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<dcvalue element="date" qualifier="issued" language="es_ES">1995</dcvalue>
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<dcvalue element="contributor" qualifier="author" language="es_ES">Corden, W. Max</dcvalue>
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<dcvalue element="title" qualifier="null" language="es_ES">Una zona de libre comercio en el Hemisferio Occidental: posibles implicancias para América Latina</dcvalue>
<dcvalue element="description" qualifier="null" language="es_ES">Incluye Bibliografía</dcvalue>
<dcvalue element="relation" qualifier="ispartof" language="es_ES">En: La liberalización del comercio en el Hemisferio Occidental - Washington, DC : BID/CEPAL, 1995 - p. 13-40</dcvalue>
<dcvalue element="project" qualifier="null" language="es_ES">Proyecto Apoyo al Proceso de Liberalización Comercial en el Hemisferio Occidental</dcvalue>
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S e c c ió n  d e  O b r a s  d e  E c o n o m ía  C o n t e m p o r á n e a
ENSAYOS SOBRE EL FINANCIAMIENTO DE LA 
SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
LOS CASOS DE ESTADOS UNIDOS - CANADÁ 
ARGENTINA - CHILE - COLOMBIA
V o lu m e n  II
P rim era  ed ición , C h ile , 2000
Título original:
Ensayos sobre el financiamiento de la seguridad social en salud.
Los casos de Estados Unidos - Canadá - Argentina - Chile - Colombia
©  Comisión Económica para América Latina y  el Caribre (C EI’A L) Naciones Unidas
©  Fondo de Cultura Económica
Av. Picacho Ajusco 227; Colonia Bosques del Pedregal; 14200 México, D.F.
©  Fondo de Cultura Económica Chile S.A.
Paseo Bulnes 152, Santiago, Chile
Registro de propiedad intelectual N° 114.526
1.5.B.N.: 956-289-018-X (Volumen II)
1.5.B.N.: 956-289-016-3 (Obra completa)
Ilustración de la portada: Juan Cristián Peña Camarda 
Composición y diagramación: Gloria Barrios
Impreso en Salesianos S.A.
Impreso en Chile
D a n i e l  T i t e lm a n  / A n d r a s  U t h o f f  
C o m p i l a d o r e s
ENSAYOS SOBRE EL 
FINANCIAMIENTO DE LA 
SEGURIDAD SOCIAL 
EN SALUD
LOS CASOS DE 
ESTADOS UNIDOS - CANADÁ
ARGENTINA - CHILE - COLOMBIA
V o l u m e n  II
FONDO DE CULTURA ECONÓMICA
MÉXICO - ARGENTINA - BRASIL - COLOMBIA - CHILE - ESPAÑA 
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA - GUATEMALA - PERÚ - VENEZUELA
C E P fl L
COMISIÓN ECONÓMICA PARA 
AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (CEPAL)

HACIA UNA MAYOR EQUIDAD EN LA SALUD: 
EL CASO DE LAS ISAPRES
Uri Wainer K.
I. INTRODUCCIÓN
La salud ha sido considerada tradicionalmente como bien público, en lo 
fundamental debido a que produce externalidades, normalmente no 
incorporadas en su totalidad a los precios que estos bienes alcanzan en 
el mercado. En tal sentido, el problema se asemeja a lo que ocurre con 
la educación, la congestión vehicular, la contaminación ambiental, etc., a 
cuya solución el Estado no es ajeno. Igualmente, en la salud le correspon­
de un importante papel, tanto en la provisión de bienes como o en su 
regulación, o en proponer una solución mixta que en definitiva signifi­
que salud pública en coexistencia con un sistema de salud privado y, 
además, todo ello bajo regulación estatal. La combinación exacta depen­
derá, en cada país, tanto de aspectos culturales como del nivel de de­
sarrollo y distribución del ingreso.
En la mayoría de los países ha existido esa tradición de Estado 
benefactor, y ha sido función de éste proporcionar la salud en forma 
prácticamente gratuita a los usuarios. Por otra parte, estos últimos tienen 
de la salud pública una percepción de creciente deterioro en el tiempo, 
e igual ocurre con las pensiones, lo que ha llevado a una crisis a ambos 
sistemas en numerosas naciones, incluyendo Chile.
El incremento de los costos de la salud, atribuido a diferentes causas 
com o el desarrollo tecnológico y  alzas en los precios cuando no hay 
algún tipo de restricción a la demanda o de control de costos, ha desequi­
librado seriamente el sector salud, debido fundamentalmente a la inca­
pacidad del Estado de planificar una provisión de servicios con impli­
cancias financieras crecientes, tanto por el aumento en los costos como
6 1 2
LA REFORMA AI. FINANCIAM IENTO DE LA SALUD EN CFIII.F. 6 1 3
por el incremento de la esperanza media de vida de la población, pro­
ducto precisamente de ciertas mejoras en las condiciones de salubridad 
que en la práctica han permitido erradicar algunas enfermedades en 
cierta forma consideradas epidémicas, con una alta tasa de mortalidad: 
cólera, tifus, tuberculosis, etc. Igualmente, se podrían señalar las vacuna­
ciones gratuitas masivas, en especial de niños, a fin de prevenir enferme­
dades infantiles: tos convulsiva, sarampión, etc.
La crisis del Estado benefactor en relación al sector salud, tanto en 
países desarrollados como en proceso de desarrollo, hace necesario replan­
tear el problema en términos realistas, eliminando todo signo ideoló­
gico que lleve a soluciones extremas, ya sea en el sentido de que toda la 
provisión de servicios de salud debe ser pública, o al contrario, privada.
En este sector, por presentar estos bienes externalidades, las solucio­
nes neoliberales o de planificación centralizada no responden a los re­
querimientos de la población, ni a la modernidad, cualquiera sea su 
definición.
En el contexto anteriormente señalado, es necesario buscar una alian­
za inteligente entre la planificación y el sector privado, en la cual la gran 
política de salud sea diseñada por el Estado, pero disponiendo el máximo 
espacio posible para las fuerzas de mercado. No es fácil encontrar la 
respuesta que deje satisfechos a todos los sectores, y en la actualidad, a 
nivel mundial, se están buscando y experimentando soluciones a este 
difícil desafío que permitan compatibilizar el Estado con el mercado.
El presente trabajo no pretende dar una repuesta a todos los plan­
teamientos anteriores, sino que se refiere a un aspecto parcial del proble­
ma, en particular al caso chileno. Se trata de examinar el tema de la 
equidad en el contexto del subsistema de salud denominado Isapres. Se 
analizarán los conflictos de equidad relacionados con las enfermedades 
catastróficas y la tercera edad, para establecer si este subsistema, en pleno 
funcionamiento, presenta irregularidades y cuáles podrían ser las solu­
ciones dentro de la actual legislación, o bien, con el mínimo de modifi­
caciones, hacerlas políticamente viables.
El presente enfoque global de la política de salud implica liberar 
recursos provenientes de aquel sector de la población que, por su nivel de 
ingreso, está en condiciones de pagar por los servicios de salud que 
demanda, de modo de focalizar los recursos públicos en el otro sector de 
menores ingresos. Es decir, en su concepción más amplia, el sistema 
de salud en Chile es equitativo.
6 1 4  ENSAYOS SOBRE EL FINANCIAM IENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
Sin embargo, hay en la actualidad un amplio debate, ya que el 
subsistema Isapres que atiende aproximadamente al 26% de la población, 
consume el 45% del gasto total en salud, lo que significa que este sector 
de la población tiene un gasto per cápita en salud muy superior a aquel 
que se atiende con la cobertura pública.
Lo anterior no tiene nada de extraño, ya que en una economía social 
de mercado siempre habrá un sector de mayores ingresos capaz de 
demandar más bienes que los sectores de ingresos más reducidos. Por lo 
tanto, el problema radica en el nivel del gasto público asignado al sector 
salud, puesto que normalmente este monto será siempre inferior a las 
aspiraciones de la comunidad, y  el hecho que un porcentaje de la pobla­
ción no requiere del gasto público para financiar su demanda, facilita la 
focalización en sectores de menores ingresos.
Finalmente, es necesario mencionar que la salud es un bien de carac­
terísticas muy especiales que lo diferencian de todo otro tipo de bienes, 
incluyendo aquellos que producen extemalidades. Entre las características 
relacionadas con este sector vale la pena destacar las siguientes:
1. La mayoría de las personas no se preocupa de estudiar o analizar 
su mejor plan de salud en relación a sus condiciones particulares y 
capacidad financiera, especialmente cuando están sanas.
2. En países en proceso de desarrollo hay poca cultura en medicina 
preventiva, aunque está incorporada a los planes de salud.
3. El paciente generalmente no pregunta o cuestiona al médico que lo 
está atendiendo. Lo normal es que siga sus instrucciones o consejos 
sin consultar otras alternativas. Por ejemplo, someterse a una inter­
vención quirúrgica en una clínica determinada, o bien, hacerse 
exámenes en un laboratorio específico, porque dichos establecimien­
tos son buenos.
4. A los médicos se les asigna un estatus especial dentro de la socie­
dad, muy por encima de otros profesionales. En extremo se podría 
afirmar que están por sobre el bien y el mal.
Esta característica cultural lleva a que, salvo en países desarrolla­
dos, prácticamente no haya juicios en su contra por intervenciones pro­
fesionales erradas. Además, constituyen un gremio solidario, y son muy 
raras las críticas entre ellos en relación a sus actuaciones.
LA REFORMA AL FINANCIAM IENTO DE LA SALUD EN CHILE 6 1 5
II. EL PROBLEMA DE LA EQUIDAD EN LA SALUD
Seguramente uno de los temas más complejos de abordar en economía 
es el de la equidad, por corresponder a un aspecto normativo con claras 
derivaciones ideológicas.
En términos abstractos y  globales es fácil llegar a acuerdos sobre 
equidad. Sin embargo, al concretarse el problema surgen las discrepan­
cias sobre qué políticas se requiere aplicar para darle solución. Por ejem­
plo, en la actualidad existe en Chile consenso con respecto a que la actual 
distribución del ingreso no es buena. Sin embargo, este acuerdo se redu­
ce al calificar si dicha distribución es mala o muy mala. El acuerdo es aún 
menor en relación a las políticas que se debe implementar para mejorar 
dicha distribución, las que dependen en definitiva de la posición ideo­
lógica que respalda al ejecutor de tales políticas.
La equidad referida a la salud se puede abordar desde dos ángulos 
ideológicos diferentes. En un extremo se sitúa una posición que puede 
ser considerada como socialista y en el otro, una neoliberal.
La posición socialista más extrema postula una perfecta igualdad en 
la disponibilidad y uso de recursos de salud, lo que implica que cada 
ciudadano tiene derecho a una determinada provisión máxima de servi­
cios, independiente de su nivel de ingreso. En este caso teórico, el oferen­
te de los servicios lo constituye un conjunto de instituciones públicas y, 
en casos especiales, se podría aceptar una combinación entre servicios 
públicos y privados, de la cual el beneficiario podría escoger prestadores.
En el otro extremo se sitúa la concepción neoliberal, que señala que 
las personas pueden disponer de todos aquellos servicios de salud que 
puedan sufragar. Es decir, la demanda por salud está directamente aso­
ciada al nivel de ingreso de las personas.
Desde un punto de vista democrático, la mayoría optaría segura­
mente por la primera alternativa, si los servicios fueran de la calidad y 
cantidad que la población considere adecuados y satisfactorios.
Sin embargo, en una aproximación realista, los recursos públicos 
que la comunidad decide y postula destinar democráticamente a la sa­
lud, deben competir con otros fines (educación, justicia, defensa, etc.), 
por lo que siempre la calidad y  cantidad de estos bienes serán inferiores 
a las aspiraciones de la sociedad en este campo.
6 1 6  ENSAYOS SOBRE EL FINANCIAM IENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
La segunda alternativa, en su concepción moderna, es claramente 
poco democrática, ya que en la actualidad se le asigna al Estado la pro­
visión directa o indirecta de ciertos servicios básicos, independientemen­
te del ingreso de los receptores. Tal es el caso de, a lo menos, educación 
y salud.
En esta última concepción, los segmentos de la población en extre­
ma pobreza estarían prácticamente impedidos de acceder a la salud. Por 
lo tanto, esta alternativa está prácticamente descartada, ya que la salud 
no es un bien más dentro del mercado sino que, por las extemalidades 
que produce, no siempre incorporadas a los precios, requiere normal­
mente de algún tipo de presencia o intervención del Estado.
En el caso de la salud, resulta natural que la solución socialmente 
deseable sea una combinación de las dos alternativas extremas.
El Estado debe garantizar una provisión mínima de servicios de 
salud a la población, y a la vez permitir que las personas en condiciones 
de financiar servicios de salud sobre el mínimo garantizado, puedan 
hacerlo en las cantidades que ellas estimen adecuadas.
En términos prácticos, la decisión respecto al nivel mínimo de ser­
vicios de salud que debe proveer el Estado, es una decisión eminente­
mente política que la comunidad debe alcanzar en función de su cultura 
y grado y nivel de desarrollo.
De esta manera, la provisión mínima de servicios de salud, por 
razones obvias, es superior, por ejemplo, en Suecia que en Chile, y a su 
vez, en nuestro país esta provisión es superior a la de Sudán.
Al respecto es necesario hacer dos acotaciones. Primero, los servicios 
de salud mínimos no necesariamente deben ser prestados por instituciones 
públicas. Al tratarse de subsidios que se otorgan, perfectamente puede 
darse a las personas o usuarios la opción de aplicarlos para elegir el ser­
vicio que ellos consideren más conveniente, sea este público o privado.
La segunda acotación se refiere al caso de las personas cuyo nivel 
de ingreso les permite financiar servicios de salud de mayor cobertura 
que la mínima. En este caso pueden plantearse dos alternativas. Que el 
Estado subsidie por igual a toda la población, o bien, que a estas perso­
nas se las margine total o parcialmente del financiamiento público, per­
mitiendo de esta manera una mejor focalización del gasto público en 
salud , es decir, en aquellos sectores de m enores ingresos, tesis 
mayoritariamente aceptada y promovida fundamentalmente por el Ban­
co Mundial.
LA  REFORMA AL FINANCIAM IENTO DE LA SALUD EN CHILE 6 1 7
Estando las personas obligadas por ley a cotizar un porcentaje de 
su sueldo imponible para destinarlo a financiar servicios de salud, los 
siniestros en esta área (enfermedades) no se distribuyen uniformemente 
entre la población obligada a cotizar. Es decir, cada cotizante demanda 
en un cierto período de tiempo cantidades diferentes de este bien (salud). 
Por lo tanto, la equidad puede ser considerada desde dos puntos de
vista:
1. Distributiva del ingreso, ya que si bien todos cotizan igual porcen­
taje del ingreso, las personas de mayor remuneración contribuyen 
con un monto más alto ayudando a financiar a los cotizantes de 
menor renta imponible, por cuanto todos los afiliados pueden ac­
ceder a los mismos servicios o beneficios.
2. Distributiva entre grupos etarios de la población. Si el monto abso­
luto de la cotización fuese igual para cada miembro de una comu­
nidad, sería posible identificar dos aspectos de la equidad:
a. Equidad horizontal. Se produce dentro de un rango de edad 
de la población. Los cotizantes sanos o que demandan me­
nos salud ayudan o subvencionan a aquellos que demandan 
más servicios de salud, por ejemplo, a los que sufren enfer­
medades catastróficas o prestaciones de mayor valor.
b. Equidad vertical o generacional. Esta situación se produce al 
comparar la población por grupos de edad. Al constituir el 
grupo de mayor edad (tercera edad) un segmento de la 
población sujeto a mayores demandas por servicios de salud 
que grupos de menor edad, los segmentos de la población 
más joven pueden subsidiar a los de mayor edad.
Estas dos aproximaciones a la equidad se producen simultáneamen­
te en la salud pública e Isapres cerradas, que son fundamentalmente 
solidarias, mientras que la equidad distributiva entre grupos etarios se 
acerca al caso de las Isapres abiertas, en las cuales todos aquellos que 
cotizan por un mismo monto, participan en un mismo plan. Por tal 
motivo, dentro de este esquema se requiere analizar la equidad horizon­
tal y vertical, verificar en qué grado se produce y qué medidas se po­
drían tomar para incrementarla en situaciones límites.
Al examinar el problema de la equidad en la salud referido al 
subsistema Isapre, se observa que, por definición y  por la legislación 
existente, esta institución es inequitativa en térm inos de equidad
6 1 8  ENSAYOS SOBRE EL FINANCIAM IENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
distributiva de ingreso, ya que la cobertura de servicios es directamente 
proporcional al monto de la cotización, lo que no guarda relación directa 
con las necesidades de las personas. Por otra parte, este subsistema, por 
lo menos en esta etapa, atiende fundamentalmente a sectores de mayores 
ingresos, lo cual reduce notablem ente el problem a de la equidad 
distributiva del ingreso.
Por lo tanto, se puede dar el caso de personas que, pudiendo finan­
ciar planes normales en las Isapres, presenten alguna situación extrema 
o no común que no sea cubierta por estos planes en Isapres abiertas, o 
bien, personas a las que con el aumento natural de la edad, se les 
incremente la cotización  m ás allá d e  sus p o s ib ilid a d es  financieras. Las 
situaciones extremas, que han originado preocupación pública, se re­
fieren a las enfermedades catastróficas y a la tercera edad, a la vez que 
le crean una mala imagen pública a estas instituciones, como lo muestran 
algunas encuestas.
III. EVOLUCIÓN DEL SISTEMA DE SALUD:
DE LA SALUD PÚBLICA A UN SISTEMA MIXTO
1. L a  s a l u d  p ú b l ic a
Hasta fines de la década de 1970 la salud en Chile era fundamentalmente 
pública; su financiamiento y los servicios eran administrados por el 
Ministerio de Salud, básicamente mediante una infraestructura médica 
hospitalaria y ambulatoria que cubría cerca del 90% de las camas dispo­
nibles, con sus respectivas prestaciones médicas. Asimismo, casi 3 de 
cad a  4 a ten cion es m éd ica s  am bu latorias eran  e fec tu ad as  a través de la 
infraestructura del Estado.
Por lo tanto, el sector privado estaba circunscrito a otorgar servicios 
a aquellas personas no adscritas a ningún régimen previsional capaces 
de financiar de su bolsillo tales prestaciones médicas, y al sistema de 
libre elección del Servicio Médico Nacional de Empleados (s e r m e n a ) ,  que 
era  la única opción de libre elección en el sistema de salud pública.
La readecuación del sistema de salud a los lincamientos de la po­
lítica económica del gobierno militar establecido en 1973, fue relativa­
mente lenta.
LA REFORMA A L FINANCIAM IENTO DE LA SALUD EN CHILE 6 1 9
En 1975 se redefinen las funciones del Ministerio de Salud Pública, 
con el objetivo de racionalizarlo. Sin embargo, el Servicio Nacional de 
Salud ( s n s ) ,  como organismo ejecutor de la salud pública, no se ve afec­
tado.
El decreto ley N° 2 575 (Diario Oficial del 15 de mayo de 1979) hace 
extensivas algunas prestaciones de salud (ley N° 16 781) a los benefi­
ciarios del s n s ,  como una forma de generalizar el principio de libre elec­
ción.
Mediante la dictación del decreto ley N° 2 763 (Diario Oficial del 3 
de agosto de 1979) se sancionó la reestructuración del Ministerio de Salud. 
Las principales modificaciones fueron:
• El Ministerio queda a cargo de la fijación de normas, formulación 
de planes y programas generales del Sistema Nacional de Servicios 
de Salud, y de la supervisión, control y evaluación del cumplimien­
to de planes y políticas.
• La función ejecutora o proveedora de salud se pone en manos de 
los Servicios de Salud, para lo cual se crean 27 unidades distribui­
das en todas las regiones, funcionalmente descentralizados, dotados 
de personalidad jurídica y patrimonio propio, dependientes del 
Ministerio de Salud. En 1995 contaban con aproximadamente 66 000 
funcionarios.
Como ejecutores de servicios de salud, vinieron a ser los continua­
dores del s n s  y del Se r m e n a  y es su responsabilidad ejecutar las acciones 
integradas de fomento, protección y recuperación de la salud y rehabi­
litación de los enfermos.
Su financiamiento se originó fundamentalmente en los aportes del 
Fondo Nacional de Salud ( f o n a s a )  y  en las tarifas por los servicios pres­
tados.
Por otra parte, estos servicios estuvieron facultados para celebrar 
contratos, previo visto bueno del Ministerio de Salud, con instituciones 
privadas que tomaran a su cargo algunas acciones de salud, las que 
serían pagadas con fondos presupuestarios.
La función financiera de la salud quedó radicada en el f o n a s a ,  or­
ganismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, 
cuyo financiamiento proviene principalmente de aportes de la ley de 
presupuesto y recursos resultantes de la cotización previsional obligato­
ria del 7%.
6 2 0  ENSAYOS SO BRE EL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SEG U RID A D  SO CIA L EN  SA LU D
El objetivo de esta institución es la de financiar total o parcialmente 
las prestaciones de salud, a través del sistema o de entidades que no son 
del sistema, mediante mecanismos que permitan ejercer la libertad de 
elegir por parte del usuario.
Además, f o n a s a  financia las acciones de salud y las inversiones del 
sistema, y colabora con el Ministerio de Salud en la compatibilización y 
consolidación de los presupuestos de los Servicios de Salud y otros or­
ganismos dependientes del Ministerio, con el presupuesto global de 
salud. Además, esta reestructuración creó las Secretarías Regionales 
Ministeriales de Salud, lo que permitió mejorar notablemente la descen­
tralización en este sector y el Instituto de Salud Pública de Chile ( is p )  y 
la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud 
( c e n a b a s t ) .
No obstante la reestructuración del Ministerio, en este período se 
coexistió con un sistema previsional sin modificaciones, en el cual el 
imponente de las cajas de previsión se relacionaba con los Servicios de 
Salud a través de éstas.
Por otra parte, hay algunas instituciones y empresas del Estado que 
no forman parte del Sistema Nacional de Servicios de Salud aunque 
cuentan con financiamiento estatal, pero tienen autonomía administrati­
va y de gestión, como por ejemplo, la Penitenciaría, las Fuerzas Armadas 
y de Orden, la Empresa Nacional del Petróleo ( e n a p )  y la Universidad 
de Chile.
El f o n a s a  concentró los fondos de la salud, tanto los originados por 
los beneficiarios como el aporte fiscal. A su vez, estos recursos se cana­
lizaron principalmente a los Servicios de Salud (organismos ejecutores 
estatales) y en muy menor grado al sector privado, mediante la venta de 
bonos y programas de atención médica. Asimismo, se permitió firmar 
convenios entre los Servicios de Salud y establecimientos privados que 
actuaban como ejecutores de acciones específicas que se les encomen­
daban.
Sin embargo, a pesar de la dictación de los decretos leyes N° 3 500 
(Diario Oficial del 12 de noviembre de 1980) y 3 501 (Diario Oficial del 
18 de noviembre de 1980) de la reforma previsional, que modificaron 
completamente el sistema previsional permitiendo cuentas individuales 
administradas por instituciones privadas especialmente creadas para 
dicha finalidad, las cotizaciones destinadas a la salud continuaron siendo 
enteradas en el f o n a s a  en una primera etapa.
LA REFO RM A AL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SA LU D  EN CH ILE 6 2 1
Posteriormente, mediante la dictación del decreto ley N° 3 626 
(Diario Oficial del 21 de febrero de 1981), se permitió a los trabajadores 
aportar la cotización de salud a instituciones diferentes a las públicas, a 
fin de que les otorgaran las prestaciones y beneficios de salud. Esas 
instituciones deberían estar registradas en el f o n a s a .
La reglamentación del decreto ley N° 3 626, se realizó mediante la 
dictación del decreto con fuerza de ley N° 3 del Ministerio de Salud 
(Diario Oficial del 19 de mayo de 1985), que fijó normas para el otorga­
miento de prestaciones y beneficios de salud por parte de las denomi­
nadas instituciones de salud previsional (Isapres).
Estas instituciones eran fiscalizadas por el f o n a s a  y  no podían 
celebrar convenios con los Servicios de Salud.
Las Isapres, de acuerdo a la ley, sustituían las prestaciones y bene­
ficios proporcionados por los Servicios de Salud y el f o n a s a .
Los trabajadores que optaban por este sistema hacían directamente 
su aporte o cotización a alguna Isapre.
De esta manera, con el decreto con fuerza de ley N° 3, nacía la salud 
privada en Chile como alternativa a la salud pública para quienes esta­
ban obligados por ley a cotizar por este servicio, ampliando así el con­
cepto de libre elección. Es decir, las Isapres pasan a ser consideradas 
como parte integrante del sistema legal obligatorio de la salud.
La obligatoriedad de la cotización se basa en el supuesto de que no 
todas las personas son previsoras, aun respecto de su salud y la de su 
grupo familiar. Así, el Estado obliga a todas las personas a efectuar 
provisiones para cubrir riesgos (básicamente salud y vejez) que de otra 
manera deberían ser financiados por toda la comunidad.
2. E l  s is t e m a  m ix t o
Desde su creación, el desarrollo de las Isapres ha sido creciente en el tiem­
po. Por tratarse de una experiencia nueva en el país, este sistema ha re­
gistrado constantes modificaciones que han permitido solucionar algunos 
problemas a la vez que enfocar más nítidamente otros, aparentemente sin 
solución dentro del esquema, ya que el cambio de un sistema público a 
uno privado implicó además pasar de un sistema de salud solidario a uno 
individual.
6 2 2  ENSAYOS SO BRE EL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SEG U RID A D  SO C IA L EN  SA LU D
En el caso del sistema previsional el cambio ha sido menos conflic­
tivo, puesto que el Estado, en su rol subsidiario, garantiza pensiones 
mínimas al momento de jubilar.
En el campo de la salud, la percepción de los cam bios y sus 
implicancias ha sido más compleja y el papel subsidiario del Estado, más 
difícil de definir, ya que en este sector los problemas se presentan antes 
y después de la edad de jubilar (65 años).
La primera etapa de las Isapres se puede decir que culminó con la 
promulgación de la ley N°18 933 (Diario Oficial del 9 de marzo de 1990), 
que derogó el decreto con fuerza de ley N° 3 (Diario Oficial del 19 de 
mayo de 1981) del Ministerio de Salud, introduciendo importantes mo­
dificaciones, tanto al control de las Isapres como a los contratos entre 
estas instituciones y los usuarios o cotizantes.
Además de los cambios operados entre 1981 y 1990, el más impor­
tante ocurrió con la dictación de la ley N° 18 469 (Diario Oficial del 23 
de noviembre de 1985) sobre prestaciones médicas, que comenzó a apli­
carse a partir del 1 de enero de 1986. En este cuerpo legal se estableció 
un sistema único de cotizaciones obligatorias de salud y  un mecanismo 
redistributivo para prestaciones otorgadas a través del sistema público. 
Esto permitió integrar armónicamente a las Isapres al sistema de salud.
El número de Isapres con registros vigentes entre fines de 1981 y 
fines de 1990 se incrementó de 8 a 35, pasando los cotizantes de aproxi­
madamente 26 000 a casi 900 000 para dichos años y  los beneficiarios del 
sistema de 62 000 a 2 100 000 (véanse los cuadros 1 y 2).
Si bien en la primera etapa la legislación no diferenció estas insti­
tuciones, en la práctica y  desde el comienzo se crearon dos tipos de 
Isapres.
Las primeras, denominadas Isapres abiertas, están orientadas a cual­
quier empresa o cotizante que tenga interés en afiliarse a alguna de ellas. 
En cambio las segundas se denominaron cerradas, normalmente están 
ligadas por propiedad y finalidad a una empresa o grupo de empresas 
y tienen como único mercado a los cotizantes de esta(s) empresa(s). 
Habitualmente los beneficios otorgados se financian con la cotización 
legal (7% de la renta imponible) y con aportes directos del empleador. 
Por lo común se ofrece un solo plan al cotizante, independientemente del 
monto de la prima legal. Es decir, estas instituciones pueden ser consi­
deradas solidarias y no presentan, desde un punto de vista teórico, pro­
blemas de equidad.
LA REFO RM A AL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SA LU D  EN CH ILE 6 2 3
C u a d r o  1
COTIZANTES DEL SUBSISTEMA ISAPRES 
(A diciembre de cada año)
Isapres 1981 1982 1984 1986 1988 1990
Abiertas 26 415 57 745 110 513 295 760 515 737 798 687
Cerradas - 9 095 21 047 40 656 51 901 64 575
Total 26 415 66 480 131 560 336 325 567 638 863 262
Fu en te : S u p erin ten d en cia  d e  in stitucion es d e  salu d  p rev isio n al (Isapres).
C u a d r o  2
BENEFICIARIOS VIGENTES DEL SUBSISTEMA DE ISAPRES 
(A diciembre de cada año)
Isapres 1981 1982 1984 1986 1988 1990
Abiertas 61 659 125 986 279 364 776 652 1 279 378 1 900 255
Cerradas - 38 321 85 896 144 642 170 797 208 053
Total 61 659 164 307 365 260 921 294 1 450 175 2 108 308
F u en te : S u p erin ten d en cia  d e  in stitu cio n es d e  salu d  p rev isio n al (Isapres).
En especial, se destaca el crecimiento de las Isapres abiertas en 
relación a las cerradas, ya que, por ejemplo, entre 1984 y 1990 el número 
de beneficiarios de las primeras creció casi seis veces, mientras que el de 
las cerradas aumentó un poco más del doble (véase el cuadro 2).
Por otra parte, de acuerdo a la información disponible, en este 
m ism o período se produjo una dism inución constante en la renta 
imponible real mensual de los cotizantes en Isapres abiertas, que alcanzó 
a un 28%, mientras que en el caso de las cerradas la renta media prác­
ticamente se ha mantenido sin variación. La continua disminución de la 
renta media imponible se debe en gran medida al incremento en el 
número de cotizantes (véase el cuadro 3).
6 2 4  ENSAYOS SOBRE EL FIN A N CIA M IEN TO  DE LA SEG U RID A D  SO CIA L EN  SA LU D
C uadro 3
RENTA IMPONIBLE MENSUAL POR COTIZANTE
(En pesos de diciembre de 1995)
Isapres 1984 1986 1988 1990
Abiertas 391 417 302 369 282 783 279 559
Cerradas 437 965 444 709 403 254 445 340
Total 400 096 322 226 294 271 292 944
F u en te: S u p erinten dencia  d e institucion es d e salu d  prevision al (Isapres).
Desde un punto de vista geográfico, la Región Metropolitana repre­
sentó aproximadamente el 60%, tanto en el número de cotizantes como 
en el monto de las cotizaciones.
Durante el primer período las Isapres cumplieron sobre todo un 
papel financiero, y en su organización adoptaron sistemas basados prin­
cipalmente en reembolsos de gastos médicos.
Esta situación se debe a que la legislación permite que las Isapres 
otorguen las prestaciones de salud en forma directa, si es que cuentan 
con la infraestructura respectiva, o bien, que concurran con su finan­
ciamiento.
La demanda de los beneficiarios sobre la infraestructura médica 
ambulatoria y hospitalaria llevó a una mayor ocupación de la capacidad 
instalada, para pasar posteriormente a impulsar proyectos de inversión. 
A modo de ejemplo, se puede mencionar que el número de camas pri­
vadas pasó de 3 500 en 1981 a 11 600 en la actualidad.
Cabe destacar que en este período la cotización obligatoria para la 
salud se incrementó de un 4% a un 7% de la renta imponible. Sin em­
bargo, se trata de porcentajes mínimos, pudiendo el trabajador cotizar un 
porcentaje superior a fin de optar a un plan de salud que le otorgue 
mayores beneficios.
Las sucesivas modificaciones en la tasa de cotización se debieron al 
reconocimiento, por parte de la autoridad, que la cotización inicial era 
claramente insuficiente para el financiamiento del costo de los beneficios.
Adicionalmente, se elevó la cotización de salud de los jubilados, 
también a un 7%, para lograr que al menos una parte de este segmento 
poblacional permaneciera en alguna Isapre.
LA REFO RM A AL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SA LU D  EN CH ILE 6 2 5
En la etapa inicial del nuevo sistema de salud, la principal carac­
terística de los contratos entre la Isapre y el trabajador era su duración 
mínima, de un año calendario, sin que la Isapre pudiera desahuciarlo 
dentro de este período. En cambio, el trabajador tenía la facultad de 
cambiarse de institución con una periodicidad no inferior a un mes.
Estas características contractuales le dieron al sistema una gran 
inestabilidad. Las Isapres podían en forma discrecional no renovar los 
contratos de salud a cotizantes que por el aumento de edad constituían 
cada año un riesgo mayor, y tampoco a aquellas personas que habían 
sufrido enfermedades catastróficas (caras para la Isapre en términos de 
la relación costo/cotización pactada cuando era mayor que 1).
En esta etapa, dadas las características de los contratos (en especial 
en el caso de las Isapres abiertas), estas instituciones de salud, aparen­
temente en lugar de utilizar el concepto teórico de seguro tendieron a 
utilizar el concepto de cuenta corriente individual, de manera muy se­
mejante a las administradoras de fondos de pensiones ( a f p ) .  E s  decir, 
aquel cotizante que en un período de tiempo (1 año) originaba un monto 
negativo, era un m al cliente para la Isapre y ésta podía proceder a no 
renovar el contrato a su vencimiento.
Agregúese el hecho que los cotizantes se cambiaban frecuentemente 
de Isapre, seguramente atraídos por mejores ofertas de la competencia, 
dada la escasa cultura en materia de seguros a todos los niveles en el país.
La situación de inestabilidad se tradujo a lo menos en dos hechos. 
En primer lugar, las Isapres no tenían ningún tipo de incentivos para 
invertir en salud o medicina preventiva, dada la rotación de afiliados. 
Para la primera etapa de las Isapres, se estimó que estas instituciones 
renovaban el total de sus afiliados en un período que oscilaba entre los 
2 1/2 y 5 años (Sánchez, 1988).
Además, la discrecionalidad de las Isapres para no renovar contra­
tos de trabajadores problemáticos, creó desconfianza de los usuarios 
hacia el sistema, en el sentido de que discriminaba a los enfermos y los 
viejos, y en especial, a los viejos enfermos.
Como resultado de todo lo anterior, las Isapres tendieron a privile­
giar la medicina ambulatoria, con el criterio de otorgar mejores benefi­
cios en ese campo en lugar de privilegiar la cobertura de gastos de 
hospitalización.
Los m alos clientes eran marginados de las Isapres y los buenos, 
normalmente personas jóvenes, eran disputados por estas empresas,
6 2 6  ENSAYOS SO BRE EL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SEG U RID A D  SO C IA L EN SA LU D
ofreciéndoles el máximo de beneficios en aquellos servicios que este 
segm ento era más propenso a demandar, precisam ente la medicina 
ambulatoria.
En cuanto a los beneficios otorgados por las Isapres, se pueden 
establecer tres categorías:
a) Beneficios para la recuperación de la salud
Se estableció en los contratos la más absoluta libertad para fijar el nivel 
de beneficios, sin determinar un mínimo en cuanto al tipo y número de 
prestaciones a cubrir y el financiamiento por otorgar.
Con el objeto de evitar posibles excesos de parte de los usuarios, las 
Isapres determinaron algunas exclusiones (cirugía estética, psicólogos, 
etc. ) y períodos de carencia (lapsos de tiempo en que algunas prestacio­
nes, como partos, algunos tipos de cirugía, etc., no son cubiertos por la 
Isapre, o bien, lo son con beneficios inferiores a los contratos).
b) Subsidios por incapacidad laboral temporal
Se estableció claramente que las Isapres debían financiar los costos que 
demandan los subsidios por incapacidad laboral temporal, en un 100% 
de la renta imponible durante la ausencia laboral por enfermedad. Por 
este concepto el gasto pasó de un 23% del costo total de explotación en 
1984, a un 21% en 1990. Es decir, este ítem representó una proporción 
importante del costo de los beneficios, no obstante su disminución por­
centual.
Adicionalmente, en este período el subsidio maternal (pre y posna­
tal) pasó a ser financiado con recursos del sector salud.
Esta medida eliminó en forma importante la barrera al ingreso a las 
Isapres de las mujeres en edad fértil, a la vez que disminuyó el costo del 
subsidio por este concepto.
Tal innovación de toda justicia, permitió suprimir la discriminación 
del sistema en contra de las mujeres, al reconocer que al menos parte del 
costo de la maternidad debe ser asumido y financiado por toda la comu­
nidad.
LA REFO RM A AL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SA LUD  EN CH ILE 6 2 7
c) Beneficios de la medicina preventiva
La ley N° 18 469 (Diario Oficial del 23 de noviembre de 1985) introdujo 
importantes cambios en esta área, como por ejemplo, la obligatoriedad 
a las Isapres de ofrecer exámenes de control de embarazo a las mujeres 
afiliadas y el control del niño sano hasta los 6 años. Adicionalmente, si 
algún afiliado presentaba alguna enfermedad acogida a la medicina 
preventiva, ésta debía ser cubierta por la Isapre.
Por otra parte, todos los beneficios contratados por el cotizante se hacen 
extensivos a las cargas legales y a aquellas que reconozcan las Isapres.
Como se señaló anteriormente, en la primera etapa el organismo 
fiscalizador de las Isapres era el f o n a s a ,  quien disponía, en garantía del 
cumplimiento de los compromisos de las Isapres, del depósito de un mes 
de cotizaciones que cada una de estas instituciones debía mantener en el 
sistema financiero a nombre de f o n a s a ,  con el objeto de cubrir los com­
promisos contractuales de las Isapres que éstas no pudieran o conside­
raran que no debían cubrir.
La segunda etapa de las Isapres se puede considerar que comienza 
con la dictación de la ley N°18 933 (Diario Oficial del 9 de marzo de 
1990), la cual deroga el d f l  N° 3  del Ministerio de Salud (Diario Oficial 
d el 19 de m ayo de 1981) y sus p o ste rio res  m o d ifica c io n es y 
complementaciones, destacándose en especial la ley N° 19 831 (Diario 
Oficial del 17 de mayo de 1995).
Mediante la legislación anteriormente señalada se trató de corregir 
algunos de los principales problemas detectados a lo largo del primer 
decenio de funcionamiento de las Isapres, así como recoger algunas 
inquietudes planteadas por los propios usuarios.
En esencia, la nueva legislación creó la Superintendencia de insti­
tuciones de salud previsional, organismo con personalidad jurídica y  
patrimonio propio, como la entidad encargada de la supervigilancia y  
control de las Isapres, debido a la necesidad de contar con un organismo 
especializado y  específico en lugar del f o n a s a . La Superintendencia 
verifica el cumplimiento que las obligaciones legales y  los contratos de 
salud imponen a las Isapres.
El número de ellas con registros vigentes entre 1990 y 1995 se redujo 
de 35 a 34 instituciones, como resultado del incremento de las Isapres 
abiertas de 20 a 21, y la disminución de las cerradas de 15 a 13.
6 2 8  ENSAYOS SO BRE EL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SEG U RID A D  SO C IA L EN  SA LU D
Sin embargo, el número de cotizantes del subsistema de Isapres, así 
como el de los beneficiarios, casi se duplicó en el mismo período (véanse 
los cuadros 4 y 5).
C u a d r o  4
COTIZANTES DEL SUBSISTEMA DE ISAPRES
(A diciembre de cada año)
Isapres 1990 1991 1992 1993 1994 1995
Abiertas 798 687 1 004 611 1 197 1 409 301 1 529 892 1 587 089
Cerradas 64 575 66 202 66 313 65 410 62 859 62 163
Total 863 762 1 070 813 1 264 148 1 474 711 1 592 751 1 649 225
Fuente: Superintendencia de instituciones d e salud previsional (Isapres).
C u a d r o  5
BENEFICIARIOS DEL SUBSISTEMA DE ISAPRES 
(A diciembre de cada año)
Isapres 1990 1991 1992 1993 1994 1995
Abiertas 1 900 255 2 352 804 2 794 218 3 229 572 3 479 350 3 578 797
Cerradas 208 053 213 340 205 845 201 971 190 524 184 852
Total 2 108 308 2 566 144 3 000 063 3 431 543 3 669 874 3 763 649
Fuente: Superintendencia de instituciones d e salud previsional (Isapres).
Por otra parte, vale la pena señalar que las Isapres cerradas mues­
tran claramente una declinación, tanto en el número de cotizantes como 
en el de beneficiarios. Una línea interesante de investigación sería ana­
lizar las causas de esta tendencia, ya que en este tipo de instituciones, 
generalmente sin fines de lucro, se da con mayor fuerza la equidad
LA REFO RM A AL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SA LU D  EN  CH ILE 6 2 9
distributiva del ingreso. Una posible explicación es que lo anterior no se da 
en forma voluntaria, sino compulsiva, lo que ha llevado a marginar 
de este tipo de instituciones a las personas de menores recursos, dado 
que la renta imponible mensual de los coti-zantes muestra un constante 
incremento.1
La renta imponible promedio mensual continuó mostrando una 
disminución para las IsapTes abiertas, salvo el último año, ya que en el 
caso de las cerradas se da la situación inversa (véase el cuadro 6).
C u a d r o  6
RENTA IMPONIBLE MENSUAL POR COTIZANTE 
(En pesos de diciembre de 1995)
Isap res 1990 1991 1992 1993 1994 1995
Abiertas 279 559 267 497 261 564 254 772 249 975 269 268
Cerradas 445 340 454 488 466 4 % 473 193 471 529 481 362
Total 292 944 280 183 273 232 265 237 259 165 277 334
Fuente: Superintendencia d e instituciones de salud previsional (Isapres).
No obstante la reducción de la renta im ponible m ensual por 
cotizante, la información disponible por tramo de renta muestra una 
significativa tendencia en cuanto a que hay una clara reducción en el 
número de cotizantes en rentas más bajas, mientras que los cotizantes de 
rentas más altas muestran un importante incremento (véase el cuadro 7).
1. U n  arg u m en to  sem ejan te, ap licad o  p ara  los s is te m a s de rep arto , se  en cu en tra  en  
la  A so ciació n  d e  Isap res A .G . (1 9 9 5 , p . 17).
6 3 0  ENSAYOS SOBRE EL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SEG U RID A D  SO C IA L EN  SA LU D
C u a d r o  7
COTIZANTES DEPENDIENTES DEL SUBSISTEMA DE ISAPRES ABIERTAS 
POR TRAMO DE RENTA IMPONIBLE MENSUAL 
(A diciembre de cada año)
R en ta ‘ 1993 1994 1995
H asta 150 448 301 399  741 317  026
M ás de 150 872 477 1 032 084 1 182 648
Total 1 320 778 1 431 825 1 499  674
Fuente: Superintendencia de instituciones de salud previsional (Isapres). 
a Los tramos de renta están expresados en  m iles de pesos nom inales d e diciem bre d e cada año.
Las cifras anteriores permiten inferir que el subsistema de Isapres 
con sus actuales características, presenta una solución fundamentalmente 
a los problemas de salud de los niveles de ingreso medios y altos (véase 
el cuadro 7).
Adicionalmente, al comparar por tramo de renta el número de tra­
bajadores que cotizan en Isapres con el de los afiliados a A FP , se puede 
deducir que en las actuales condiciones la tasa de expansión de las 
Isapres tiende a moderarse y a acercarse a una tasa de crecimiento 
vegetativo de la población más la del incremento del ingreso real de las 
personas (véase el cuadro 8).
En este período, la Región Metropolitana siguió representando el 
60% del total tanto en el número de cotizantes como en el monto de las 
cotizaciones.
Otra característica de esta segunda etapa es que continuó el descen­
so — desde un 21% en 1990 a un 19% en 1995—  del costo de los subsidios 
por incapacidad laboral en relación al costo total de explotación.
Sin embargo, las principales modificaciones en este segundo perío­
do se refieren a los contratos de salud previsional, y están contenidos en 
la ley N° 19 381.
En esencia, el contrato de salud es la forma jurídica que adopta y 
regula la relación entre el cotizante y la Isapre.2
2. P árrafos 3o y  4o del T ítu lo  II d e la  ley  N ° 18 933.
C u a d r o  8
TRABAJADORES QUE COTIZAN EN ISAPRES Y AFP EN 1994
LA REFO RM A  AL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SA LU D  EN  CH ILE 6 3 1
Renta en m iles 
de pesos
A filiados A FP 1 A filiados Isapre A filiados AFP 
que no cotizan 
en Isapres
%  AFP que no 
está afiliado a 
Isapres
M en os d e  150 1 526  997 405  111 1 121 886 73%
d e 150 a 200 265 964 188 456 77  508 29%
d e 20 0  a 250 162 502 134 844 27  658 17%
d e 250  a 300 1 107 377 96  913 10 646 10%
de 300  a 350 73 690 71 522 2 168 3%
m ás d e 350 299  736 589 323 — —
Total 2  436  266 1 486  169 1 239 684 51%
Fuente: Asociación d e instituciones de salud previsional (Isapres) A.G. (1993), Inform e anual, 1994, 
Santiago de Chile.
a A dm inistradoras de fondos de pensiones (a f p ).
Las modificaciones pretendieron zanjar las principales críticas al 
régimen contractual generadas en el período anterior. De esta manera, se 
estableció que los contratos son de duración indefinida, y que la Isapre 
sólo puede ponerle término por mutuo acuerdo entre las partes o por 
incumplimiento de las obligaciones contractuales del afiliado.
Por otra parte, una vez transcurrido un año de vigencia de los 
beneficios contractuales, el cotizante puede desahuciar el contrato en 
cualquier momento. Además, se contempla la posibilidad de pactar con­
tratos de salud por un plazo fijo, durante el cual el afiliado no puede 
ponerle término.
En relación a las Isapres, éstas quedan facultadas para, al mes de 
suscripción del contrato de salud, poder revisarlo y adecuar sus precios, 
prestaciones convenidas y la naturaleza y monto de los beneficios, a 
condiciones generales que no importen discriminación entre los afiliados 
de un mismo plan, excepto en lo que se refiere a las condiciones parti­
culares pactadas con cada uno de ellos al momento de su incorporación.
Estas revisiones no pueden tener en consideración el e s ta d o  d e  
salud del afiliado y beneficiarios. Las condiciones generales deben ser las 
mismas que se estén ofreciendo a esa fecha a los nuevos contratantes del 
respectivo plan.
6 3 2  ENSAYOS SO BRE EL FIN A N CIA M IEN TO  DE LA SEG U RID A D  SO CIA L EN SA LU D
En caso que el cotizante no acepte las nuevas condiciones, la Isapre 
deberá ofrecerle otros planes de salud alternativos, en condiciones equi­
valentes, pudiendo el afiliado aceptar alguno de ellos o desafiliarse.
Si el afiliado estimare que los planes ofrecidos no reúnen las con­
diciones de equivalencia, podrá recurrir ante la Superintendencia de 
Isapres, la que resolverá como árbitro arbitrador.
No obstante la libertad de las Isapres para adecuar el precio y  su 
obligación de no discriminar, el nuevo valor que se cobre al momento de 
la renovación deberá mantener la relación de precios por sexo y edad que 
hubiere sido establecida en el contrato original, usando como base de 
cálculo la edad del beneficiario a esa época, y la lista de precios vigentes 
en la Isapre para el plan en que actualmente se encuentre.
La nueva legislación indica que en los contratos de salud las partes 
podrán convenir libremente el otorgamiento, forma, modalidad y condi­
ciones de las prestaciones y beneficios de salud, debiendo estipular a lo 
menos los siguientes puntos:
1. Prestaciones y beneficios pactados incluidos porcentajes de cobertu­
ra y  valores sobre los cuales se aplicarán.
2. Forma en que se modificarán las cotizaciones y aportes, prestacio­
nes y beneficios por incorporación o retiro de beneficiarios legales 
del grupo familiar.
3. Mecanismo para el otorgamiento de prestaciones mínimas a que 
está obligada la Isapre con los beneficiarios.
4. Precio del plan y unidad en que se pactará, indicándose que el 
precio sólo podrá ser modificado una vez cumplidos los respectivos 
períodos anuales. Asimismo, deberá establecerse el arancel o catá­
logo valorizado de prestaciones, con sus topes, el que debe incor­
porar, a lo menos, las prestaciones contenidas en el arancel f o n a s a .
5. Montos máximos de los beneficios para cada beneficiario, o para 
algimas prestaciones.
6. Restricciones a la cobertura, solamente referidas a enfermedades 
preexistentes declaradas, por un plazo máximo de 18 meses. Sobre 
esta materia, no podrán suscribirse contratos en que se pacten bene­
ficios respecto de algunas prestaciones, por valores inferiores al 25% 
de cobertura de esa misma prestación en el plan general convenido.
7. Estipulación precisa de las exclusiones, si las hubiere, las que sólo 
pueden referirse a: cirugía plástica para embellecimiento, atención
LA REFO RM A  AL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SA LU D  F.N CHILF. 6 3 3
particular de enfermería, hospitalización con fines de reposo, pres­
taciones de salud a consecuencia de actos de guerra o calificados 
como delitos por la ley cuando el beneficiario resulte criminalmente 
responsable, prestaciones cubiertas por otras leyes hasta el monto 
del plan , en fe rm ed a d es  preex isten tes n o  d ec larad as y  p restacion es  
no contempladas en el arancel f o n a s a . Sin embargo, transcurrido el 
plazo de cinco años, las enfermedades preexistentes no declaradas 
deberán ser cubiertas por la Isapre en los mismos términos que el 
resto  de las p restacio n es o rig in ad as por en ferm ed ad es no 
preexistentes, a no ser que la Isapre probare que esta enfermedad 
requirió de atención médica durante los antedichos cinco años y el 
cotizante la ocultó con el objeto de favorecerse con esta disposición 
legal.
Finalmente, la ley N° 19 381 reconoció un nuevo concepto que es 
el excedente de cotización, el cual se produce cuando el monto de la 
cotización que ingresa a la Isapre es superior al precio del plan conve­
nido. La ley reconoce que esta diferencia o excedente es de propiedad del 
afiliado y especifica claramente su uso.
De acuerdo a como lo señala el cuerpo legal, las Isapres pueden 
otorgar directamente las prestaciones que demandan sus cotizantes, en 
la medida en que cuenten con infraestructura hospitalaria propia, o bien, 
concurrir al financiamiento de los gastos médicos en que incurra el bene­
ficiario.
De esta manera, es posible identificar tres modalidades o planes 
bajo los cuales las Isapres entregan sus beneficios:
1. Reembolso de gastos médicos en un sistema de libre elección. En
este caso, el cotizante cancela directamente la prestación médica 
recibida y posteriormente, con la boleta o factura, solicita en la 
Isapre el reembolso de un porcentaje de dicho gasto, normalmente 
con un tope o límite máximo.
En esta modalidad la Isapre no tiene ningún tipo de control sobre 
los costos y/o los precios cobrados, los que han mostrado impor­
tantes incrementos reales, de modo que a mayor precio cobrado el 
porcentaje de reembolso es menor, debido a la existencia de montos 
máximos de devoluciones.
6 3 4  ENSAYOS SO BRE EL FIN A N CIA M IEN TO  DE LA SEG U RID A D  SO CIA L EN SA LUD
Este tipo de planes es el que origina mayores problemas y reclamos. 
El hecho de que las Isapres no tengan ningún control sobre los 
precios por los servicios prestados, genera la prima o cotización sea 
creciente en el tiempo o bien se mantenga en el tope máximo fijo; 
para el cotizante esto significa que la Isapre le financia un porcen­
taje cada vez menor de sus gastos, lo que origina una fuente de 
críticas a estas instituciones.
De acuerdo a lo anterior, este problema no tiene solución para los 
planes de libre elección absoluta, ya que, para mantener los bene­
ficios, la cotización debería incrementarse de acuerdo al aumento de 
precio mercado de los servicios de salud que se demandan.
2. Bonos valorizados o precios fijos pactados mediante convenios entre 
Isapres e instituciones de salud.
En esta modalidad, la Isapre firma un convenio con una o más 
instituciones de salud, laboratorios o médicos, fijando de antemano 
el valor de las prestaciones.
En términos prácticos, el beneficiario concurre a la Isapre para 
adquirir el bono valorizado, o bien, cancela directamente la presta­
ción y posteriormente solicita el reembolso a la Isapre.
En este tipo de planes los cotizantes están atados a ciertas clínicas, 
laboratorios o médicos, y reciben las prestaciones sin costo o can­
celando un pequeño porcentaje del valor del mismo.
Al tener la Isapre un control respecto de los costos, estos planes son 
de precio relativamente inferior a los de libre elección absoluta.
3. Atención al beneficiario en infraestructura propia.
En este mecanismo, la Isapre, a través de infraestructura médica 
ambulatoria y hospitalaria de su propiedad, otorga las prestaciones 
médicas requeridas por los cotizantes de acuerdo a un arancel 
definido. Normalmente, el beneficiario no requiere cancelar por los 
servicios, o bien, lo hace en un bajo porcentaje del valor de la pres­
tación.
Sin embargo, en la práctica estas modalidades se combinan, ya que 
una persona puede estar en un plan de libre elección con topes máximos 
por prestación médica y al mismo tiempo la Isapre, a través de infraes­
tructura propia o mediante convenios, puede ofrecer prestaciones de 
acuerdo a un arancel compatible con los topes máximos de dicho plan, 
a las cuales puede acceder el cotizante.
LA REFO RM A  AL FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SA LU D  EN CH ILE 6 3 5
3. LOS SUBSIDIOS CRUZADOS
Al estar constituido el sistema de salud en Chile por un subsistema 
público y uno privado, es necesario explicitar los subsidios o transferen­
cias que un subsistema le otorga al otro, con el objeto de analizar sus 
efectos sobre la equidad.
En primer lugar, se destacan las transferencias determinadas por ley 
y  cuyos efectos sobre la equidad son discutibles:
1. Licencias materiales (pre y posnatal) y licencias por enfermedad del 
hijo. A partir de 1988 son financiados por el Fondo Único de Pres­
taciones Familiares. En este caso, se trata del reconocimiento explí­
cito que al m en os  p a r ie  del costo de la maternidad y  cuidado de 
infantes debe ser asumido por la sociedad en su conjunto, a fin de 
disminuir la discriminación por género.
2. Cotización adicional legal del 2% según la ley N°18 566, que para 
1995 alcanzó a 20 391 millones de pesos, lo que representa el 4% del 
total de los ingresos de explotación de las Isapres.
Esta transferencia se considera una ayuda para que cotizantes lega­
les de la salud puedan acceder al subsistema de Isapres, puesto que 
de otra manera estarían en f o n a s a .
Adicionalmente a estas transferencias determinadas por ley, existen 
otras que se producen al margen de la legalidad:
1. Transferencias de f o n a s a  a las Isapres, por subfacturación a estas 
últimas instituciones cuando algún cotizante de ellas es atendido en 
el subsistema público de salud sin una adecuada identificación, 
motivo por el cual no se procede al cobro a la respectiva Isapre. 
En esta materia, f o n a s a  inició una campaña contra los subsidios 
cruzados. De esta manera, desde el 1 de agosto de 1995 todas las 
tesorerías de f o n a s a  cuentan con un programa computacional que 
les permite bloquear la entrega de credenciales, la venta de bonos 
de atención y la valorización de programas, a los cotizantes de las 
Isapres. En la actualidad se trabaja en la instalación de estos progra­
mas en los hospitales. Se estima que el gasto que asume el Estado
6 3 6  ENSAYOS SO BRE EL FIN A N CIA M IEN TO  DE LA SEG U RID A D  SO C IA L EN SA LUD
por esta subfacturación a las Isapres es del orden de los 12 000 a los 
15 000 millones de pesos anuales.3
Resulta indudable que este tipo de subsidios no es compatible con 
ningún criterio de equidad definido, debido a que la política global 
de salud implica que el sector de la población de mayores ingresos 
y que por lo tanto está en condiciones de financiar servicios de 
salud de una cobertura mayor a la mínima, no requiere del gasto 
público en salud, permitiendo de esta manera una focalización en 
sectores de menores ingresos.
2. Transferencias de las Isapres a f o n a s a ,  que se producen cuando una 
persona, sin tener calidad de cotizante o beneficiario de una Isapre, 
obtiene beneficios como si lo fuera mediante simulación o engaño. 
En prevención de este fraude se tipificó una figura delictiva especial 
para sancionar a esas personas, como asimismo al afiliado que 
obtuviere mayores beneficios que los que le corresponden.
La eliminación de los dos tipos de subsidios cruzados anteriormen­
te descritos, mediante mejoras a los sistemas administrativos que permi­
tan una adecuada identificación del cotizante, es altamente probable que 
produzca dos efectos. Por una parte, un incremento en los costos de 
explotación del subsistema de Isapres, aunque en magnitudes no signi­
ficativas (de orden del 4%), y por otra, que los usuarios de las facilidades 
médicas de f o n a s a ,  pero afiliados a Isapres, al verificar que se les co­
mienzan a imputar los pagos por las prestaciones de salud recibidas, 
decidan trasladarse al subsistema f o n a s a  por resultarles más económico. 
Esto debería ocurrir especialmente para los afiliados de menores ingre­
sos, lo  que reforzaría la tendencia señalada en páginas anteriores, por 
cuanto los beneficios de los planes de menor valor pueden resultar in­
feriores a los de f o n a s a  especialmente en enfermedades que se pudiesen 
considerar catastróficas para tales afiliados. Por otra parte, un mejor 
control de las Isapres a los beneficiarios legales debe producir una reduc­
ción en los costos de explotación, en un porcentaje no determinado.
3 . Esta  cifra  fu e tom ad a d e la in terven ción  del sen ad o r M arian o  R u iz-E squ id e , en  la 
23a sesión  ord inaria  del Sen ad o , del 31 d e ju lio  de 1996.
LA REFO RM A AL FIN AN CIA M IEN TO DE LA SALUD  EN CH ILE 6 3 7
IV. ENFERMEDADES CATASTRÓFICAS Y TERCERA EDAD
1 . E n f e r m e d a d e s  c a t a s t r ó f ic a s
Enfermedades catastróficas son aquéllas en que los gastos reales efectua­
dos por una familia en salud, la ponen en una situación de insolvencia. 
Esta definición puede dar origen a tres interpretaciones diferentes:
a) Prestaciones médicas de un alto costo unitario. Por ejemplo, una 
operación al cerebro.
b) Alto gasto en salud en un período determinado de tiempo. Por 
ejemplo, un tratamiento periódico.
c) Alto gasto en salud en un período determinado de tiempo, pero 
referido al ingreso familiar, es decir, se considera la capacidad de 
p a g o  en  la u n idad  fam iliar. En térm inos prácticos, sign ifica q u e  una 
enfermedad puede resultar catastrófica para una familia (o afiliado), 
pero no para otra.
Desde el punto de vista de la equidad distributiva del ingreso, la 
tercera definición es la que mejor se ajusta a este concepto. Sin embargo, 
es la que presenta mayores problemas en su aplicación porque requiere 
de la medición periódica del ingreso familiar y  de los gastos en salud, 
con las dificultades que estas mediciones conllevan.
Cada una de las tres definiciones anteriormente señaladas origina 
teóricamente diferentes tipos de seguros como solución, con ventajas y 
desventajas entre ellos, pero no existe una solución simultáneamente 
óptima a las tres situaciones.4
En todo caso, al estar referido al problema de las catástrofes en 
salud de los afiliados a Isapres, el gasto que origina esta circunstancia 
comprende sólo el copago que debe hacer el beneficiario y que depende 
del plan al que esté acogido.
4. U n  exam en  co m p le to  d e este  tem a se  en cu en tra  en  la P on tificia  U n iversid ad  C a ­
tólica d e C h ile , 1995.
6 3 8  ENSAYOS SO BRE EL  FIN A N CIA M IEN TO  D E LA SEG U RID A D  SO C IA L EN SA LU D
Algunos estudios realizados permiten inferir que estas situaciones 
son de baja ocurrencia. No obstante, causan preocupación a los afiliados 
a Isapres como lo demuestran las encuestas.
Un estudio realizado para las Isapres abiertas para el año 1994, 
concluyó que el 2.5% de los cotizantes realizó un copago acumulado 
anual de a lo menos 500 000 pesos, que equivale prácticamente al doble 
de la renta imponible para dicho año (Pontificia Universidad Católica de 
Chile, 1995).
El estudio señalado indica también que la cobertura efectiva de que 
disponen los afiliados a Isapres abiertas varía en forma inversa al monto 
del gasto. Así por ejemplo, mientras que los cotizantes que efectuaron 
gastos anuales inferiores a 500 mil pesos realizaron copagos que alcan­
zaron al 32% del gasto, el copago para los cotizantes que registraron 
gastos por 5 millones de pesos o más anualmente, sólo alcanzó al 47%. 
Es decir, ante un gasto en salud de 5 millones de pesos el cotizante tuvo 
que cancelar 2.35 millones de pesos.
Por otra parte, la Asociación de Isapres A.G. realizó para 1995 es­
tudios para dos instituciones. El primero, referido a Isapre Banmédica, 
indicaba que de una muestra de 50 000 programas pagados, el 0.4% 
implicaba copagos superiores al 20% de la renta anual del afiliado. El 
segundo estudio, realizado para Isapre Consalud, concluyó que de 376 
746 casos analizados, el 0.7% registró copagos por un monto superior al 
25% de la renta anual del cotizante.
La Superintendencia de Isapres realizó en 1993 un estudio del por­
centaje de copagos de planes equivalentes en las seis principales Isapres. 
Para dicho efecto se consideraron dos enfermedades catastróficas: infarto 
al miocardio con cirugía de by pass y enfermedad renal crónica con 
tratamiento de hemodiálisis. En el análisis se consideraron dos planes. El 
primero, para afiliados jóvenes de altos ingresos, con una cotización de 
4.2 u f ,  y el segundo, un plan mínimo para cotizantes de ingresos rela­
tivamente bajos (renta imponible de 129 000 pesos).
Con el fin anteriormente señalado, se estandarizaron las prestacio­
nes y se valorizaron a precios de mercado, según valores de la Clínica 
Alemana para planes de cotizantes de altos ingresos, y con el arancel de 
f o n a s a  para el plan mínimo.
Del caso de infarto al miocardio se desprende que los porcentajes 
de bonificación para el plan máximo oscilan entre un 52% y un 96%, 
sobre un valor facturado de prácticamente 8 millones de pesos. Es decir,
LA REFO RM A A L FIN A N CIA M IEN TO  D E LA  SA LU D  EN CH ILE 639
el cotizante de la Isapre debe cancelar por concepto de copago un monto 
que oscila entre casi 300 mil pesos y 3.9 millones de pesos, dependiendo 
de la institución específica (véase el cuadro 9).
C u a d r o  9  
INFARTO AL MIOCARDIO
Plan máxim o Plan mínimo
Isapre Valor facturado 8 681 483 pesos Valor facturado 1 691 481 pesos
Porcentaje Copago Porcentaje Copago
Bonificación (En m iles d e pesos) Bonificación (En m iles de pesos)
C ru z B lanca 96 289 64 614
C olm en a 80 1 608 89 193
B an m éd ica 69 2 54 7 66 575
C on salu d 64 2  936 44 955
C om p en sación 5 7 3 458 48 882
P rom ep art 52 3  904 56 753
Fuente: Superintendencia de instituciones de salud previsional (Isapres), 1993.
Para el plan mínimo, el porcentaje de bonificación varió más que en 
el caso anterior, ya que osciló entre un 44% y un 89% sobre un valor 
facturado de 1.7 millones. Vale decir, ñuctu ó  entre casi 200  mil pesos y  
1 millón de pesos.
Para la hemodiálisis, en el caso del plan máximo, el porcentaje de 
bonificación varió entre un 57% y un 90%, y para el plan mínimo, entre 
un 77% y un 90% (v éase  el cuadro 10).
6 4 0  e n s a y o s  s o b r e  e l  f i n a n c i a m i e n t o  d e  l a  s e g u r i d a d  s o c i a l  e n  s a l u d
C u a d r o  1 0  
HEMODIÁLISIS
P la n  m á x im o P la n  m ín im o
Is a p re Valor facturado 567  739 pesos Valor facturado 246 871 pesos
Porcentaje Copago 
Bonificación (En m iles de pesos)
Porcentaje Copago 
Bonificación (En m iles de pesos)
C olm en a 90 57 77 58
B an m éd ica 80 114 80 49
C ru z  Blanca 80 114 80 49
C on salu d 77 132 87 33
C om p en sación 70 171 80 50
P ro m ep art 57 247 90 25
Fuente: Superintendencia de instituciones de salud previsional (Isapres).
Para Consalud y Com pensación, el valor facturado utilizado fue de 246 871 pesos, que corresponde al 
Fondo Nacional de Salud ( f o n a sa )  Nivel II.
De los antecedentes anteriormente expuestos se deduce que los 
copagos se pueden traducir en una catástrofe financiera, debido tanto a 
una mala cobertura del plan escogido, como a la inadecuada elección de 
la clínica y hospital por parte del afiliado. Es decir, un error del benefi­
ciario en la elección del plan o clínica puede transformar una prestación 
normal en una catástrofe financiera para su familia. De aquí la necesidad 
de una adecuada y oportuna información al usuario.
Esta situación se puede ilustrar, adicionalmente, por la diferencia de 
precios que se da entre distintas clínicas para prestaciones similares, 
tarifas que el usuario normalmente no conoce al requerir su uso. Así por 
ejemplo, el costo de un día cama puede fluctuar entre los 50 mil pesos 
y los 158 mil pesos, dependiendo de la clínica (véase el cuadro 11).
LA REFORMA AL FINANCIAM IENTO DE LA SALUD EN CHILE 6 4 1
C u ad ro  11 
TARIFAS DE CAMA 
(Pesos de diciembre de 1995)
Nombre Día cama UTI Día cam a maternidad
de la clínica Individual Doble Adulto Individual Doble
Alemana 115 667 83 227 188 563 83 227 115 677
Central 49 125 33 077 — 33 077 49 125
Cordillera 54 788 46 550 — 36 025 42 413
Dávila 58 900 39 600 119 000 37 300 54 000
Grecia - - — 22 499 32 529
Indisa 88 300 — 176 100 - 86 200
Las Condes 158 047 — 262 419 — 158 047
Santa María 106 800 — 187 200 — 79 900
Clínica U. Católica 70 400 — 143 800 - 49 300
Del Profesor 49 800 36 900 149 800 36 900 49 800
Fuente: Instituto de Economía, Pontificia Universidad Católica de Chile, Informe final del estudio sobre 
cobertura catastrófica para cotizantes del sistema de Isapre, Santiago de Chile, 1995.
Frente a esta realidad, en el curso de los dos últimos años se han 
comenzado a ofrecer en el mercado diferentes seguros, tanto por Isapres 
como por compañías de seguros, para hacer frente a catástrofes de salud. 
En general, se trata de seguros restrictivos en cuanto a edad, enferme­
dades que cubren y monto. Sin embargo, hay que destacar que se trata 
de seguros adicionales a la cotización legal y  que, por lo tanto, estarían 
fundamentalmente al alcance de personas de mayores ingresos con un 
fuerte sentido de ia previsión en salud, hipótesis no comprobada, ya que 
la realidad demostraría más bien lo contrario.5
Por otra parte, el escaso desarrollo de seguros que permitan cubrir 
enfermedades catastróficas no puede ser sólo atribuido a la imprevisión 
de los cotizantes, que no muestran interés en estas coberturas adiciona­
les, sino que, por el contrario, puede ser una respuesta perfectamente 
racional de los afiliados ante las actuales características del subsistema
5. Un interesante desarrollo del problema de la imprevisión para el caso chileno se 
encuentra en Pontificia Universidad Católica de Chile (1995).
f o n a s a ,  al cual pueden acceder prácticamente sin limitaciones. Esta si­
tuación, a su vez, genera incentivos para que las Isapres privilegien 
planes de salud con bajas coberturas para enfermedades catastróficas, 
enfatizando básicamente prestaciones ambulatorias.
2 .  T e r c e r a  e d a d
Conjuntamente con las enfermedades catastróficas, el tema de los planes 
de salud para la tercera edad es la otra fuente de crítica al subsistema 
de las Isapres, debido a la creencia generalizada que, al entrar a la edad 
pasiva, el cotizante verá incrementado el costo de los planes de salud 
más allá de sus posibilidades financieras.
La preocupación es legítima, ya que al entrar a la tercera edad, al 
afiliado se le pueden presentar simultáneamente los siguientes problemas: 
incremento de la prima o cotización, disminución de sus ingresos (jubi­
lación) y aumento de sus gastos en salud por mayor número de enfer­
medades y una más alta probabilidad de sufrir aquellas catastróficas.
Desde el punto de vista financiero de las Isapres, se producen si­
multáneamente dos situaciones que operan con signo contrario. Por una 
parte, un mayor costo de explotación en bonificaciones y prestaciones 
directas y, por otra, la eliminación de los subsidios por incapacidad la­
boral,6 que obviamente no perciben los jubilados.
Con el objeto de verificar si las críticas tienen algún fundamento en 
la realidad, la Superintendencia de Isapres, en virtud de sus funciones 
legales, encargó al Departamento de Ingeniería Industrial de la Univer­
sidad de Chile (Universidad de Chile, 1995) un estudio destinado a 
analizar el problema.
El criterio seguido por el mencionado estudio para determinar si 
existe problema de financiamiento de la cotización de los planes de salud 
para la tercera edad, fue que el ingreso de los afiliados, deducidos los 
costos de salud (cotización más copagos y gastos en fármacos), sufre una 
caída de a lo menos 30% al entrar a la edad pasiva.
Las principales conclusiones que se pueden extraer del estudio 
fueron:
6 4 2  ENSAYOS SOBRE EL FINANCIAM IENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
6 . Cabe recordar que este ítem representa casi el 20% del costo total de explotación  
de las Isapres.
LA r e f o r m a  a l  f i n a n c i a m i e n t o  d e  l a  s a l u d  e n  c h i l e 6 4 3
a) El gasto facturado en prestaciones de salud efectuado por hogares 
cuyo jefe de familia tiene 60 años y más, es un 112% superior al del 
tramo 45-59 años, al incrementarse el gasto en salud por beneficiario 
de 109 mil pesos a 232 mil pesos anuales.
b) El mayor gasto se origina por un aumento de 30% en el precio
promedio de las prestaciones y un incremento de 63% en la frecuen­
cia de uso de las prestaciones de salud.
c) Para proyectar los ingresos de los cotizantes, se utilizó un modelo 
de capital humano.7
d) La caída en el ingreso neto por beneficiario se analizó para tres
escenarios, en los cuales variaba la rentabilidad de los fondos de
pensiones (5%, 5.5% y  6%). Adicionalmente, se contempló una tasa 
de crecimiento anual en los costos de salud de un 2% por sobre el 
índice de precios al consumidor ( i p c )  y  un aumento de la produc­
tividad de un 2% (véase el cuadro 12).
C uadro 12
CAÍDA EN EL INGRESO DISPONIBLE POR BENEFICIARIO AL LLEGAR A 
LA TERCERA EDAD, NETO DE COSTOS DE SALUD
Edad actual Escenario
Pesimista Intermedio Optimista
23 42% 33% 15%
35 20% 11% - 9%
45 10% 5% - 9%
55 18% 16% 7%
Fuente: Universidad de Chile, Proyecto: alternativas de solución para el financiamiento de la salud en la 
tercera edad en eí sistema Isapre, Santiago de Chile, Departamento d e  Ingeniería Industrial, diciembre 
de 1995.
7. Para una explicación más amplia, consultar Universidad de Chile (1995).
6 4 4 ENSAYOS SOBRE EL FINANCIAM IENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
e) Del cuadro anterior se desprende que al alcanzar la tercera edad se 
le presentarán problemas de financiamiento de los gastos en salud a 
los cotizantes más jóvenes (de 23 años), solamente si la rentabili­
dad futura de los fondos previsionales resulta inferior al 6% anual 
en términos reales, ya que en ese caso la caída del ingreso disponible 
sería superior al 30% (42% y 33% respectivamente para rentabili­
dades de 5% y 5.5%). Especialmente grave es la situación cuando el 
jefe de familia tiene, además, menos de 10 años en educación.
En caso de que el jefe de familia tenga 35 años de edad y 8 años 
de educación, deberá destinar más de un 20% de su ingreso dispo­
nible en la tercera edad para cotizar un plan de cobertura mínima.
f) Estos resultados se deben a que el gasto familiar total en salud 
aumenta poco en la tercera edad, ya que la Isapre no requiere can­
celar el subsidio por incapacidad laboral, de modo que las cotiza­
ciones deben aumentar menos que los gastos facturados en salud, 
y los gastos facturados a los mayores de 65 años se compensan por 
el hecho que la familia se reduce cuando el jefe de hogar alcanza 
la tercera edad. También se debe destacar que las pensiones que 
recibirán los afiliados de más de 35 años se han visto beneficiadas 
por las altas tasas de rentabilidad del sistema previsional privado, 
que es poco probable que se repitan en el futuro.
g) Por otra parte, también es posible concluir que no es de esperar que 
en el futuro próximo se produzca un éxodo masivo de personas en 
la tercera edad, desde Isapres a f o n a s a ,  con los costos que esta 
situación implicaría para el sistema estatal de salud.
h) La existencia de un problema de financiamiento de la salud para 
afiliados jóvenes y de poca educación al llegar a la tercera edad, 
depende de proyecciones a muy largo plazo, generalmente sujetas 
a amplios rangos de error, motivo por el cual se considera necesario 
repetir el estudio en el futuro, para analizar, en especial, el compor­
tamiento de este grupo etario que podría ser el más vulnerable.
El mencionado estudio propone diferentes alternativas de solución 
al problema, pero para mantener la naturaleza no solidaria de las Isapres 
se inclina por que los afiliados aporten un 1% de su renta a un fondo 
individual complementario a la cuenta de la a f p . Este fondo permitiría 
comprar una renta vitalicia equivalente al alza esperada en el costo de 
los planes de salud.
LA REFORMA AL FINANCIAM IENTO DE LA SALUD EN CHILE 6 4 5
La propuesta anterior implica, en términos prácticos, incrementar la 
cotización de salud a un 8%, o  bien, reducir la cotización  destinada a 
pagar planes antes de jubilar a un 6% de la renta. Es indudable que esta 
situación podría no afectar en forma significativa a los segmentos de 
mayores ingresos.
Una alternativa a este verdadero ahorro forzoso, e s  el ah orro  
voluntario mediante incentivos tributarios contenidos en la política fiscal 
(Aedo, 1996). Este último, al igual que el ahorro forzoso, consistiría en 
una solución para los grupos de mayores ingresos, quienes podrían 
generar el ahorro requerido.
Al observar la evolución del número de afiliados de la tercera edad 
a las Isapres, se puede concluir que si bien ha aumentado en forma 
importante en los últimos años, el porcentaje que este grupo etario re­
presenta en relación al total de cotizantes del subsistema, está aún por 
debajo del promedio nacional.
C u a d ro  13 
EVOLUCIÓN TERCERA EDAD
Año Afiliados 3a 
edad a Isapres
Porcentaje respecto 
total afiliados
Porcentaje 
respecto 
total población
1990 82 797 3.2 8.9
1991 83 567 2.5 9.0
1992 91 288 2.3 9.1
1993 105 947 2.3 9.1
1994 114 498 2.4 9.2
1995 120 964 3.2 9.3
Fuente: Asociación de Isapres A.G., Informe anual, 1996, Santiago de Chile, 1995.
Si bien el trabajo anteriormente reseñado trató de eliminar el sesgo 
etario, en el futuro se requiere observar cuidadosamente el comporta­
miento de los supuestos de las proyecciones, dado el cambio en la com­
posición por edades que es posible esperar en las Isapres.
6 4 6  ENSAYOS SOBRE EL FINANCIAM IENTO DE LA  SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
El mencionado estudio de la Universidad de Chile, analiza también 
el incremento en las cotizaciones que enfrenta el afiliado al alcanzar la 
tercera edad y su comparación con los gastos reales facturados en salud, 
por distintos tramos de edad de los afiliados a las Isapres. Con el objeto 
de hacer comparable la información se trabaja con precios relativos. Por 
ejemplo, en el caso de la Isapre A se presenta un plan que tiene un valor 
de 100 para el tramo de 18 a 24 años y de 450 para el tramo de 75 y más 
años. Esta situación puede ser comparada con los gastos facturados en 
salud, los que indican que para el tramo de 18 a 24 años el cotizante 
origina un gasto de 100, mientras que esta misma persona al llegar al 
tramo de 75 y más años, aumenta su gasto a 342.
C uadro 14
FACTORES DE PRECIOS RELATIVOS POR EDAD V GASTO FACTURADO 
PROMEDIO POR BENEFICIARIO
Tramo de edad Isapre A Isapre B Isapre C Gasto facturado 
en salud
0-1 0.5 0.50 1.0 1.35
1-17 0.5 1.00 1.0 0.50
18-24 1.0 1.00 1.0 1.00
25-32 1.0 1.00 1.0 1.00
32-34 1.0 1.00 1.0 1.00
35-39 1.0 1.00 1.0 1.00
40-44 1.1 1.00 1.0 1.00
45-50 1.4 1.12 1.0 1.61
51-55 1.4 1.20 1.0 1.61
56-58 1.4 1.57 1.5 1.61
59-60 1.4 3.50 1.5 1.61
61-64 2.0 3.50 1.5 3.42
66-74 3.0 5.10 2.5 3.42
75 y más 4.5 5.10 2.5 3.42
Fuente: Universidad de Chile, Proyecto: alternativas de solución para el financiamiento de la salud en la 
tercera edad en el sistema Isapre, Santiago de Chile, Departamento de Ingeniería Industrial, diciembre 
de 1995.
LA REFORMA AL FINANCLAMIENTO DE LA SALUD EN CHILE 6 4 7
Del cuadro 14 se puede deducir que las Isapres A y B discriminan 
a la tercera edad (o bien sus costos son superiores al promedio), mientras 
que la Isapre C muestra un plan para la tercera edad con costos compa­
tibles con los gastos reales.
La situación anteriormente reseñada también puede ser contrastada 
con la cotización promedio por afiliado para cada tramo de edad (véase 
el cuadro 15).
C uadro 15 
COTIZACIÓN PROMEDIO MENSUAL 
ISAPRE ABIERTA POR TRAMO DE EDAD
Edad 18 - 44 45 -  59 60 y más Total
Número de cotizantes 254 175 31 947 4 722 293 451
Cotización promedio (en pesos) 20 905 28 731 33 157 22 937
Fuente: Superintendencia de instituciones de salud previsional (Isapres).
En este caso, las cotizaciones por tramo de edad se incrementan 
menos que el gasto real facturado en salud. Lo anterior puede deberse 
a alguna de las tres causas siguientes o a una combinación de ellas: i) las 
Isapres no deben efectuar pagos para cubrir el subsidio por incapacidad 
laboral a partir de la edad pasiva (que alcanzan a casi un 20% del costo 
total de explotación); ii) el número de cargas por cotizantes decrece a 
partir de los 45 años; y iii) algunos cotizantes, al llegar a la edad pasiva, 
se cambian a planes de menor valor.
Por otra parte, la Asociación de Isapres publicó cifras prácticamente 
un año después de las del estudio realizado por la Universidad de Chile, 
que muestran que los factores de precios relativos de los planes de salud 
por grupos etarios, experimentan incrementos menores a los indicados 
en dicho estudio (véase el cuadro 16).
6 4 8  ENSAYOS SOBRE EL FINANCIAM IENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
C uadro 16
PLANES COMPARATIVOS POR ISAPRES: 
FACTORES DE PRECIOS RELATIVOS
Edad Isapre 1 Isapre 2 Isapre 3 Isapre 4 Isapre 5 Isapre 6 Isapre 7
35 años 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00
49 años 1.20 1.5 0.88 0.94 0.82 1.10 1.04
52 años 1.01 0.89 0.76 1.00 0.69 0.88 0.76
56 años 1.01 1.11 0.65 0.91 0.77 0.78 1.12
60 años 1.90 1.53 1.47 1.15 0.77 0.97 1.61
70 años 3.03 1.94 1.47 1.82 1.28 1.62 1.61
80 años 3.27 2.25 1.47 1.82 1.28 1.62 1.61
Fuente: Asociación de Isapres A.G., Visión sinóptica sistema Isapre, 1995, Santiago de Chile, 1994.
La aclaración puede deberse a la crítica pública a esta situación, así 
como a un mayor conocimiento que el subsistema de Isapres ha tenido 
de la evolución de los gastos médicos facturados por tramo de edad. El 
hecho de no conocerlos anteriormente, puede haber llevado a las Isapres 
a adoptar criterios conservadores que les permitieran cubrir con creces 
los posibles incrementos en los gastos en salud, pero que han ido mo­
dificando al tener información empírica del comportamiento de los gas­
tos facturados.
V. CONCLUSIONES
Las Isapres, como instituciones aseguradoras, se basan en la dispersión 
del riesgo de gasto asociado a cada plan individual de salud, entre todos 
los afiliados a dicho plan. De esta manera, se calcula el comportamiento 
del gasto en salud asociado a un grupo significativo de beneficiarios, a 
fin de definir las características de los planes de acuerdo a las particu­
laridades de cada grupo de cotizantes.
No es fácil mejorar la equidad distributiva del subsistema en rela­
ción a enfermedades catastróficas y tercera edad sin rediseñar todo el 
sistema de salud, ya que las Isapres, por definición, están basadas en un 
sistema de seguros en lugar de uno de previsión o solidario, como podría 
ser el caso de f o n a s a .
LA REFORMA AL FINANCIAM IENTO DE LA SALUD F.N CHILE 6 4 9
La esencia de un seg u ro  e s  el riesgo y, por lo tanto, no es factible 
asegurar a personas con riesgo cierto o certeza cuando, por ejemplo, 
tienen una enfermedad grave. Por lo tanto, en cierta forma las propues­
tas apuntan a que las Isapres sean un sistema mixto, que permita solu­
cionar los principales problemas no enteramente resueltos hasta la fecha.
En todo caso, dadas las características y  la evolución que ha tenido 
el subsistema de Isapres desde sus comienzos, con la actual legislación 
básicamente presenta una solución al problema de la salud de los grupos 
de ingresos medios y altos, habiendo alcanzado un número de cotizantes 
que debería estabilizarse en el tiempo, con sólo un incremento equiva­
lente al crecimiento vegetativo de la población más el aumento de su 
ingreso real.
Para el caso de las Isapres cerradas, dado que por lo general ofrecen 
un solo plan, independientemente de la cotización, no se produce discri­
minación contra los afiliados de mayor edad o que puedan sufrir algún 
tipo de enfermedad catastrófica.
En este esquema, de llegar a requerirse algún ajuste debido a un 
incremento en los costos de explotación, la solución pasa por una reduc­
ción de los beneficios8 a fin de equilibrar los costos con los ingresos, ya 
que la otra alternativa sería incrementar el porcentaje de la cotización, 
por sobre lo legal, a objeto de mantener los beneficios. Por lo tanto, en 
este tipo de instituciones no se presentan problem as de equidad 
distributiva que afecten a algún grupo específico de sus cotizantes.
En cambio, en las Isapres abiertas, se considera que la compensa­
ción entre sanos y enfermos para un mismo plan puede no ser suficiente. 
Esta situación es posible que se presente tanto dentro de un grupo de la 
misma edad (equidad vertical), como entre grupos de edades distintas 
(equidad horizontal).
Por lo tanto, se requiere crear o incentivar las condiciones para que 
se produzca un mayor grado de equidad distributiva inter e intra grupos 
etarios, el que se puede alcanzar de dos maneras:
i) Esperando que el mercado se ajuste automáticamente, al crear los 
mecanismos y herramientas que respondan a las necesidades de los 
cotizantes, que es la forma como normalmente funciona una econo­
mía social de mercado.
8 . Dependiendo del tratamiento de las enfermedades catastróficas, un reaseguro, 
como se plantea más adelante en estas conclusiones, podría ayudar a solucionar este pro­
blema.
ENSAYOS SOBRE EL FINANCIAM IENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
En la práctica, tanto las Isapres como las compañías de seguros han 
comenzado a ofrecer productos destinados a solucionar estos casos 
conflictivos, aunque en esta primera etapa con cobertura limitada 
(monto y edad).
El problema de adoptar esta vía consiste en que la variable de ajuste 
es el tiempo y resulta altamente probable que la solución requiera 
de un período demasiado largo, lo cual es socialmente inaceptable 
a la vez que puede llevar a cuestionar ante la opinión pública la 
validez misma de las Isapres, no obstante constituir la respuesta al 
problema de salud de un grupo significativo de la población. 
Además, es necesario destacar que estos instrumentos tienen un 
costo que se debe sumar a la cotización legal, lo que podría inducir 
a los cotizantes de menores ingresos a emigrar a f o n a s a  a objeto de 
lograr una cobertura mayor con sólo el 7% de la cotización.
Fortaleciendo el papel regulador del Estado en salud, al restringir 
o acotar algunos parámetros relacionados con los planes que ofre­
cen las Isapres, a fin de incentivarlas o inducirlas a ofrecer planes 
más equitativos desde el punto de vista distributivo del ingreso. 
Al respecto, cabe destacar que este subsistema de salud goza de la 
más amplia libertad, en especial de la referida a los planes ofrecidos 
y, por lo tanto, a los beneficios pactados.
Mayores grados de equidad implican restricciones a la libertad que 
hoy tienen las Isapres. Es decir, existe un trade off entre libertad 
y equidad distributiva que es necesario asumir. La mayor equidad 
distributiva no se logra de manera voluntaria, sino en forma 
compulsiva. Por lo tanto, implica la introducción de un mínimo de 
restricciones o regulaciones a la libertad que permitan avanzar en 
la solución de los problemas públicamente más notorios, recono­
ciendo que en la actualidad ningún país ha alcanzado una respuesta 
óptima frente a estos escollos.
Por otra parte, una mayor equidad distributiva implica también la 
imposición de algún tipo de restricciones a los cotizantes, en térmi­
nos de su movilidad o traslado entre los subsistemas de Isapres y 
f o n a s a ,  de modo de evitar el cambio continuo por parte de los 
afiliados que sólo buscan aprovechar los beneficios de ambos. En 
otras palabras, se deben imponer algunas barreras de libre tránsito 
de los usuarios entre f o n a s a  e Isapres y viceversa, ya que de otra
LA REFORMA AL FINANCIAM IENTO DE LA SALUD EN CHILE 6 5 1
manera no existen soluciones, ni aún aquellas que puedan ser con­
sideradas como imperfectas.
Dadas las actuales características del subsistema de Isapres, que 
básicamente presenta una respuesta al problema de salud de grupos de 
mayores ingresos, y a fin de resolver algunos de los requerimientos 
pendientes referidos a la equidad distributiva, se plantea a continuación 
un conjunto de medidas legales y reglamentarias que, de aplicarse, me­
jorarían notablemente la equidad entre los afiliados a este tipo de insti­
tuciones, y eliminarían así una fuente importante de críticas. Tales mo­
dificaciones apuntan a solucionar el problema de las enfermedades 
catastróficas y de la tercera edad.
Por otra parte, se estima que estas medidas son políticamente via­
bles, ya que mantienen la esencia de estas instituciones y  mejoran el 
servicio a sus beneficiarios, a la vez que no ponen en peligro su 
factibilidad financiera.
Al respecto, cabe mencionar que teóricamente existirían otras alter­
nativas, pero éstas pasan por la reformulación total del sistema de salud, 
incluyendo f o n a s a  debido a las distorsiones que produce.
Las disposiciones propuestas conforman un conjunto armónico, 
aunque es posible aplicar separadamente una o más de ellas, pero con 
un efecto menor en la equidad distributiva entre grupos etarios de los 
afiliados a Isapres. Son las siguientes:
1. Fomentar, mediante incentivos legales o de otra índole, que los 
planes que ofrecen las Isapres privilegien a las prestaciones hos­
pitalarias en lugar de las ambulatorias, por cuanto las primeras ge­
neralmente se traducen en mayores costos para los usuarios. Por 
ejemplo, reducir o limitar los porcentajes de reembolso de las pres­
taciones ambulatorias, unido a una mejor cobertura de enfermeda­
des que produzcan mayor daño financiero.
Inclusive, en extremo se puede llegar a plantear regulaciones para 
que todas las Isapres tengan que ofrecer uno o más planes de igua­
les características (homogeneización de planes), a fin de facilitar la 
comparación entre los usuarios.
Esta restricción a la libertad es posible de aminorar permitiendo que 
las Isapres puedan ofrecer, además de estos planes obligatorios, los 
planes que ellas estimen más convenientes a las necesidades del 
mercado y en especial a los nichos a los cuales deseen llegar.
6 5 2  ENSAYOS SOBRE EL FINANCIAM IENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
2. Incentivar la oferta de planes de salud que contemplen montos 
mínimos anuales en gastos médicos incurridos por los cotizantes, 
por sobre los cuales las Isapres comienzan a efectuar copagos.
Por ejemplo, se establece que el cotizante puede recurrir a la Isapre 
solicitando copagos sólo después de acumular gastos reales en sa­
lud que superen los 100 000 pesos en un año calendario.
De esta forma, es posible que los excedentes que generen estos 
planes, al no proceder la Isapre a efectuar copagos por gastos en 
salud hasta alcanzar dicho mínimo predeterminado, permitan me­
jorar las coberturas para enfermedades catastróficas y reducir el 
costo de los planes para la tercera edad.
3. Mejorar la reglamentación para que las Isapres informen en forma 
periódica a sus cotizantes respecto de los hospitales o clínicas más 
adecuados a sus planes de salud en casos de hospitalización, inclu­
yendo ejemplos de algunas prestaciones más frecuentes, indicando 
el monto asumido por la Isapre (copago) y lo que debe financiar el 
cotizante, destacando que la utilización de otras instituciones de 
salud podría transformar una prestación hospitalaria normal en una 
enfermedad catastrófica, como está ocurriendo con cierta frecuencia 
en la actualidad de acuerdo a estudios efectuados.
De igual forma, se debe mejorar la información respecto de los 
laboratorios y médicos con los cuales se tiene convenios, y destacar 
los montos que debe cancelar el afiliado.
4. En relación a la tercera edad, por causas naturales las Isapres deben 
afrontar un mayor costo de explotación, debido a un aumento en la 
frecuencia del uso de prestaciones ambulatorias y hospitalarias. Sin 
embargo, este grupo etario, al jubilar, deja de ocasionar gastos por 
concepto de subsidio por incapacidad laboral, monto que alcanza a 
cerca de un 20% del total de gastos de explotación.
No obstante que los dos fenómenos anteriores se contrarrestan 
mutuamente, la cotización para los afiliados se ve fuertemente 
incrementada a partir de los 65 años.
En este caso, se requeriría aumentar la equidad distributiva vertical 
entre generaciones, de modo que el o los grupos de menor edad 
subsidien a los grupos de mayor edad.
LA REFORMA AL FINANCIAM IENTO DE LA  SALUD EN CHILE 6 5 3
Entre las formulas para reducir este problema se pueden señalar:
a) Que los planes ofrecidos por las Isapres contemplen un 
número reducido de grupos etarios para efectos de la coti­
zación del afiliado. Por ejemplo, se podría plantear que cada 
plan diferencie sólo a dos grupos, uno hasta los 55 años y 
otro a partir de los 56 años de edad. Es decir, cada plan 
originaría sólo dos montos de cotización según la edad del 
afiliado. Inclusive, se podría plantear que cada plan origine 
solamente una cotización, independiente de la edad del afi­
liado.
b) Determinar el incremento máximo en el monto de cotiza­
ción para un mismo plan, entre el grupo etario de menor 
edad y el de la tercera edad. Por ejemplo, que el monto de 
cotización para el grupo de más de 65 años no pueda ser 
superior al 150% del costo del mismo plan para el grupo de 
20 a 25 años.
Adicionalmente, se puede buscar una solución intermedia.
En relación a esta propuesta, vale la pena mencionar que para 
aplicarla se debe requerir una permanencia mínima de tiempo del 
cotizante en la Isapre o en el subsistema, ya que de otra manera se 
puede prestar para abusos en la medida que grupos significativos 
de la población, al llegar a la tercera edad, decidieran traspasar su 
afiliación de f o n a s a  a una Isapre para poder utilizar este subsidio 
de las generaciones más jóvenes. Es decir, las transferencias de re­
cursos generacionales deben referirse siempre al mismo universo, 
ya que de otra manera son inviables financieramente.
Además, para evitar que los afiliados más jóvenes puedan ser atraí­
dos por otras Isapres con tarifas más bajas, todos los planes de las 
Isapres deberían tener las mismas características en términos del 
incremento máximo para un mismo plan, entre los diferentes gru­
pos etarios.
5. En relación a las enfermedades catastróficas, dada su menor ocu­
rrencia, se considera adecuado crear una institución de reaseguro, 
eventualmente sin fines de lucro, de propiedad de las Isapres. 
Esto implicaría bajos costos de administración y no requeriría de 
estructura de ventas, ya que los clientes serían las propias Isapres
6 5 4  ENSAYOS SOBRE EL FINANCIAM IENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
que tendrían que asegurar a todos sus afiliados pagando una cierta 
prima mensual.
Sin embargo, para evitar un mal uso o abuso por parte de los be­
neficiarios que, por ejemplo, ante una enfermedad grave pudieran 
hospitalizarse en una clínica cara en relación a su plan de salud, 
transformando en forma automática una enfermedad normal en una 
catastrófica, el reaseguro debería estar relacionado con el costo de 
la clínica u hospital referido a su plan. Por lo tanto, en caso de 
utilizar una clínica más cara la diferencia no estaría cubierta por el 
reaseguro.
Adicionalmente a la limitación planteada, el reaseguro podría cu­
brir, por ejemplo, el 90% de los copagos realizados durante un año 
calendario, con un mínimo deducible para el período de 300 000 
pesos y un máximo de 40 000 000 de pesos.
6. A fin de poner bajo control en alguna forma el costo de explotación 
de las Isapres, se podría legislar en términos de incentivarlas a hacer 
inversiones en centros hospitalarios propios que permitan tanto las 
hospitalizaciones como las atenciones ambulatorias de sus afiliados. 
Esto se podría lograr, por ejemplo, permitiendo que parte de las 
garantías que estas instituciones deben mantener depositadas en el 
sistema financiero a nombre de la Superintendencia de Isapres, 
puedan ser reemplazadas por acciones de dichos centros hospitala­
rios, cuando se trate de sociedades anónimas abiertas.
7. U n caso especial presentan los afiliados de bajos ingresos, ya que 
mediante la ley N° 18 566 se les otorga un subsidio que los incentiva 
a afiliarse a alguna Isapre. Sin embargo, al jubilar, estos cotizantes 
pierden el subsidio, lo que unido a un alza de la prima o cotización 
y un menor ingreso, los motiva a emigrar a f o n a s a .
En este caso, la solución pasa por los extremos. Una posibilidad es 
eliminar el subsidio, de modo que el cotizante decida qué subsistema 
se adecúa mejor a su realidad financiera. La otra alternativa es que 
el Estado subsidie el 2% una vez alcanzada la tercera edad.
La segunda alternativa recibe críticas en cuanto a que la focalización 
de gasto público en un caso como éste, no llega precisamente a los 
segmentos de menores recursos.
LA REFORMA A L FINANCIAM IENTO DE LA SALUD EN CHILE 6 5 5
Finalmente, es preciso destacar que el mercado ha resultado suma­
mente lento en la búsqueda de soluciones que impliquen un incre­
mento en la equidad del sistema de las Isapres y que, seguramente 
el poder regulador del Estado, restringiendo algunos grados de li­
bertad, es la única alternativa viable para solucionar estos proble­
mas.
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