución de la tasa de desempleo Santa Fe y Santo Tomé y
Gran Rosario, región Pampeana y total aglomerados, mayo 1998 – 2002.................
Empleo, evolución de la proporción de asalariados precarios (sin beneficios
jubilatorios), Santa Fe y Santo Tomé y Gran Rosario, región Pampeada
y total aglomerados, mayo 1998 – 2002.....................................................................
Desigualdad del ingreso, evolución de la brecha entre el ingreso familiar
del decil 10 y del decil 1. Santa Fe y Santo Tomé y Gran Rosario,
mayo 1998 – 2002 .......................................................................................................

Índice de Planos
Plano 1
Plano 2

Uso de suelo del Área Metropolitana de Rosario ........................................................
Proyecto de Circunvalar Ferroviaria de Cargas...........................................................

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CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Resumen

El presente informe aborda un análisis del significado del concepto “Área Metropolitana de
Rosario”, la descripción de su desarrollo histórico y su reciente importancia en el contexto de la
planificación urbana. El trabajo presenta una caracterización del área metropolitana del Gran
Rosario y la necesidad de la generación de una instancia metropolitana, para lograr un avance en
la generación de políticas públicas de suelo y vivienda. En la actualidad, la concepción del
territorio implícita en las decisiones de política pública en el área, está vinculada al territorio y los
compromisos de gestión municipal o comunal. Son las administraciones locales tradicionales, las
que ejercen dentro de los límites de su distrito.
El AM de Rosario actualmente se presenta como un mosaico de fragmentos en lo político
y administrativo, algunos de ellos de muy reducida capacidad económica y técnica para
administrar su propio área y, por ende, para llevar a cabo una política de desarrollo local. Otro
aspecto clave es el desborde jurisdiccional existente, porque el fenómeno metropolitano se
despliega en un territorio sobre los confines político – administrativos que surcan el territorio
microregional.
El área metropolitana presenta una estructura productiva diversificada. Este es el ámbito
económico y productivo más importante de la provincia de Santa Fe, donde se localiza la
principal área industrial de la provincia. Por otro lado, el cuadro laboral del Gran Rosario muestra
un proceso de deterioro que se expresa en crecientes niveles de desempleo, precarización del
mismo y un empeoramiento de las condiciones laborales en los últimos años. Aproximadamente
un tercio de la población se encuentra en situación de pobreza y/o indigencia. Dentro de este
contexto, también se encuentran los hogares que presentan situaciones de hacinamiento y los
asentamientos irregulares. Otro desafío, que debe enfrentar la región, son los problemas
ambientales, producto del impacto de las actividades productivas, y la necesidad de una
renovación del sistema de transporte e infraestructura.
Varios de los desafíos que surgen de la evolución del área metropolitana de Rosario no
están contenidos en el espacio institucional normalmente considerado “local” en la tradición
administrativa argentina, es decir el espacio municipal o comunal. Por el contrario, tales desafíos
se manifiestan en un nivel desprovisto de institucionalidad; no existe un espacio político
metropolitano. De allí la necesidad de crear una instancia metropolitana para enfrentar estos
desafíos en conjunto por los municipios, instituciones y gobiernos regionales.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

De entre todas las experiencias y propuestas, la más relevante hasta ahora sigue siendo la del Plan
Estratégico Metropolitano (PEM). A partir de un enfoque moderno, el PEM propone para su ‘eje
metropolitano’ y su aspiración de la ‘ciudad de la integración’ dos proyectos; el ‘Ente de
Coordinación Metropolitana y la ‘Agencia Regional de Desarrollo’. Con estos pretende crear
instancias que a través de sus funciones puedan abordar los desafíos planteados de manera
consensuada y que permitan avanzar sustantivamente en la generación de políticas de producción
de suelo, recalificación y rehabilitación a escala metropolitana.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

I.

1.

Introducción

La definición del área metropolitana

El fenómeno metropolitano –en el mundo y en el país– ofrece una paradoja notable: por un lado,
posee una enorme trascendencia e importancia y por el otro, se encuentran múltiples dificultades
a la hora de su conceptualización.
En la segunda mitad del siglo XX se generalizó la visión de que la ciudad metropolitana
era “el artefacto más grande y complejo que la humanidad haya jamás producido”1 y al fin del
milenio se la revalorizó más, por considerársela “el motor económico del crecimiento en la era de
la globalización”.
Sin embargo, los sucesivos ensayos de definición (desde la etimología de “madre de
ciudades”,2 el sentido de “centro principal de actividades típicas de las ciudades”, “un lugar
central para la gente, los procesos y las ideas” y “un centro de influencia política e intelectual en
las áreas circundantes”,3 el posterior de “ciudad más sus suburbios”, el simplificador de “área
metropolitana (en adelante AM)” equivalente a “gran ciudad”4 y bien el de una “realidad urbana
que no podía ser entendida como una ciudad auto–contenida y con una estructura fija”,5
fracasaron.
Cada uno registró excepciones notables (AMs que no cumplían los sucesivos criterios) y
el rigor estuvo ausente.6 La discusión se tornó tan compleja (a lo que contribuyó decisivamente,

1

2
3
4
5
6

Esta es la opinión mayoritaria de urbanistas, sociólogos, geógrafos, antropólogos, etc. entre los que
pueden citarse, entre muchísimos otros, Dogan y Kasarda, Hall, Peter, Mumford, 1973 además de J.
Gottman, a quien pertenece la frase entrecomillada.
Sentido que se origina en las ciudades estado–griegas y la relación de dependencia de sus colonias.
El viejo y el nuevo sentido se acordaron en el primer gran intento colectivo de estudiar la cuestión: cf.
Instituto de Estudios de Administración Local– 1973.
Simmel, G 1983.
Magnusson 1996: 123.
Una notable excepción, de gran influencia en el mundo, fue la Oficina del Censo de los Estados Unidos
–que además cambió hace muy poco la conceptualización de décadas– pero cuyos estándares resultarían
inaplicables para la gran mayoría de las AM’s latinoamericanas (incluyendo el caso de Rosario).

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CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

en lo que nos interesa especialmente, el deslizamiento entre el plano normativo y las otras
dimensiones de las AM –económicas, sociales, urbanas, etc.) y confusa que, o bien se está tentado
de dejarla por completo de lado –lo que para la gestión resulta inadecuado–, o para los
conscientes del problema se ensayan saltos por arriba del laberinto (como un destacado
administrativista español7 que reconoce la dificultad pero que la minimiza pues las AM ‘son
fáciles de intuir’), o bien se emplea un criterio práctico elemental para salir del “atolladero”.
Las discusiones semánticas importan pero no deben ser sobrevaloradas. En función de
ello, se definirá AM aunque resulte algo esquemático: un área metropolitana es un gran
asentamiento urbano que generalmente cruza límites jurisdiccionales locales y que tiene una
población de al menos un millón de habitantes. En términos operacionales, un arreglo
metropolitano es aquél en el cual una ciudad altamente urbanizada y las unidades contiguas de
gobierno local acuerdan un emprendimiento cooperativo para planificar e implementar
actividades de desarrollo urbano.8
Otras definiciones plantean que un área metropolitana vincula las actividades en ella
asentadas por sus nexos funcionales y no por su cercanía o contigüidad territorial. Los flujos de
población, bienes e información resultan de relaciones complementarias entre las actividades o
funciones que, según la lógica de cada una, están asentadas en diferentes lugares. La población no
va hacia los lugares cercanos a su residencia sino a donde se encuentran las fuentes de trabajo o
los centros de consumo, hacia donde “corresponde” por sus condiciones socioeconómicas.
A su vez, si se recurre a las experiencias internacionales9 y a la literatura existente, se
aprecia que los problemas metropolitanos son aquellos que comprometen al conjunto de la
aglomeración y cuyo soporte es algún tipo de red, como el de transporte, servicios básicos (agua
alcantarillado, cloacas, electricidad y residuos) y frente a los cuales sería importante acordar
algún tipo de emprendimiento colectivo para el desarrollo de la aglomeración, que bien puede
denominarse un plan estratégico de desarrollo metropolitano.10
Rosario, una ciudad intermedia latinoamericana al estilo de Montevideo y Porto Alegre,11
satisface esos criterios. Tiene, según el último censo nacional del año 2001, 1.161.188 habitantes
(317.122 hogares en 305.487 viviendas) y, sumando los municipios y comunas más o menos
contiguos con los que ha intentado o intenta cooperar, se llega a un total de población de
1.396.852 habitantes, (ver cuadro uno).
En el caso rosarino, afortunadamente, casi no se registra el uso de “zona
metropolitana”,12 pero sí los de ‘área metropolitana y región metropolitana’, con cierta
ambigüedad equívoca. En la práctica argentina, durante bastante tiempo fue frecuente, por
argumentos técnicos y costumbres idiomáticas, dar a ‘área’ una extensión geográfica y de
significado más amplia que a ‘región’, pero la práctica más próxima en el tiempo de urbanistas y
gobiernos militares13 terminó por consagrar el uso universal inverso: región es más y más amplio
7
8
9
10
11
12

13

Mateo, R.M, 1987.
Angotti T., págs 18 y sigs., 1993. De todas las nociones básicas propuestas ésta es quizás la más
aceptada y, en nuestro caso, la más operacionalizable.
Red URBAL VII Documento base sobre organización de las áreas metropolitanas e instrumentos de
gestión en América Latina.
Rodríguez A y Oviedo E., 2001.
Ubicada en lugar tercero según el rango tamaño de la jerarquía de ciudades en la Argentina.
Categoría de origen mexicano que en la Argentina se intentó introducir con escasa aceptación. Al ser
aproximadamente equivalente a ‘mancha urbana’ sus repercusiones sobre la gestión son, en todo caso,
menores.
Especialmente la denominada ley (nacional) 16.964 y el decreto 1.907/67, ambos de un gobierno de
facto y que localmente nutre la creación de la Prefectura del Gran Rosario.

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CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

que área. En la práctica santafesina y rosarina, ambos términos se usan indistintamente y es
habitual14 definir uno por el otro: en el acápite o título se emplea ‘región’ y en el texto se
comienza por ‘área’. Sin embargo hay una cierta diferenciación implícita no expresada con
claridad en ninguna parte: área metropolitana parece predominar al hablar de la continuidad
urbana y región al referirse a la interdependencia funcional. El Plan Estratégico Metropolitano
Región Rosario,15 diferencia claramente área de región definiendo a esta última como un ámbito
urbano rural que se estructura en torno a la ciudad central y se articula con otros centros urbanos
que cuentan con mercados de trabajo y ámbitos comerciales propios, vinculados al centro.
Incluye municipalidades alejadas de la de Rosario. Es el ámbito de las infraestructuras y
actividades económicas regionales vinculadas.16 En efecto, actualmente comprende 54 municipios
y comunas.17
Al área metropolitana de Rosario se la delimita siguiendo criterios distintos.18
Continuidad urbana: Desde este punto de vista, el área comprende las diez ciudades de Capitán
Bermúdez, Fray Luis Beltrán, San Lorenzo, Granadero Baigorria, Puerto General San Martín,
Funes, Roldán, Pérez, Soldini, Rosario y Villa Gobernador Gálvez, con una población que
asciende a 1.161.188 habitantes19 y que se corresponde con el Gran Rosario.
Ámbito territorial integrado por centros conurbados que funciona como unidad de
mercado de trabajo con flujos cotidianos que entran y salen predominantemente de la ciudad.
Incluye al aglomerado Gran Rosario y su extensión metropolitana constituida por las localidades
de Ibarlucea, Soldini, Alvear, Pueblo Esther, General Lagos y Arroyo Seco. Esta es la definición
adoptada por el Plan Estratégico Metropolitano Rosario (PEM).
Integración geográfica y funcional: Siguiendo este criterio, incorpora todos los
municipios y territorios que se encuentran en interacción desde el punto de vista económico,
social o cultural. En este caso, la delimitación es más compleja ya que la propia dinámica del
desarrollo regional puede ir variando los límites geográficos del conglomerado. Pero así como
faltan las definiciones por comprensión, tampoco son precisas las definiciones por extensión. Lo
anterior, porque el consenso no es demasiado eficaz al momento de operacionalizarlo.
En una primera aproximación, el área quedaría delimitada por 47 localidades existentes
en un arco de aproximadamente 50 a 60 kilómetros alrededor de la ciudad de Rosario. Parte de la
ciudad de Villa Constitución, pasa por las localidades de Acebal, Casilda, Carcarañá y finaliza en
14

15
16
17

18
19

Tanto en leyes provinciales (por ejemplo la ley 2499 de transporte colectivo de pasajeros) como en
documentos técnicos de la Municipalidad de Rosario (diferentes versiones del Plan Estratégico
presentadas en reuniones internacionales).
El PEM se crea en diciembre del 2003.
Plan Estratégico Metropolitano Región Rosario, 2004.
La demarcación de la región metropolitana incluye los siguientes municipios y comunas: Acebal,
Albarellos, Aldao, Alvarez, Alvear, Armstrong, Arteaga, Arroyo Seco, Cañada de Gomez, Capitán
Bermúdez, Carcarañá, Carmen del Sauce, Casila, Correa, Coronel Arnold, Coronel Bogado, Coronel
Domínguez, Chabás, Figuiera, Empalme Villa Constitución, Fray Luis Beltrán, Fuentes, Funes, Gral.
Lagos, Granadero Baigorria, Ibarlucea, Lucio V. López, Luis Palacios, Oliveros, Pavón, Pavón Arriba,
Pérez, Piñero, Pueblo Andino, Pueblo Esther, Pueblo Muñoz, Puerto Gral. San Martín, Pujato,
Ricardone, Roldán, Salto Grande, San Jerónimo Sud, San Lorenzo, Santa Teresa, Serodino, Soldini,
Timbúes, Totoras; Uranga, Villa Amelia, Villa Constitución, Villa Eloisa, Villa Gobernador Gálvez,
Villa Mugueta y Zavalla.
Existe un consenso bastante extendido entre organismos públicos, ámbitos académicos e instituciones
técnico–políticas respecto a los dos primeros criterios.
Resultados definitivos del Censo de Población y Vivienda de 2001. Estas mismas localidades son las
que el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) utiliza para la Encuesta Permanente de
Hogares que nos permite conocer las características socioeconómicas de la población.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Puerto San Martín, limitando al este con el río Paraná. Con una población de 1.400.852
habitantes, aproximadamente.
Hay aún otras opciones en uso: para ONG ambientales el área metropolitana comprende
16 gobiernos locales.20 Existe una difundida lista –no fundamentada, pero reiteradamente
empleada– de un área metropolitana de 35 localidades21 y, sobre todo –aunque por lo general se la
omite, es la única con valor legal–, la definición hecha por la Provincia de Santa Fe recientemente
actualizada,22 que incluye en el Gran Rosario 20 gobiernos locales.23
Asimismo existe el acta de compromiso metropolitana24 suscrito el 29 de noviembre de
2001 por Intendentes y Presidentes Comunales de la Región de Rosario, en el marco del Plan
Estratégico Rosario y por el Gobernador de la Provincia de Santa Fe.
Fue firmada por los intendentes de los municipios de Rosario, de Villa Constitución, de
Pérez, de Villa Gobernador Gálvez, de Cañada de Gómez, de San Lorenzo, de Granadero
Baigorria y los presidentes de las comunas de Timbues, de Uranga, de Ibarlucea, de Alvear, de
Fuentes, y de Pueblo Muñoz, es decir ocho gobiernos municipales y seis comunales.
A través del acta se comprometen a apuntalar el desarrollo de las iniciativas
institucionales de carácter metropolitano que ya están en funcionamiento; conformar comisiones
de trabajo conjuntas por problemáticas específicas y soluciones comunes; convocar a los sectores
de la sociedad civil del área metropolitana a participar activamente de este proceso y por último
concretar las nuevas reglas e instancias institucionales que permitan conseguir los objetivos
planteados. Como puede apreciarse en esta iniciativa están ausentes algunos municipios linderos
a la ciudad de Rosario como son Funes, y Roldan hacia el oeste y hacia el norte los municipios de
Capitán Bermúdez y Fray Luis Beltrán y hacia el suroeste la comuna de Soldini, todos ellos
presentes en el primer criterio de continuidad urbana.

20

21

22
23

24

Rosario, Granadero Baigorria, Capitán Bermúdez, Fray Luis Beltrán, San Lorenzo, Puerto General San
Martín, Ibarlucea, Funes, Roldán, Zavalla, Pérez, Soldini, Villa Gobernador Gálvez, Alvear, Lagos, y
Pueblo Esther El mismo criterio es sustentado por Floriani, Martínez de San Vicente et al (2002) y por
la propuesta de “extensión metropolitana” planteada en Caballero y otros. (1991).
Puerto General San Martín, San Lorenzo, Fray Luis Beltrán, Capitán Bermúdez,, Roldán, Carcaraña,
Villa Gobernador Gálvez, Granadero Baigorria, Funes, Pérez, Arroyo Seco, Villa Constitución, Casilda,
Alvarez, Fighiera, Piñero, Acebal, Albarellos, Coronel Bogado, Coronel Domínguez, Uranga, Ibarlucea,
Soldini, Alvear, Pueblo Esther, Gral. Lagos, Ricardone, San Jerónimo, Pavón, Empalme Villa
Constitución, Villa Amelia, Pueblo Muñoz, Cármen del Sauce, Pujato, Zavalla.
Ley provincial 12.211 de 2003 modificatoria de la ley provincial 10.975.
Rosario, Puerto General San Martín, San Lorenzo, Fray Luis Beltrán, Capitán Bermúdez, Granadero
Baigorria, Funes, Roldán, San Jerónimo, Carcarañá, Villa Gobernador Gálvez, Alvear, Pueblo Esther,
General Lagos, Arroyo Seco, Pérez, Zavalla, Soldini, Ibarlucea y Piñeiro.
El caso de la provincia de Santa Fe presenta las siguientes particularidades: todo el territorio provincial
está dividido en unidades político–territoriales llamadas comunas. Cada comuna cuenta con zonas
urbanas (llamadas localidades) y zonas rurales. Las comunas de más de 10.000 habitantes pasan a tener
rango de municipios. En este momento Santa Fe cuenta con 363 comunas, de las cuales 48 son
municipios. Los municipios de mas de 200.000 habitantes son considerados municipios de primera
categoría (en esta clasificación sólo entran Rosario y Santa Fe), mientras que los municipios que tienen
entre 10.000 y 200.000 habitantes son municipios de segunda categoría. Según datos del INDEC, de
los 2.798.422 habitantes de la provincia, el 78,89% (2.207.542) reside en municipios y sólo el 21,11%
(590.880) en comunas. Los municipios de la Provincia de Santa Fe no son autónomos; esto limita
considerablemente la capacidad de acción de los mismos fundamentalmente por una cuestión de
incapacidad para generar recursos tributarios propios y poder contraer deuda externa.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Las reuniones de intendentes y presidentes de comunas de la Región Metropolitana,
lideradas por la vicegobernadora de la Provincia de Santa Fe, y que integran más de 50
municipios y comunas que han comenzado a trabajar juntos a partir de febrero de 2004. Las
reuniones se realizan cada 15 días en una pequeña comuna diferente y cada 6 meses se vuelve a
realizar en la misma comuna.25
La delimitación es importante (y más en las AM) por varias razones: “tiene una
prominente significación no sólo en términos políticos y legales, sino también desde el punto de
vista socioeconómico y cultural”.26 Los límites político–administrativos desempeñan diversas
funciones geográficas, políticas y cognitivas (entre otras, sirven de base para pensar en los lugares
de forma diferenciada y constituyen el primer paso para obtener información sobre esos lugares y
a partir de allí tomar un conjunto de decisiones), que suelen olvidarse con mucha frecuencia en
esta materia.
Muchas veces, debido a la persistencia en considerar a las regiones como entidades
‘reales’ (por razones medioambientales, socio–históricas o estrictamente naturales) e
independientes de la acción intelectual de regionalización de un recorte geográfico previamente
dado por las entidades político administrativas ‘resultantes de una delimitación arbitraria’, se
llegaba con frecuencia a la conclusión de que “tales entidades y sus límites solo existirán en los
mapas, y no produciría ninguna manifestación objetiva en la geografía material de las áreas
consideradas”.27
Hay una cuestión más de fondo y es que parecería que muchas veces se ha diluido la
distinción entre un fenómeno urbano y una jurisdicción, “de ejecución, contralor, fiscalización,
gestión, administración, gobierno, representación o coacción”,28 con la que no necesariamente
coincide.
El olvido de que los límites municipales de la provincia de Buenos Aires definían
espacios individualizados de acumulación política explica gran parte de los fracasos reiterados de
los sucesivos intentos de organización del AM de Buenos Aires.
Delimitar es una tarea compleja, y si bien la integración política atrae más polémica que
la integración funcional, cuando se buscan homogeneidades físicas o identidades comunitarias,
casi nunca se logra el fin propuesto. Pasó, entre muchos ejemplos internacionales y en particular
argentinos, en la provincia de Santa Fe con los arduos estudios para redefinir las regiones
sanitarias y educativas mediante una Comisión Interministerial.29 También ocurrió en la
Municipalidad de Rosario al intentar delimitar los distritos a los fines de la descentralización
donde, finalmente, se recaló en límites tradicionales (de las seccionales policiales y luego
electorales, que también conforman los distritos censales) a pesar que a partir de ellos se agregó
una interpretación dinámica que incorporó otros factores. Es que la postura anti–límites
administrativos se fractura de inmediato al intentar límites técnicos aún para un solo servicio,
pues deben compatibilizarse varios criterios generales: que logren eliminarse las externalidades
significativas, que se tienda al mínimo del costo unitario de la producción, que se provea

25
26
27

28

29

Comunicación verbal del secretario de obras públicas del municipio de Granadero Baigorria.
Kowalczyk A., 1999.
Quintero Palacios V. S, Esto no significa en absoluto compartir la tradición ecológica urbana de Park,
Burgess, etc. y cierto determinismo geográfico. De lo que se trata es de no olvidar que los límites
existen no sólo en el papel y que producen efectos de porte.
Esta distinción, poco frecuente pero ciertamente atinada, la formula Escolar M. en Territorios de
dominaçao estatal e fronteras nacionais: a mediaçao geográfica da representaçao e da soberania política
en M. Santos et al., O novo mapa do mundo. Fim de século e globalizaçao, 1993.
Alguno de cuyos miembros terminó formulando propuestas alternativas por separado.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

accesibilidad política para servicios donde ella sea importante y que se facilite el planeamiento, lo
cual supone la existencia de estadísticas, y la coordinación de toda el área a la vez.
El ejemplo de la difícil convivencia entre estas pautas aún para un solo servicio que dio
Heilbrun30 hace más de un cuarto de siglo fue precisamente el de la vivienda: en su opinión, la
accesibilidad política es importante en el caso de viviendas públicas, indicando la conveniencia
de pequeñas jurisdicciones, pero las políticas de la vivienda deberían planearse con base regional,
lo que indica la necesidad de una sola jurisdicción metropolitana.31
En este trabajo y por razones netamente operativas, utilizaremos el primer criterio
planteado de continuidad urbana, integrado por diez municipios colindantes al municipio de
Rosario. Las razones prácticas se fundan en la existencia de datos estadísticos de origen censal
para lo que el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos denomina el Gran Rosario,
fundamentales para intentar un acercamiento a la caracterización del área metropolitana, su
diagnóstico y la posibilidad de tomar decisiones.
En la medida que en este trabajo también se tratará de evidenciar las modalidades
particulares en que el proceso de reestructuración productiva ha afectado la estructura urbana,
parece significativo contar con datos que ilustren el devenir del AM de Rosario en tanto centro
industrial, comercial y financiero de la región productiva agrícola–ganadera más importante del
país, y que, sin embargo, ha padecido un fuerte proceso de desindustrialización en los últimos
catorce años, generando una elevada desocupación.

2.

Hacia una construcción metropolitana

En la tradición argentina sobre AM la tendencia monocéntrica tuvo peculiaridades específicas. De
las cuatro dimensiones ‘clásicas’ del problema metropolitano (externalidades, no–responsabilidad
política, falta de coordinación e inequidades fiscales y de servicios)32 sólo la tercera se encontró
en el centro de las preocupaciones33 y muy tenuemente la cuarta.
Convergieron aquí dos tradiciones: la del planeamiento clásico y la de los valores
militares. El planeamiento trabajó sobre la base de los supuestos urbanísticos de J. Giraudox,34que
bordeaban el determinismo físico35 y que al pasar a las AM justificaban la dura observación de
Jacobs:36 “entre muchos expertos urbanos está hoy muy extendida la creencia de que sus
problemas –que ya están fuera del alcance de la comprensión y control de urbanistas y otros
administradores– pueden resolverse mejor ensanchando aún más los territorios y los problemas en
cuestión, es decir, abordándolos de una manera aún más ‘amplia’. Esto no es más que una forma
de escapar a un desamparo intelectual total. Una región –ha dicho alguien obtusamente– es un
área seguramente más grande que la última a cuyos problemas no encontramos solución”.
Atribuyendo a la ausencia de planificación todos los fracasos urbanos, la lucha por
imponer un cierto tipo de racionalidad a la realidad formó parte de una contienda general entre ‘el

30
31
32
33
34
35
36

Heilbrun J., 1977.
Hoy, a casi treinta años, los criterios siguen vigentes.
Lineberry, R. 1990.
Pero más como fragmentación o ‘balcanización’.
Discurso liminar sobre el nuevo urbanismo (a partir de la Carta de Atenas) publicado con gran eco en
Buenos Aires en 1950.
Entre ellos: ‘la arquitectura preside los destinos de la ciudad’, ‘el azar cederá ante la previsión, el
programa sucederá a la improvisación’ y ‘cada caso será inscripto en un plan regional’.
Jacobs, J. 1973.

12

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

orden’ y ‘el caos’; en palabras de una de sus exponentes:37 “en lo que va de este siglo, abogar en
favor de una visión unificada de la ‘ciudad madre’ con el conurbano que se ha generado en torno
de ella ha sido una larga prédica del urbanismo, y ello encontró su instrumentación en algunas de
las metrópolis mundiales que se consideran conducidas con eficacia”.
Esta tradición se potenció con la segunda: la de los valores y técnicas militares, durante
cuyos gobiernos se hicieron los ensayos más ambiciosos. Esta matriz tradicional tiene
consecuencias metodológicas y prácticas: se realizan afirmaciones dogmáticas, sin mayor
elaboración ni fundamentación empírica y con una notoria ausencia de actores sociales tanto en el
diagnóstico como en la definición de rumbos futuros. En el caso de las AM, los límites
funcionales, móviles e imprecisos y poco aptos para ser tomados como referencia a la hora de
delimitar política y administrativamente, tienen además una tendencia a desplazarse indefinida– y
exponencialmente, en una especie de ‘fuga hacia adelante’ que en este caso se concreta en una
fuga de gran onda expansiva ‘hacia arriba y hacia fuera’.38
Los efectos prácticos fueron que de los más de 250 planes territoriales y 400 planes
urbanos formulados en el país hasta 1982, la abrumadora mayoría terminó guardada en un cajón
sin ninguna otra consecuencia.39
Rosario no escapó a estos rasgos nacionales generales. Así, el Plan Bouvard de 1911 y el
Plan de Guido, Farengo y Della Paolera de 1935 ni se aplicaron ni generaron consenso en la
sociedad rosarina. Debe esperarse hasta el Plan Rosario de 1954 para encontrar un principio de
ejecución parcial con la Ordenanza 1030 que impone obras al trazado urbano pero que fue
derogado al poco tiempo por ley de 1958.40 El Plan de la Prefectura del Gran Rosario de 1972 es
considerado hoy un ‘antecedente insoslayable’ del actual debate sobre el AM.
Fue sin duda el esquema más avanzado de una visión metropolitana con un sistema
inédito en el país; pero vinculado al planteo militar planificador de 1967. Antecedentes como el
convenio intercomunal de ese año y el funcionamiento posterior de la asamblea de intendentes,
que tomó resoluciones, deben analizarse en ese contexto, debido a que se trataba básicamente de
acuerdos entre funcionarios de hecho designados a dedo por la misma autoridad y sin control ni
participación popular de ningún tipo. El arreglo duró hasta 1976 (es decir, tuvo legitimación
democrática en sus últimos tres años).
Con el fracaso del sistema nacional de planeamiento impuesto desde arriba, el esquema
quedó sin apoyo y se fue diluyendo. Pero esta tradición de la planificación, eminentemente física,
rígida, centralizada y hermética, que descansaba sobre grandes inversiones estatales en obras y
servicios y que terminó en la más completa inoperancia, se rompe por completo en el actual
debate rosarino sobre su AM41 que presenta aspectos que lo diferencian notablemente:
a) Se incluyen como sujetos propuestos a los municipios y comunas del AM, y, a
partir de sus nuevos roles: “el municipio prestador, hacedor, controlador y
37
38

39
40

41

Suárez,O (que fuera una participante activa de casi todos los proyectos sucesivos de planificación.),
1986.
Un caso límite ocurrió con el Sistema Nacional de Planeamiento en 1967, donde la región metropolitana
de Buenos Aires se extendió de 19 a 57 partidos y, a través del denominado ‘eje metropolitano’,
terminaba incluyendo a la propia Rosario. Quedaba sin respuesta la pregunta sobre qué se suponía debía
hacerse al respecto desde la perspectiva del gobierno y la administración.
El cálculo fue hecho por un destacado urbanista y puede encontrarse en Cassagne J. C y otros., 1983.
La corta vida de la experiencia se debió más que a las limitaciones del Plan –que las tenía– a las duras
divisiones políticas de la época. Con el Plan Regulador de 1967 –gestión de facto– la ordenanza 1.030
recobra vigencia.
Venecia JC, Madoery O, Floriani H, Martínez de San Vicente, Rosario Metrópolis y Región. Ciclo de
estudios y reflexión de la Bolsa de Comercio y de la Fundación Instituto de Desarrollo Regional, 1999.

13

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

recaudador es insuficiente, hoy debe coordinar, promover, facilitar y sobre todo
conducir; es un estado municipal con nuevas responsabilidades, imaginativo,
propiciador de oportunidades, debe buscar la concertación y participación; por su
parte la sociedad debe dejar su rol pasivo y de reclamos y pasar a un efectivo
protagonismo”.42
b) Partiendo de una autocrítica sobre que las regiones en Argentina han sido
pensadas desde ‘arriba’ con fines estadísticos–administrativos o bien como
cuestiones técnico–disciplinares, el Plan Estratégico Rosario (PER) de 1998,43se
aleja de esas visiones al considerar a la ciudad de Rosario como una ‘región
pivotal’ que participa de una ‘región virtual’ (Merco ciudades, red de ciudades de
la Región Centro, etc.).
c) La superación completa del paradigma del desarrollo polarizado, tomando
numerosos elementos de la visión del desarrollo endógeno (incluyendo el
desarrollo difuso y el desarrollo desde abajo).
d) Lo que es más importante desde el punto de la gestión, el debate sobre el tipo de
organización a buscar para el AM, se plantea de manera simplificada agrupando
todas las opciones posibles en dos: vertical, top–down o supramunicipal; o bien
horizontal, bottom–up o intermunicipal, existiendo consenso generalizado, oficial
y privado, a favor de esta última alternativa. Este punto es decisivo. Los otros
ejes de discusión se refieren a los cometidos de la nueva instancia y a su forma
institucional concreta.
Con respecto a los cometidos el actual Plan Estratégico Metropolitano (PEM) se propone
trabajar con lo que define como región metropolitana44 y en tres aspectos:
•

Identificar los temas críticos para la construcción del futuro del territorio.

•

Generar orientaciones estratégicas de actuación estableciendo los ejes de
actuación prioritaria.

•

Formular acciones.

Para ello ha definido ejes de actuación:
•

42
43
44

El territorio metropolitano: su base física y ambiental, cómo se estructura, se conduce y
cómo se proyecta en otros espacios.

Barbosa M.C. y Salinas, M.E., 2000. Se cita esta fuente por su economía de texto.
Vigente y fundamento de todos los debates actuales y del Plan Estratégico Metropolitano Región
Rosario.
La región metropolitana del Gran Rosario no posee una demarcación territorial preestablecida, a través
de fronteras jurídico–administrativas, sino que responde a dinámicas metropolitanas que se desarrollan
en el territorio y se extienden por varios departamentos: Rosario, Constitución, San Lorenzo, Caseros
Iriondo, Belgrano y el área sur del departamento de San Jerónimo. Sus principales características son:
• Tiene una pluralidad de centros urbanos, si bien la preponderancia del municipio central es muy
fuerte (alrededor del 80% de la población metropolitana reside en la ciudad de Rosario).
• Existe una complejidad morfológica y funcional, y cuenta con recursos naturales comunes.
• Existen semejanzas en las demandas sociales y culturales de sus habitantes.
• Existe una vinculación de sus actividades productivas, que afrontan los mismos desafíos
competitivos.
• Sufre un desborde jurisdiccional, porque el fenómeno metropolitano se despliega en un territorio
sobre los confines político–administrativos que surcan el territorio microregional. Luciano
Durand, María Eugenia Schmuck (s/f).

14

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

•

El sistema productivo regional: sus perfiles, sus dinámicas, sus dificultades y sus
potencialidades.

•

La sociedad metropolitana: su composición, sus características, sus actores y sus lógicas
de interacción.

•

Las instituciones para el desarrollo: sus características, sus roles, sus alcances y
limitaciones.
Los objetivos que orientan este proceso de planificación son:

•

Integrar las diversas realidades territoriales al proceso de toma de decisiones de las
políticas públicas para poder valorizar los recursos comunes y enfrentar los grandes
temas metropolitanos.

•

Fortalecer la gestión local de cada municipalidad y comuna de la región; y lograr la
coordinación interinstitucional para la gestión metropolitana de políticas públicas.

•

Construir un sistema de gestión para el área metropolitana con medios para reunir y
analizar la información, atender a las necesidades del área y tomar decisiones que
permitan superar sus problemas.

•

Promover un proyecto político regional que contribuya a generar condiciones para un
desarrollo equitativo, competitivo y sustentable.

En la práctica, por ejemplo, si bien la Municipalidad de Rosario y el PEM en particular
articulan la visión metropolitana con respecto a las grandes obras de infraestructura, no hay aún,
análisis técnico–académicos en el debate desde la gestión sobre los mecanismos de integración
vertical ni sobre los arreglos innovadores que las hacen funcionar.
Para ello no hay nada más claro que un ejemplo muy reciente que es el del Plan
Circunvalar que tiene una Unidad de Gestión Nacional (en el Ministerio de Planificación Federal
– Resolución 203/2004), y que se ha constituido en junio del 2004, a partir de una reunión en la
Región con el Gobernador de la Provincia y los intendentes y presidentes comunales de la región
metropolitana. Se trata de la generación de un anillo de transferencia de cargas que limite el
acceso de los convoyes ferroviarios hasta la actual traza de la Ruta Nacional AO 12 que
circunvala la ciudad de Rosario y propone la construcción de una traza ferroviaria de 70
kilómetros, de doble trocha, que une la localidad de Pueblo Esther (al sur de Rosario) con la
ciudad de San Lorenzo (al norte), paralela a la Ruta Nacional AO 12, que será transformada en
autovía. Lo interesante de este caso es que si bien se trata de un proyecto regional que debiera ser
manejado localmente, la unidad de gestión es de nivel nacional lo cual demuestra que si bien se
pueden generar proyectos de infraestructura metropolitana, los mecanismos de gestión no siguen
los mismos destinos.
Los municipios de la región Rosario se han reunido recientemente en Cañada de Gómez,
presididos por la vicegobernadora, para fijar, junto a la provincia, las prioridades de
infraestructura. Una idea de la importancia del actor provincial en la materia la da el hecho de que
a mayo de 2004 el Ministerio Provincial de Obras y Servicios Públicos focalizaba
aproximadamente el 60% de su inversión sólo en Rosario.

15

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

II. Algunos elementos para la ubicación en el
contexto del área metropolitana de Rosario

1.

Ubicación del área metropolitana de Rosario

Rosario se encuentra ubicada estratégicamente sobre la margen derecha del río Paraná, en el
extremo sudeste de la provincia de Santa Fe, a 300 Km. de la ciudad de Buenos Aires (capital de
la Nación) a 400 Km. de la ciudad de Córdoba, a 210 Km. de la ciudad de Paraná y a 180 Km. al
sur de la ciudad de Santa Fe (la capital de la provincia), en el corazón de la Pampa Húmeda, la
región más fértil y densamente ocupada de Argentina.
Además queda claro que el AM de Rosario se integra de manera diversa en otro
agrupamiento de dimensiones geográficas distintas, que es la Región MERCOSUR como una de
las experiencias de integración económica regional más interesantes y dinámicas. Constituye de
esta manera una extraordinaria posibilidad de mejorar la posición relativa de los países del Sur de
América Latina, con relación a los bloques económicos del Norte. Es también un mercado
emergente expandido, donde las oportunidades de negocios se multiplican a partir de una política
comercial externa común y políticas internas crecientemente convergentes.
•

Como punto focal de desarrollo, el AM de Rosario está a la vanguardia en el proceso de
integración regional.

•

Desde el punto de vista económico apunta a constituirse en centro de comunicaciones y
logística del tráfico bioceánico.

2.

Algunos rasgos dominantes del AM Rosario
2.1

Población

La provincia de Santa Fe tiene 2.998.422 habitantes (Censo 2001), lo cual representa el 8,3% de
la población del país. El ritmo de crecimiento poblacional de Santa Fe ha sido inferior (0,69%
anual) al del conjunto del país (1,05%), mostrando una tasa descendente que se viene dando entre
los años l980–l991 cuando la tasa de crecimiento era de 1,10%. Este resultado puede relacionarse

17

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

con el nivel de la tasa de natalidad provincial, que se ha mantenido por debajo de la tasa
promedio nacional, y con saldos migratorios negativos durante la última década. La provincia se
caracteriza por un índice de urbanización alto (88.2%), sólo levemente inferior al del total del
país (89,3%).
El aglomerado del Gran Rosario representa el 39% de la población provincial y es el
principal centro urbano de la provincia; la ciudad de Santa Fe es la capital de la provincia.
CUADRO 1
POBLACIÓN POR LOCALIDAD DEL ÁREA METROPOLITANA DE ROSARIO
Localidad

Población

1980
Funes
Granadero Baigorria
Pérez

6 963
15 724
16 741

Rosario
Villa Gdor Galvez
Roldán
Capitán Bermúdez
Fray Luis Beltrán
Pto.Gral San Martín
San Lorenzo
Soldini
Gran Rosario

797 340
50 589
7 901
23 114
9 100
7 412
34 531

1991
8 270
22 128
20 604

2001

Porcentaje
crecimiento
intercensal
1980– 1991–
1991
2001

14 552
32 249
23 578

30
40
23

76
47
17

907 575
908 163
63 273
74 658
9 013
11 252
25 944
26 914
11 957
14 293
8 906
10 500
41 332
1 583
1 990
1 118 905 1 161 188

13
25
19
14
31
18
19

0,05
18
25
3,7
21
26
6
26
3,77

Fuente: Censos Nacional de Población 1991 y 2001.

En términos generales el crecimiento en la última década del AM Rosario no es muy
elevado; se observa una desaceleración que debe asociarse a la desindustrialización (cierre de
empresas), perdida del atractivo migratorio del conglomerado urbano por la inexistencia de
puestos de trabajo, el alto nivel de desempleo y una menor fertilidad propia de los centros
urbanos más importantes de la jerarquía urbana.
Los altos crecimientos que expresan algunas de las localidades que integran el AM, en
particular Funes y Granadero Baigorria cuyo uso primordial es residencial de fin de semana,
aunque en este último bastante menos que en el primero, pareciera deberse a la presencia masiva
de las familias durante el operativo censal del año 2001.45
A estos datos hay que agregarle que la mayor concentración de personas se produce entre
los del grupo de 20 y 24 años, y que se observa una fuerte declinación de la base de la pirámide
de población.

45

Explicación sugerida por la Arq. Martínez de San Vicente.

18

CEPAL – Documentos de proyectos

2.2

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Evolución reciente del mercado de trabajo (1998–2004)

El producto bruto geográfico (PBG) del área metropolitana de Rosario, participa con,
aproximadamente, el 45 por ciento de la producción total de la Provincia de Santa Fe, y del 5%
del producto bruto interno nacional.
El AM de Rosario presenta una estructura productiva diversificada. El área es el ámbito
económico y productivo más importante de la provincia de Santa Fe, donde se localiza la
principal área industrial de la provincia. El área industrial de Rosario–Villa Gobernador Gálvez
tiene una producción diversificada que concentra, entre otras, actividades relacionadas con la
industria metalmecánica y alimenticia. La industria alimenticia representa el 21% de la actividad
industrial, vinculada con la producción agropecuaria. Le siguen en orden de importancia la
industria metalmecánica (18%) y la de maquinaria y equipos (10%) que experimentaron un
crecimiento con el desarrollo del comercio con el MERCOSUR, durante al década de los años
noventa. También se localizan en la ciudad y su zona de influencia empresas petroquímicas,
siderúrgicas, papeleras, madereras, textiles, plásticas y farmacéuticas, mientras en los últimos
tiempos está cobrando gran importancia el sector de desarrollo de software y servicios
informáticos. Este perfil productivo le ha conferido a la industria un peso significativo en la
estructura sectorial del empleo, en tanto que la menor gravitación del empleo público contribuyó
para que el sector terciario (en el que se destacaban servicios tan diversos como los financieros y
los domésticos) tuviera un peso relativamente menor.
El AM de Rosario cuenta con el complejo aceitero más importante del país. Este
complejo representa el 50% de la capacidad de molienda, el 68% de las exportaciones de aceites
vegetales del país, el 85% de los embarques de subproductos y el 47% de los embarques de
granos. Las exportaciones de granos, aceites y subproductos oleaginosos del sistema portuario del
Area Metropolitana de Rosario totalizaron 37.490.065 toneladas en el año 2001.
También tienen gran importancia las industrias frigorífica y láctea. El área metropolitana
de Rosario posee el segundo mercado concentrador de hacienda vacuna del país y formador de
precios, mientras que la provincia concentra el 50 por ciento de las exportaciones de carne
bovina. En tanto, la cuenca lechera santafesina constituye la región productora más importante de
América Latina y el área de asentamiento de las principales industrias procesadoras de lácteos. La
producción anual en el año 1996 fue de 2.600 millones de litros, representando el 30,5% del total
nacional.
En lo que respecta a la industria metalmecánica, es una de las regiones del país con
mayor presencia de industrias de maquinaria agrícola (11% del total de empresas de la provincia).
En la provincia se producen más del 50% del total de máquinas agrícolas del país. La producción
de máquinas y herramientas agrícolas cubre todas las necesidades del sector primario y de la
industria procesadora de alimentos instalada en la zona. Se destacan, además, importantes
fábricas de tractores y cosechadoras que abastecen el mercado nacional e internacional.
El AM de Rosario genera el 53% del empleo de la provincia, concentrando el 62% de los
establecimientos industriales santafesinos, unos 3.670, que dan empleo a aproximadamente
63.000 personas y generan unos 1.000 millones de pesos de valor agregado.
En el año 2001 el 46% de las empresas de la zona son pequeñas y medianas y el 53% son
microemprendimientos a diferencia del año 1997 en el que los porcentajes eran del 63% y para
las micros del 36%. También cabe destacar la importante presencia de empresas grandes (General
Motors, Dupont, Cargill, ICI, Celulosa, Bunge, John Deere, Agrinar, entre otros), muchas de ellas

19

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

multinacionales, que se sitúan en el área metropolitana y que generan sólo el 15% del empleo. El
46% de estas empresas mantienen relaciones con el área metropolitana de Rosario.46

2.3

El empleo

El cuadro laboral del Gran Rosario muestra un proceso de deterioro que, de manera sintética, se
expresa en crecientes niveles de desempleo, precarización del empleo y en un empeoramiento de
las condiciones laborales hasta principios del año 2003, año en que la tendencia comienza a
revertirse muy lentamente.
En el año 2002, la tasa de empleo del Gran Rosario era del 31,4% En aquel contexto de
crisis, la destrucción de puestos de trabajo asalariados motorizó la caída del empleo formal y el
sector informal se mostró incapaz de apuntalar el empleo con ocupaciones de baja productividad.
El empleo del sector informal tuvo una evolución de signo negativo, aunque la caída fue
más moderada que en el sector formal. La reducción del empleo informal fue liderado por las
microfirmas y el personal doméstico, en tanto que el número de trabajadores por cuenta propia
informales creció en forma muy moderada. Este comportamiento del empleo fortaleció el peso
del sector informal que, en mayo de 2002, concentraba al 51% de la fuerza de trabajo ocupada en
el Gran Rosario.
CUADRO 2
POBLACIÓN DEL ÁREA METROPOLITANA DE ROSARIO. AÑO 2004

Económicamente
activa

Ocupada

Desocupada

Subocupada

44,3%

36,7%

17,2%

10,6%

Fuente: INDEC, EPH 2004.

En relación con este desempeño del mercado laboral se observa una leve declinación de
la tasa de asalarización, una reducción del empleo pleno y un aumento de la precariedad laboral
en el AM de Rosario. En 2002 el 34% de los asalariados de este aglomerado no tenía la cobertura
de la seguridad social.

46

Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Rosario en convenio con la
Municipalidad de Rosario, 2002, Diagnostico de la industria manufacturera Rosarina. Relevamiento
Productivo 2001.

20

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

GRÁFICO 1
EMPLEO, EVOLUCIÓN DE LA TASA DE DESEMPLEO SANTA FE, SANTO TOMÉ Y
GRAN ROSARIO, REGIÓN PAMPEANA Y TOTAL AGLOMERADOS, MAYO 1998 – 2002
Santa Fe y Santo Tomé

Gran Rosario

Total de Aglomerados

Pampeana

27,0
23,4

24,3

23,4
21,5

20,2
18,5

18,0

16,8

15,5
13,8

16,1
14,9

14,6

15,6

14,5

15,4

16,5

16,4

16,4

13,4 13,2

9,0

0,0
Mayo 1998

Mayo 1999

Mayo 2000

Mayo 2001

Mayo 2002

Fuente: SIEMPRO, en base a datos de la EPH, INDEC.

En 2002 Gran Rosario, con una población desocupada de alrededor de 132.000 personas
alcanzó la tasa de desempleo (24,3%) más alta de las hasta ahora conocidas,47 incluso superando
al total de aglomerados del país. (ver gráfico adjunto) El aumento de los trabajadores
desocupados fue el resultado de la destrucción neta de puestos de trabajo.
Este proceso comienza a revertirse muy lentamente a lo largo del 2003: la tasa de empleo
pasa de 34,2% (primer trimestre del año 2003) al 36,7% en el mismo trimestre del año 2004. La
subocupación decrece algo más del 16,2% (2003) al 10,6% (2004): y en estos cambios se observa
fundamentalmente la incidencia de los planes jefes y jefas. De este modo la tasa de desocupación
del Gran Rosario que ya había comenzado a descender en el año 2003 al 22,4%, baja en el año
2004 a un 17,2%.48
GRÁFICO 2
EMPLEO EVOLUCIÓN DE LA PROPORCIÓN DE ASALARIADOS PRECARIOS (SIN
BENEFICIOS JUBILATORIOS), SANTA FE Y SANTO TOMÉ Y GRAN ROSARIO, REGIÓN
PAMPEANA Y TOTAL AGLOMERADOS, MAYO 1998 – 2002
Santa Fe y Santo Tomé

45,0

Gran Rosario

Pam peana

Total de Aglomerados

39,8

40,0
35,0

36,7

37,0

37,9

37,3
35,2

34,0
32,0

39,0

37,9
35,9

34,7

39,0

38

36,5
34,3

38,4

34,3

31,2

30,7

30,0
25,0
20,0
15,0
10,0
5,0
0,0
Mayo 1998

Mayo 1999

Mayo 2000

Mayo 2001

Mayo 2002

Fuente: SIEMPRO, en base a datos de la EPH, INDEC.

47
48

Nueve años antes, en mayo de 1993 la tasa de desocupación alcanzaba el 10,9% que representaba unas
50.000 personas.
Encuesta Permanente de Hogares, INDEC, 2004.

21

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

La precariedad en el AM Rosario viene desde principios de los años noventa,
documentada en numerosas fuentes y alcanzando a un gran sector de mujeres trabajadoras. Como
se observa en el grafico adjunto, el empleo informal continua creciendo entre los años 1998 y
2002 y en el AMR alcanza la más alta proporción. La cuestión de los ingresos pasa a ser un tema
altamente preocupante.
Los empresarios, según encuestas publicadas en los diarios nacionales en abril del año
2004, no alientan expectativas de mayor empleo, a diferencia de la gran mayoría de los de las
otras AM’s argentinas. Los cambios empresariales pueden seguirse en los datos de la propia
Municipalidad de Rosario. En general, se han estancado, reducido o virtualmente extinguido los
textiles, la madera, las carrocerías, en tanto otros sectores se sostienen y hasta se expanden, como
los alimentos, la petroquímica y la elaboración de artículos eléctricos y equipos. El primer gran
ciclo agrícola fue completado con el de la soja, y la primera expansión industrial con la Refinería
de YPF ha sido sustituida en parte con la radicación de General Motors, en ambos casos como
‘locomotoras de punta’. La recepción general de estos fenómenos en el ámbito académico se
enlaza con la visión de la ciudad posfordista y el tránsito de la industrialización hacia la
terciarización.

2.4

Los ingresos laborales

La caída de los salarios nominales ha sido un rasgo recurrente del mercado de trabajo en estos
últimos años. En el AM de Rosario la declinación de las remuneraciones nominales fue del (–
49
19,5%). En mayo de 2002, el ingreso laboral medio real era de $381 en el Gran Rosario. La
evolución de los ingresos en términos reales da cuenta de un mayor deterioro del poder
adquisitivo: sólo en Rosario la pérdida fue del orden del 27%.
GRÁFICO 3
DESIGUALDAD DEL INGRESO, EVOLUCIÓN DE LA BRECHA ENTRE EL INGRESO
FAMILIAR DEL DECIL 10 Y DEL DECIL 1. SANTA FE Y SANTO TOMÉ Y GRAN ROSARIO
MAYO 1998 – 2002
Santa Fe y Santo Tomé

40,0

Gran Rosario
34,2

30,0

27,4
25,2
22,7
20,8

20,0

17,9

22,5
20,0

17,3

17,0

10,0

0,0
Mayo 1998

Mayo 1999

Mayo 2000

Fuente: SIEMPRO, en base a datos de la EPH, INDEC.

49

No alcanzaba los 100 dólares.

22

Mayo 2001

Mayo 2002

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

2.5

Pobreza50 e indigencia

En mayo del año 2002, el 45,7% de los hogares (420 mil) y el 56,4% de las personas (1,7
millones) de la provincia de Santa Fe se ubicaban por debajo de la línea de la pobreza. En tanto,
el 20,7% de los hogares y el 28,3% de la población no alcanzaban a cubrir con sus ingresos el
nivel mínimo de subsistencia, ubicándose en la indigencia. La evolución entre 1998 y el 2002 da
cuenta de una la agudización del problema de la pobreza en la provincia, muy especialmente si se
atiende al período comprendido entre mayo del año 2001 y mayo del año 2002, lapso en el que se
incorporan 160 mil hogares a la pobreza, es decir, casi un tercio de la cantidad total registrada
para esta última medición En la provincia de Santa Fe la proporción de población pobre e
indigente se ubica por encima de la media regional y es levemente superior a la del total nacional.
En el área metropolitana de Rosario, de acuerdo a datos del 2003 durante el primer
trimestre el 20,7% de los hogares y el 29,3% de las personas eran pobres; el 42,4% de los hogares
y el 54,6% de las personas estaba en situación de indigencia. Esta situación tiende a mejorar
durante el 2do trimestre de ese año, cuando el porcentaje de hogares indigentes asciende a 16% y
de las personas al 23,9%
CUADRO 3
GRAN ROSARIO – HOGARES Y POBLACIÓN: TOTAL Y CON NECESIDADES BÁSICAS
INSATISFECHAS (NBI) POR LOCALIDADES AÑO 2001
Localidades

Hogares
Total

Funes
Granadero Baigorria
Rosario
Va.Gdor.Gálvez
Capitan Bermúdez
Fray Luis Beltran
Pto Gral San Martín
San Lorenzo
Pérez

4 279

Con NBI
Nº

Población
total

Porcentaje

326

7,6

8 542 1 345
275 662 29 622
18 577 4 245
7 738 959
3 855 557
2 773 450
12 518 1 298
6 367 1 199

15,7
10,7
22,9
12,4
14,4
16,2
10,4
18,8

Con NBI
Nº

14 639

Porcentaje

1 360

9,3

32 163 5 967
900 182 121 570
74 550 19 672
26 898 3 711
14 366 2 474
10 798 1 987
43 199 5 322
24 327 5 568

18,6
13,5
26,4
13,8
17,2
18,4
12,3
22,9

Fuente: INDEC, 2004.
Nota: Entre este cuadro y el presentado más arriba sobre población total por localidades del Gran Rosario hay
una pequeña discrepancia en las cifras, (aproximadamente 1%) que se encuentra presente en la publicación
del censo de población del 2001.

Las NBI del año 2001 han bajado respecto a 1991 por la extensión de las redes de
servicio. En este sentido las NBI como indicador de nivel de pobreza, debe ser complementado
con la pobreza por ingresos. En efecto, en el caso de la ciudad de Rosario por ejemplo, en el año
1991 el 13,8% de la población tenía necesidades básicas insatisfechas, mientras que 10 años
después, había disminuido al 10,7%. El déficit de cloacas tuvo una reducción significativa del
22%, y se sustrajeron a la afectación 33.000 hogares; pero en el caso del agua es solo del 3,9 %.
La población en hogares con servicio de agua con conexión domiciliaria creció entre ambos
censos el 10%, lo que permitió incorporar al servicio a 100.000 personas.

50

Este punto se basa en datos de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH). A partir de información de
esta fuente y la del Censo 2001, se han estimado valores provinciales.

23

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

La conexión a la red cloacal, sigue siendo en la ciudad y el conurbano51 uno de los
principales déficit y en menor medida la conexión a la red de agua. Cotejando los datos de este
cuadro con las informaciones provistas por los funcionarios informantes algunas cifras parecen
subregistradas a la fecha de hoy. Por ejemplo en Granadero Baigorria, la población NBI asciende
aproximadamente a 8.000 (año 2003) y se distribuyen 2.100 planes sociales (jefas y jefes).
CUADRO 4
CIUDAD DE ROSARIO, GRAN ROSARIO Y PROVINCIA DE SANTA FE, HOGARES SEGÚN
HACINAMIENTO DEL HOGAR AÑO 2001
Localidad

Hogares (1)

Hasta 1,99
2,00 – 3,00
personas
personas por
por cuarto
cuarto
Santa Fe
872 132
730 015
106 015
(100%)
(83%)
(12%)
Gran Rosario
343 102
286 746
43 806
(100%)
(84%)
(13%)
Rosario
275 334
234 103
32 372
(100%)
(85%)
(12%)
Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población y Vivienda. 2001.

Más de 3,00
personas por
cuarto
36 102
(5%)
12 550
(3%)
8 859
(3%)

De acuerdo a los datos del cuadro 4, el 75% del hacinamiento crítico (más de tres
personas por cuarto) se concentra en la ciudad de Rosario y el 25% en el resto de las localidades
del área metropolitana. Excluyendo aquellas localidades que son fundamentalmente residenciales,
pareciera que este 25% se concentra en Gdor. Gálvez, San Lorenzo, Fray Luis Beltrán y
Granadero Baigorria.

2.6

La segregación

El AM de Rosario es una ciudad muy segregada en términos socioeconómicos: Si bien las
condiciones de vida de los pobres han mejorado un poco comparadas con las de hace un par de
años, la distribución de la pobreza no ha cambiado demasiado en los últimos años. En las áreas
urbanas donde la pobreza subsiste, se encuentran bajos niveles educacionales, subempleo, débiles
redes que abran acceso a nuevas oportunidades y una población estigmatizada por la violencia. La
pobreza no es sólo un rasgo que distingue a un municipio del otro sino que también es un factor
de diferenciación dentro de los municipios, donde coexisten sectores de extrema pobreza por un
lado y extrema riqueza por el otro.
Existen áreas muy consolidadas de la ciudad con buena infraestructura y equipamiento
pero con una población altamente empobrecida. En este sentido Peter Marcuse (1996) propone un
concepto interesante a partir de sus estudios sobre Nueva York que es el de la ciudad fragmentada
“quartered city” que resulta de útil aplicación en el caso del AMR. Es obvio que estas
afirmaciones remiten a la persistencia de una inequidad que tiende a aumentar la brecha y
distancia entre los grupos sociales, tal como puede observarse en el grafico sobre concentración
de los ingresos

2.7

Los asentamientos irregulares

Un indicador de niveles de precariedad lo constituye el índice de “Calidad de los materiales de la
vivienda” (CALMAT), diseñado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Para
el año 2001, en términos de la calidad de materiales de las viviendas, la ciudad de Rosario
presenta una situación comparativamente superior al conjunto del aglomerado y la provincia, con

51

La localidad de Ibarlucea, por ejemplo no posee cloacas y el 70% tiene agua potable.

24

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

un 12% de los hogares habitando en viviendas donde se presentan las situaciones de mayor
precariedad (correspondientes a los valores III y IV del índice CALMAT).
El 14% (46.973) de los hogares del AM de Rosario habita en viviendas ‘pobres’, en tanto
el índice Calmat III y IV a su vez refleja carencias. Existe una diferencia de un 2% respecto a la
ciudad de Rosario; es decir que sólo un 2% de esos hogares se encuentran en las localidades del
área metropolitana por fuera de Rosario.
CUADRO 5
CIUDAD DE ROSARIO, GRAN ROSARIO Y PROVINCIA DE SANTA FE. HOGARES POR
CALIDAD DE LOS MATERIALES DE LA VIVIENDA (CALMAT). AÑO 2001
Localidad

Hogares (1)

Calidad de los materiales de la vivienda
CALMAT I
CALMAT II (3) CALMAT III (4) CALMAT IV (5)
(2)

Santa Fe
Gran Rosario
Rosario

872 132
(100%)
343 102
(100%)
275 334
(100%)

509 399
(58%)
196 942
(57%)
169 256
(62%)

221 310
(26%)
99 187
(29%)
72 616
(26%)

114 685
(13%)
40 568
(12%)
28 880
(10%)

26 738
(3%)
6 405
(2%)
4 582
(2%)

Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2001.
(1)
Se excluyen los hogares censados en la calle.
(2)
CALMAT I: la vivienda presenta materiales resistentes y sólidos en todos los componentes constitutivos
(pisos, paredes y techos) E incorpora todos los elementos de aislación y terminación.
(3)
CALMAT II: la vivienda presenta materiales resistentes y sólidos en todos los componentes constitutivos
pero le faltan elementos de aislación o terminación al menos en uno de éstos.
(4)
CALMAT III: la vivienda presenta materiales resistentes y sólidos en todos los componentes constitutivos
pero le faltan elementos de aislación o terminación en todos éstos, o bien presenta techos de chapa de metal o
fibrocemento u otros sin cielorraso, o paredes de chapa de metal o fibrocemento
(5)
CALMAT IV: la vivienda presenta materiales no resistentes ni sólidos o de desecho al menos en uno de los
componentes constitutivos.

El 12% de los hogares del AM de Rosario representa unas 116.000 personas que
preponderantemente, el 90%, se hallan asentadas precariamente dentro del perímetro del
municipio de Rosario, incentivados por la existencia de una mayor oferta laboral en Rosario que
en el resto del conurbano52 y una disponibilidad central de tierras producto de la concentración de
las instalaciones ferroviarias, bienes de propiedad pública y las dinámicas complejas para manejar
este tipo de situaciones.
De acuerdo a datos proporcionados por el Servicio Público de la Vivienda, existen en
Rosario noventa y un asentamientos precarios con 19.246 familias que totalizan 96.196 habitantes
(ver plano de asentamientos precarios al final de este punto).
La localización espacial de los estos barrios responde a dos situaciones generales: o están
inmersos en la trama urbana consolidada ocupando intersticios de tierras vacantes (terrenos de
ferrocarriles, municipales, entre otros) o se desarrollan en la periferia urbana. Uno de los sectores
de mayor concentración de población residente en asentamientos irregulares es la denominada
troncal ferroviaria. En los terrenos ferroviarios de este sector, y en los aledaños a ellos se ubica
aproximadamente un cuarto del total de población que habita en asentamientos irregulares;
mientras que, en el año 1992, esa población representaba sólo un quinto del total.

52

En Granadero Baigorria existen asentamientos irregulares desde hace tiempo atrás. Se trata de Remanso
Valerio sobre la ribera y El Espinillo. Es una población predominantemente de pescadores asentados a
la vera del río.

25

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Estos datos están indicando que el corredor de la troncal ferroviaria se ha convertido en el
lugar de concentración del incremento poblacional de los asentamientos irregulares de la ciudad.
En áreas ferroviarias de la ciudad de Rosario, se ubican 20 asentamientos irregulares que
representan en términos poblacionales 6.857 familias, aproximadamente 30.000 habitantes, sobre
un total estimado de 96.196 personas que viven en estas condiciones. Solamente en el tramo
central de la troncal ferroviaria (vías del ex–F.C. Belgrano y áreas de villa Banana) se asientan
3.478 familias.
A la vez, en otras localidades del área metropolitana la desigualdad creciente entre
distintos sectores de la población se expresa en la existencia de «bolsones» dentro de la ciudad,
donde distintos indicadores confluyen para dar una pauta de la estrecha relación que existe entre
la condición social de la población53 y la calidad de vida urbana. Es posible identificar áreas
donde una presencia expresiva, no sólo de asentamientos irregulares, sino de hogares con
necesidades básicas insatisfechas se conjugan de modo dramático con carencias en la dotación de
infraestructuras asociadas a las dificultades de vinculación y/o accesibilidad
Los servicios con que cuentan por lo general los asentamientos, son irregulares. Casi
todos poseen energía eléctrica en las viviendas pero solo en un porcentaje pequeño son
instalaciones legales, con medidores. El resto son instalaciones clandestinas en situación precaria
y peligrosa para la mayoría de la población. Con el tema del agua es similar; casi todas las
conexiones son irregulares.
La vulnerabilidad y los riesgos ambientales que presentan el AM de Rosario son propios
de la pobreza urbana de las áreas metropolitanas: algunos asentamientos se encuentran
localizados en áreas de barrancas con problemas de erosión y peligros de derrumbes; otros están
al borde de arroyos altamente contaminados y con problemas de inundación por drenajes
insuficientes54 y otros en el Gran Rosario se encuentran asentados en áreas rurales carentes de
servicios de red. Casi todos carecen de sistema de desagües pluviales y la insuficiencia de las
redes hace que se encuentren aguas muy contaminadas en la superficie. Una constante es la
presencia de residuos sólidos, sea porque parte de la población se dedica al ‘cirujeo’ y está
directamente asentada sobre basurales a cielo abierto o bien porque los residuos no se disponen
correctamente y están desperdigados.
Estos asentamientos no han crecido significativamente en los últimos años:55 no hay
evidencia de nuevas migraciones hacia los asentamientos irregulares de Rosario, a excepción de
la migración toba de la Provincia del Chaco pero se trata de un proceso acotado. El
desplazamiento interno producido por el empobrecimiento en la última década de sectores de
clase media parece haberse detenido. No obstante pueden identificarse diferentes segmentos
sociales dentro de los asentamientos; que están perpetuados en esas condiciones porque no han
podido salir a lo largo de los años.
Además se encuentran aquellos que han llegado más recientemente que a su vez tienen
orígenes diferentes: están, los trabajadores con oficio que se ven obligados a optar por residir allí
53

54

55

El secretario de Obras Públicas del municipio de Gdor. Gálvez afirma que el 70% de la población del
municipio se encuentra bajo la línea de pobreza y que la mayor parte del presupuesto municipal se
dedica a contención social. Calculan unas 1500 familias viviendo en asentamientos, de los cuales más
de 4000 personas están asentadas sobre la costa del río; y unas 500 sobre los bordes ferroviarios.
El municipio de Rosario cuenta con un cuerpo legal que cubren una parte de estos problemas
ambientales; por ejemplo, la Ordenanza 4557/88 de regularización de uso del suelo en zonas de
inundación arroyo Ludueña y de Arroyo Saladillo y la complementaria nº 6288/96 que define una franja
de 80 metros a cada margen de los cursos citados con destino entre otros a espacios verdes y definiendo
a esos sectores como zonas destinadas al libre escurrimiento.
Información brindada por funcionarios del SPV.

26

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

y quienes huyen de la pobreza extrema. Si se toma en cuenta una encuesta realizada por el
Servicio Público de la Vivienda durante el año 2003 en una muestra representativa de hogares
que habitan en asentamientos precarios en la ciudad, el 64% de las familias compuestas por 4,27
miembros promedio, poseen ingresos menores a los 350 pesos mensuales.56

56

Equivalente a 120 dólares americanos por mes. Fuente: Relevamiento de asentamientos irregulares
realizado por el Servicio Público de la Vivienda –Programa Rosario Hábitat–, a partir de fines del año
2000.

27

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

III. Políticas de vivienda en el AMR

1.

Los actores de la producción pública, sus políticas y
programas

La producción habitacional del sector público concentra históricamente una proporción altísima
de su oferta en la ciudad de Rosario. Son escasas las operatorias orientadas hacia residentes de
otras localidades del AMR. Esta actuación involucra organismos de distintos niveles, que llevan
adelante varios programas, no siempre de manera coordinada o articulada.
A nivel nacional, el principal recurso ha sido desde la década de los años setenta el
FONAVI (Fondo Nacional de la Vivienda)57 financiando a la Subsecretaría de Vivienda del
Ministerio Federal de Infraestructura58como organismo responsable de la administración central.
57

58

El Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI) fue creado por la llamada Ley 19.929 de 1970 con el
objetivo expreso y general de contar con recursos genuinos para contrarrestar y disminuir el déficit
habitacional y posibilitar el acceso a una vivienda digna de los sectores de menores ingresos de la
población. En 1972, con la denominada Ley 21.581, se precisan y se enmarcan sus actividades del ente,
determinándose que sus recursos debían ser destinados a financiar total o parcialmente la construcción
de viviendas económicas para familias de recursos insuficientes y la ejecución de obras de
urbanización, de infraestructura y de equipamiento comunitario complementarias y asociadas a la
ejecución de los planes de viviendas predeterminados por las operatorias vigentes en cada momento. La
Ley 24.464 de 1995 incorpora el financiamiento para la compra de viviendas como un nuevo destino
posible de los recursos del Fondo y establece que, del total de recursos que recibe, cada jurisdicción no
podrá destinar más del 20% a la construcción de obras de infraestructura, servicios y equipamientos, en
la cuenta global anual. A lo largo de su historia el FONAVI ha mantenido sus objetivos, pero ha variado
la forma de financiamiento y de funcionamiento. La Ley 21.581 de 1972 establecía un financiamiento
basado en aportes sobre los salarios (5%), mantenido por la Ley 24.130 de 1992, ratificatoria del Pacto
Federal suscrito entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales (12/VIII/92). En 1995 (Ley
24.464), se introdujeron modificaciones sustantivas: otorgar más facultades a los Institutos Provinciales
de Vivienda1, mientras que en cuanto al financiamiento, se suspende la recaudación vía aportes sobre
las remuneraciones y se reemplaza por un porcentaje sobre los ingresos provenientes del Impuesto sobre
los combustibles, estableciéndose, a su vez, un mínimo mensual equivalente a $75 millones.
Que ha cambiado durante la última década varias veces de denominación y de dependencia funcional.
Actualmente, otro Ministerio (el de Desarrollo Social) tiene también competencias en la materia.

29

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Este sistema público de provisión demostró desde sus orígenes que constituía una respuesta
costosa e insuficiente frente al volumen del problema. El desembolso promedio mensual, con un
piso de 75 millones de pesos (equivalentes a la misma cifra en dólares) mensuales establecido,
determinaba un presupuesto anual mínimo de 900 millones de dólares, condición que en la
práctica no fue cumplida. A partir de 1995 se descentralizan totalmente los fondos FONAVI en
los Institutos Provinciales de Vivienda. Ello resintió aún más el funcionamiento de las estructuras
técnicas de la entonces Secretaría de Vivienda, impidiéndole actuar en el futuro en la
coordinación y monitoreo de las obras y desembolsos en ejecución.59 En el corto plazo, se
verificaron fuertes desvíos de los presuntos fondos específicos por parte de los gobiernos
provinciales a gastos corrientes. Sincerando esta situación el 17 de noviembre de 2000, ratificado
por la Ley 25400, se legaliza esa nueva práctica al autorizarse a las provincias a disponer
libremente del 50% del total de los aportes recibidos. En febrero del año 2001 se amplia esta
dispensa al 100% de los fondos percibidos, eliminándose paralelamente el piso anual acordado de
900 millones destinado a vivienda social y descendiendo el presupuesto 2002 a 594 millones. En
el presupuesto del año 2003 se redujo nuevamente a 400 millones con libre disponibilidad de los
fondos.
Puede consignarse la propia evaluación del actor nacional sobre sus políticas de
vivienda:60 “las acciones públicas en materia de política habitacional en la Argentina se han
caracterizado por ser poco estables, parciales y, en muchos casos, inconsistentes con otras
políticas del gobierno. Han sido también fragmentadas institucionalmente, incapaces de abordar
el problema habitacional de los grupos de menores ingresos en toda su magnitud, fomentando la
construcción de viviendas de costos incompatibles con la capacidad de pago de la población–
meta, o beneficiando a familias de niveles de ingresos superiores”, por citar algunos de los
principales problemas detectados.
El organismo central tiene hoy en su planta 15 personas y la percepción general de que el
FONAVI es un programa de subsidios a los sectores medios61 resulta particularmente chocante,
pues fue diseñado en su origen como un programa emblemático de gasto focalizado, y que el
Programa registra varias operatorias la mayoría mixtas,62 puede concluirse que el actor nacional
ha desaparecido virtualmente de la escena salvo en un rol de apoyo y financiación.63

59
60
61
62

63

Objetivamente esas tareas no fueron cumplidas, y menos aún con la descentralización.
Dirección de Gastos Sociales Consolidados, Ministerio de Economía de la Nación, Evaluación del
Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI), diciembre de 2000.
Opinión generalizada y reforzada por el Diálogo Argentino en 2002 para discutir la crisis argentina.
a) Demanda Libre: las destinadas a cubrir las necesidades de la población objetivo en general,
siempre
y
cuando
se cumplan los requisitos establecidos por cada jurisdicción.
b) Cofinanciadas: Son las operatorias que se financian y/o ejecutan conjuntamente entre el FONAVI
y organizaciones comunales o no gubernamentales. En este caso, los postulantes pertenecientes a
la demanda libre no pueden resultar adjudicatarios, ya que la entidad cofinanciante selecciona a
los beneficiarios entre sus asociados exclusivamente.
c) Descentralizadas: Son los planes de viviendas realizados en conjunto con los Municipios, donde
estos aportan el terreno y seleccionan a los beneficiarios.
d) Créditos Individuales: Por medio de estas operatorias, los interesados reciben préstamos que
invierten en la refacción o ampliación de sus viviendas.
e) Titularización: Las provincias que han decidido titularizar sus carteras hipotecarias son todavía
escasas. Esta operatoria se realiza en conjunto con el Banco Hipotecario Nacional y resultan las
más onerosas del sistema FONAVI.
El Gobierno ha lanzado actualmente un plan para construir 120 mil viviendas que se calcula empleará a
unas 360 mil personas, y que se anuncia culminará en 2006.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

En la década de los años noventa, si bien hubo un activo mercado inmobiliario,64 la
provisión privada siguió baja respecto a veinte años antes65 y el propio balance oficial de la
década es magro.66
En el ámbito nacional, a los esquemas tradicionales de producción “llave en mano” se
sumaron progresivamente en la década de los años noventa, otros esquemas de regularización
dominial y provisión de ‘lotes con servicios’ donde el rol público deviene en ‘habilitador’ o
‘facilitador’. El “Programa Arraigo”, de regularización de tierras nacionales, mejoramiento
habitacional e infraestructura básica, perteneciente al Ministerio de Desarrollo Social y Medio
Ambiente, promueve la construcción de viviendas por esfuerzo propio y ayuda mutua.
Esta labor la realiza con asistencia técnica de ONG y mano de obra de los propios, ha
tenido intervención sobre tierras de propiedad nacional,67 a través de la tramitación y entrega de
escrituras a sus habitantes así como de la ejecución de convenios de transferencia de tierras al
Programa Rosario Hábitat y La Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (DPVyU).
En el año 2002, el Plan Arraigo realizó las siguientes acciones en Rosario:
•
•

•

Completó el Programa de Escrituración individual. Se entregaron aproximadamente 300
escrituras.
Se firmaron dos convenios de transferencia al Programa Rosario Hábitat del Servicio
Público de la Vivienda (SPV) en Empalme Graneros y Villa Corrientes, con cargo y
quedaron en evaluación uno en Molino Blanco y otro en las Flores. Los ‘cargos’
incluyen: (1) pagar la tierra, (2) realizar relevamientos fiscales y sociales, mensuras,
proyectos urbanos; (3) construir vivienda y infraestructura; (4) venta a los pobladores.
Se encontraban en evaluación; i) la transferencia al DPUyV de los inmuebles con obras
ejecutadas con cofinanciamiento (Ludueña y Parque Casado); ii) la firma del convenio
con el colegio de escribanos de Rosario para la tramitación de 400 escrituras individuales,
iii) Convenio con la Defensoría del Pueblo con respecto a Cordón Ayacucho.

En la actualidad sólo continuarían las operaciones coordinadas con el programa
Rosario Hábitat. En el ámbito provincial, la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo
(DPVyU) delegación Rosario, es el órgano responsable de la política provincial. Cuenta, como
fue señalado, con los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI), descentralizados en
los institutos de vivienda provinciales. Cabe consignar que a partir de la descentralización, la
Provincia de Santa Fe, con uno de los más altos niveles de recuperos, pasa a estar entre las de
recuperos más bajos (entre 30 y 40%), con un descenso brusco en los montos para el período
1997–2002.68 En Rosario, el 79% por ciento de los adjudicatarios de planes FONAVI tiene una

64

65

66

67
68

El mercado del crédito para la vivienda creció a un ritmo anual de 12% real. Los saldos de créditos
treparon de un promedio de US$ 2.000 millones en los años 80 a US$ 8.000 millones en los 90 y
pasaron de 1% a 3% del PIB.
En el período 1971 / 75 se alcanzó la mayor producción histórica con 178.540 viviendas anuales, en
total (sectores público, privado y social). En los años 1990/2000 la producción total era del orden de las
120.000 viviendas
En efecto, las condiciones de tenencia irregular pasan del 17,6% en 1991 al 16,7% y si bien se ha
verificado un avance entre 1990 y 1998 ya que la producción anual de viviendas financiadas con el
FONAVI experimentó un marcado incremento pasando de un promedio de 27.000 unidades a 53.000
viviendas anuales, la mejoría de la situación habitacional en relación con el déficit histórico ha sido
insignificante.
Actuando como organismo ejecutor de la Ley 23.967, la cual abarca todas aquellas familias asentadas
en forma pacífica e ininterrumpida en tierras fiscales nacionales.
Datos oficiales de la Subsecretaría de Vivienda, 2004.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

deuda de más de tres meses con el organismo.69 En segundo lugar, Santa Fe (con el 43,81%),
estuvo en el nivel máximo de afectación a otros fines de los fondos disponibles, según la
habilitación legal previamente señalada.
La institución posee un registro único de inscripción permanente –sólo sistematizado para
la ciudad de Rosario por el SPV– y estructurado en dos carteras de demanda: la “social”, cuya
oferta incluye las operatorias convencionales de las viviendas “llave en mano” (en el año 2001 la
demanda alcanzó a 18.973 familias)70 y la “comercial” donde la oferta es la “Operatoria Lotes
Propios” para construcción o completamiento de viviendas en lotes regularizados
dominialmente.71
Los registros FONAVI de vivienda terminada muestran que a partir de 1995 se da un
aumento constante de viviendas terminadas (pasa de 178 para 1994 a 774 para 1995) que alcanza
su punto más alto en 1999 con 2.487 viviendas terminadas para descender en el año 2000 a 664 y
a 582 en el 2001. Esto probablemente se vincula con la crisis económica declarada por la
provincia en el año 1999/2000, puesto que al comparar la proporción de viviendas terminadas en
Rosario con la totalidad de la provincia, se observa, que la proporción en Rosario aumenta
anualmente para alcanzar en el año 2000 al 65,7% de la totalidad de viviendas terminadas en la
provincia y desciende, aunque continua siendo significativa, al 44% en el año 2001. Ahora bien,
aún para los sectores medios empobrecidos, el FONAVI está desfasado formalmente en sus
requisitos de nivel de ingresos.72
Con respecto a la construcción de viviendas “llave en mano”, el siguiente Cuadro Nº 6.
presenta las cantidades de viviendas terminadas por año para el período 1990 – 2001 a nivel del
departamento de Rosario, provincia de Santa Fe y nivel nacional.

69
70

71

72

El no recupero es un problema general. Actualmente se estaría lanzando un nuevo programa destinado a
elevar los niveles del mismo, a iniciativa nacional.
Involucra la construcción de viviendas evolutivas con una financiación blanda a 30 años con el 1,5 por
ciento anual para personas que tienen un sueldo de entre 400 y 900 pesos. También el programa
“Autoconstrucción” destinado a personas sin ingresos, con pago a 25 años sin intereses, donde el
gobierno ofrece la financiación en materiales y conducción técnica a comunas y municipios.
Se construye una vivienda con un costo de 30.000 pesos para personas que tienen un sueldo superior a
1.200 pesos, existiendo también un Subprograma de Otorgamiento de Créditos Reintegrables
Abarcativos de Materiales y Conducción Técnica para la Ejecución de Viviendas Individuales,
Administrados por Municipios y Comunas. En este segundo esquema no son financiables: a) Costo del
terreno; b) Infraestructura de servicios; c) Seguro contra Incendio o destrucción; d) Mano de obra; y e)
Planos de mensura. Para la Operatoria de Ejecución de Viviendas en terrenos propiedad del Municipio o
Comuna, la garantía serán los Fondos de la Coparticipación de Impuestos Provinciales y Nacionales. Se
establece, para la devolución del préstamo, un servicio financiero a 25 años sin intereses, siendo su
modalidad la retención automática de las cuotas mensuales de la Coparticipación de Impuestos
Provinciales y Nacionales, que eventualmente le correspondieren a la Comuna o Municipio.
Para el 2001 los ingresos mínimos familiares requeridos por el FONAVI eran para una vivienda
individual de $795, aunque el nivel de ingresos varía según la operatoria, siendo entre $301 y $399 para
las operatorias descentralizadas en municipios o entidades sin fines de lucro y para las operatorias
cofinanciadas entre $401 y $699. FONAVI: “Características socioeconómicas de los beneficiarios”,
2001.

32

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

CUADRO 6
RESUMEN DE VIVIENDAS FONAVI TERMINADAS ANUALMENTE ENTRE 1990 Y 2001.
DEPARTAMENTO DE ROSARIO,73 PROVINCIA DE SANTA FE Y REPÚBLICA ARGENTINA
Año
1990
1991
1992
1993
1994
1995
1996
1997
1998
1999
2000
2001
1990–2001

Provincia de
Santa Fe (1)

Depto de
Rosario (1)
264
160
178
774
973
844
1 151
2 487
664
582
8 077

1 891
976
1 755
3 576
3 264
2 742
2 846
4 341
1 010
1 323
23 724

República
Argentina (2)
27 424
32 988
38 654
31 136
42 685
45 039
50 778
52 515
57 009
53 070
36581
37255
444 722

Fuente (1): Auditorías Presidencia de la Nación –SOP– SSDUV – DCGFONAVI.
Fuente (2): SSDUV Dirección de Control de Gestión FONAVI.

Entre 2001 y 2003 la producción de la DPVyU experimenta un descenso pronunciado,
con un flujo muy bajo y diferido en el tiempo. En este período en la AMR, la DPVyU sólo inició
la ejecución de 223 unidades de vivienda, de las cuales 163 se localizan en la ciudad de Rosario,
involucrando un monto total de $2.700.000. En los demás municipios del área metropolitana,74 las
acciones son muy puntuales: 13 viviendas en Pérez, seis en Baigorria y las restantes en
localidades de San Lorenzo (pero por fuera de la AMR). Para abril del año 2004, los niveles de
ejecución física de estas intervenciones se encontraban por encima del 95% en Rosario (donde no
se registran obras iniciadas con posterioridad al año 2001) y el resto oscilan entre el 55 y 85%.75
En julio de 2004 se concluyeron 40 unidades habitacionales de este grupo en la ciudad de
Rosario, en complejos de viviendas individuales ubicados en la zona sudoeste de la ciudad, que
demandaron una inversión cercana a 1,7 millones de pesos. Fueron construidas por las empresas
privadas a las que se adjudicaron las obras tras una licitación, mientras que la financiación para
los complejos llegó desde el Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI). Los adjudicatarios de las
unidades tendrán un plazo de financiamiento de 25 años, con un interés anual del cuatro por
ciento sobre el saldo total.76
Sobre la ejecución de FONAVI en los municipios del AMR, se registran algunas
experiencias de las décadas de los años ochenta y noventa, en su mayor parte del localización
periférica, (no puede decirse lo mismo de la producción de la ciudad de Rosario, en su mayor
parte hoy plenamente integrada a la traza urbana). Por ejemplo, en el municipio de San Lorenzo,
se destaca un conjunto de aproximadamente 300 unidades, construido a comienzos de los años
noventa que presenta visibles niveles de deterioro edilicio (rajaduras y humedades exteriores),
ambientales (abundante presencia de residuos desparramados) y severos déficits de transporte
(durante una hora y media, sobre el horario del mediodía, no pasó la única línea de transporte que
los vincula al centro de San Lorenzo y de allí al resto del AMR).
73
74

75
76

El Departamento de Rosario incluye sólo una parte de las localidades que integran el AMR.
Existe una cantidad de datos sobre planes o acciones puntuales de vivienda, a nivel micro –pero que ni
aún sumados–, posibilitarían un cálculo de tendencia; de allí que se ejemplifique con datos puntuales
para las localidades del AMR.
Fuente: DPVyU–Ministerio de Obras y Servicios Públicos. Obras realizadas–abril del año 2004.
Fuente: La Capital. 28 de julio de 2004.

33

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

En Gobernador Gálvez –el más pobre del AMR–, durante los años noventa se habrían
construido unas 1.100 unidades de vivienda con la DPVyU (FONAVI). Actualmente, señalan77
que se encuentran en trámite otras 300. A estas familias, se suman unas 1500 que requerirían el
desarrollo de programas de regularización dominial, por encontrarse asentadas irregularmente, en
su mayor parte en tierras fiscales.
En Granadero Baigorria, construyeron hacia el año 2001, 212 viviendas con recursos
FONAVI junto con la Fundación Buena Nueva, y otro pequeño conjunto de 60 unidades en
Camino Muerto (ambos localizaciones bien periféricas). Visualizan como un tema significativo la
regularización de Remanso Valerio, un asentamiento de varios cientos de familias sobre la
margen del Paraná, en una zona en proceso de valorización, generada por su adyacencia al Puente
Rosario Victoria. Las tierras son provinciales, para avanzar en el objetivo están tramitando el
apoyo de PROMEBA.78 En Roldán y Pueblo Esther, se iniciaron, en marzo y abril del año 2004,
pequeñas obras puntuales por administración comunal (15 viviendas en el primer caso y 32 en el
segundo).
Lo cierto es que la mayor parte de los municipios visualiza la cuestión del déficit
habitacional circunscrito a la problemática que existe en la propia localidad (o que no existe y se
procura evitar, como en el caso de Funes, donde se pone particular empeño evitar siquiera el
tránsito ocasional de ‘cirujas’ provenientes del limite con Rosario). No hay una visión
metropolitana del tema. Es más, se tiene una visión negativa. En este sentido, ante un mero
ensayo desde la ciudad de Rosario –una propuesta de la provincia de construir 500 viviendas
FONAVI en los municipios del AMR– produjo una violenta ola de “nymbismo”:79 “los jefes
comunales de Funes, Roldán, Granadero Baigorria y Arroyo Seco rechazaron a coro la propuesta
sosteniendo que “los rosarinos se quieren sacar de encima este problema”, “pretenden trasladar
gente con escasos recursos fuera de Rosario” y “esta idea no sintoniza con el perfil de nuestras
localidades”entre las expresiones más suaves.80
A nivel municipal, en ciudad de Rosario, el Servicio Público de la Vivienda (SPV)81
organismo municipal autárquico, concentra la ejecución y el financiamiento de programas que

77
78
79

80
81

Entrevista al Secretario de obras públicas
El Programa Mejoramiento de Barrios (PROMEBA), con financiamiento BID, que se crea en 1996, y
depende del MInisterio de Desarrollo Social de la Nación.
De uso corriente en inglés y creciente en francés, no creemos que este neologismo haga carrera en
español, a pesar de la economía verbal. NIMBY son las siglas de Not In My Backyard Syndrome (o
aproximadamente el síndrome de ‘Puede ser, pero nunca en mi patio trasero’). Los detalles pueden
verse en el diario La Capital del 12/V/04.
V. el diario citado en la nota anterior para un repertorio muy amplio de excusas (blandas, duras, de
apariencia blanda, y muy duras) en un amplio abanico para desalentar la idea por completo.
Entre la documentación tenida en cuenta, están: M.I. Garzia y otros, Servicio Publico de la Vivienda.
Ente Autárquico de la Municipalidad de Rosario, publicación oficial; Asentamientos Irregulares en la
ciudad de Rosario, realizado por la Fundación Banco Municipal de Rosario en 1992 y 1996,
Documento de la Secretaría de Promoción Social de la Municipalidad de Rosario, 1997; Definición del
modelo teórico en su faz socio–organizativa, documento interno SPV, 1999; Definición del modelo
teórico en su faz socio–organizativa, documento interno SPV, 1999.

34

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

atienden al problema de la vivienda para la población de menores recursos.82 El resto de los
municipios no cuentan con recursos para llevar adelante planes propios. Las actuaciones con la
DPVyU suelen gestionarse a través de sus Secretarías de Obras Públicas.
Volviendo al SPV–Rosario, éste desarrolla tres tipos de programas:
El Programa Rosario Hábitat83
Financia y ejecuta proyectos integrales de mejoramiento del hábitat en asentamientos irregulares
de la ciudad de Rosario, promoviendo la equidad social y la reducción de pobreza. Además, el
programa incluye componentes de generación de trabajo e ingresos y estimulación temprana para
niños de familias en situación de pobreza que viven en estos asentamientos.
Los productos procurados por el programa son los siguientes:
•

Ordenamiento reestructuración el tejido y trazado urbano: Para lo cual son necesarias las
siguientes acciones: efectuar el relevamiento de las familias asentadas, diseñar el
proyecto y rectificación de los trazados, consenso de la propuesta con los vecinos,
relocalización de familias asentadas sobre las trazas de las calles, relocalización del
interior de las manzanas para disminuir su densidad, efectuar corrimientos para ajustar la
delimitación de los lotes, y ejecutar la apertura de calles.

•

Mejoramiento habitacional: para llegar a este resultado se programaron las siguientes
acciones: evaluación de las viviendas recuperables, limpieza y acondicionamiento del
terreno, ejecutar bases de las viviendas, proveer módulos de materiales según la
necesidad y asistir técnicamente al proceso de autoconstrucción de las mejoras.

•

Regularización dominial: las acciones previstas son: realizar transferencias de dominio de
terrenos fiscales al SPV; efectuar la compra de los terrenos privados ocupados;
efectivizar las operaciones de subdivisión y efectivizar las operaciones de transferencia
del dominio a los beneficiarios.

•

Provisión de infraestructura básica y equipamiento comunitario: Se necesitara: ejecutar
infraestructura básica –provisión de agua potable, desagües cloacales, desagües pluviales,
red eléctrica, alumbrado público– cordón cuneta, capa asfáltica, estabilizado y mejorado
de calles y arbolados; prever espacios necesarios para áreas verdes y equipamiento
comunitario

•

Construcción de viviendas nuevas para relocalización de familias: Las acciones serian
efectuar la compra y urbanización de terrenos; construcción de las soluciones
habitacionales nuevas y adjudicación a las familias.
Entre sus características originales pueden mencionarse:

1. Una estrategia explícita de articulación con otros programas como “Crecer”,
“Oportunidad” e “Incubadora de Empresas Sociales”;
2. El método de planificación, que consiste en una adaptación del método “ZOPP”;
82

83

Ya en 1992 se había incluido en lugar destacado de las mejores prácticas en Dubai el proyecto
Estrategias de manejo urbano sustentable. Vivienda y reordenamiento urbanístico, que involucraba
instituciones de los tres niveles de gobierno y del mundo académico/social–Presidencia de la República,
Gobierno de la Provincia de Santa Fe, Municipalidad de la Cuidad de Rosario y Fundación Universidad
de Rosario –y que incluía recursos propios invertidos del orden de 12.400.000 dólares, con 22.500
personas participando directamente en la experiencia.
Creado por Decreto Municipal 1837/01 y homologado por Ordenanza del H. Concejo Deliberante Nº
7283/01.

35

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

3. La incorporación de nuevas disciplinas en la ejecución de políticas de hábitat realizadas
desde el Estado; entre ellas la animación socio cultural, la negociación, la comunicación
social. Por otra parte se ha fortalecido el rol de los responsables de proyecto en su calidad
de gerente priorizando su capacidad de conducción de equipos y su visión estratégica por
sobre los saberes específicos.84 Se han llevado adelante además, experiencias de
tercerización de equipos y de actividades con buenos resultados;
4. La pertenencia de los programas de hábitat a las políticas sociales,85 enfatizando en teoría
y práctica
5. Pensar el hábitat:86 uno de sus componentes es para incentivar el intercambio de
experiencias y la producción de proyectos entre la comunidad universitaria y los actores y
beneficiarios comprometidos en la ejecución del programa Rosario hábitat, a la vez que
aportar a la concreción de los objetivos del mismo; descansa sobre una vasta red de
convenios con consejos de formación y entes de capacitación para asistir al empleo de los
jóvenes.
Las Flores, Villa Corrientes, Empalme Graneros, La Lagunita y Molino Blanco son los
eslabones que componen hasta el momento el Programa y que presentan diferentes estados de
avance, habiéndose sumado últimamente La Cerámica y Alvear–Matheu con alrededor de 1800
beneficiarios.
La actuación del SPV, en particular a través de “Rosario Hábitat” presenta otros puntos
fuertes propios, contextuales y concomitantes que deben señalarse:
•
•
•
•

84

85
86

87
88

89

90

Los aciertos técnicos pioneros, como el Registro Único de Postulantes cuando la
provincia aun no tenía sistema alguno.87
La integración vertical sistemática y fluida, que es uno de los problemas más engorrosos
en el mundo.88
El prestigio internacional creciente de la experiencia.89
El desarrollo de las ONG en el sector.90

Todos estos rasgos, de por sí notables, alcanzan mayor relieve si se los compara con los de la mayoría
de los programas/proyectos de vivienda en desarrollo, aun en esta época de nuevos esquemas y
combinaciones.
La demanda de que las políticas de vivienda no se disocien de las del hábitat es formulada hoy en el
continente por voces provenientes de todo el arc o ideológico.
Producto de los convenios de cooperación que ha realizado el Servicio Público de la Vivienda de la
Municipalidad del Rosario con la Universidad Nacional de Rosario y con la Universidad Tecnológica
Nacional.
Ahora puesto en marcha y en la etapa de soporte informático para todas las localidades.
Desde países unitarios como Francia, donde el financiamiento cruzado en materia de vivienda de los
cuatro niveles intervinientes es fuente permanente de problemas, hasta países federales como México
cuya ley federal de vivienda dedica un capítulo entero (el VIII) a la coordinación y los mecanismos para
lograrla. El problema ha pasado a ser un supuesto a resolver por la política pública en Estados Unidos,
Colombia, Uruguay, Perú, Brasil, Canadá, el Reino Unido, Alemania, etc.
Que van desde los proyectos presentados al Premio de Ciencia y Tecnología de la Red Mercociudades
en 1997 al hecho de ser la única ciudad argentina de la Alianza de NN.UU. contra la pobreza hasta la
poco frecuente distinción del PNUD al Intendente saliente en diciembre de 2003.
Para citar sólo unos pocos casos, por su envergadura y tratarse de organizaciones de 2º y 3er. Grado:
Unidad de las Bases Sociales (Ubaso) y Grupo Laboral Cooperativo,. Debe señalarse que durante la
Consulta del Programa DE Gestión Urbana PGU–ALC (UNCHS/PNUD), se convocaron en Rosario
más de 200 organizaciones de base involucradas en el Programa de agricultura urbana.

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CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Por una situación fortuita pero afortunada,91 la actuación urbanística municipal reviste una
singular continuidad de 1983 a la fecha, a pesar de la variación de signos políticos.92
Una de sus desafíos más significativos es una preocupación universal: cómo transformar
experiencias pequeñas e innovaciones exitosas en soluciones a gran escala, una preocupación que
el propio BID explicitó claramente al co–financiar Rosario Hábitat.93
Los otros programas ejecutados por el SPV son:
•

El Programa Escriturar, tendiente a regularizar la situación del parque habitacional
construido por el SPV con anterioridad al año 2001 (conjuntos con tramitaciones
incompletas –sin finales de obra, sin consorcios–; existencia de compras y permutas
irregulares, alquileres, ocupaciones, fallecimiento de titulares, adjudicatarios menores de
edad, entre otros).

•

El Programa de emergencia, en coordinación con promoción social, para atender
situaciones puntuales de emergencia (provisión de casillas).

2.

Cuerpo de leyes y normativas urbanas

Una política de gestión del hábitat requiere considerar todos los componentes básicos: suelo,
vivienda, servicios y medio ambiente. A continuación se presenta el cuadro que resume la oferta
normativa relevante que regula las acciones dirigidas al hábitat en la ciudad de Rosario.

91
92

93

En términos de un ex – responsable del área.
Dentro de una concepción innovadora del concepto de Plan, éste deja de ser únicamente el fatídico
corsé de las intervenciones privadas, fatigosamente descrito en los interminables artículos del código
urbano, para incorporar la figura del Plan Director, instrumento ordenador de las intervenciones
públicas en la escala urbana: los primeros lineamientos se formulan a partir de 1985, con la formación
de la oficina del Plan Director, la cual da a luz su primer documento orgánico en 1991, y continúa hasta
hoy actualizando y reformulando las bases de la intervención pública en la ciudad.
“Como en todo proyecto integrado, la coordinación entre los agentes ejecutores y su capacidad para
ejecutar componentes innovadores, constituye una preocupación. Además, la dependencia de la
respuesta de la comunidad o de ejecutores no gubernamentales… representan riesgos para
asentamientos específicos del programa… Aún cuando la metodología y la capacidad operativa del SPV
han sido probadas con éxito sólo en intervenciones parciales, se estima que esta experiencia previa es
suficiente para minimizar los riesgos institucionales” y con relaciones a las organizaciones sociales
comunitarias: “la dependencia de estos organismos por recursos donados, representa un riesgo para la
sostenibilidad de algunas de las actividades financiadas por el programa. Para minimizarlo, se inducirá
prácticas orientadas a la búsqueda del autofinanciamiento, como la explotación de fuentes propias de
ingresos y la captación de recursos junto al sector empresario y filántropos”.

37

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Protección ambiental

Infraestructura

Vivienda

Suelo y tierras fiscales

CUADRO 7
SÍNTESIS DE LA OFERTA NORMATIVA
Nacional
L–23967. Programa Arraigo, las tierras
de propiedad del estado Nacional no
necesarias serán transferidas a los
Estados provinciales. Prevé legalización
de la situación de quienes están
ocupando tierras fiscales
L–23697y 24146 Emergencia
Económica declara innecesarios ciertos
inmuebles fiscales estableciendo un
régimen gratuito de transferencia a favor
de provincias, municipios y comunas
Código Civil art. 2342, Tierras carentes
de otro dueño, pueden incorporarse al
dominio municipal.

Provincial
L–7534 de Expropiación (75) Regula
jurídicamente un mecanismo
alternativo para adquirir inmuebles
destinados a la concreción de un
interés público, delega en municipios
y comunas
L–9982 declara de interés predios de
interés y sujetos a expropiación
L–11248 y 11251 expropiación de
predios faculta al poder Ejecutivo a
promover acciones de expropiación y
a la registración dominial a favor de
la Provincia de una serie de
inmuebles.

Municipal
L. Orgánica de las
municipalidades (2756).
Corresponde en propiedad a las
municipalidades, todos los
terrenos fiscales baldíos o sin
propietario, con excepción de
los reservados por el Gob.
Provincial
Ordenanza 6493 Fondo
Municipal de tierras. No ha
sido reglamentada

L.24464 Norma comprensiva del
sistema FONAVI, fija un coeficiente de
distribución por provincia, a Santa Fe
5,65% del fondo . Sistema Federal de la
Vivienda (20% inf. y 80% viv.)
L.24347( 1995 L. Pierri) implementa un
tramite administrativo para obtener la
titularidad dominial por prescripción
reducida, acreditando posesión pública,
pacífica y continua con anterioridad a
1992.
Código Civil art 3999 posesión 10 años
proceso usucapión.

L.11102 (94) Adjudicación de
Vivienda bajo régimen Fonavi,
L 6690 y .11347 aplicación FONAVI
a DPYVU. Crea el Fondo Provincial
de la Vivienda
Resolución 2198/01 Reglamenta la
relación entre administración y los
beneficiarios crea un Nuevo
Reglamento de adjudicación,
ocupación y uso
Decreto 3818/ y modificatoria
647/01, reglamenta la Ley Pierri en
la provincia

Ordenanza 2740 Crea el SPV
como ente autárquico
Or. 7283 crea Rosario Hábitat
(01)
Or. 7217
planes recuperación de
inversiones
Or. 6492/97
modifica. Código Urbano crea
distritos
Ord. 7275 interés social Plan
Lote

L.10413 Programa Global de
Desarrollo Faculta al Poder Ejecutivo
y a la Dirección Provincial de Obras
Sanitarias para contraer créditos por
U$ S 40 millones. Asimismo,
autoriza la afectación de los fondos
de coparticipación federal como
garantía de la efectivización de las
sumas.
Ley 11.717 de Medio Ambiente y
Desarrollo
Sus objetivos son: establecer
principios rectores para preservar,
mejorar y recuperar el medio
ambiente, los recursos naturales y la
calidad de vida, asegurar el derecho
de toda persona a gozar de un
ambiente saludable y garantizar la
participación ciudadana
Dto. 592/02. de Medios Ambiente
Residuos Peligrosos
Ley 11730 Bienes en zonas
inundables
Establece el régimen de uso de
bienes situados en áreas inundables.

Ordenanza N° 6288/96
Normas complementarias para
la regulación del uso del suelo
de las planicies de inundación
del Arroyo Ludueña y Canales
Ibarlucea y Salvat
Ordenanza N° 7336/97
Normas complementarias para
la regulación del uso del suelo
de las planicies de inundación
del Arroyo Saladillo.

(continúa)

38

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Municipal
Ley Orgánica Municipal 2756
Establece las facultades del
Ejecutivo y del Concejo
Deliberante para obrar en
materia de vivienda, en
especial en lo que refiere al
endeudamiento del municipio.

L. 23349 IVA Fija una alícuota del 27%
para las ventas de gas, energía eléctrica,
y agua reguladas por medidor y otras
prestaciones, cuando la venta o la
prestación se efectúe en terrenos baldíos
L. 20628 Impuesto a las Ganancias No
será deducible sin distinción de
categoría, el impuesto a esta ley sobre
terrenos baldíos y campos que no se
exploten.

Or.4084, Tasa general de
inmuebles.

L. 8173 Código Tributario Municipal
Autoriza al municipio a aplicar
impuesto al baldío con exec.
Propietarios que ofrecen su uso)
L 11649/99 De exención impositiva
a escrituras, programas DPV,
mensura y división.

Or. 5869 autoriza al Ejecutivo
a aumentar .45% la tasa al
baldío.

Impuesto inmobiliario a DPVYU e
Inst. Municipales e Viv.
Plan Estratégico de Rosario,
PER:, no posee orden legal. Su
enfoque es generalista y no
analiza articulaciones
El Plan Director no posee
orden legal se asume como un
instrumento urbanístico que
interpreta los procesos de
cambio de la ciudad y define
las formas de actuación para su
transformación física y
funcional
Código Urbano:Constituye el
más importante instrumento
regulador vigente con
pertinencia técnica en materia
urbanística.
Ordenanza N° 6.492/97
Ordenanza de Urbanización,
modificatoria del Código
Urbano

Planificación y gestión urbana

Tributario

Acceso a fondos

CUADRO 7 (conclusión)
Nacional
Provincial
L.24441 Financiamiento. Promueve el
Ley 10406/90 Créditos para la
Plan Nacional de Desregulación y
vivienda Habilita a otorgar créditos a
Reactivación de la Industria de la
simples asociaciones.
Construcción, constitución de un
mercado de títulos inmobiliarios a largo
plazo, una reducción sustancial en el
costo de la construcción a nivel
nacional, directo e indirecto
L.24855 F. Desarrollo Regional y
generación de empleo . Fondo Fiduciario
Implementa la reestructuración del
Banco Hipotecario que se transforma
primero en Banco Mayorista y luego en
Sociedad Anónima .

(cada una de las leyes y ordenanzas se presenta con mayor detalle en el Anexo I).

En términos de las oportunidades y principales barreras que presenta la normativa
vigente, pueden inferirse preliminarmente las siguientes consideraciones:
Con respecto a las oportunidades que las normas vigentes dispensan, es posible (1) la
incorporación de inmuebles al patrimonio municipal, (2) la regularización de títulos precarios
para sujetos que ya ocupan viviendas sin un título jurídico que sustente dicha situación irregular y
c) la captación de fondos mediante vías alternativas. Las herramientas legislativas previstas en
todos los ámbitos contemplan diversas alternativas de acceso al hábitat, según lo estipulado por el
artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Aunque puede señalarse que se trata de una diversidad dentro de unos pocos formatos
básicos por sector social o franja de la demanda, por ejemplo, los programas de mejoramiento

39

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

barrial concluyen siempre en la obtención del título individual de propiedad, asimilando
propiedad individual a seguridad de la tenencia, que son conceptos y procesos diferenciados.
No existen definiciones de políticas hacia situaciones particulares y problemas que se han
generado como consecuencia de imprevisiones en la propia política habitacional de períodos
precedentes, por ejemplo, en relación con el deterioro de los conjuntos habitacionales. La
producción habitacional reciente no visualiza alternativas posibles a la localización periférica;
tampoco habría un aprovechamiento suficiente de ciertas capacidades instaladas, como las
cooperativas y mutuales.94
La normativa es profusa y confusa, carece de toda sistematización y adecuada técnica
legislativa. A modo de mención puede destacarse la desprolija regulación que existe en materia
de urbanización (concretamente el Código Urbano).
La desarticulación de acciones entre las distintas esferas gubernamentales, y muy
especialmente, entre los diversos organismos que integran cada órbita, adiciona dificultades para
generar una política de impacto general.

3.

Algunas consideraciones sobre el rol de los gobiernos
locales en la política habitacional y las posibilidades de
actuación coordinada en el AMR

La presencia de los actores locales en el sector vivienda reconoce antecedentes internacionales
entre los cuales puede señalarse la Reunión Mundial de Ciudades en Estambul: “Hacia una
política urbana nacional”.95 Allí se plantea una competencia marco general para los gobiernos
nacionales orientada hacia la supervisión regulatoria, el establecimiento de estándares, la
resolución de conflictos y en general, funciones de formulación de políticas. El documento
recomienda una devolución amplia de competencias a los gobiernos locales en la provisión de
servicios, la asunción de nuevas tareas y la facilitación hacia las autoridades locales para cumplir
un cúmulo de cometidos que incluye la vivienda.
Hoy en día, las AMs del mundo, aún en su formato de poderes regionales máximos,
consideran la vivienda como ‘una asociación conexa’ que requiere partenariados diversos. Pero el
proceso no está exento de ambigüedades: “la vivienda constituye una de las nuevas tareas que,
aparentemente, deben asumir los municipios, sin que aún estén nada claros los límites de

94

95

Las cooperativas de vivienda han formado parte de una estrategia extendida dentro de los sectores bajos
rosarinos. Hay en la actualidad 22 cooperativas registradas en la Dirección de Cooperativas de la
municipalidad, en buena medida surgidas en los años noventa a instancias de programas nacionales,
para llevar adelante programas de autoconstrucción hoy fuera de vigencia. También hay casos de
sectores con cierta capacidad de ahorro, por ejemplo una cooperativa que canaliza la demanda de
sectores de perfil medio con más de 4600 miembros y su modalidad de financiación proviene
exclusivamente del aporte de las cuotas de sus miembros. También existen en Rosario cooperativas de
construcción. que se formaron a instancias del estado, en este caso a nivel municipal alrededor del año
1995, que utiliza sus servicios particularmente el área de Servicios Públicos y/o el SPV. De 48
cooperativas de construcción por lo menos 34 se encuentran en actividad, juntan alrededor de 1200
personas y han trabajado y/o trabajan para el municipio. Sin embargo, a decir de los dirigentes, en los
últimos cinco años la contratación municipal ha disminuido notablemente –cerca del 60%–. Asimismo,
es importante señalar que en los últimos tiempos han comenzado a recibir demandas
individuales/privadas para refacciones de casas particulares y de otras cooperativas como Tecipro
(cooperativa de arquitectos).
Fue la última Conferencia de UNCHS/Hábitat en 2002.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

responsabilidad entre el nivel central y el local, ni entre el gobierno local, las ONG’s y el sector
privado.
Los modelos que se han estado intentando en varios países, demuestran que la
clarificación del rol actual de los municipios es un tema clave en este asunto: ¿deben ser
proveedores de vivienda?, ¿actuar sólo como facilitadores?, ¿reguladores?, ¿proveedores de
tierras?, ¿de servicios básicos de infraestructura?, ¿otorgar créditos para la vivienda?, entre
96
otros”. La búsqueda de los límites claros es inútil y muchas de las preguntas se responden por sí
mismas. Sin embargo, hay un dejo de duda legítima que sólo la práctica concreta despejará.
Algunos de los problemas más serios como desafíos a enfrentar se vinculan con las tres
‘R’ de la doctrina norteamericana, que han frustrado muchas buenas intenciones:
•

Las regulaciones que deben ser ‘sólidas pero livianas’ so pena de distorsionar los
mercados97 y producir el efecto inverso al deseado;98

•

Los recursos, que siempre escasean. Rosario dispone de un presupuesto anual promedio
de alrededor de 280–290 millones de pesos (cerca de un 40% por coparticipación y 60%
de ingresos propios, por tasas y servicios) de los cuales más del 50 por ciento se destinan
a planes sociales, que abarcan fundamentalmente salud, vivienda, promoción social y
cultura. Pero, lo que es más importante, todos los proyectos concretados, en marcha o
previstos,99 han sido siempre con integración vertical de los tres niveles en materia de
financiación, además de los aportes de organismos multilaterales de crédito y los recursos
de usuarios/beneficiarios/participantes, dinerarios o en especie;

•

Las resistencias. Bien es sabido que la cooperación horizontal plantea fuertes problemas
de externalidades y de bienes públicos. Menos difundido está el hecho que la mayoría de
las AMs del mundo consideran a la vivienda pública como externalidad negativa, el
ejemplo ya mencionado del efecto ‘nimby’ ante la propuesta provincial para construir 500
viviendas FONAVI fuera de Rosario, constituye un cabal ejemplo de los obstáculos a
superar.

4.

Algunas conclusiones

No ha existido una política orientada a enfrentar de manera global y sistemática la problemática
de provisión de tierras urbanas. No hay iniciativas que tengan como objetivo permitir el
96
97

98

99

E. Herrera Zúñiga, 1999. Descentralización, Municipalidades y Vivienda.
Cuando no lo hacen es porque se trata de consuelos simbólicos, normas con ‘dientes de hule’ o bien
porque la estructura de control y cumplimiento forzado es muy débil. En la actualidad el mercado
inmobiliario de Rosario está en pleno auge y todas las estimaciones públicas y privadas suponen que
2004 tendrá el récord histórico de permisos para construir del último cuarto de siglo. Es un caso más de
lo que los canadienses llaman la ‘salud insolente’ de ese mercado cuando todo lo demás no va tan bien
o directamente va mal.
Rosario cuenta con un abanico completo de técnicas y niveles de intervención –quizás falten las
herramientas más novedosas, como la zonificación inclusiva y el shopsteading, que podrían resultar
útiles a la hora de una proyección metropolitana para acuerdos horizontales– pero, lo que es más
importante, ha demostrado en general hacer un uso criterioso de ellas.
Como el proyecto discutido en mayo de este año por la Provincia y la Municipalidad, donde además de
estimar el déficit habitacional en aproximadamente 40.000 viviendas, analizaron encarar paulatinamente
la terminación de infraestructura y el mejorado de algunos barrios FONAVI, en especial aquellos
existentes con muchos años desde su habilitación, y consideraron la posibilidad de gestionar planes
especiales instrumentados en el Programa de Mejoramiento de Barrios (PROMEBA) con aportes de la
Nación y la Provincia de Santa Fe.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

resurgimiento de loteos económicos con servicios básicos provistos, reimpulsando la histórica
estrategia familiar de comprar un lote en cuotas para luego auto construir su vivienda.
No ha habido ninguna iniciativa del gobierno provincial, en pos de movilizar el suelo
urbano vacante a través de políticas fiscales, ni ha habido acciones que permitan la recuperación
de la plusvalía que generan las obras públicas.100
Así como se debiera tener una política explícita de tierras, también se debiera mirar con
atención las áreas intermediarias (adyacentes a las centrales) de Rosario como otro lugar de
intervención en materia de políticas de suelo y vivienda. Respecto a la regularización dominial de
inmuebles, no se ha aprovechado la Ley Nacional 24.374, dirigida a otorgar títulos provisorios, a
todos aquellos que hayan demostrado ser poseedores con causa lícita y en forma pacífica y
continua de una vivienda. Si bien se ha reglamentado en el ámbito provincial la Ley Nacional
señalada y se ha reglamentado el funcionamiento de una unidad ejecutora provincial que depende
de la Escribanía General de Gobierno, su aplicación ha dependido solo del pedido de unos pocos
interesados informados, pues no se han difundido sus alcances ni se ha masificado la prestación
de este servicio tan importante para la población.
El Gobierno Provincial es uno de los mayores generadores de irregularidad dominial, al
31/12/2001 se habían adjudicado un total de 54.961 soluciones habitacionales, de las cuales solo
un 17,9%, es decir 9.832 se habían escriturado.101
No existe respuesta oficial extendida, para aquellas familias que no pueden enfrentar los
costos de escrituración de sus soluciones habitacionales ya sea por las altísimas comisiones de
escribanos y/o colegios de profesionales o por la aplicación de impuestos provinciales y/o
municipales.

100
101

El SPV en Rosario como parte del Programa Rosario Hábitat ha encargado un estudio que analice la
posibilidad del recupero de plusvalías, en particular las generadas a través de obra pública.
Ídem anterior.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

IV. Transformaciones en el área metropolitana

1.

El área metropolitana de Rosario: caracterización territorial

Según observación directa, se puede inferir que el AM Rosario es producto de diferentes
configuraciones urbanas que acompañan el papel que juega Rosario en el escenario productivo
nacional e internacional. Primero crece y se desarrolla en torno a la infraestructura ferroviaria y
portuaria que hasta los años cincuenta es uno de los dos puertos de granos de un país que se
define agro–exportador. La ciudad crece y se define de ese modo; la red ferroviaria es una fuerte
malla en el territorio urbano, principalmente de cargas, que converge al litoral a través del uso
portuario. Esta característica marca y genera una impronta en buena parte de la estructuración
urbana de las localidades que integran el área metropolitana, creando grandes playas de
maniobras ferroviarias, actualmente desafectadas.
Posteriormente a los años cincuenta se produce en el ámbito nacional el proceso de
sustitución de importaciones, constituyendo a Rosario y su entorno en un ámbito atractivo para la
radicación de industrias básicas y manufactureras. Este desarrollo se dará en torno al automotor y
la generación de rutas más apropiadas en el oeste de la ciudad que coincidirá luego con el
desarrollo de las localidades de Funes y Roldán, como ámbito residencial para los fines de
semana.
A partir de la década de los años noventa, con el proceso de desindustrialización que se
inicia en la década de los años setenta, la privatización de los servicios y de la infraestructura
publica –portuaria y ferroviaria– el área pasa a convertirse en un centro de servicios y logística de
transporte, aprovechando su localización preferencial en términos del Mercosur.
El AM de Rosario es el área que ha tenido el mayor crecimiento en la última década con
respecto al movimiento de cargas terrestres, y concentra el 30% del movimiento nacional. Este
último desarrollo produce un proceso de crecimiento urbano marcado básicamente por la
existencia de tierras públicas y por un desarrollo de infraestructuras básicas que inciden en el
territorio hacia donde se va orientar desarrollo del área metropolitana. Es decir, su ubicación
estratégica, apoyada por el desarrollo de una infraestructura de soporte establece una importante
red de comunicaciones acuáticas, vial y ferroviaria, que hacen prever expectativas sobre su
fortalecimiento como centro productivo, de servicios y de comunicaciones (ver acápite sobre
transporte).

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Desde el punto de vista físico, el área metropolitana de Rosario muestra aún singulares
discontinuidades, incluso de equipamiento físico, entre lo urbano y lo rural dentro de un mismo
municipio y en torno al área como totalidad; es decir lo rural atraviesa lo urbano y lo urbano se va
entretejiendo en el área rural e interactuando de manera compleja. Las áreas urbanizadas
consolidadas y en tendencia hacia la consolidación están presentes en toda el área metropolitana.
PLANO 1
USO DE SUELO DEL ÁREA METROPOLITANA DE ROSARIO

Fuente: Observatorio Urbanístico Área Metropolitana de Rosario.

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En el plano 2 se observa, que en el sector Norte Sur sobre la franja costera existen dos
franjas: una paralela a la costa donde se encuentran radicadas las industrias (en particular, hoy en
día, las agro–industrias)de modo de poder aprovechar la costa del Río Paraná para sus puertos
privados, con tecnología avanzada y que procesan productos provenientes de la pampa húmeda.
Todo el proceso de establecimiento y formación de un área industrial en el AMR fue acompañado
por un crecimiento importante de la infraestructura pública, especialmente vial; una segunda
franja se trata del tejido urbano y una tercera paralela a éstas hacia el oeste, y separada por
grandes áreas vacantes, se encuentra en torno a la ruta Rosario– Santa Fe.
Hacia el Sur de Rosario, por el contrario, aún se encuentra tierra vacante en su área
costera y con algunos usos residenciales; es el caso de Pueblo Esther102 al sur de Gobernador
Gálvez y que forma parte de la región metropolitana. Sin embargo en el área sur inmediata a
Rosario se encuentran conjuntos de vivienda pública, áreas destinadas a la disposición final de
residuos, así como áreas inundables de la cuenca del Arroyo Saladillo.

2.

El surgimiento de nuevas formas de urbanización y los
procesos de suburbanización

La periferia urbana de la ciudad de Rosario registra en los últimos años la existencia de ciertos
procesos de ocupación del territorio que son de carácter novedoso. Vinculados con nuevas
modalidades de la residencia y de las actividades comerciales, estos procesos resultan
significativos en tanto están dando cuenta de un cambio consistente en las tendencias que, aún
hasta el presente, han convertido a la periferia sólo en receptáculo de las tradicionales
operaciones de loteo y de grandes emprendimientos de vivienda pública. Los viejos modos de
construcción de la periferia no han desaparecido y continúan coexistiendo con las nuevas formas.
Los cambios en el estilo de vida de sectores de la población de ingresos medios y altos
(con demandas específicas de seguridad y de nuevos modelos de núcleos residenciales), los
recientes desarrollos de las comunicaciones en todos los niveles, así como las nuevas estrategias
de los operadores inmobiliarios, se traducen en nuevas tendencias en el submercado de la
vivienda permanente. Así se tiene, por un lado, el caso de habitantes de Rosario que eligen como
lugar de residencia permanente a localidades vecinas, tales como Funes, Roldán y, en menor
medida, Granadero Baigorria e Ibarlucea.
La habilitación del tramo de la autopista Rosario–Córdoba comprendido entre la Avenida
de Circunvalación y la ruta A 012 alentó el incremento de los precios de la tierra en las
localidades de Funes y Roldán, en particular aquellas que se encuentran ubicadas al sur de la ruta
9. Las mejoras en las condiciones de la circulación entre Rosario y estas localidades posibilita que
habitantes de la ciudad de Rosario seleccionen estas localidades como lugar de residencia, en
búsqueda de mejores condiciones de calidad de vida, incrementando consiguientemente la
demanda de vivienda permanente y de terrenos con dotación de infraestructuras. De esta forma se
tiende a la conformación de núcleos residenciales cerrados y semi–cerrados lo cual plantea
nuevas situaciones a enfrentar y resolver.
Las comunas vecinas a la ciudad de Rosario deben responder a crecientes demandas de
servicios a partir del incremento progresivo de la población residente (la conversión de la
vivienda finsemanal en vivienda permanente).
Las nuevas modalidades de comercialización aparecidas en la última década se
desarrollan a partir de demandas específicas de accesibilidad y localización dentro de la ciudad y,
102

La comuna de Pueblo Esther crece de 2.756 en 1991 a 5.186 habitantes en el año 2001, con base en
asentamientos residenciales y en particular barrios privados.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

además, requieren de nuevas instalaciones edilicias. Pocos son los lugares donde encontrar
terrenos que cumplan con estas condiciones. Uno de ellos es la Avenida de Circunvalación, en
particular el tramo comprendido en torno al enlace con la autopista Rosario – Santa Fe.
Un nuevo eje de servicios comerciales se ha comenzado a formar en ese lugar a partir del
establecimiento de grandes supermercados y centros mayoristas de distribución de mercaderías.
Este lugar, es uno de los de mayor dinámica de transformación de la ciudad y del área
metropolitana.
El área metropolitana de Rosario, debido a las nuevas formas de urbanización, registra,
como hemos planteado, procesos de suburbanización y desplazamiento de la ocupación hacia las
periferias urbanas. La ciudad central (Rosario) entre los Censos 1991 y 2001 se mantuvo casi
estable (crece 0,49%) pero se dan situaciones de alto crecimiento en algunas poblaciones del área
metropolitana, en algunos casos debido al traslado de población hacia los barrios privados. En el
área metropolitana Rosario existen alrededor de 25 ‘countries’: en el caso del municipio Funes
hacia el oeste, a partir de una ordenanza del año 2000 ha permitido la construcción de ‘countries’
y clubes de campo; situación similar ocurre en el vecino municipio de Roldán.
Ambos han crecido significativamente en población en la última década (Funes: 76%)
Funes y Roldan son las localidades que más atraen para el asentamiento de casas de fin de
semana y en menor medida, pero significativo, de vivienda permanente para población que tiene
su trabajo en Rosario. La primera tiene una larga tradición como tal y ambas cuentan con stock de
tierras para hacerlo.
En Granadero Baigorria también existen casas de fin de semana transformadas en
vivienda permanente–barrios Los Pinos, Los Paraísos con excelente vista al río Paraná, y
posibilitadas por el mejoramiento de las vías de comunicación que la unen con Rosario y por su
cercanía a esta última que justifica su crecimiento (46,6%) durante la última década.
Más al norte y dentro de la región ha habido procesos de crecimiento por situaciones de
asentamientos industriales que generan empleo, es el caso de una pequeña población del área
metropolitana, Ricardone,103 que debido al crecimiento de una empresa de procesamiento de
oleaginosas que ha generado oferta de empleo, presenta una tasa de crecimiento del 96,67%.
El análisis de las transformaciones en los asentamientos ribereños de la región originadas
en el comportamiento del sistema productivo muestran el despliegue de las actividades
económicas –producción y comercialización de manufacturas de origen agropecuario, y en
particular de la soja y sus derivados –que colocan a Rosario en un punto neurálgico.

103

La empresa industrial está localizada muy cerca de la autopista que une las ciudades de Santa Fe con
Rosario, que posibilita un cómodo ingreso de las materias primas para su posterior molienda. Dispone
de moderna infraestructura que permite operar con semillas de soja, algodón y girasol. El aceite vegetal
se transporta hasta la terminal de embarque, sobre el río Paraná; a través de un oleoducto de 4.500
metros de longitud, con una capacidad de transferencia de 160 toneladas por hora. La terminal de
embarque se encuentra ubicada a orillas del río Paraná, en la ciudad de San Lorenzo. Desde ese puerto,
la empresa canaliza sus exportaciones de granos, aceites y subproductos. La empresa tiene una planta
permanente de 160 personas.

46

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3.

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

La organización territorial metropolitana

Se presenta con forma tentacular siguiendo los principales ejes infraestructurales de movilidad
que llegan a la ciudad central Rosario.104 Se trata de una estructura circulatoria radio céntrica
como puede observarse en el apartado sobre transporte.
Sin embargo, y a pesar de la ausencia de recorridos integradores del transporte de
pasajeros en particular en la dirección norte–sur, existe un claro predominio de la extensión
norte–sur, paralela a la costa, que es expresión del rol productivo de la aglomeración, estructural e
históricamente vinculada a la actividad portuaria.
El río ha condicionado una mayor densidad de asentamientos en su borde –tanto referidos
a usos residenciales, como a usos industriales y a usos portuarios– por que ha facilitado la
provisión de agua y la concreción de desagües,105 así como la disponibilidad de embarcaderos
para actividades portuarias.

Ciudad de San Lorenzo, costa del río Paraná. Desagües directos al río –en primer plano– y al
fondo una empresa industrial.

Este último rasgo se ha visto potenciado y extendido espacialmente como consecuencia
de la paulatina desregulación de la actividad portuaria, de manera que hoy existe un “sistema
portuario” integrado por un gran número de terminales distribuidas en la totalidad de un frente
104
105

“Si la población de Rosario/Gran Rosario es de tres a uno, en la relación de transporte es de ocho a uno
lo que indica un fuerte desequilibrio en la prestación a favor del área central”. Caballero A., l998.
En los municipios del norte del área metropolitana existe una gran cantidad de desagües directos al río
sin ningún tipo de tratamiento previo, como se observa en la foto.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

fluvial metropolitano de 60 Km. de extensión. La Ley Nº 24.093/92 de actividades portuarias. y la
Ley Nº 24.146/94 de Cesión de Tierras contribuyeron a que la ribera sobre el Paraná se modifique
profundamente en todo el litoral sur de Santa Fe.
Se realizó la conformación de un sistema de puertos a lo largo del río Paraná desde
Puerto San Martín, al norte, hasta Campana, al sur en la provincia de Buenos Aires. Dentro de ese
sistema aparecen como hechos destacados la constitución del Ente Administrador del Puerto
Rosario y la instalación de la Zona Franca Santafesina en la ciudad de Villa Constitución.
Este sistema portuario en el cual se inserta Rosario presenta una gran diversidad en
cuanto a modalidades de operaciones: cuenta con diez terminales para la exportación de graneles
sólidos (que han desplazado a un lugar secundario la actividad desarrollada por las Unidades VI y
VII del Puerto Rosario), tres muelles para la exportación de minerales que, a su vez, se
encuentran asociados a grandes establecimientos industriales (Villa Constitución, San Nicolás,
Campana), dos terminales de combustibles (ESSO y Destilería San Lorenzo) y tres terminales de
productos químicos (PASA, Duperial y Sulfacid).
Esta sucesión de instalaciones portuarias (desde el norte al sur) ha convertido al área
metropolitana en una “ciudad puerto” que requiere establecer una política coherente e integrada
de accesos y playas, en lugar de producir soluciones puntuales y fragmentarias ante cada nueva
instalación.
A su vez, la tradicional vinculación entre la ciudad y el río, sintetizada en la idea de
ciudad puerto se modifica sustancialmente a partir del desmantelamiento de las viejas
instalaciones portuarias y ferroviarias en la ribera y su reemplazo en la ciudad de Rosario por un
sistema de parques equipados (o parques multifuncionales). Aparece así un nuevo espacio que
define el nuevo carácter de esa vinculación: el “waterfront”, es decir, el frente de la ciudad sobre
el agua.
Para dar una idea de la importancia que tienen los puertos privados y públicos, se
presenta un listado de las terminales portuarias del AM Rosario.
•

Terminal VI, en el Km. 456 (integrado por tres grupos accionarios de la industria
aceiteras santafesina y cordobesa. Dentro de este ámbito portuario, en el Km. 457 se
habilitó recientemente la terminal mineralera “Alumbrera” de la firma minera Alumbrera
Argentina.

•

Resinfor (Dreyfus), en el Km. 454,5 productora de metanol, cuenta con un muelle
específico para el movimiento de productos químicos.

•

Quebracho, terminal de la firma Cargill SACI (producción de alimentos balanceados y
semillas híbridas).

•

PASA Petroquímica SA en el Km. 451,5 “desde donde se efectúan movimientos de
hidrocarburos para abastecer la planta ubicada hacia el interior de la costa”.

•

Nidera SA (IMSA) en el Km. 450,8 exportación de granos y elaboración de aceites.

•

Terminal Tránsito, exBunge y Born SA (actualmente Toepfer Int.) utilizado por lo
general para descarga de barcazas.

•

La Plata Cereales SA, (firma suiza, grupo André) en el Km. 448,6 y 448,2 con dos
muelles.

•

Puerto de San Lorenzo, donde se ubican diversos muelles. En el Km. 447,9 se localizan
las instalaciones de gas líquido (propano y butano) denominado Puerto Chacabuco (ex
Gas del Estado) operado por YPF SA. En el Km. 447,3 se encuentra el muelle para

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

combustibles líquidos de ESSO con sus tanques de almacenamiento; en el Km. 446,6
están las instalaciones de REFISAN, refinería San Lorenzo (ex–YPF) con tres muelles
destinados a los combustibles líquidos relacionados con la destilería inmediata.
•

La Terminal ACA (Asociación de Cooperativas Argentinas) ex–Unidad VIII de la JNG
de 33,2 Ha “grupo de instalaciones adecuadas para operar con barcazas fluviales, con
tecnología avanzada y conectadas al sistema ferroviario por un desvío de trocha ancha y
angosta.

•

Muelle ex–Duperial hoy adquirido por ICI (capitales británicos) “donde se manejan
hidrocarburos livianos.

•

En otro sector del Puerto de San Lorenzo, en el Km. 442, opera la terminal Vicentin
empresa aceitera santafesina. Desde estas instalaciones se embarcan cargas de la empresa
Pecom Agra y se realizan transferencias de barcaza a buque.

•

Otros dos muelles se ubican aguas abajo, ambos pertenecientes a plantas industriales
como en el caso del Km. 440 con la empresa Sulfacid (FL Beltrán) y Celulosa Argentina
en el Km. 436 (Capitán Bermúdez).

•

El sector denominado Puerto Norte de la ciudad de Rosario, entre los Km. 422–424 de
paulatina desafección por encontrarse en el interior del centro urbano.

•

El Puerto Público de la ciudad de Rosario, entre el Km. 419 y 414, pertenece
operativamente al ENAPRO y se extiende hasta el límite sur del distrito municipal de
Rosario. Consta de tres partes: el sector central “que comprende áreas e instalaciones del
viejo Puerto, desafectadas o en vías de desafectación para usos urbanos, la Estación
Fluvial de pasajeros y el dársena de cabotaje; las zonas francas de Bolivia y Paraguay; y
el sector Sur parcialmente concesionado.

•

En el Km. 406 funciona Punta Alvear integrada entre otras por las empresas productos
Sudamericanos y Emiliana de Exportación.

•

En la localidad de Pueblo Esther “la empresa ACBL Hidrovías, filial del grupo
norteamericano CSX construyó su base de operaciones para las reparaciones, el
mantenimiento y el centro de entrenamiento para la Hidrovía Paraná–Paraguay.

•

En el Km. 396, Terminal Dreyfuss opera en granos, subproductos y aceite.

•

En el Km. 395 está el muelle de SHELL–Capsa, que opera con hidrocarburos.106

El crecimiento industrial del área comienza a darse posteriormente por fuera del
municipio cabecera. Se trata en general de empresas de cierto tamaño –fundamentalmente de las
ramas química y petroquímica– con tecnología intensiva en capital y muy ligadas a la inversión
extranjera, que privilegian para su radicación el eje metropolitano norte, por su dotación de
infraestructura y por su potencialidad portuaria. La localización del complejo de YPF en los años
20, posibilita la posterior formación de un polo industrial de gran envergadura, especialmente en
los rubros petroquímico y aceitero.107

106
107

Floriani, Martinez de San Vicente y otros, 2002.
En 1933 se inaugura la Fábrica Militar de Municiones y Cartuchos San Lorenzo y la Fábrica Militar en
Fray Luis Beltrán; en 1950, la planta de Sulfacid; en 1951, las plantas de Electroclor S.A., Cerámica
San Lorenzo y Argental; en 1952, la fábrica de porcelanas Verbano; en 1964, la empresa PASA
Petroquímica; en 1967, Metcon; en 1969, Dow Chemical; en 1990, Resinfol Metanol (sólo para
mencionar los establecimientos más importantes vinculadas al polo petroquímico).

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

En la década de los años noventa, se produce la desactivación y la posterior concesión de
los ferrocarriles, a la vez que la venta de la destilería San Lorenzo. La reapertura de la planta en
manos de la empresa Pérez Companc, significa un profundo proceso de reorganización de la
Destilería en la que se refina el 6% del crudo que se procesa en el país, pero el empleo disminuyó
fenomenalmente.
La reestructuración económica general que se planteó sucesivamente y como
consecuencia de todo ello, planteó a Rosario y su región unos desafíos de reacomodamiento con
las oportunidades vinculadas con el marcado proceso de expansión e intensificación de la
actividad portuaria y agro–industrial. En algunos municipios y comunas del área metropolitana el
suelo vinculado a esos usos supera al predominio de la demanda de suelo residencial. En Puerto
Gral. San Martín, por ejemplo, el 54% del total del área urbanizada está ocupado por
emprendimientos industriales y/o portuarios; en San Lorenzo, el 30%; y en Fray Luis Beltrán y
Capitán Bermúdez, el 27% y 26% respectivamente.
La situación actual de usos del suelo, el avance de los usos residenciales sobre áreas de
localización industrial de vieja data, y la inversa genera conflictos entre vecinos y empresas por
sus localizaciones que exigen una previsión rigurosa de servicios complementarias –playas de
camiones, adecuados accesos, entre otros–, la regulación del tránsito pesado en las localidades.
Todas estas cuestiones son centrales en el marco de un desarrollo del área.
En esas localidades, el desarrollo de actividades y servicios vinculados al transporte de
carga se manifiesta disminuyendo la calidad de vida de sus habitantes y generando conflictos por
los deterioros ambientales que se producen.
Aparecen algunos interesantes indicios de modificación del rol de los municipios en la
gestión de su propio territorio. En primer lugar, se nota una disposición a plantear mayores
exigencias a las empresas asentadas en el respectivo municipio respecto del pago de tributos
locales. Las empresas privadas tendían a localizarse mayoritariamente sobre áreas calificadas
como “zonas rurales” y, por lo tanto, estaban sometidas a una valuación inmobiliaria
desproporcionadamente baja en relación con las inversiones realizadas. Las autoridades de los
municipios más afectados, como Puerto Gral. San Martín y San Lorenzo, han hecho significativos
avances en la regularización de esa situación, y han logrado incrementar un poquito sus ingresos.
No sucede lo mismo, en cambio, con la actualización de los instrumentos de
ordenamiento territorial. La mayor parte de las localidades continúa anclada a una generación de
Planes Reguladores de las décadas de los setenta y ochenta: la expansión de la planta urbanizada,
el control del agregado edificatorio y la zonificación del área urbanizada–, carecen de una visión
actualizada de los nuevos procesos y las nuevas responsabilidades que el área metropolitana debe
enfrentar.

4.

Deterioros progresivos de la calidad ambiental108

La metrópolis rosarina se encuentra en una posición peculiar desde el punto de vista de las
condiciones naturales de partida. Se trata de la zona de interfaz entre dos sistemas ambientales
claramente reconocibles y diferenciados: la llanura pampeana y el valle aluvional del Paraná. Esta
doble pertenencia caracteriza al espacio metropolitano rosarino. Por un lado, la pertenencia a la
108

La reforma de la Constitución nacional acaecida en 1994 consagró la defensa de los intereses de
incidencia colectiva en materia medioambiental.” Los santafesinos nos encontramos ahora ante la
oportunidad histórica de hacer lo propio mediante la anunciada reforma de la Constitución provincial,
dotando de la mayor jerarquía a los derechos medioambientales”,declaración del defensor adjunto, abril
2004.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

llanura pampeana actualmente vincula el sistema portuario metropolitano de Rosario y sus
canales de comercialización con el exterior, con la mayor área agrícola dedicada a la producción
de soja en el país. Por otro lado, el valle aluvional del delta ha comenzado a usarse recreativa y
turísticamente. Cada vez son más los habitantes que recurren a las islas para la realización de
actividades deportivas y/ o para la recreación de fin de semana.
La llanura pampeana, donde se asienta el área metropolitana de Rosario, se caracteriza
por ser particularmente plana, con ondulaciones casi imperceptibles. Esta planicie está surcada
por lechos de arroyos y cañadas perpendiculares al Río Paraná, en el cual desaguan. Más
precisamente, en el área están comprendidas partes de las cuencas del Río Carcarañá y de los
arroyos San Lorenzo, Ludueña, Saladillo, Frías, Seco, Pavón y del Medio. El cauce secundario de
mayor importancia –el Carcarañá– describe un pronunciado arco hacia el norte, desembocando
fuera del área metropolitana. Los restantes cursos de agua poseen cauces de corto recorrido y
desplazamiento torrencial en los períodos más lluviosos del año. Algunos de ellos se encuentran
canalizados. El terreno, por la inexistencia de pendiente, es de escurrimiento lento. En estos
territorios se producen inundaciones como consecuencia de relaciones distantes de causa—efecto,
en las que las cuencas (con sus áreas rurales y núcleos urbanos) actúan como expulsoras de aguas
que luego terminan impactando en una jurisdicción determinada (Rosario en la cuenca del
Ludueña y Va. Gdor. Gálvez en la cuenca del Saladillo). La recurrencia de procesos de
inundación pone de manifiesto la vulnerabilidad del área para asentamientos humanos.
El problema de las inundaciones y del saneamiento de las cuencas de ambos arroyos
resulta altamente demostrativo de la necesidad de contar con un ente de coordinación
metropolitano, tanto por la limitación de las administraciones locales para afrontar el problema
aisladamente, como por la insuficiencia de los tratamientos sectoriales (ver en el mapa sobre usos
de suelo, las áreas bajo riesgo). Aparece en esto una función clave de una comisión metropolitana
integrar en un proyecto común a las jurisdicciones y coordinar en una actividad común a las
gestiones sectoriales, porque como es obvio el agua no reconoce limites de ninguna naturaleza.
Los procesos de erosión se han acelerado debido al transporte fluvial de gran calado.109
Los derrumbes de barrancas por erosión sobre la costa del Paraná y en las costas de algunos
arroyos como el Saladillo afectan la infraestructura residencial y municipal. Sobre el frente
fluvial, en muchos sectores se liberan al río los efluentes domiciliarios e industriales.
El puente Rosario–Victoria no ha contado con estudios diagnósticos cabales de impacto
ambiental, ausencia que impedirá obtener con la facilidad que se debiera un monitoreo serio de la
evolución o involución del medio ambiente involucrado.110
El otro problema que requiere tratamiento urgente es el de la disposición de los residuos
sólidos urbanos aunque se reconoce las dificultades políticas y sociales para encontrar las
soluciones más adecuadas y adaptables al área.111 En Rosario se está haciendo desde hace unos
años una experiencia de funcionamiento de una cooperativa de cirujas 112 que está subsidiada por
la municipalidad y que le ha cedido un sector vecino al relleno sanitario para que separen los
materiales ya que sino el área urbana de Rosario se ve afectada por la apertura de bolsas de
residuos. Esta es una experiencia pequeña que también enfrenta sus conflictos con las empresas
recolectoras
109

110
111
112

“No se disponen de datos del Ente Regulador que debería controlar la concesión del dragado del río,
debido a que jamás fue constituido, incumpliendo con el decreto nacional Nº863.193, que así lo
disponía” Defensor adjunto del pueblo Santa Fe.
Declaraciones del defensor adjunto del Sur de Santa Fe. Abril 2004.
Diferentes funcionarios del AMR entrevistados han manifestado que el”problema de los residuos es
político y no técnico”.
Recolectores informales de residuos.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Existen innumerables conflictos entre distintos actores, como económicos (los
empresarios de las empresas recolectoras de residuos) sociales (los recolectores informales que
con la crisis han crecido significativamente) y políticos (los diferentes intendentes y presidentes
de comunas; los concejales de diferentes partidos), inconvenientes y deterioros ambientales que
las deposiciones generan.113 Estos exceden las diferentes jurisdicciones municipales y comunales
además porque muchos de los residuos que se generan en un municipio son depositados en otra
jurisdicción. Mientras se intenta resolver este complejo problema, hay acumulación de residuos
en diferentes zonas y barrios del área metropolitana, siendo un problema agudo el de los barrios
FONAVI de toda el área metropolitana porque a la generación de residuos del propio barrio se
adiciona la que se dispersa desde sitios cercanos de disposición irregular de residuos y que es
arrastrada por el viento.

Localidad de San Lorenzo, conjunto FONAVI de la década del 90,en medio del campo y la basura se encuentra dispersa.

A su vez la instalación de gran cantidad de puertos privados, en predios ocupados hasta
hace algún tiempo por establecimientos industriales del otrora poderoso cordón industrial, y las
nuevas demandas infraestructurales (ferroviarias y de accesos) de los mismos, caracterizan el rol
113

El municipio de Gobernador Gálvez deposita sus residuos a cielo abierto en el limite con la ciudad de
Rosario, a la vera del arroyo Saladillo. El municipio de Funes que produce 12 toneladas diarias de
residuos y que en verano se multiplica por 3, lo hace en el municipio de Pérez, en un emprendimiento
privado al igual que el municipio de Granadero Baigorria. Esto es así porque según afirman los
funcionarios responsables, deponer en Riccardone les sale sumamente caro.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

productivo de la extensión norte del área metropolitana, creando conflictos con algunas zonas
residenciales al norte.
La construcción de nuevos puertos en la extensión sur del área metropolitana también
puede crear un conflicto ambiental, en particular con los sectores de residencia de fin de semana y
establecimientos recreativos y deportivos que también se ubican sobre la ribera.

4.1

La contaminación ambiental

En la parte norte del AMR se produce una gama de actividades contaminantes que afectan hacia
el sur. Se trata de olores como contaminación atmosférica, en particular los que produce por
ejemplo, la planta que fabrica pasta de papel, y contaminación hídrica en el río Paraná que
paulatinamente va inhibiendo el uso recreativo de la costa fluvial y que puede crear problemas de
provisión de agua potable. Hacia el sur en Gdor Gálvez la presencia de residuos de industrias
frigoríficas produce contaminación y lo mismo ocurre con las cloacas a cielo abierto en la
proximidad de núcleos urbanos o de instalaciones industriales (como puede apreciarse en la foto
en el Norte del área metropolitana).
Al igual que en los problemas mencionados más arriba, la contaminación ambiental
requiere un tipo de tratamiento metropolitano, en la medida que las causas se generan en un lugar
pero sus consecuencias se sienten en otro sitio más distante. Asimismo el transporte público
también amerita un tratamiento de índole regional, dado que la contaminación que producen,
tanto acústica como aérea, no conoce límites interjurisdiccionales.

4.2

Transporte e infraestructura

“Las profundas modificaciones que se han dado en la ciudad y su área metropolitana en los
últimos años, han modificado el patrón de movilidad, sin que se hayan incorporado los cambios
necesarios en el sistema de transporte para readecuarlo a las nuevas demandas.” Así concluye el
trabajo realizado en 2003 por la secretaria de servicios públicos de la municipalidad de Rosario.
El estudio en cuestión confirma la masiva confluencia de líneas de transporte al centro de la
ciudad, que producen el esquema radio–concéntrico, y que no se corresponde con la demanda
114
relevada. Con los datos de la encuesta verificaron una importante movilidad interna en cada
uno y entre los distritos y en particular con el centro de la ciudad
La ciudad de Rosario sigue siendo un centro que atrae y genera viajes –concentra el 75%
de los viajes del área–. Esto nos está indicando un fuerte desequilibrio en la prestación a favor de
Rosario. Los cuatro corredores metropolitanos presentan una fuerte relación entre las localidades
que pertenecen a un mismo corredor; pero la relación es muy débil cuando se trata de vincular
corredores.
Un dato particularmente interesante de destacar es la baja utilización del ómnibus como
medio de transporte. En Puerto Gral San Martín el 30,9% usa el ómnibus (es el porcentaje más
alto del AMR) y en Rosario el 28,5% En el resto de las localidades los porcentajes disminuyen;
sacando a Puerto Gral San Martín, en la parte norte, se destaca el uso de la caminata; hacia el
noroeste, la bicicleta y en el sur la bicicleta. El promedio general de viajes en el AMR es 1,5 vd/h
y a medida que mejora el nivel de instrucción aumenta el promedio de viajes diarios.
El estudio concluye la importancia y urgencia de replantear el sistema de transporte para
adaptarlo a las nuevas exigencias y que pueda cubrir mejor las necesidades de movilización de la
población del área y a inducir a un mayor uso del transporte público.

114

Encuesta de origen–destino 2002 en el trabajo de la Secretaria de Servicios Públicos citado.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

La inexistencia de una coordinación del transporte metropolitano produce ausencia de
recorridos integradores y limitaciones por los saltos que se producen en la tarifa al pasar de una
jurisdicción a la otra(en realidad los saltos debieran darse por distancias y no por atravesar limites
jurisdiccionales).
La reactivación del Puerto Rosario junto con el movimiento que se registra en el puente
Rosario–Victoria y la construcción de la autopista Rosario–Córdoba que finalizará en los
próximos años, incrementarán los volúmenes del tránsito automotor en la Avenida de
Circunvalación, produciendo su rápido congestionamiento. Esta situación atenta contra la
tendencia de localización de grandes establecimientos comerciales que se registra en el tramo
norte de la Avenida de Circunvalación.
La concreción de esas grandes obras de infraestructura producirá también un fuerte
impacto en la ruta Nº 33, incrementando los volúmenes del tránsito y saturando su capacidad para
la circulación. También ha de preverse un incremento de la demanda de tierras con acceso directo
a la ruta para la localización de establecimientos productivos y de servicios.
La reconversión ferroviaria
La reconversión del sistema ha sido uno de los más grandes y emblemáticos objetivos
urbanísticos del Municipio, ya que su despliegue en el territorio ha marcado y definido, las
características y desarrollo de su estructura urbana y sus relaciones metropolitanas.
Las políticas y planes para modificar esta situación, que se elaboraron desde principios de
los años cincu\\enta en adelante, avanzaron sobre proyectos físicos y jurídicos, coincidentes que
en la cuestión ferroviaria se asentaba esencialmente la posibilidad de transformación de la ciudad.
El sistema ferroviario regional, volcado exclusivamente al transporte de cargas, atraviesa
en la actualidad una situación de conflicto en relación con el desarrollo de las localidades del área
metropolitana. El Departamento de Rosario incluye sólo una parte de las localidades que integran
el AMR.115 Conflicto que se irá agudizando progresivamente junto con el incremento de la tasa de
crecimiento anual acumulativa de los movimientos ferroviarios de cargas y también con la
duplicación prevista para los próximos diez años del volumen de cargas transportadas por la red
en toda el área metropolitana.
Es de destacar que sólo un 3% de este volumen de cargas transportadas tendrá como
destino instalaciones ubicadas dentro de la ciudad de Rosario. La propuesta de contar con un
anillo ferroviario perimetral –el CIRCUNVALAR, lo ubica paralelo a la ruta A 012– tiene por
finalidad mejorar los aspectos operativos de la red y, a la vez, liberar amplias áreas dentro de la
ciudad de Rosario para destinarlas a otros usos (ver plano del proyecto en la página siguiente).
Para ser más precisos, actualmente los tráficos ferroviarios de cargas se incrementan, a
una tasa de crecimiento anual acumulativo de más del 8% y requieren en el corto y mediano plazo
importantes inversiones en reacondicionamiento de vías, instalaciones y equipamientos.
En el AMR se operan cargas por un volumen de 5 millones de toneladas/año, previéndose
su duplicación en los próximos diez años y de los cuales solo un porcentaje menor tendrá como
destino instalaciones en la ciudad. De mantenerse la tendencia de tráfico ferroviario actual y
como producto de la desafectación de las instalaciones de Puerto Norte, sólo el 3% de las cargas
transportadas tendrán como destino a la ciudad de Rosario, mientras el 70% tendría como destino
Puerto Gral. San Martín y San Lorenzo, el 20% Puerto Sur y el 7% otros destinos.
115

Según el secretario de obras publicas de Gdor Gálvez, estaban ya tramitando con el ONABE la
transferencia de tierras ferroviarias para uso residencial y el proyecto Circunvalar frustra esta operación.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

PLANO 2
PROYECTO DE CIRCUNVALAR FERROVIARIA DE CARGAS

Fuente: Municipio de Rosario

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V.

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Institucionalidad supra–municipal y
desarrollo local

El territorio del área metropolitana se presenta como un mosaico de fragmentos territoriales en lo
político y administrativo, algunos de ellos de muy reducida capacidad económica y técnica para
administrar su propio territorio y, por ende, para llevar a cabo una política de desarrollo local. Sin
embargo, la concepción del territorio implícita hoy en las decisiones de política pública en el
área, están ancladas al espacio y los compromisos de gestión municipal o comunal: son las
administraciones locales tradicionales, las que se ejercen dentro de los límites de un distrito que
comprende un solo centro.
Las grandes obras de infraestructuras que son centrales para el desarrollo, no están
actualmente localizadas en el interior del municipio cabecera. Las grandes inversiones
industriales y el movimiento portuario más dinámico –generador de recursos, pero de muy bajo
empleo–, se producen fuera de Rosario propiamente dicho. Pero el 25 % de los puestos de trabajo
de toda el área metropolitana se localiza en el área central de Rosario y está constituido
mayoritariamente por los sectores de comercio y servicios. A su vez, alrededor del 80 % de la
población total de la ciudad central se ocupa en actividades de servicio. Todo ello evidencia que
existe una fuerte interrelación entre las diversas localidades que componen el área metropolitana.
Es interesante además constatar que los desafíos imprescindibles que plantean las
modificaciones ambientales del área metropolitana de Rosario no están contenidos en el espacio
institucional normalmente considerado “local” en la tradición administrativa argentina, y en
particular santafesina, es decir el espacio municipal o comunal. Por el contrario, tales desafíos se
manifiestan en un nivel desprovisto de institucionalidad; no existe un espacio político
metropolitano. Se trata de un espacio que superpone límites distritales, departamentales e incluso,
provinciales. Más aún si bien, como se está viendo, este tema está en el discurso de algunos
sectores del AMR, aún no posee la fuerza suficiente para imponer el debate en la sociedad.
Por primera vez el estado provincial se muestra hoy preocupado por esta problemática: la
cuestión aparece en la agenda de la vice–gobernadora de la provincia y es ella quien coordina las
reuniones con los intendentes y presidentes de las comunas. Durante estos pocos meses que han
transcurrido desde el inicio de estas reuniones, cada una en una localidad diferente, los temas

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

parecieran circunscribirse a planes de obras públicas, en particular de coordinación de vías
terrestres.
Al analizarse en detalle los cometidos de una eventual instancia metropolitana –
cualesquiera forma que ésta adopte– la nómina más completa de los problemas del AM de
Rosario pareciera seguir siendo la que se hizo hace ocho años con motivo de un préstamo del
BID:116
1. El área carece de un sistema integrado de tratamiento y disposición de residuos
sólidos domiciliarios, patológicos e industriales, tóxicos y contaminantes.
2. Los municipios del área metropolitana no tienen autonomía, son autárquicos y sus
potestades tributarias se encuentran atenuadas, atentando contra el cumplimiento
estricto de las obligaciones fiscales por parte de los vecinos de la localidad.
3. La estructura tributaria de las municipalidades y comunas del área no consideran
estrictamente el costo de los servicios que prestan y el tributo que se recauda, no
existiendo un principio directo de correspondencia fiscal.
4. El trámite de habilitación de negocios en los municipios más importantes del área
genera costos económicos en la iniciación de actividades por cuenta propia, lo que
hace que algunas PYMES queden fuera de la masa de contribuyentes del respectivo
tributo.
5. Los municipios del área necesitan contar con nuevos sistemas de Información
Territorial que permitan un cobro eficiente de las tasas municipales, respetando el
principio de equidad y capacidad contributiva de los productores.
6. Los municipios y comunas del Gran Rosario presentan ineficiencia administrativa–
contable y carecen de un sistema de datos integrados que permitan la toma de
decisiones y posibilite la presentación de informes a terceros.
7. Las ciudades del área necesitan revalorizar y potenciar el rol de la mujer en los
procesos de participación cívico–político y fundamentalmente en su intervención en
los aspectos productivos, económicos y sociales.
8. Los accesos viales a la ciudad de Rosario, que comunican a los demás municipios
con la ciudad central, requieren mejoras y nuevas inversiones para mantenerlos en
óptimo nivel de transitabilidad.
9. El área metropolitana necesita ampliar y mejorar el sistema de comunicaciones
ferroviarias con otras provincias limítrofes y países del Mercosur, a fin de lograr
mayor competitividad en las industrias de la región.
10. Los accesos viales al Aeropuerto Internacional de Fisherton son insuficientes y
generan problemas de congestión, máxime si se lo proyecta como una Estación
Internacional de Cargas y como aeropuerto alternativo de Ezeiza.
11. En el área metropolitana no existen mecanismos para la prevención y atención de
grandes siniestros industriales y urbanos y catástrofes naturales, que podrían producir
graves pérdidas humanas y materiales.

116

Informe de Avance sobre el Diagnóstico de Información General del Área Metropolitana del Gran
Rosario, elaborado en el marco del Programa de Desarrollo Integral de Grandes Aglomeraciones
Urbanas del Interior (BID–AR0151).

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

12. El actual sistema de tránsito y transporte urbano e interurbano de pasajeros y cargas
provoca elevados costos de operación, mantenimiento y de tiempos de viaje.
13. Las barrancas y costas del Río Paraná sufren procesos erosivos de consideración,
donde urge adoptar medidas de prevención para el mantenimiento de tierras.
14. Existen problemas de anegamiento que afectan a diversos municipios y generan
pérdidas en la producción de flores, frutihortícola y agrícola–ganadera.
15. El área metropolitana carece de un centro regional de estudios ambientales que
desempeñe un papel rector referido a aspectos técnicos–legales con funcionamiento
independiente de los organismos que generen impactos negativos sobre el
medioambiente.
Si se repasan estos 15 puntos cotejándolos con la realidad puede concluirse que existen
una serie de urgencias pendientes, de las cuales algunas relativas a los accesos viales están
resolviéndose. Existe un gran ausente en estos lineamientos; se trata de la necesidad de avanzar
sustantivamente en la generación de una política de suelo y vivienda para llevar a cabo políticas
de producción de suelo, recalificación y rehabilitación a escala metropolitana.
En la realidad de hoy existe consenso entre los actores metropolitanos relevantes sobre la
cuestión del desarrollo económico y la competitividad internacional. Desde este punto de vista,
los intendentes del AM consideran, más allá de algunos localismos y prevenciones, a Rosario
como ‘una oportunidad y no un peligro’ porque el desarrollo es función compartida de toda el
área.117
Hay un problema histórico que se ha hecho manifiesto y es el problema del transporte
interurbano de pasajeros, regulado por la Provincia desde 1935. La otra cuestión de creciente
importancia es la disposición de los residuos urbanos que entre 1993 y 1998 creció un 25%,
alcanzando en el año 2000 las 1000 Toneladas diarias de residuos pero que hoy, después de la
crisis del año 2001, alcanza en la ciudad de Rosario las 600 toneladas diarias. Esta cuestión
esencial está actualmente contemplada en un proyecto específico –con participación de los
gobiernos locales del AM–. Sin embargo en la práctica la cuestión se resuelve en una tensión
periódica entre la Municipalidad de Rosario y el gobierno provincial al no saber a ciencia cierta la
primera si la segunda permitirá seguir usando el relleno Ricardone, levantará la veda sobre
Alvear118 o habrá que buscar otra solución de último momento a la grave cuestión.119
Si se analizan encuestas, estudios e investigaciones, se ve que otra de las omisiones más
sobresalientes de la agenda es la problemática de la pobreza y la marginalidad social y las
cuestiones asociadas a ellas que no se piensan desde la óptica metropolitana–al menos no
prioritariamente– aunque posean esa dimensión. El sistema de arreglos organizacionales que
había propuesto por el PER precisa aún más los cometidos, aunque éste omite toda referencia al
servicio de salud, amplio120 y modélico,121 y que si bien está casi fuera del debate,122 representa en

117

118

119
120

Esta ha sido la posición pública del Intendente de Roldán al presentar su Plan Estratégico recientemente
(V. La Capital del 10/VI/04), pero pueden encontrarse numerosas posturas similares reiteradas cada
tanto por intendentes y presidentes comunales.
La secretaría de medio ambiente de la Provincia rechazó la posibilidad de que Rosario trasladase sus
residuos a Alvear por no contemplar las normas urbanas: estaba cerca de asentamientos humanos.
Además genera conflictos entre Rosario y Gdor. Gálvez vecino a Alvear.
Puede verse el más reciente episodio de esta saga en La Capital del 10/VI/04, pero la serie puede
seguirse periódicamente en la prensa diaria de todo el año.
Rosario cuenta con 79 centros de atención primaria de la salud y con 5 hospitales provinciales y 7
municipales. La Municipalidad de Rosario destina el 25% de su presupuesto a la atención de la salud.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

los hechos una prestación interjurisdiccional muy importante que la ciudad central podría hacer
valer a la hora de las negociaciones.123
En cuanto a los formatos institucionales, los otros antecedentes relevantes son el de la
Prefectura durante un gobierno de facto, y el del Consejo de Intendentes del AM constituido a
fines de 1996 durante un gobierno constitucional.
La inclusión geográfica fue mayor en un caso que en el otro124 pero el esquema mucho
más liviano125 pues se circunscribió al Consejo de Intendentes integrado por los de Rosario, San
Lorenzo, Roldán, Casilda, Villa Gobernador Gálvez, y Granadero Baigorria, en representación
del conjunto de intendentes (y presidentes de comunas) que conforman el área metropolitana del
Gran Rosario. Como el esquema se originaba en el préstamo BID–AR0151 (y también vinculado
con BID 1068 / OC–AR), el esquema tuvo un alto grado de adhesión y funcionó más fluidamente,
con un sistema de representación consensuado y ágil.
En la medida que los desembolsos se fueron demorando (por las dificultades para obtener
fondos de contraparte, luego por la crisis económica general a partir de la recesión de 1998 en
adelante, y también por la escasez de recursos, poder de decisión y equipos técnicos municipales
del AM para formular los proyectos, el proyecto perdió impulso.
En el año 2001 se firma el acta de compromiso metropolitano y desde abril del 2004 está
en funcionamiento en la ciudad de Rosario el Plan Estratégico Metropolitano región Rosario. En
cuanto a antecedentes legislativos, existen básicamente dos: el proyecto Baltucci sobre una
organización del AM Rosario a partir de las experiencias locales y comparadas, replanteado luego
por el diputado provincial Venesia,126 que no logró consenso para su tratamiento entre 1993 y
1995, volviéndose a presentar en 1995 y 1998 en la Cámara de Diputados de la Provincia también
sin éxito. Además se encuentra el anteproyecto de ley de creación de un Consejo de Política
Estratégica127 para el territorio de la Provincia de Santa Fe, presentado por la Subsecretaría de
Planeamiento y Control de Gestión del Gobierno de la Provincia de Santa Fe128 también sin
mayores consecuencias.
De entre todas las experiencias y propuestas,129 la más relevante hasta ahora sigue siendo
la del Plan Estratégico Metropolitano (PEM).130 A partir de un enfoque moderno y alejado de
121

122
123
124
125
126
127
128
129

130

Con prestigio académico y político en el ámbito nacional desde casi la misma restauración democrática
de 1983 y muy desarrollado –y promocionado– a partir de la década del 90. Las opiniones reales son
positivas, aunque a veces los intendentes del AM expresan puntos de vista opuestos según su
pertenencia política.
Pocos lo plantean de manera explícita, aunque por razones no coincidentes.
Es un viejísimo tema de externalidades y que resulta políticamente delicado especialmente para la
visión universalista del partido en el poder de Rosario desde 1995 (o 1991, según el criterio) a la fecha.
La Prefectura englobaba 21 gobiernos locales; el Consejo, que explícitamente optó por el criterio de
interdependencia geográfico–funcional, terminó incluyendo 47 municipios y comunas.
La Prefectura contemplaba un Directorio, con representantes por zona y de los otros niveles de
gobierno, una Asamblea de Intendentes y Presidentes Comunales y una secretaría técnica.
Redactor del proyecto original como asesor del primer legislados mencionado.
Que no propone una formalización institucional como el otro proyecto, pero abre una puerta a un futuro
desarrollo.
Y publicado en Rosario en 1996.
Casi todos los estudios y trabajos generales académicos o técnico–políticos plantean opciones
institucionales que en general giran sobre los antecedentes –de modo muy especial sobre la
organización de la Prefectura pero salvo dos excepciones de porte, los planteos no analizan ventajas y
desventajas de los arreglos comparados.
Es imposible evaluar al PEM por su reciente creación y por la yuxtaposición con la iniciativa
provincial.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

complejas ingenierías de efectividad dudosa; el plan estratégico de Rosario propone para su ‘eje
metropolitano’ y su aspiración de la ‘ciudad de la integración’ dos proyectos el Ente de
Coordinación Metropolitana y la Agencia Regional de Desarrollo.131
Con el Ente de Coordinación Metropolitana132 se busca consolidar un espacio
metropolitano, dinámico e innovador, que siente las bases de una gestión conjunta de los asuntos
metropolitanos. De este modo, el Ente de Coordinación Metropolitana deberá orientar su
actuación a la creación de un entorno favorable para la cooperación inter–institucional y la
solución consensuada y corresponsable de las problemáticas metropolitanas. Para ello, el Ente
deberá contar con un marco normativo que sustente y legitime su accionar y abra las puertas de
una nueva concepción de Estado. Lo anterior basado en la necesidad de ampliar autonomías
municipales y comunales. Para lograr sus fines, se establecen dos funciones/actividades centrales:
•

Consensuar entre los municipios y comunas de la región metropolitana del Gran Rosario,
y entre éstos y el gobierno provincial, la necesidad de conformar un espacio de gestión
metropolitano.

•

Delegar atribuciones en esta nueva entidad, garantizando el principio de
descentralización funcional y de eficiencia operacional, y se especifican los actores
involucrados: los municipios y comunas de la región metropolitana; y el gobierno de la
provincia de Santa Fe.

El esquema no puede ser más claro conceptualmente y parece hacerse cargo de errores y
fallas del pasado del que se diferencia netamente. En la actualidad el Plan Estratégico
Metropolitano se plantea unos objetivos algo más ambiciosos que orientan su planificación:
•

•

131

132

Integrar las diversas realidades territoriales al proceso de toma de decisiones de las
políticas públicas para poder valorizar los recursos comunes y enfrentar los grandes
temas metropolitanos.
Fortalecer la gestión local de cada municipalidad y comuna de la región y lograr la
coordinación interinstitucional para la gestión metropolitana de políticas públicas.

La misión de la Agencia de Desarrollo Región Rosario (ADERR) es contribuir al desarrollo productivo
de la región, teniendo para su accionar programas y servicios referidos a el comercio exterior, la mejora
de la productividad, la asociación empresaria, la gestión de calidad, la innovación tecnológica, la
capacitación, el acceso al financiamiento. En el 2002 se obtuvo la personería jurídica, se consolidó el
Consejo Técnico Asesor y se incorporaron nuevos asociados activos y adherentes, que suman a más de
40 entidades. Se avanzó sobre la asociatividad empresarial, brindando apoyo a grupos de fabricantes de
muebles y carpinterías, industriales panaderos y se desarrollaron talleres para los empresarios en el
tema. En el marco de los proyectos cooperativos se formuló y se puso en marcha el proyecto de
consolidación del sector de economía social y solidaria de la región.
Como ya se ha dicho en la primera parte de este trabajo, en noviembre del año 2001 los Intendentes y
Presidentes Comunales del Área Metropolitana de Rosario y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe
firmaron el “Acta Compromiso Metropolitano” mediante la cual se comprometen a apuntalar el
desarrollo de las iniciativas institucionales de carácter metropolitano que ya están en funcionamiento.
Se trata del Consejo de Intendentes del Gran Aglomerado Urbano Rosario (Programa de Desarrollo
Integral de Grandes Aglomeraciones Urbanas del Interior del País – BID AR – 1068/OC–AR) y la
Agencia de Desarrollo Región Rosario; además de conformar comisiones de trabajo conjuntos por
problemáticas específicas y soluciones comunes; convocar a los sectores de la sociedad civil del área
metropolitana a participar activamente de este proceso; y concretar las nuevas reglas e instancias
institucionales que permitan conseguir los objetivos planteados.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

•

Construir un sistema de gestión para el área metropolitana con medios para reunir y
analizar la información, atender a las necesidades del área y tomar decisiones que
permitan superar sus problemas.

•

Promover un proyecto político regional que contribuya a generar condiciones para un
desarrollo equitativo, competitivo y sustentable.
Para ello ha identificado unos temas críticos:
En el territorio metropolitano.
1) Residuos sólidos urbanos.
2) Uso del suelo y de la costa.
3) Polución industrial.
4) Infraestructura para el transporte de cargas.
En la sociedad metropolitana.
1) Identidad e integración regional.
2) Salud y vivienda social.
3) Transporte de pasajeros.
En el sistema productivo regional.
1) Capacitación/reconversión laboral.
2) Cadenas de valor.
3) Turismo.
Y con respecto a las instituciones de la región
1) Compatibilización de las normativas.
2) Coordinación en salud.
3) Ámbito de coordinación institucional
4) Coordinación gobierno, empresas y universidades.
Para ello, trabaja en los siguientes proyectos:

•

Proyectos Ferroviales (Plan Circunvalar).

•

Proyecto metropolitano de tratamiento de residuos sólidos urbanos.

•

Relevamiento Productivo Regional.

•

Programa de formación de agentes de desarrollo local.

•

Sistema de Información Metropolitana.

•

Ente de Coordinación.

•

Autonomía Municipal.

•

Normativas Metropolitanas.

Por su parte, la Agencia Regional de Desarrollo, al estilo de numerosas experiencias
internacionales,133 se plantea como instrumento de gestión y promoción del desarrollo territorial y
133

El PER registra la fuerte influencia y cooperación del Centro Iberoamericano de Desarrollo Estratégico
Urbano (CIDEU) y de muchos expertos españoles que en el caso de la Agencia permitieron una
elaboración muy pensada con base en las mejores experiencias exitosas del mundo.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

empresarial de la región metropolitana del Gran Rosario, con la misión de crear un ambiente
favorable para el desarrollo territorial y sentar las bases de una nueva cultura empresarial, basada
en la colaboración público–privada y en la capacidad de innovación local. Entre las tareas y
competencias que asume la Agencia134 se precisan dos de singular importancia:
•

Elaborar y gestionar un Plan de Articulación Metropolitana para la Gestión y Promoción
de Servicios Logísticos. La fortaleza que la región presenta en cuanto a la disponibilidad
de infraestructuras para el desarrollo y las perspectivas aún más interesantes de mejoras
en cada una de ellas le otorgan un perfil de identidad territorial singular que le permite al
Gran Rosario posicionarse como una “Comunidad Logística”,135 que brinde servicios
especializados a las empresas de la región del Mercosur.

Esta actividad se vincula con otros proyectos del PER como el de creación de una Zona
de Actividades Logísticas y todos los relativos a las infraestructuras de transporte. También con
los proyectos de creación de un Instituto de Estudios del Mercosur y un Centro de Información de
la Hidrovía.
•

Crear y promover Parques Industriales y Regionales. La provisión de suelo industrial
adecuado, en cuanto a su infraestructura y equipamiento y a todo tipo de demanda
empresarial, representa un desafío que la región debe afrontar de manera inmediata. La
creación, preparación y ofertas de suelo público para fines productivos, es hoy una
cuestión que requiere una atención privilegiada, habida cuenta de las nuevas inversiones
empresariales que se están desplegando en todo el espacio metropolitano

Estos objetivos han sido retomados por el Plan Estratégico Metropolitano Rosario (PEM)
en tanto organismo ahora metropolitano que se funda a partir del camino recorrido por el Plan
Estratégico Rosario (PER), aunque por el momento se observe una cierta discontinuidad con el
enfoque bottom–up. El esquema planteado es relativamente simple y representa un enfoque que al
avanzarse está parcialmente a cubierto de ciertos obstáculos.
Sin embargo, hay restricciones que no pueden descuidarse. Desde el punto de vista
institucional, hay una falta de autonomía de los municipios santafesinos, situación que se
encuentra en desajuste con la Constitución Nacional. Esto tiene impactos diferentes en Rosario,
que puede lograr mayores márgenes de maniobra a pesar de la restricción136 y en los municipios
menores, donde los límites económico–financieros137 pueden frustrar los proyectos más flexibles,

134

135

136

137

Que ha comenzado a consolidarse –ya culminó la etapa de conformación institucional– a partir de una
iniciativa concreta del Banco Nación y con participación de actores nacionales y provinciales y una
fuerte presencia del sector privado en el formato de asociación público–privado.
Esta idea, nacida de una consultora privada y que fue generando un fuerte consenso público y privado,
está desarrollada en un proyecto específico del PER para la zona logística –ZAL–. En síntesis rápida,
con la ZAL se pretende un espacio localizado de servicios integrados, para mercados donde los clientes
buscan cada vez más servicios globales.
Puesto que en función de particularidades históricas de la provincia, la ley orgánica municipal le inviste
a los municipios con las atribuciones necesarias para una eficaz gestión de los intereses locales, que
permite la interpretación extensiva y amplia de las normas (por ejemplo los artículos 2 y 20 de la dicha
ley 2756).
Los municipios no están facultados para contraer empréstitos internos o externos ni para realizar la
recaudación y administración tributaria ni para expropiar por causas de utilidad pública ni para realizar
acuerdos intermunicipales sobre áreas que le competen a la Provincia (como seguridad, educación,
transporte, etc.)., a lo que se suman las restricciones presentes en los Pactos Fiscales y regímenes de
coparticipación. Los recursos propios del municipio están establecidos por el Código Tributario
Municipal (Ley 8173), que entiende como tales a: tasas, derechos y contribuciones de mejoras.
Concretamente, el Municipio puede recaudar –por ejemplo– a partir de: TGI, derechos de registro e

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

cosa que ya ocurrió con el Consejo de Intendentes. Desde el punto de vista político,
institucional,138 socioeconómico y cultural, la viejísima rivalidad regional entre el norte y el sur
de la provincia es un factor que connota –y dificulta– muchas discusiones.
Rosario concentra, como se ha visto, la mayoría de la población y del producto bruto
geográfico de la provincia y cuando recientemente el Intendente inicia su campaña pro–
autonomía (con el argumento central de ‘que la historia no nos pase de costado’) se inicia un
cruce periodístico–político. De esto surge la necesidad de omitir alusiones a ‘gobierno’ del AM y
situarse en el paradigma de cooperación e integración vertical y horizontal.
Hay además una cuestión política decisiva que no demasiadas veces se incluye al tratar la
temática. Las diferencias partidarias entre el norte y el sur, que vienen desde las primeras
elecciones libres en 1912,139 se manifestaron también en la etapa de restauración democrática
desde el año 1983: el Gobernador y el Intendente pertenecieron casi todo el tiempo a partidos
diferentes y enfrentados. Los ex – Intendentes fueron derrotados sistemáticamente al presentarse
como candidatos a gobernador de la provincia, y la gran mayoría de los municipios y comunas
del AM tienen autoridades electas de partidos diferentes al predominante en Rosario y, en
general, coincidentes con el que gobierna la provincia. La cooperación técnico–operativa –
siempre mucho más fácil que la integración política140 tiene aquí un argumento de refuerzo–,
además de su pertinencia y adecuación en todas las AM’s del mundo y paradigmática del enfoque
bottom–up. Esto no implica en absoluto asumir la ‘famosa’ diferenciación ‘política’ versus.
‘administración’141 que induciría a subestimar los desafíos más ‘políticos’ de las políticas
públicas aun para un enfoque flexible y horizontal como el predominante para el AM de Rosario.
Los valores que impulsan el renovado interés en el mundo por las AMs a partir de la
década de los años noventa son, en trazo grueso,142 la eficiencia, la competitividad económica, la
equidad y la ciudadanía.
En este punto no pueden omitirse algunas cuestiones. La primera es que la eficacia de los
esquemas –aun en el plano de la gestión– depende fuertemente de una participación social idónea
y efectiva. A pesar del auge de la nueva gestión pública en la región latinoamericana, uno de sus
elementos –el ‘empowerement’– ha sido casi por completo dejado de lado, ni siquiera en la
versión tradicional de ‘ciudadanía efectiva’. En el caso de los mecanismos de participación
ciudadana en ciudades y AMs se verifican cuatro obstáculos recurrentes: la débil tradición de
participación cívica, la ausencia de un liderazgo político sostenido, las poco desarrolladas
habilidades y competencias de las comunidades y la insuficiencia de los sistemas de auditoría y
de la información de gestión.143

138

139
140
141
142
143

inspección, derecho de cementerio, derecho a espectáculos públicos, ocupación del dominio público,
permisos de uso, tasa de actuaciones administrativas, etc.
Si bien en el cambio de 1994 el nuevo art. 124 de la Constitución Nacional permite el establecimiento
de regiones (“Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer
órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines y podrán también celebrar convenios
internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la Nación y no afecten las
facultades delegadas al Gobierno federal o el crédito público de la Nación...”) muchos planificadores
olvidan que la organización federal argentina, consagra en su art. 13 la práctica de indestructibilidad de
las provincias.
Que se realizaron, precisamente, en la provincia de Santa Fe.
Como ha quedado demostrado universalmente a nivel internacional desde por lo menos finales del siglo
XIX.
Que estuvo en el corazón del movimiento norteamericano de reforma metropolitana hasta los años 40.
Benjamin V. G. y Nathan, R. P. 2001.
Seguimos aquí la enumeración de Font, J, 1997.

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Rosario está, en términos comparativos, bastante avanzada en cuanto a conciencia de esas
dificultades e implementación de soluciones.144 El PER ha sido un buen ejemplo145 con un fuerte
liderazgo del Intendente, que es el método usual en los años noventa para los planes
estratégicos.146 La debilidad del método radica en que una excesiva identificación del instrumento
con su abanderado obliga a separarlos en campañas electorales y plantea riesgos para su
continuidad.147 Pero por otro lado, la actuación del ejecutivo local se torna indispensable cada vez
más y en todo el mundo.
En los ámbitos locales actúan cada vez actores públicos de otros niveles y órganos
especiales que lo hacen desde hace mucho y a partir del reemplazo de la noción restringida de
‘gobierno’ por la más amplia de ‘gobernanza’,148 que multiplica vínculos, actores e
interacciones,149 los intendentes pueden y deben jugar el papel de mediador, conciliador y piloto,
lo que se da tanto en nuestra América como en Europa
Y siempre debe tenerse presente que aun para proyectos puntuales, la participación
popular eficaz puede marcar la diferencia entre el éxito y el fracaso. A pesar de que desde
Shakespeare para acá la literatura incluye el tópico de que las ciudades ‘no son las casas sino las
personas que viven en ellas’, esto tiende a olvidarse en la práctica sobre todo frente a la
apariencia de unidad y continuidad en los mapas y en el territorio, porque no sólo se confunde el
objeto con su representación, sino que se equivoca el objeto mismo (de estudio y de
intervención). Este componente específicamente político es decisivo.
No se trata de buscar un sujeto inexistente que es el ‘pueblo metropolitano’ pero sí de
asumir que en Rosario las encuestas y estudios, generales y especiales, permanentes y puntuales,
muestran abrumadoramente la escasa visibilidad y preocupación de la cuestión metropolitana, de
modo que la construcción de esa conciencia, de abajo para arriba y en forma gradual, es quizás la
tarea pendiente más importante, a la cual pueden ayudar ‘la existencia de proyectos individuales
concretados en un marco de creciente colaboración’.

144

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146
147

148

149

Comparada con las grandes ciudades argentinas y el Cono Sur con Montevideo y Porto Alegre, que
marchan en este sentido a la vanguardia. La organización de los distritos descentralizados, así como
diferentes mecanismos generales y específicos, así como un surgimiento de ONGs de todo tipo, señalan
esa tendencia que se va profundizando. En cuanto al control, el mecanismo básico sigue siendo el
Tribunal de Cuentas, con rasgos de obsolescencia y nula intervención social. En materia presupuestaria
es conocido el impacto de Porto Alegre en la región, aunque recién ahora comienza a revalorizarse la
experiencia de Belo Horizonte, donde la circulación de la información relevante está mucho más
contemplada.
No sólo en su elaboración sino en las Mesas que el Intendente continua presidiendo en la actualidad
para buscar consensos de implementación y organización urbana con una pluralidad generalizada de
sectores.
Como en los casos de Córdoba, Bogotá y Cartagena de Indias, Montevideo, Río de Janeiro, Santiago de
hile, Tijuana, Málaga, Valencia y Zaragoza.
Esto está bastante acotado en el caso de Rosario porque el lema ‘Rosario tiene un Plan’ es mucho más
que un slogan sectorial y su difusión internacional acentuó aún más la apropiación colectiva del
proyecto.
Que implica entre otras muchas cosas que en la gestión se reemplacen las jerarquías por redes, se
comience a ver ‘público + privado’ en lugar de ‘público versus privado’, entre otros. y que para los
Alcaldes representa que ‘la mesa se agranda muchos más pero también se redondea’ (expresión del
alcalde de Nueva Orleans, repetida en numerosas conferencias de ejecutivos municipales.
En este punto Rosario con sus asociaciones público–privados e incipientes partenariados, y el modo de
elaborar y aplicar el PER y sus proyectos, representa un ejemplo casi arquetípico.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

VI. Algunas reflexiones finales

Pareciera importante reforzar algunos puntos que surgen a partir del estudio realizado
1. La importancia de generar un tratamiento metropolitano del hábitat, es decir de pasar de
las acciones locales a acciones coordinadas para toda el AMR; esto supone una política
de vivienda para toda el área que a su vez implica una activa política de suelo. Primero a
través del conocimiento que hoy no existe, ni en el ámbito municipal, ni metropolitano ni
provincial, sobre el suelo vacante que a su vez obra en propiedad de los distintos niveles
de gobierno: nacional, provincial, municipal.
A simple vista se identifica suelo central vacante en los distintos municipios del AMR
recorridos; parte del mismo es administrado por el Organismo Nacional de
Administración de Bienes (ONABE), en tanto el agente administrador de las tierras del
ferrocarril, pero respecto al resto es una incógnita.
Otra cuestión complementaria es la necesidad de generar normativas comunes para los
loteos, para las urbanizaciones, para los conjuntos de vivienda y para barrios cerrados así
como para las infraestructuras y equipamiento comunitario requeridas para su
funcionamiento operativo. Lograr una norma común que garantice y regule la prestación
de servicios y dotación de infraestructuras y de áreas verdes para las distintas operatorias
que se planteen.
En síntesis no ha existido una política orientada a enfrentar de manera global y
sistemática la problemática de provisión de tierras urbanas. No hay iniciativas que tengan
como objetivo permitir el resurgimiento de loteos económicos con servicios básicos
provistos, reimpulsando la histórica estrategia familiar de comprar un lote en cuotas para
luego auto–construir su vivienda. No ha habido ninguna iniciativa del gobierno
provincial, en pos de movilizar el suelo urbano vacante a través de políticas fiscales.
2. No existe información desagregada en el ámbito municipal sobre la construcción de
viviendas sociales o de financiamiento público. Una notoria excepción
–lamentablemente irrelevante para el trabajo– es Reconquista, quien cuenta con
procedimientos estandardizados, incluso para créditos hipotecarios, y un detalle de las
diferentes operatorias en su territorio.150
150

La DPVYU fue consultada sobre este punto sin obtener una respuesta positiva.

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3.

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

No existe información presupuestaria actualizada y fiable para los municipios y comunas
del AM de Rosario que esté disponible ni en los propios gobiernos locales ni en
organizaciones de segundo grado (Federación Argentina de Municipios) ni en otros
niveles de gobierno (Instituto Federal de Acción Municipal, Ministerio del Interior). Los
datos encontrados, gracias a la colaboración del PEM fueron los presupuestos hasta el
año 1998 que por cierto no dan idea de la tendencia actual, ni de la disponibilidad que los
municipios del AMR tienen de recursos para emprender acciones en el campo del hábitat.
En las entrevistas, los funcionarios locales fueron muy explícitos respecto a las bajísimas
recaudaciones de las contribuciones locales; a manera de ejemplo valga decir que
Gobernador Gálvez recauda entre el 15 y 20% de las tasas y que Granadero Baigorria no
supera el 25%.151

La falta de información para la gran mayoría de los municipios del AM de Rosario resulta,
entonces, particularmente notable. Existen lagunas significativas de información en muchos gobiernos
locales del país, especialmente en las provincias de menor desarrollo relativo. Pero Santa Fe, el tercer
distrito electoral más importante de la Argentina, resulta un caso especial con pocas razones que lo
justifiquen.
De un lado, el AM de Rosario cuenta con los medios periodísticos más antiguos y
prestigiosos del país y casi toda la información disponible para los municipios y comunas específicas
debe basarse en esa fuente, con los riesgos y limitaciones que esto implica. Existen carencias notorias
de capacidad institucional en comunas y municipios más pequeños y la ausencia de organismos de
control provinciales con rango constitucional y operatividad relativamente adecuada (como el
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, por ejemplo) impide obtener datos consolidados
en el nivel subnacional más inmediato. Y en el caso del nivel central, los datos existentes –más
amplios y exhaustivos que ninguna fuente local– son fragmentarios y poco actualizados (esas fuentes,
como el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República (INDEC) y otras, han sido
empleadas para el trabajo).
Pero la carencia de indicadores económico–financieros y presupuestarios mínimos (lo que ha
impedido que ciudades del AM de Rosario participen en el ránking nacional de municipios, por ser
imposible contar con los insumos para las matrices comparativas) obedece en última instancia a una
circunstancia de hecho reiteradamente presente: la voluntad más o menos deliberada de ocultar esa
información con diversos pretextos, pero que en definitiva giran en torno al ejercicio de un poder sin
límites republicanos ni democráticos más allá de las frecuentes alusiones y reivindicaciones retóricas.
Sin la información, ninguna participación es posible siquiera en los términos más clásicos.
Mucho menos si se contemplaran formas contemporáneas de auditoría, monitoreo o control social que
apunten a que la voz de las sociedades locales y de sus sectores de menores ingresos se hagan oír con
eficacia respecto a los servicios públicos y a la marcha del gobierno en general.
Estos enunciados hablan claro respecto a la falta de transparencia de la gestión, conducta que
dificulta la gobernabilidad y también el poder pensar políticas coordinadas sin bases comunes de
sustento financiero.
Pensar en una acción metropolitana que suponga un proyecto integral en el que intervenga la
vivienda, el saneamiento, la ocupación, la educación y la salud, de modo tal que toda iniciativa que
involucre el hábitat sea sustentable y para que ello sea posible este abanico de proyectos sociales sea
planteado en función de la población que allí habitará.

151

Cuando en enero de 2003 la Fundación Innova con financiamiento de la Tinker publica su primer
Ranking de Municipios hay un detalle digno de mención: Villa Gobernador Gálvez no pudo clasificar
por carecer de datos elementales disponibles.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Anexos

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Anexo I: Leyes y normativas para la gestión del
hábitat

Se presenta a continuación, ordenado según siete categorías, las herramientas legislativas y
normativas con que cuenta el Municipio de Rosario para implementar diferentes estrategias en el
marco de la gestión del hábitat. Las categorías son: 1) Suelo y tierras fiscales, 2) Vivienda, 3)
Equipamiento e infraestructura, 4) Protección ambiental, 5) Acceso a fondos, 6) Régimen
tributario y en el ámbito local 7) Planificación y gestión urbana.

1.

Suelo y Tierras Fiscales
1.1

En el nivel nacional

Tierras Fiscales: Ley 23.967 (B.O. 10/09/91): Establece que las tierras de propiedad del Estado
Nacional que no sean necesarias para el cumplimiento de su función serán transferidas a los
Estados provinciales para su posterior venta a los ocupantes o incorporación a los planes
provinciales de viviendas para familias de recursos insuficientes. Esta legalización prevé
especialmente la situación de aquellos que están ocupando tierras fiscales. El organismo de la
aplicación de la ley es el Programa Arraigo, cuya estructura, misiones y funciones han sido
fijadas por los Decretos 846/91, 1403/92 y 448/93. Este organismo en colaboración con los
gobiernos provinciales ha ejecutado obras de vivienda e infraestructura en los barrios
transferidos, llegando a proveer de soluciones habitacionales a casi 12.000 familias de todo el
país.
Emergencia Económica: Leyes 23697 y 24146 (B.O.21/10/92): Por medio de esta ley se
declaran innecesarios ciertos inmuebles fiscales estableciendo un régimen de transferencia a título
gratuito a favor de provincias, municipios y comunas. Establece que los entes beneficiarios de las
transferencias de los inmuebles mencionados, deberán condonar todas las deudas que pudiere
tener contra el Estado Nacional.
Código Civil. Art. 2342 :1. El artículo 2342 inciso 1º, dispone que son bienes del
dominio privado del Estado General o de los Estados Particulares, todas las tierras que estando
situadas dentro de los límites territoriales de la República, carecen de otro dueño. A partir de un

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

relevamiento catastral, podría detectarse la existencia de esta clase de bienes, a fin de
incorporarlos al patrimonio municipal.

1.2

En el nivel provincial

Ley 7534 de expropiación de la provincia de Santa Fe (B.O. 01.10.75) modif. por Ley 8127:
Regula jurídicamente un mecanismo alternativo para adquirir inmuebles destinados a la
concreción de un interés público. En tal sentido, establece que, el instituto de la expropiación, sea
ésta regular o irregular, supone siempre el dictado de una ley que califique de utilidad pública el
respectivo bien. La ley en estudio, concede a la Provincia potestades privativas y excluyentes para
expropiar inmuebles públicos o privados que se hallen dentro del territorio de su jurisdicción, ello
sí, previa declaración de interés general.
Los sujetos habilitados para promover la expropiación son: la Provincia; y por delegación
de ésta, los Municipios y Comunas conforme sus respectivas leyes orgánicas; las personas
jurídicas públicas institucionales y los entes públicos económicos conforme sus leyes orgánicas o
especiales; y también podrán promoverla los sujetos privados en los supuestos que más adelante
pondremos de resalto.
Los beneficiarios de la expropiación pueden ser los entes públicos o los sujetos privados,
siempre y cuando la utilidad particular acompañe al interés público, como de hecho ocurre en los
casos señalados en los puntos precedentemente. Se hallan sujetos a expropiación todos los bienes
convenientes o necesarios para la satisfacción del interés general, cualquiera sea su naturaleza
jurídica. Con relación a la indemnización a abonarse al expropiado el artículo 17 establece que la
misma sólo comprenderá el valor objetivo del bien y los daños que fueren consecuencia directa e
inmediata de la expropiación, no tomará en cuenta circunstancias de carácter personal, valor
afectivo ni ganancias hipotéticas, tampoco se abonará el lucro cesante ni el valor derivado de
hechos de carácter histórico. La expropiación puede llevarse a cabo mediando advenimiento entre
expropiante y expropiado, o de lo contrario, deberá recurrirse a la vía judicial. En este último
supuesto el expropiante debe al momento de presentar la demanda consignar el importe de
indemnización que a su entender corresponda y acompañar las actuaciones administrativas
labradas; cumplido tales recaudos inmediatamente obtendrá la posesión del bien anotándoselo
como litigioso e indisponible en el Registro respectivo.
El procedimiento judicial de expropiación tiene previsto un trámite sumario. La sentencia
que declare transferido el bien, complementada con el pago de las indemnizaciones dispuestas,
constituirá título traslativo del dominio a favor del expropiante. Resulta interesante destacar
también que la ley prevé un juicio de expropiación irregular o inversa a iniciar por los
propietarios que hayan visto afectado su derecho dominial. Los particulares o los Municipios y
Comunas, podrán iniciar juicio de expropiación inversa en los siguientes supuestos:
a) Cuando declarado de interés general un bien, o comprendido éste dentro de la
declaración genérica, el sujeto expropiante hubiere tomado posesión de él sin
intervención judicial o sin consentimiento expreso del propietario.
b) Cuando en la hipótesis del inciso anterior, la posesión hubiere sido tomada con
consentimiento del propietario y el juicio de expropiación no hubiere sido
promovido en el plazo fijado de común acuerdo o dentro de los seis meses
siguientes a la toma de posesión.
c) Cuando declarado de interés general un bien, la autoridad respectiva provincial o
municipal limitare en otra forma, por acción y omisión, los derechos del
propietario, con el propósito de no hacer más onerosa la expropiación que

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

pudiere intentar, o con el propósito de lograr, en esa forma, incorporar al dominio
del Estado todo o parte del bien.
Por último el artículo 61 de la ley (modificado por la ley 8.127), establece que se reputará
abandonada la expropiación si el sujeto expropiante no promoviere el juicio dentro de:
a) Los dos años de sancionada la ley que la autorice cuando se tratara de llevarla a cabo
sobre bienes individualmente determinados;
b) Los cinco años cuando se tratara de bienes comprendidos dentro de una zona
determinada;
c) Los diez años cuando se tratara de bienes comprendidos dentro de una enumeración
genérica cuya adquisición por el sujeto expropiante pudiera postergarse hasta que el
propietario modificase –o intentare modificar– las condiciones físicas del bien.
Asimismo, estipula una salvedad cuando las leyes orgánicas de las municipalidades
autorizaren a éstas a expropiar la porción de los inmuebles afectados a rectificaciones o ensanches
de calles y ochavas en virtud de las ordenanzas respectivas. Tampoco se aplicará en los casos de
expropiaciones genéricas, contenidas en las leyes orgánicas de las personas jurídicas públicas
institucionales.
Los supuestos estatuidos por la norma en cuestión, configuran otro mecanismo idóneo
para incorporar bienes inmuebles al patrimonio Municipal. Para ello, el Municipio deberá realizar
un relevamiento dentro de la órbita de su competencia a fin de individualizar los inmuebles que se
encuentren en esa situación.
Dicho trabajo deberá formular dos categorías de bienes:
a) Por un lado deberá individualizar los inmuebles que ya han sido declarados de
utilidad pública pero que aun no han sido expropiados; y
b) Por el otro, deberá relevar los terrenos baldíos o inutilizados que, si bien no han sido
declarados de interés general, pueden resultar idóneos, por su ubicación, para el
desarrollo de planes habitacionales. En este último caso, deberá solicitar a la
Legislatura Provincial la declaración de utilidad pública a efectos de iniciar los
trámites expropiatorios pertinentes, conforme artículo 39 inciso 15 de la Ley 2756
siendo esta una atribución propia del Concejo Municipal.
Ley 9982 Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación diversos predios localizados
en las ciudades de Santa Fe y Rosario, en su gran mayoría villas de emergencia.
Ley 11248 y 11251 Emergencia Habitacional (B.O. 19.01.95): La ley 11248 faculta al
Poder Ejecutivo a adquirir los inmuebles declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación
por parte del Estado nacional argentino, cuando las expropiaciones por causas fundadas no se
hubiesen formalizado.
Faculta también al Poder Ejecutivo provincial a promover acción expropiatoria y a la
registración dominial a favor de la Provincia de los inmuebles correspondientes al asentamiento
irregular denominado Cerámica Alberdi, Barrio Moderno, San Francisquito, NP 69 oeste, Mutual
de Prefectura, Cooperativa 12 de Octubre, Villa Fanta, Alvear y Matheu, Martinica Norte, Barrio
Godoy, Puente Negro, Monte Flores, Avellaneda Oeste, NP 69 Este y Villa Banana, de la ciudad
de Rosario.
Por su parte, la ley 11251 declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble
ubicado en la ciudad de Rosario sobre calle Colón al Nº 3781/83, facultándose al Poder Ejecutivo
a proceder a la Subdivisión de la fracción expropiada y a su posterior transferencia a los actuales
ocupantes del asentamiento. Tal adjudicación se realizará a favor del grupo familiar a título
77

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

oneroso, pagándose el precio de venta respectiva en cuotas mensuales y consecutivas cuyo monto
no podrá exceder del 10% de los ingresos del grupo referido. Estos lotes serán intransferibles por
diez años, no pudiendo ser adjudicatario quien sea titular de otra propiedad. Por último establece
que el Poder Ejecutivo deberá realizar un reordenamiento ocupacional que permita el desarrollo
de una vivienda digna y deberá prever la prestación de los servicios básicos.

1.3

En el nivel municipal

Ley Orgánica de las municipalidades (Nº 2756)
Con relación al tema de los bienes privados del municipio, los artículos 5 y 45 inciso a) de la
establecen que, corresponde en propiedad a las Municipalidades constituidas o que se
constituyeran en lo sucesivo, todos los terrenos fiscales baldíos o sin propietario, que se
encuentren dentro de los límites de los respectivos municipios, con excepción de aquellos que se
hubiera reservado el Gobierno provincial para obras de utilidad pública; asimismo tendrá la
posesión de los terrenos de propietarios desconocidos.
Ordenanza N° 6493/97: Creación de un Fondo Municipal de Tierras, consignándose los
siguientes objetivos:
•

Optimizar los mecanismos de gestión municipal en lo referente a las tierras;

•

Desarrollar, tanto técnica como económicamente, una estrategia de crecimiento de la
ciudad, en el marco de la gestión urbanística;

•

Agilizar la preparación de tierras edificables o reserva de terrenos, de futura utilización,
destinando la reserva de tierras a programas de interés social de vivienda y equipamiento
colectivo;

•

Incrementar la superficie de espacios verdes de uso público;

•

Analizar, proyectar y ejecutar intervenciones urbanísticas que, mediante la incorporación
o afectación de superficies, tiendan a mejorar la vida en el municipio desde el punto de
vista ecológico.
Esta ordenanza no ha sido reglamentada

2.
2.1

Vivienda

En el nivel nacional

Ley 21.581 FONAVI– Fondo Nacional de la Vivienda (B.O.02/06/77):
Se crea un fondo a través del aporte de determinados impuestos (por ejemplo a los
combustibles), donaciones u otras asignaciones. El fondo en cuestión, se destinará a: construcción
de viviendas económicas para familias de recursos insuficientes, ejecución de obras de
urbanización y servicios, provisión de componentes para la construcción de viviendas entre otros
fines.Delega en las provincias la asignación de fondos para la construcción de viviendas y
ejecución de obras de urbanización.
Ley 24130 de coparticipación impositiva (B.O. 22/09/92):
Descentraliza la administración de fondos para la vivienda, estableciendo que los
importes recaudados por el Fondo Nacional de la Vivienda se girarán automáticamente a los
organismos provinciales. De esta manera, se traspasa a los órganos ejecutores de las provincias la
responsabilidad exclusiva para el otorgamiento de aptitudes técnicas y financieras de cada
proyecto como facultades de orden reglamentario en todo lo que refiere al FONAVI.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Establece que dichos órganos obtendrán los recuperos y abonarán directamente los
servicios de créditos que sean ejecutados en su jurisdicción. Entre los objetivos que establece la
ley, figuran la asistencia a necesidades sociales básicas, y facilitar el acceso a la vivienda.
Ley 24.464 sistema federal de la vivienda (B.O. 04/04/95):
Norma comprensiva del sistema instaurado por Ley 21.581 (Fonavi), Organismos
provinciales responsables de la aplicación de la ley y Consejo Nacional de la Vivienda. La norma
fija como objetivo facilitar las condiciones necesarias para posibilitar a la población de recursos
insuficientes, en forma rápida y eficiente, el acceso a la vivienda digna conforme el artículo 14 de
la Constitución Nacional. En lo referido al Fondo Nacional de la Vivienda, fija un coeficiente
para la distribución del fondo entre las provincias.152
Dispone que el Estado comience a abandonar el papel de constructor de operatorias
masivas para financiar soluciones individuales por medio de préstamos a particulares, con
garantías o ingresos insuficientes para acceder a préstamos de la Banca Comercial. Así, la Ley
prevé que al cabo del tercer año de vigencia, el 45% de los fondos deberán aplicarse, como
mínimo, a préstamos personales para la compra, construcción o mejoramiento de la vivienda.
Los recursos provenientes del Fonavi se destinarán así a la financiación de créditos con
garantía hipotecaria para la construcción y/o compra, refacción y/o ampliación, para viviendas
pertenecientes a familias con recursos insuficientes. Estipula que la inversión en obras de
urbanización, infraestructura y servicios no podrá exceder el 20% del importe total recibido.
Esta Ley establece una nueva organización del Sector a partir de la creación del Sistema
Federal de Vivienda. Dicho Sistema está integrado por:
a) El Fondo Nacional de la Vivienda.
b) Los organismos provinciales responsables de la aplicación y la administración de los
recursos del Fondo Nacional de la Vivienda.
c) El Consejo Nacional de la Vivienda (como órgano asesor del Poder Ejecutivo,
compuesto por el propio Poder Ejecutivo Nacional y los estados provinciales que
adhieran a la Ley) quien tendrá como función la coordinación de la planificación, la
elaboración del marco normativo y la evaluación de resultados de las acciones
desarrolladas por el Sistema Federal de Vivienda.
Tiene entre otras funciones, la coordinación de la planificación de viviendas, la
promoción de convenios con particulares y el control de la aplicación de fondos, siendo esta
última función, elemental a los fines de determinar la cuota correspondiente a cada provincia. Es
también el órgano asesor del Poder Ejecutivo, pudiendo proponer anteproyectos de ley.
En el capítulo VI, instaura un procedimiento tendiente a la regularización dominial de
viviendas construidas o en ejecución al amparo de las leyes 21581, 24130 y sus antecedentes.
Dispone la escrituración de viviendas adjudicadas, con hipoteca a favor de los organismos
provinciales y la adjudicación de inmuebles aun no adjudicados con anterioridad a la entrada en
vigencia de la ley. Establece que las carteras hipotecarias, pueden ser utilizadas por los
organismos provinciales para garantizar préstamos con organismos nacionales o internacionales.

152

A tal fin, el Congreso deberá ajustar los porcentajes atribuidos cada dos años, teniendo en cuenta la
correcta aplicación de los fondos, el nivel de recuperos, el nivel de inversión y la variación del déficit
habitacional conforme cifras que indique el INDEC y dictamen confeccionado por el Consejo Nacional
de la Vivienda. Al momento de dictarse la norma comentada, el coeficiente correspondiente a Santa Fe
era de 5,65 % del fondo.

79

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Ley 24374 (Ley Pierri) implementa un trámite administrativo destinado a obtener la
titularidad dominial por prescripción reducida. (B.O. 27/09/94): Instaura un procedimiento de
índole administrativa tendiente a adquirir la titularidad dominial acreditando la posesión pública,
pacífica y continua con anterioridad al año 1992. Invita a las provincias a reglamentar los medios
para llevar adelante dicho procedimiento. Fue reglamentada en la Provincia de Santa Fe mediante
decreto 3818/94, modificada por Decreto 647/01.
Resulta relevante destacar los beneficios de esta norma, puesto que permite acceder a un
trámite de ínfimo costo para quienes deseen incorporarse al régimen, evitando de ese modo tener
que recurrir a la justicia para obtener el dictado de una sentencia que reconozca el derecho de
propiedad del demandante. Desde esta perspectiva, no sólo se permite eludir los altos costos de
un proceso judicial, sino la incertidumbre que el mismo genera respecto al tiempo de conclusión
(generalmente largos años), y éxito de la acción. Sin perjuicio de los detalles que contiene su
articulado, entendemos necesario destacar algunos aspectos que consideramos de interés:
a)

El artículo 1° determina que serán sus beneficiarios quienes acrediten la posesión
pública, pacífica y continua, durante tres años con anterioridad al 1 de enero de 1992 y
su causa lícita, de inmuebles urbanos que tengan como destino principal el de la casa
única y permanente y reúnan las características previstas en la reglamentación. En
primer término la norma determina los sujetos que podrán incorporarse al trámite que
instaura. Este régimen está destinado a ofrecer un trámite ágil y económico para
aquellas personas que habiendo obtenido la posesión del inmueble por una causa lícita,
acrediten que la misma se mantuvo en forma ininterrumpida y pacífica desde la fecha
que indica. Vale decir entonces, que se veda el acceso al régimen a aquellos que ocupen
el inmueble con mala fe, o proveniente de una causa ilícita por la cual detentan el
mismo. Tampoco pueden incorporarse aquellos que pretendan adquirir una vivienda
que no sea única y permanente, o que excedan las características fijadas por la
reglamentación. Un ejemplo de individuos que podrían utilizar este trámite, son
aquellas personas que adquirieron inmuebles a través de boletos de compraventa en
loteos que no fueron adecuadamente escriturados.

b)

En el artículo 3° se establece el beneficio de gratuidad para todos los actos y
procedimientos que contempla la ley. Tampoco constituirán impedimento para la
conclusión del trámite, las deudas tributarias, impositivas o de tasas que recaigan sobre
el inmueble ya sea en jurisdicción nacional, provincial o municipal. Esta disposición
podría tener alguna discrepancia con el artículo 20 del Decreto 3.818/94, que establece
que una vez inscripta en el Registro el acta que se labre con el trámite que indica la
norma, se empadronará el bien a los efectos fiscales, sin que dicho empadronamiento
signifique condonación de deudas. Podemos entender de la lectura de ambas
disposiciones, que las deudas fiscales no empecerán a la conclusión del trámite, sin
perjuicio del pago de las mismas por los carriles que corresponda.

c)

El artículo 6° instaura un trámite administrativo tendiente a la adquisición del dominio
del inmueble, al que deberán incorporarse por otra parte otros recaudos por parte de las
provincias que adhieran. Ya hemos mencionado que la provincia de Santa Fé ha
reglamentado este trámite, por lo que del juego de ambas normas, podríamos decir que
el trámite consistiría básicamente en:
c.1.

Los beneficiarios presentarán ante la autoridad de aplicación (en Santa Fe, la
Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, o en los lugares donde ésta
indique), la solicitud de acogimiento al sistema, adjuntando sus datos personales,
y demás datos requeridos por el art. 2 de la Ley 24374. Podrán valerse de
cualquier medio de prueba para acreditar los extremos exigidos por la Ley (art.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

11 del Decreto 3818/94). El Decreto 3818/94 dispone que los inmuebles que sean
objeto de este trámite, no podrán exceder de las características indicadas por los
programas aprobados por el FONAVI, teniendo en cuanta la composición del
grupo familiar conviviente (art. 6).
c.2

La autoridad de aplicación verificará la veracidad de los datos consignados,
pudiendo desestimar la solicitud cuando no cumplan con los requisitos exigidos.

c.3.

Verificados los datos, la autoridad de aplicación, remitirá la documentación a la
Escribanía General de Gobierno, quien dispondrá la continuidad del trámite de
conformidad con lo dispuesto por la Ley 24374, esto es, requerir los antecedentes
dominiales, citar y emplazar al titular registral por el término de 30 días,
publicando edictos en el Boletín Oficial y otro diario de difusión en la zona.
El Decreto 647/01 dispone en el artículo 12 que la Unidad Ejecutora Provincial,
(compuesta de un miembro de la Secretaría de Promoción Comunitaria, el
escribano Mayor de Gobierno, y un representante del Ministerio de Gobierno,
Justicia y Culto), podrá autorizar a Escribanos Públicos para realizar actos
notariales previstos por la ley. Asimismo, autoriza a la Unidad Ejecutora a
suscribir convenios con el Colegio de Escribanos, respecto a los aranceles, a fin
de garantizar la gratuidad del trámite para los peticionantes. En caso de no arribar
a un acuerdo, se habilitará un registro de escribanos interesados en prestar
colaboración y suscribirán convenios individuales.

c.4.

c.5.

Si el titular registral presta conformidad, se escriturará conforme normas de
derecho común, gozando el acto de todos los beneficios de gratuidad establecidos
por el artículo 9 de la Ley 24374.

c.6.

En caso de oposición (cuyas causales se encuentran determinadas en la norma),
se remitirán las actuaciones a la Autoridad de Aplicación, quien decidirá respecto
al a procedencia de la oposición.

c.7.

Una vez abonada por parte del peticionante la contribución establecida por el
artículo 9 de la Ley 24374, (equivalente al 1% de la valuación del inmueble), se
inscribirá el acta mencionada en el punto c.4, dejándose constancia que el trámite
obedece a las disposiciones de la Ley en cuestión.

c.8.

d)

Transcurrido el plazo indicado por la ley sin que exista oposición alguna, se
inscribirá en el Registro General de la Propiedad el acta mediante el cual se
labren las actuaciones descriptas.

Transcurridos 10 años desde la fecha de inscripción, el beneficiario podrá
solicitar la consolidación definitiva de la inscripción dominial, no procediendo en
el caso de haberse anotado en ese lapso medidas que afecten la disponibilidad del
bien, y se encuentren vigentes (art. 21, Decreto 3818/94). Se exige a su vez para
que proceda este trámite, que se cumplan con los recaudos necesarios exigidos
con carácter previo a la inscripción registral de dominio de inmuebles por normas
vigentes (art. 18 del decreto mencionado).

Corresponde puntualizar que el Decreto 3818/94, crea una Unidad Ejecutora Provincial
para la regulación dominial, compuesta del modo indicado ut supra, que tiene entre sus
funciones:
d.1. Instrumentar las acciones necesarias para la ejecución en el territorio provincial
de las previsiones de la Ley 24374(Pierri).

81

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

d.2. Coordinar con las reparticiones oficiales, entidades intermedias y organizaciones
no gubernamentales, la realización de relevamientos trámites y diligencias
relacionados con las solicitudes de acogimiento al régimen de la Ley 24374.
d.3. Formular y suscribir convenios con los entes mencionados en el punto anterior,
para la ejecución de la mencionada ley. Asimismo, autoriza a la unidad a requerir
la afectación temporaria de personal de planta permanente, a fin de cumplir con
las funciones asignadas.
De las averiguaciones efectuadas, nos informaron en la Secretaría de Estado de
Promoción Comunitaria que se está utilizando este procedimiento.
En conclusión, esta legislación es interesante, puesto que si bien está destinado a ciertos y
específicos supuestos, (de posesión quieta y pacífica, por el lapso indicado y con causa lícita),
ayudaría a destrabar situaciones que se prolongan por años, destacándose la simplicidad y bajo
costo del régimen. No obstante ello, habrá de tenerse en cuenta que, la inscripción dominial
durante los primeros 10 años a contar desde la fecha de inscripción, es de carácter provisorio y no
definitivo, por lo tanto, serán procedentes las medidas que se encontraren vigente o que se
trabaren durante ese plazo, que afectaren la disponibilidad del bien.
Código Civil artículo 3999: Otro mecanismo de regularización de títulos lo prevé el
artículo 3999 del Código Civil, que permite a los adquirentes de inmuebles que hubieran poseído
el bien de buena fe y por justo título, prescribir la propiedad, acreditando la posesión continua del
bien por un plazo no menos de diez años. Este medio de regularización presenta dos aspectos
negativos a tener en cuenta, por un lado, prevé un plazo de prescripción relativamente largo,
puesto que exige la posesión ininterrumpida, de buena fe y por justo título por un término de diez
años, y por el otro, la iniciación de los procesos de usucapión (destinados a hacer efectiva la
prescripción adquisitiva) demandarían mayores costos que la regularización estatuida por la ley
Pierri.

2.2

En el nivel provincial

Ley 11102 de adjudicación de vivienda bajo el régimen del Fonavi (B.O. 20.01.94): La norma en
estudio prevé como mecanismo de regularización dominial la escrituración a favor de los
adjudicatarios de inmuebles adquiridos por planes de vivienda sujetos al régimen de FONAVI.
A tales fines, exige que sean bienes destinados a viviendas; construidos en jurisdicción
provincial bajo el régimen del FONAVI; que hayan sido adjudicados en propiedad y
efectivamente ocupados por sus adjudicatarios o sus causahabientes por un plazo no menor de dos
años inmediatos anteriores a la vigencia de esta ley; y que los mismos se hallen al día con el pago
de las cuotas.
Las escrituras de transferencia de dominio y gravámenes podrán ser realizadas por la
Escribanía de Gobierno de la Provincia; por escribanos designados por el Colegio de Escribanos
de la Provincia (según convenio suscripto entre el Colegio y la D.P.V. y U. en virtud del cual
éstos cobrarán el 20% de las sumas que correspondieren por tabla); o por Escribanos de la
Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo. Para este último supuesto se crea un Registro de
Contratos Públicos para uso exclusivo de la D.P.V.y U. el que otorgará escrituras libres de gastos
y/u honorarios.
Asimismo, crea un fondo destinado a atender las necesidades derivadas del otorgamiento
de las escrituras, el cual se integrará por una contribución solidaria obligatoria de $ 2 (dos pesos)
por cada acto escriturario a ser otorgado en el ámbito de la Provincia, a cargo de los otorgantes de
las mismas.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Ley 6690 Y 11347 (B.O. 16.01.96): Mediante estas leyes, la Provincia de Santa Fe
adhiere a la ley nacional de FONAVI (Ley 21581) y al Sistema Federal de la Vivienda (Ley
24464) respectivamente. La ley 11.347 crea el Fondo Provincial de la Vivienda destinado
exclusivamente a facilitar el acceso a la vivienda digna a poblaciones con ingresos insuficientes.
Asimismo, esta ley impone al Poder Ejecutivo él deber de presentar anualmente a la Legislatura
(a través de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo), un informe pormenorizado de la
aplicación de los recursos correspondientes a dicho fondo, a fin de que está última realice el
control social previsto por la Ley Nacional 24464.
Relacionada con los fondos mencionados se encuentra:
Resolución N° 2198/01 MOSPyV de la provincia de Santa Fe: La resolución en cuestión,
reglamenta la relación entre la administración pública y los beneficiarios de programas
habitacionales. Crea un “Nuevo Reglamento de Adjudicaciones, Ocupación y Uso” para los
programas habitacionales que ejecuta la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo. Dicho
reglamento, implementa una nueva modalidad de entrega, por sorteo público para las
adjudicaciones y re–adjudicaciones de viviendas de los programas habitacionales y prevé también
un trámite especial de impugnación para aquellos aspirantes que hubieran sido excluidos de los
listados de postulantes.

2.3

En el nivel municipal

Ord. 2740/80 crea el Servicio Público de la Vivienda como ente autárquico de la Municipalidad
de Rosario, fijándose como una de sus finalidades la de erradicar viviendas precarias y barrios de
emergencia. Su presupuesto es fijado anualmente por el Consejo Deliberante.
Ord. 7283/01 crea el Programa Rosario Hábitat.
Decreto 1837/01 crea el Programa Integral de Asentamientos Irregulares Rosario Hábitat.
Ord. 7217/01 referida a los planes de recupero por financiamiento de adjudicaciones.
Ord. 6563/99 modifica el Código Urbano Sección 4 Programas de Urbanización Social.
Ord. 7275 declara de interés social los diversos emprendimientos de la Dirección
Provincial de emergencia Habitacional Plan Lote.

3.

Equipamiento e infraestructura
3.1

En el nivel provincial

Ley 10413 programa global de desarrollo urbano (B.O. 23/01/90).
Faculta al Poder Ejecutivo y a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias para contraer
créditos con cargo a recursos del Programa Global de Desarrollo Urbano hasta un total de U$S
40.000.000; suscribir los contratos de los créditos respectivos; determinar sus montos; recibir
financiamiento contingente; corregir los montos de los créditos y convenir el plazo de
amortización y tasa de interés aplicable. Asimismo, autoriza la afectación de los fondos de
coparticipación federal como garantía de la efectivización de las sumas correspondientes a los
aportes, amortizaciones o intereses incumplidos por la Provincia y/o la Dirección Provincial de
Obras Sanitarias.

83

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

4.

Protección ambiental

4.1

En el nivel provincial

Ley 11717 ley de medio ambiente y desarrollo sustentable (B.O. 11.04.00): Esta norma tiene por
finalidad preservar, conservar, mejorar y recuperar el medio ambiente, los recursos naturales y la
calidad de vida de la población. Entre estas finalidades comprende específicamente el
ordenamiento territorial y la planificación de procesos de urbanización e industrialización,
desconcentración económica y poblamiento en función del desarrollo sustentable del medio
ambiente. Crea como autoridad de aplicación de la presente ley la Secretaría de Medio Ambiente
y un Consejo Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable como organismo asesor
consultivo no vinculante la Secretaría precedente.

4.2.

En el nivel municipal

Ordenanza N°6288/96:Normas Complementarias para la regulación del uso del suelo de las
planicies de inundación del Arroyo Ludueña y Canales Ibarlucea y Salvat.
Ordenanza N°7336/97:Normas Complementarias para la regulación del uso del suelo de
las planicies de inundación del Arroyo Saladillo.

5.

Acceso a fondos

5.1

En el nivel nacional

Ley 24441 de financiamiento de la vivienda y construcción. (B.O. 16/01/95): Regula
jurídicamente el instituto del fideicomiso, que posibilita afectar patrimonios a un determinado fin,
y facilita la posibilidad de obtener fondos (a un bajo costo de financiamiento) para la
construcción y venta de inmuebles. Promueve el Plan Nacional de Desregulación y Reactivación
de la Industria de la Construcción, con el objeto declarado de lograr la constitución de un
mercado de títulos inmobiliarios a largo plazo que sustente el crecimiento del mercado, una
reducción sustancial en el costo de la construcción a nivel nacional, e incrementar la actividad del
sector con importantes repercusiones en el empleo directo e indirecto. En este marco legal se
comenzaron a desarrollar en la Argentina Operatorias de Titularización de Hipotecas
Se instauran así, mecanismos para la agilización de la comercialización de títulos
hipotecarios en el mercado de títulos y valores, lo que podría ser provechoso para el acceso a
fondos a fin de financiar la construcción de viviendas.
Ley 24855. Ley de desarrollo regional y generación de empleo. Fondo fiduciario federal
de infraestructura regional. (B.O. 25/07/97): Establece un sistema de alcance nacional siendo uno
de sus objetivos generar la infraestructura económica y social necesaria y prioritaria para la
integración territorial. Busca mejorar las oportunidades y condiciones de acceso a la vivienda de
sectores de ingresos medios y medios bajos de la población, con el desarrollo del mercado
hipotecario y fomentando el ingreso al mismo de capitales nacionales e internacionales.
Para el cumplimiento de dichos objetivos, se crea un fondo fiduciario destinado a
financiar la realización de obras de infraestructura económica y social y contraer empréstitos.
Cabe destacar que el fiduciario del fondo será el Banco de la Nación Argentina, quien
será el encargado de administrar dicho fondo de acuerdo a las instrucciones otorgadas por el
Consejo de Administración. Asimismo el fiduciario podrá actuar por cuenta y orden de las
jurisdicciones que lo soliciten (artículo 6).

84

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Establece la creación en el ámbito del Banco Hipotecario Nacional de una reserva
especial destinada a constituir una línea de créditos que financie el 95% de las viviendas, entre
otros objetivos.
Asimismo se implementa la reestructuración del Banco Hipotecario que se transforma
primero en Banco Mayorista y luego en Sociedad Anónima sujeto a privatización y finalmente
privatizado en 1998.

5.2

En el nivel provincial

Ley 10406 de créditos para la vivienda (B.O. 23/01/90): A través de la presente, se autoriza al
Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Justicia y Culto, a otorgar créditos a simples
asociaciones, sociedades sin fines de lucro o planes comunales encargados de la construcción de
viviendas auspiciadas por el Ente de Viviendas Comunitarias.
Asimismo se autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias
necesarias para dar cumplimiento a esta Ley, debiendo imputar el gastos que se origine a la
partida “Crédito adicional para financiación erogaciones de capital”.

5.3 En el nivel municipal
Ley orgánica de municipalidades 2756: Establece las facultades del Ejecutivo y del Concejo
Deliberante para obrar en materia de vivienda, en especial en lo que refiere al endeudamiento del
municipio. Asimismo dentro de las atribuciones del Consejo Municipal, se establece la de aceptar
o rechazar donaciones (artículo 39 inciso 18). Cabe destacar que por prescripción del artículo 41
inciso 25 de la presente norma, se prevé dentro de las atribuciones del Intendente Municipal la de
suscribir ad referendum aceptaciones de donaciones hechas al municipio.

6.
6.1

Tributario

En el nivel nacional

Ley 23349 impuesto al valor agregado: Fija una alícuota del 27% para las ventas de gas, energía
eléctrica, y agua reguladas por medidor y otras prestaciones, cuando la venta o la prestación se
efectúe en terrenos baldíos.
Ley 20628 impuesto a las ganancias: no será deducible sin distinción de categoría, el
impuesto a esta ley sobre terrenos baldíos y campos que no se exploten.

6.2

En el nivel provincial

Ley provincial 8173 – Código Tributario municipal: En el artículo 74 de la misma se establece
que los propietarios y responsables de los baldíos que se encuentren ubicados en las zonas que
determine la ordenanza impositiva estarán obligados a abonar la sobretasa que la misma fije. La
calificación de baldío corresponde al departamento ejecutivo.
Asimismo señala como excepciones a esta sobretasa, los baldíos sujetos a expropiación;
los baldíos cuyos propietarios ofrecieron su uso al municipio y este los aceptara, los baldíos
internos y los no aptos para construir.
Ley 11649 de exenciones impositivas (B.O. 07.01.99): La norma en análisis, hace
referencia a las escrituras traslativas de dominio y a la constitución o cancelación de gravámenes
relacionados con los programas de vivienda y préstamos de la Dirección Provincial de la
Vivienda. Los trámites mencionados, quedan exentos del pago de impuesto a los sellos; Derechos

85

CEPAL – Documentos de proyectos

Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

y Tasas por actuaciones administrativas o retributivas de servicios fijadas por el Código Fiscal y
la Ley Convenio 8994 y los Sellados por tramitación de planos de Mensura y División.
La autoridad de aplicación de dicha normativa será la Dirección Provincial de Vivienda y
Urbanismo. Con relación a los aranceles profesionales, en todos los trabajos de ejecución de
planos de Mensura y División, cuando las viviendas fueran construidas y financiadas mediante
operatorias del FONAVI, establece una reducción del veinte por ciento de los montos fijados por
tabla y autoriza a la autoridad de aplicación a celebrar convenios con los Colegios de
Profesionales de la Agrimensura a tales fines.
En igual sentido, exime del pago del Impuesto Inmobiliario a la Dirección Provincial de
la Vivienda y Urbanismo y a los Institutos Municipales de Vivienda por los inmuebles que
adquieran o construyan, cuando los mismos tengan vinculación con los programas de vivienda y
préstamos bajo su esfera de actuación, desde la vigencia de esta ley hasta que dichos inmuebles
sean entregados en posesión a sus adjudicatarios.
Por último, condona los montos que por Impuesto Inmobiliario adeuden la D.P.V. y U. y
los Institutos Municipales de Vivienda, correspondientes a los períodos fiscales anteriores a la
vigencia de esta ley, como así también, el Impuesto de Sellos y las tasas retributivas de servicios,
por actos notariales de adquisición, venta y gravámenes otorgados con anterioridad a la vigencia
de la presente ley, bajo las operatorias del mismo.
Finalmente, el artículo 11 de la presente normativa, dispone que entre los beneficiarios de
esta ley se comprenden a los Municipios y Comunas que efectúen programas sociales de
vivienda.

6.3

En el nivel municipal

Ordenanza 4084, Tasa General de inmuebles: Por medio de la cual se regula la Tasa General de
Inmuebles, en ella se establece una sobretasa diferenciada respecto de los inmuebles ubicados en
los Sectores 1 y 2 y que correspondan a terrenos baldíos. La alícuota correspondiente al sector 1
es del 3.54 %o sobre la valuación del inmueble y para el sector 2 la misma disminuye al 0,90%
sobre la valuación.
Ordenanza 5868: Por medio de la misma se autoriza al Poder Ejecutivo Municipal a la
percepción de la Tasa General de Inmuebles de Terrenos Baldíos con un incremento del 45%.

7.

Planificación y gestión urbana
7.1

En el nivel municipal

Plan Estratégico de Rosario, PER
El Plan aporta un instrumental estratégico y la posibilidad de implementar diversas formas de
participación en la gestión urbana. Su enfoque es generalista y no analiza articulaciones ni
establece prioridades. Se complementa en la práctica con otras herramientas (Plan Director,
Código Urbano, etc). Un atributo altamente positivo del PER, su encuadre regional
metropolitano.
Se destacan por su importancia diversos acuerdos intra e interjurisdiccionales, que
otorgan consenso al Plan. Asimismo, el PER es representativo de las políticas urbanas vigentes.
Sin embargo, no posee orden legal, ya que no fue aprobado por Ordenanza, siendo sus
recomendaciones, en consecuencia, de carácter indicativo, antes que prescriptivo.

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

Nuevo plan director
El Plan Director se asume como un instrumento urbanístico que interpreta los procesos de cambio
de la ciudad y define las formas de actuación para su transformación física y funcional en el
ámbito del territorio municipal. La estrategia contenida en este instrumento, se sustenta en
formulación de un conjunto de programas y proyectos, estructurados y relacionados con el PER y
basado en propias consideraciones.
Se perciben en el Plan Director débiles y particularizados encuadres estructurales sin
referencias a modelos prospectivos integrales y a escenarios de planificación. De esta forma, la
acción propositiva integral se expresa como la adición de lineamientos generales preliminares y
propuestas sectoriales particularizadas, resueltas dentro de la práctica del diseño urbano, en un
marco sectorial autónomo y atemporal, complementario del PER.
Al igual que el PER, es representativo de las políticas urbanas vigentes. Sin embargo, no
posee orden legal, ya que no fue aprobado por Ordenanza, siendo sus recomendaciones, en
consecuencia, de carácter indicativo, antes que prescriptivo.
La clasificación del suelo adoptada, de baja capacidad transformadora, no considera los
usos del suelo normativos como elemento estructurador, manteniendo y promoviendo la
tendencia monocéntrica vigente. Instrumenta procedimientos de negociación que pueden resultar
discrecionales y en todo caso no sustentables ni equitativos desde la perspectiva del interés
general. (Ord. 6492/97)
Resultan de interés las consideraciones sobre “Finalidad de la Política de Vivienda
Social” –de alcances amplios– y de “Programa de Recuperación y Transformación Urbana” –
orientado al reordenamiento y relocalización de asentamientos irregulares–, breves
consideraciones limitadas a la descripción de la situación vigente sin que se perciban
lineamientos propositivos a nivel plan, es decir cómo resulta necesario encarar la superación de la
problemática para alcanzar los objetivos deseados.
Resultan igualmente de interés los lineamientos vertidos en “El Uso Residencial”, es
decir, a) la utilización racional del suelo, b) la dotación de equipamientos e infraestructura en los
sectores más carenciados de la ciudad y c) la erradicación progresiva de los asentamientos
irregulares de la ciudad. Un “Esquema Territorial” pasa inmediatamente a describir
prefiguraciones de proyectos sectoriales singulares, (de reconversión, renovación y puesta en
valor) sin que se perciba la acción ordenadora y estructurante del Plan.
Código Urbano
En términos generales responde originariamente al Plan Regulador de Montes–Mongsfeld de
1967 y constituye el más importante instrumento regulador vigente con pertinencia técnica en
materia urbanística.
De los numerosos intentos de actualización resultaron distintas versiones que constituyen
en la práctica un Código virtual fruto de la yuxtaposición de centenares de Ordenanzas
modificatorias, complementarias y de excepción producidas en las últimas décadas. La
sobreabundancia de ajustes particularizados a lo largo del tiempo logró normalizar la práctica de
la excepción y la discrecionalidad.
Desde un punto de vista formal y de comunicación, las dificultades de abordaje a un
extenso conjunto de Ordenanzas y versiones modificadas del Código se originan en que no existe
una única versión de los instrumentos principales, dado que las numerosas reformas puntuales
que se han realizado y las normas específicas que fueron aprobándose no fueron compiladas y
actualizadas convenientemente.
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Desde la perspectiva de los contenidos básicos, se considera necesaria más que una
actualización, la formulación de un nuevo Código Urbano coherente con las nuevas políticas
urbanas que se desprenden en especial del PER.
Ordenanza N° 6492/97 Ordenanza de urbanización, modificatoria del Código Urbano:
Agrega a la Sección 3ª el punto 3.6 Clasificación Urbanística del Suelo, “con el objeto de aplicar
políticas diferenciadas de urbanización y subdivisión”. Las zonas son: Zona I, representa casi el
total del ejido de Rosario; Zona II, alude a sectores urbanos de baja consolidación, incluida la
carencia total o parcial de infraestructuras y servicios urbanos, aunque esto también se verifica
con diversos grados de intensidad en distintos sectores de la Zona I y Zona III no establece el
carácter urbano relativo a los usos del suelo admisibles, pese a constituir (implícitamente) en
parte un Area Suburbanizada, en parte una Reserva Condicionada.
Con algunas modificaciones menores se mantiene el criterio original (1967) de
subdivisión de suelo urbano en distritos, criterio que basa la regulación del suelo en
consideraciones de exclusivo orden morfológico sin articulación con alguna forma de
organización espacial y funcional de las actividades de la sociedad, de acuerdo a necesidades
sociales y principios urbano ambientales, tales como la zonificación según el uso del suelo.
De los ajustes producidos por la Ordenanza N° 6492/97al Código Urbano, resultan las
siguientes observaciones:
I. el criterio “centro–periferia” adoptado excluye como consideración trascendente la
noción de aglomerado metropolitano, omitiendo las interrelaciones vigentes entre
distintas partes de una misma ciudad;
II. el innecesariamente extenso y confuso listado de Distritos adoptado, expresa un carácter
eminentemente descriptivo, de baja capacidad propositiva y por ende, de débil carácter
transformador;
III. las categorías empleadas no son compatibles ni congruentes entre sí, resultando
arbitrarias e ineficaces para caracterizar y regular un extenso conjunto no homogéneo;
(P.Ej.: B1– Central Urbano que Rodea el Núcleo Central y G3– Distritos para Solares de
Fin de Semana);
IV. de la excesiva particularización de los rasgos discriminantes de los distritos y sus
subcategorías, resulta una enorme variedad de los mismos, cuya extensión territorial a
veces llega a circunscribirse a extensiones meramente parcelarias;
V. del ordenamiento adoptado no es posible advertir una articulación conceptual y funcional
de carácter propositivo, entre usos y ocupación del suelo, trama urbana, morfología y
normas de tejido, aptitud del suelo, y densidad residencial neta.Incorpora a la Sección 4ª.
del Código Urbano, un extenso texto que modifica y substituye al D. 33.337/66(V
Informe Urbano).

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Anexo 2

Régimen de Coparticipación de Impuestos de la Provincia de
Santa Fe153
La Coparticipación de impuestos a Municipios y Comunas pude clasificarse en dos tipos:
Automática y No Automática.

Coparticipación no automática
Recibe este nombre debido a que lo recaudado ingresa al Estado Provincial y posteriormente (por
quincena) es transferido a los Municipios y Comunas.
Esta categoría engloba a la participación de Impuestos Nacionales que recibe la provincia
y al Impuesto Provincial a los Ingresos Brutos.
La distribución de estos impuestos se basa en la categorización de los entes territoriales
(Comunas, Municipios de 1ra. y Municipios de 2da.).
Si consideramos como monto producido a la suma de lo recaudado por Ingresos Brutos y
lo participado por la Nación por Impuestos Nacionales a la Provincia, se debe proceder para el
calculo de la distribución de la siguiente forma:
El 8% del total del monto producido le corresponde a todos los Municipios (de 1ª y de 2ª)
y se distribuye entre estos así:
a. 30% en partes iguales.
b. 40% en proporción a la población de cada ente.
c. 30% en proporción a los recursos propios percibidos por cada ente en el año anterior.
El 3% calculado sobre el resto del total producido (descontado el 8% anterior) se
distribuye entre todas las Comunas de la siguiente forma:
a. 20% en partes iguales.
153

http://www.myc–santafe.gov.ar/

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Situación del hábitat de los municipios del área metropolitana de Rosario en materia de suelo y vivienda

b. 80% en proporción a la población de cada ente.
Otro 3% aplicado al resto del producido (descontado los items anteriores) se distribuye
únicamente entre los Municipios de 1ª, de idéntica forma a la aplicada en el primer ítem.

Coparticipación automática
Recibe este nombre en virtud de que lo recaudado por el agente financiero de la Provincia (Nuevo
Banco de Santa Fe) es distribuido y transferido por este agente a los entes correspondientes.
Se incluyen en esta categoría el Impuesto Inmobiliario y la Patente Automotor (ambos
provinciales).
Impuesto inmobiliario
De lo recaudado le corresponde el 50% a los municipios y comunas, y debe ser girado
diariamente por el Banco de acuerdo a la siguiente distribución:
a. 20% en proporción a la población de cada ente.
b. 80% en proporción al monto total emitido por distrito.
Patente automotor
Por cada patente que se paga, el Banco debe acreditar diariamente:
a. 10% al Estado Provincial.
b. 60% al Municipio o Comuna donde se encuentra radicado el vehículo.
c. El 30% restante debe distribuirlo quincenalmente en proporción al monto total
emitido por cada distrito.
En el caso de patentes de ejercicios vencidos, el importe total se acreditará a la localidad
donde se encuentre radicado el vehículo.
Por otra parte, la Ley 11105 faculta a los Municipios y Comunas a promover acciones
administrativas y/o judiciales a los efectos de cobrar las patentes de ejercicios vencidos.

90


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</dublin_core>
